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Habeas Corpus

Territorio, Estado, Naturaleza

Hábeas corpus es un procedimiento, un “rescripto” (writ), del derecho inglés, emitido ya en el siglo XII: consiste en un acto, emitido por la jurisdicción competente, por el que se ordena a un preso que declare en qué día y por qué causa ha sido detenido (de ahí el nombre, en latín, de “tener [su] cuerpo”, es decir, ser restituido). Volvió a entrar en vigor en la Petición de Derechos de 1627, mientras que en 1679 se promulgó la Ley de Hábeas Corpus, que seguía consagrando el principio de la inviolabilidad personal y aún regula sus garantías: en virtud de esta ley, el acusado debe conocer la causa de su detención y es conducido ante el magistrado competente, que debe pronunciarse inmediatamente sobre su libertad, si puede prestar fianza para volver a ser juzgado. La Ley de 1816 extendió la garantía del h. a las detenciones por causas civiles y otorgó a los jueces jurisdicción sobre la veracidad de la denuncia. Por razones excepcionales de orden público, el habeas corpus puede ser suspendido temporalmente por ley, como ocurrió, por ejemplo, en el período 1794-1801. Es una acción judicial de amparo a todo detenido, a fin de que sea llevado a presencia del juez, al objeto de resolverse inmediatamente sobre su libertad o arresto. Con referencia genérica a la institución del derecho inglés, la expresión se utiliza para indicar las garantías de las libertades personales de los ciudadanos que están constitucionalmente aseguradas.

Testigo Ocular

Vista, imagen, conocimiento

Derecho a no ser obligado a atestiguar en sucontra Garantías judiciales Recursos Véase también Garantías judiciales Garantías judiciales

Historia del Habeas Corpus

El habeas corpus es, históricamente, una ordenanza del derecho inglés, que se remonta al siglo XII, por la que se ordenaba al custodio de un preso que declarara el día y el motivo de su detención, con la obligación de llevarlo ante la autoridad judicial competente, para que finalmente fuera liberado. Reservado a la nobleza, el principio fue sin embargo poco practicado hasta la ley de Habeas corpus (1679) que lo reafirmó y extendió su aplicación a todos los ciudadanos. El término se utiliza para referirse a las garantías de las libertades personales de los ciudadanos.

Tribunales de Apelación

Los tribunales de apelación difieren de los tribunales de primera instancia de varias maneras, pero la principal diferencia es funcional. A pesar de la importancia de esa función, su impacto se ve un tanto atenuado por el número relativamente pequeño de casos que persiguen apelaciones y el número aún menor que tiene éxito. Un buen número se adhiere a la función de establecer o aclarar los principios de la ley o la política, que luego se aplican a todas las situaciones similares. El único problema ante un tribunal de apelaciones es la cuestión legal (o preguntas) planteadas por el caso, que será resuelta exclusivamente por los jueces del tribunal de apelaciones. El tribunal no oye ninguna evidencia nueva y opera sin elementos cruciales de investigación como jurados o testigos. La jurisdicción de los tribunales de apelación tiende a ser paralela a la jurisdicción de los tribunales de primera instancia en el sistema, aunque la coincidencia no es exacta. Los tribunales federales de apelación generalmente conocen los casos de los tribunales de juicios federales, aunque también se lleva a cabo una revisión de ciertas decisiones de agencias y comisiones reguladoras. El sistema judicial federal y muchos sistemas estatales contienen dos niveles de tribunales de apelación. El primer nivel, conocido como el nivel intermedio, generalmente se requiere para revisar los casos que persiguen la apelación. En el contexto presente y futuro del Recurso de Casación, la trayectoria histórica divergente del Tribunal Supremo de Puerto Rico cobra especial interés desde el punto de vista comparativo.

Control Judicial

Dentro del amplio campo de las garantías judiciales, y del control judicial en específico, la codificación de los votos de no confianza en los textos constitucionales facilita la revisión o control judicial de los votos de no confianza. La revisión judicial puede actuar como un importante control de los poderes del gobierno ejecutivo y del parlamento, pero la participación de los tribunales en los procesos políticos conlleva cierto riesgo. En cada uno de los ejemplos analizados en esta referencia, los tribunales se preocuparon por proteger el voto de no confianza como un componente esencial del sistema parlamentario de gobierno, pero difirieron en la medida en que estaban dispuestos y eran capaces de intervenir en la conducción del parlamento y de los procesos políticos. Cuando un tribunal interviene, la revisión judicial adopta diferentes formas de procedimiento y se ajusta al contexto constitucional y político, dando diferente peso y expresión a los valores de estabilidad y rendición de cuentas a la luz del texto de la constitución y la práctica constitucional. Por último, en esta entrada se toma la Constitución del Estado Independiente de Papua Nueva Guinea, de 16 de septiembre de 1975, y la Constitución de la República de Vanuatu, de 30 de julio de 1980, como ejemplos en los que se ha transplantado el sistema de Westminster y luego se ha adaptado a los diferentes contextos constitucionales.

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