Agente Nocivo
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Visualización Jerárquica de Agente nocivo
Medio Ambiente > Deterioro del medio ambiente
Medio Ambiente > Deterioro del medio ambiente > Contaminación
Agente Nocivo
Molestias ambientales
Las molestias ambientales, como los olores ofensivos, los ruidos fuertes, el polvo y la luz, pueden ser perturbadoras e interferir en las actividades cotidianas cuando las experimenta la comunidad.
Una molestia ambiental se define generalmente como una interferencia irrazonable (o probable) con un valor medioambiental causada por emisiones de aerosoles, humos, luz, ruido, olor, partículas (incluido el polvo) o humo; o condiciones insalubres, ofensivas o antiestéticas causadas por la contaminación.
Los valores medioambientales incluyen la amenidad de un lugar, como una casa, que lo hace adecuado para que cualquier persona duerma, estudie o se relaje en él.
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Conceptos Relacionados con Agente Nocivo en Ciencias
Moteado
Moteado es la generación de una distribución de intensidad aleatoria, llamada patrón de moteado, cuando la luz de una fuente altamente coherente, como un láser, se dispersa por una superficie rugosa o un medio no homogéneo. Aunque el fenómeno del moteado se conoce desde la época de Isaac Newton, el desarrollo del láser es el responsable del interés actual por el moteado. El moteado ha resultado ser una molestia universal en lo que respecta a la mayoría de las aplicaciones del láser, y sólo a mediados de la década de 1970 los investigadores pasaron de los aspectos no deseados del moteado a los usos de los patrones de moteado, en una amplia variedad de aplicaciones. Véase también: Láser
El desgaste
El desgaste es la eliminación de material de una superficie sólida como resultado de la acción de deslizamiento. Constituye la razón principal por la que los artefactos de la sociedad (automóviles, lavadoras, grabadoras, cámaras, ropa) se vuelven inútiles y tienen que ser reemplazados. El fenómeno del desgaste tiene algunas utilidades, pero en la gran mayoría de los casos el desgaste es una molestia y se requiere un enorme gasto de recursos humanos y materiales para superar sus efectos.
Datos verificados por: Thompson
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A continuación se examinará el significado.
¿Cómo se define? Concepto de Agente nocivo
Véase la definición de Agente nocivo en el diccionario. Las molestias caracterizan generalmente un hecho perceptible (fuente), que causa un sufrimiento experimentado y padecido. El ruido es la principal fuente de quejas en muchos países. Otras molestias comunes son la exposición al polvo, los humos, las vibraciones (infrasonidos), las molestias (diurnas o nocturnas), los malos olores, los excrementos, los lodos (incluidas las aguas residuales) o los residuos, la exposición a aguas o aire contaminados, o la iluminación nocturna indeseable o intrusiva (en este caso, si se combina con los impactos sobre la salud, la fauna y los ecosistemas, también se denomina contaminación lumínica)
Todavía no existe una definición consensuada del concepto de molestia. El concepto parece estar en constante evolución, al igual que los conceptos de salud y de daños a la salud, que están cada vez más ligados a él.Entre las Líneas En el siglo XX, el sentido común asociaba la palabra molestia con la idea de inconveniente, más bien menor, pero que causaba una verdadera incomodidad a uno o varios individuos, aunque sin un impacto real o significativo en su salud.Si, Pero: Pero a partir de los años 70, el concepto parece haber evolucionado hacia la idea de una ofensa más grave para el individuo, vinculada a la exposición crónica o episódica a elementos o situaciones desagradables, perjudiciales para el bienestar, o incluso para la salud física y psicológica.
Por definición, las molestias son difíciles de medir porque dependen en parte de la apreciación subjetiva de la persona expuesta a ellas. Por ejemplo, el malestar o el sufrimiento inducido por un olor (aparte de una marcada respuesta alérgica) es difícil de medir, aunque se han propuesto varios sistemas de evaluación, incluida una evaluación mediante “narices electrónicas”.Entre las Líneas En el caso del ruido, un sonómetro da un nivel sonoro en decibelios, pero no las molestias inducidas por la repetición crónica, la imprevisibilidad, el hecho de que pueda resultar insoportable por la noche, en caso de dolor de cabeza, etc.
La noción de molestia evoca:
- Tensiones sentidas por medio de uno o varios de nuestros cinco sentidos, mientras que la contaminación también evoca elementos tóxicos o ecotóxicos totalmente invisibles e imperceptibles por nuestros sentidos (carcinógenos, radiactividad, señuelos hormonales, etc.).
- Tensiones impuestas por los seres humanos a otros seres humanos, sin que el que las sufre pueda evitarlas sin privarse de la libertad de disfrutar de su entorno de forma plena y natural, mientras que la contaminación puede afectar también a los animales y, más ampliamente, a todo el medio ambiente.
- Problemas menos graves que los que evoca la palabra contaminación. Sin embargo, numerosos estudios sociofisiológicos han demostrado que ciertas molestias pueden provocar verdaderos problemas fisiológicos (náuseas, vómitos, dolores de cabeza, problemas cardiovasculares o respiratorios, así como problemas de sueño, de apetito o sexuales), que pueden conducir a problemas de salud crónicos y graves, incluso a la depresión o al suicidio.
- Un elemento subjetivo propio de la historia sociocultural y psicológica de cada individuo, que no debe ocultar las verdaderas diferencias individuales o relacionadas con la edad en la percepción del ruido, el olor, la luz nocturna, las vibraciones, etc.
- Las posibles sinergias entre los diferentes estreses: la contaminación acústica, visual y olfativa se suman a menudo a sus efectos, por ejemplo en las ciudades, cerca de las vías de transporte, los aeropuertos, los centros industriales, etc.
- Un componente fisiológico objetivo, pero poco medible. Es posible y plausible que el sistema sensorial humano sea más o menos (según el individuo y la educación) capaz de detectar peligros reales en el entorno. ¿Acaso el fuerte olor a estiércol no refleja también la detección, por parte de células especializadas, de amoníaco o sulfuro de hidrógeno en el aire respirado, un gas tóxico a cierta dosis para los pulmones y las mucosas, así como ciertos olores a humo, perfume, disolvente, gasolina o tabaco que informan de la presencia real de sustancias tóxicas en el aire, pero que pueden ser vividos como agradables o positivos en función de la cultura y la educación de cada individuo).
Se ha demostrado que ciertos olores percibidos como desagradables (por ejemplo, el estiércol) afectan a las funciones fisiológicas, incluida la actividad cardíaca y cerebral, lo que puede observarse en el electrocardiograma y el electroencefalograma1 tanto en humanos como en animales, lo que demuestra que la subjetividad humana no es el único factor implicado.
También se ha observado en humanos un aumento de la presión sanguínea o de la tensión muscular del cuero cabelludo, así como la inhibición de la motilidad gástrica. Se sospecha de diversos trastornos digestivos que afectan a las glándulas salivales, el estómago, el hígado o el intestino. Se observan diversos efectos adversos sobre el estado de ánimo y las emociones, así como sobre el rendimiento intelectual (incluida la capacidad de aprendizaje).
En los animales, se han observado efectos agudos y crónicos sobre el comportamiento (cambios hormonales, secreción de adrenalina) y la actividad eléctrica cerebral en presencia de bajas concentraciones de ciertas toxinas químicas en el aire o el agua consumida2. Incluso animales primitivos como los mejillones muestran respuestas fisiológicas cuando se exponen a ciertos contaminantes a dosis muy bajas.
En los seres humanos, sigue siendo difícil establecer la parte respectiva de lo psicológico subjetivo (que no excluye el sufrimiento real) y de lo fisiológico, pero ya no se puede negar la parte fisiológica, tanto si está directamente relacionada con el estrés (olor, ruido) como con sus consecuencias denominadas “psicosomáticas “3. El complejo psiquismo humano puede, según el individuo y el contexto, exacerbar el estrés (por ejemplo, ante el ruido o el olor a humo) o reducirlo, a veces peligrosamente cuando se produce un fenómeno de habituación y/o adicción (véanse los casos de sordera inducida por el nivel de ruido de los altavoces de un concierto o de un coche, o el cáncer de pulmón inducido por el humo del tabaco).
Aspectos sociopsicológicos
Por último, una parte importante de la tensión impuesta por las molestias proviene del hecho de que, por lo general, uno no puede escapar o eliminar la fuente de las molestias salvo a un gran coste, con dificultad y/o privándose de cierta libertad.
Los datos científicos disponibles rara vez permiten separar el impacto directo de los impactos que se consideran vinculados a la psicosomatización. Se observan efectos no toxicológicos sobre la salud, es decir, que aparecen a dosis inferiores a los umbrales toxicológicos.
Latencia
En el caso de ciertos olores y sustancias irritantes, vasomotores y/o que alteran el sabor, algunos de los compuestos orgánicos volátiles de las emisiones de la fuente pueden ser adsorbidos en la ropa, la piel, las membranas mucosas, o absorbidos en la sangre y (especialmente en los tejidos grasos). Por ello, algunas personas pueden seguir sintiendo una sensación, un olor o un sabor desagradables durante mucho tiempo (horas, días) tras la exposición a estos compuestos, que pueden encontrarse en el aire exhalado y/o en la piel o en la saliva.
Hacia una normalización del vocabulario
Con la aparición en el derecho nacional e internacional del principio de “quien contamina paga”, de los principios de prevención y precaución, de la responsabilidad social de las empresas, de las obligaciones de rendimiento en materia de aislamiento térmico y acústico, de la consideración de los derechos de los no fumadores, etc., se hace necesario disponer de definiciones compartidas de las palabras molestia y contaminación.
El diccionario AFNOR (francófono) de vocabulario medioambiental normalizado ha definido la contaminación y los contaminantes (biológicos, físicos o químicos), pero la escasa tirada de esta obra y el hecho de que no sea gratuita no han favorecido una amplia difusión.
Los buscadores especializados de Internet muestran que la definición de “molestia” incluye cada vez más la noción de peligro para la salud o el medio ambiente, además de la noción de molestia que se le atribuía anteriormente.
Algunas definiciones agrupan bajo esta palabra “elementos del medio físico o del medio ambiente susceptibles de dañar o alterar, de forma más o menos súbita y profunda, el equilibrio biológico y paisajístico de un entorno y de modificar las condiciones de vida de las poblaciones expuestas”, incluidos los “incidentes de contaminación”.
Definiciones legales
La noción de molestia se utiliza en el derecho de la mayoría de los países francófonos, con significados que varían mucho según los textos en cuestión, la época, el contexto y la interpretación (véase Jurisprudencia).
Ejemplo: En Canadá, a principios del siglo XX, la palabra puede adquirir un significado particular cuando se asocia con el calificativo “público”. “El artículo 221 del Código Penal establece que una “molestia pública” es “un acto ilegal o una omisión en el cumplimiento de un deber legal, cuyo efecto es poner en peligro la vida humana, la seguridad, la salud, la propiedad o el bienestar público, o que tiene el efecto de interferir o dificultar al público en el ejercicio o disfrute de un derecho común a todos los súbditos de Su Majestad”.
Cabe señalar que en Francia fue la Ley del Aire la que obligó a tener en cuenta los impactos sobre la salud en los estudios de impacto.
En 2006, en el Reino Unido, una ley tipificó por primera vez la contaminación lumínica, permitiendo a un particular interponer una demanda contra un vecino que imponga la iluminación nocturna, mencionando explícitamente las posibles repercusiones en la salud, pero sin utilizar la expresión “contaminación lumínica”.
En derecho urbanístico
El concepto de molestia se ha desarrollado más en el ámbito del urbanismo.
En el contexto del derecho consuetudinario británico, los propietarios e inquilinos de edificios tienen derecho al disfrute tranquilo de su propiedad. Si un vecino se entromete, ya sea por la producción de ruidos, olores, contaminación o cualquier otra condición que traspase el límite de su propiedad, la persona afectada puede solicitar una reparación por las molestias causadas.
El término “molestia” se utiliza tradicionalmente en derecho en tres sentidos:
para describir la actividad o condición que es perjudicial para los demás (por ejemplo, una chimenea contaminante, un montón de basura)
para describir el daño causado por esa actividad o condición (por ejemplo, el humo, el olor)
para describir la obligación jurídica que plantea la combinación de los dos
El desarrollo de la zonificación ha sido un remedio parcial a los problemas de molestias al aislar las actividades que las producen en áreas específicas del territorio urbano.
Datos verificados por: Henry FR
Características de Agente nocivo
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Significado de Agente Nocivo o Molestia en Derecho
Agene nocivo o molestia, en derecho, es una actividad humana o una condición física que es perjudicial u ofensiva para otros y que da lugar a una causa de acción. Una molestia pública creada en un lugar público o en un terreno público, o que afecta a la moral, la seguridad o la salud de la comunidad, se considera un delito contra el Estado. Actividades como la obstrucción de una vía pública, la contaminación del aire y el agua, el funcionamiento de una casa de prostitución y la tenencia de explosivos son molestias públicas. Una molestia privada es una actividad o condición que interfiere con el uso y disfrute de los terrenos vecinos de propiedad privada, sin que constituya una invasión real de la propiedad. Así, el ruido excesivo, los vapores nocivos y los olores y vibraciones desagradables pueden constituir una molestia privada para los propietarios de los terrenos vecinos, aunque no se haya producido una invasión física de sus tierras.
Mientras que una molestia pública, como tal, sólo puede ser objeto de acción por parte del Estado, mediante un procedimiento penal, un requerimiento judicial o la reducción física, la misma actividad o conducta también puede crear una molestia privada para los propietarios de los terrenos vecinos y, por tanto, dar lugar a una demanda civil. La conducta de un negocio que infringe una ordenanza de zonificación crea una molestia pública, pero también puede ser demandada como molestia privada por los vecinos que puedan demostrar una disminución del valor de mercado de sus viviendas como consecuencia de ello.
En el common law inglés, las limitaciones básicas del privilegio de uso de la propiedad se incorporaron al derecho de las molestias,…
Dado que las molestias privadas se basan en la interferencia con el uso y disfrute de la tierra, sólo pueden actuar las personas que tienen un interés de propiedad en dicha tierra. Si la interferencia se limita a hacer menos cómodo el uso y disfrute, sin causar daños físicos al terreno, los tribunales consideran el carácter del vecindario para determinar si la actividad o condición es una interferencia irrazonable. Sin embargo, una actividad que cause daños físicos a los terrenos vecinos se considerará una molestia procesable independientemente del carácter de la vecindad. Estos casos suelen ser vibraciones que provocan grietas en las paredes o vapores nocivos que destruyen la vegetación.
Los recursos legales disponibles en el caso de una molestia privada son acciones para prohibir el funcionamiento o la continuación de la actividad o condición o para cobrar daños y perjuicios. Si la eliminación de una molestia mediante un requerimiento judicial impone una dificultad excesiva a la comunidad (el cierre de fábricas que privaría a los trabajadores de la comunidad de su medio de vida), la práctica habitual de los tribunales es denegar el requerimiento judicial y conceder una indemnización por daños y perjuicios.
El derecho de la propiedad: Derecho de las molestias y paralelos continentales
En el “common law” inglés, las limitaciones básicas del privilegio de uso de la propiedad se incorporaron a la ley de molestias, la acción que un propietario podía emprender si se interfería en su privilegio de uso de la tierra. Históricamente, el derecho de las molestias parece haber sido profundamente conservador; se protegían los usos del suelo existentes frente a los más recientes. Una jerarquía de usos del suelo favorecía los usos residenciales sobre los agrícolas y los agrícolas sobre los industriales. (Los usos comerciales se situaban a veces después de los residenciales y otras veces después de los agrícolas). La máxima “Sic utere tuo ut alienum non laedas” (“Usa lo tuyo para no perjudicar lo ajeno”) expresaba esta tendencia conservadora, aunque apenas ofrecía una solución precisa para los casos difíciles.
La esclavitud no se estableció sin sus críticos. Desde el principio, muchos ingleses condenaron la presencia de la esclavitud en…
En el sistema angloamericano contemporáneo se sigue utilizando la ley de molestias como medio para resolver las disputas sobre el uso de la tierra. La jerarquía de los usos del suelo se sigue empleando, tácitamente si no de forma expresa; la máxima se sigue citando ocasionalmente y, al menos en casos cercanos, el uso del suelo anterior en el tiempo prevalecerá sobre los posteriores. Lo que ha cambiado en el derecho de las molestias es el hecho de que se reconoce con mayor franqueza el elemento de discrecionalidad judicial para resolver el conflicto básicamente irresoluble entre dos usos del suelo igualmente privilegiados.
Las molestias se definen como la interferencia sustancial en el uso de los terrenos del demandante por la conducta irrazonable del demandado. Cada uno de los calificativos de la definición puede dar lugar a un ejercicio de discrecionalidad judicial. Se puede preguntar, por ejemplo, si el daño causado por la actividad del demandado es sustancial. Se requiere un juicio, ayudado, por supuesto, por los precedentes, pero siempre único para el caso concreto. Los peligros para la salud, las ofensas al sentido del olfato o del oído y las pérdidas económicas demostradas se consideran con frecuencia daños sustanciales. Por ejemplo, el humo de los cigarrillos de segunda mano puede constituir una molestia. Las ofensas al sentido de la vista y los daños a actividades especialmente sensibles (como la explotación de una granja de cerdos en una zona residencial) tienen muchas menos probabilidades de ser consideradas sustanciales.
La segunda etapa para determinar la existencia de una molestia requiere que se determine que la actividad del demandado no es razonable. La conducta irrazonable es una cuestión relativa. Puede ser irrazonable dedicarse a la fabricación pesada en una zona residencial y perfectamente razonable hacerlo en una zona industrial. El cuidado con el que el demandado lleva a cabo sus actividades es relevante, pero no es decisivo.
Una vez que se ha constatado la existencia de una perturbación, en la mayoría de las jurisdicciones se debe realizar un “balance de las equidades” para determinar si se prohibirá al demandado realizar sus actividades o si el demandante tendrá que contentarse con una indemnización por daños y perjuicios.Entre las Líneas En casos recientes, las consideraciones económicas han pasado a primer plano a la hora de tomar esta decisión. Así, en un célebre caso de Nueva York, el tribunal se negó a prohibir las operaciones de una planta de cemento que representaba una inversión de 45 millones de dólares y un gran número de puestos de trabajo para una pequeña comunidad, pero en su lugar concedió una indemnización por daños y perjuicios a los residentes cercanos calculada sobre la base de la reducción del valor del capital de sus casas que resultaría de la presencia continuada de la planta emisora de humo (Boomer v. Atlantic Cement Co. [1970]).
La adopción por parte del derecho civil moderno de la concepción romana de la propiedad y de partes sustanciales del esquema romano de acciones ha supuesto que el derecho civil moderno también carezca de una protección unificada del privilegio de uso como la del derecho angloamericano de las molestias.Entre las Líneas En Francia, esta carencia se ha abordado mediante el desarrollo del concepto de abuso de derecho. El concepto se ha utilizado ampliamente en situaciones en las que el demandado ha empleado su terreno de una manera determinada para interferir en el uso del terreno de su vecino. El caso paradigmático fue el de Colmar (Francia), a mediados del siglo XIX, cuando el demandado construyó una gran chimenea totalmente innecesaria en el tejado de su casa para bloquear la luz de las ventanas de su vecino. A partir de ahí, el concepto ha evolucionado de manera que puede utilizarse en situaciones en las que los motivos del demandado no son tan evidentemente maliciosos como en el caso Colmar, pero nunca ha implicado a la judicatura francesa tanto en cuestiones de uso del suelo como la angloamericana. El derecho alemán, por su parte, ha desarrollado un concepto similar al del derecho angloamericano sobre las molestias, basado en la exigencia general del código de actuar de buena fe y en una disposición específica sobre el humo y el ruido.
Respecto al control privado del uso del suelo, las servidumbres (véase más), tanto el derecho romano como el derecho consuetudinario inglés reconocen que el propietario de un terreno puede renunciar voluntariamente a un derecho o privilegio con respecto a su terreno para que un vecino pueda utilizarlo de una forma que, de otro modo, sería procesable.
Datos verificados por: Brite
El Agente Nocivo o Molestia en Derecho Inglés
Existen dos tipos de molestias de derecho común (en el sentido de common law):
- La alteración del orden público surge de un acto que pone en peligro la vida, la salud, la propiedad, la moral o la comodidad del público o que obstruye al público en el ejercicio o disfrute de los derechos comunes. Las molestias públicas pueden ser objeto de acciones extracontractuales y también pueden constituir un delito.
- Una molestia privada suele ser causada por una persona que hace algo en su propio terreno, que tiene derecho a hacer legalmente, pero que se convierte en una molestia cuando las consecuencias de su acto se extienden al terreno de su vecino, por ejemplo, causando daños físicos. Una molestia privada es susceptible de ser demandada por la vía extracontractual.El régimen legal de las molestias se establece, en el Reino Unido, en la Parte III de la Ley de Protección del Medio Ambiente de 1990, en virtud de la cual se establecen categorías específicas de molestias. Las autoridades locales entregan y hacen cumplir las notificaciones de reducción para prevenir y reducir las molestias legales.
Datos verificados por: Andrews
Recursos
Traducción de Agente nocivo
Inglés: Nuisance
Francés: Nuisance
Alemán: Schadensfaktor
Italiano: Nocività
Portugués: Nocividade
Polaco: Czynniki szkodliwe
Tesauro de Agente nocivo
Medio Ambiente > Deterioro del medio ambiente > Agente nocivo
Medio Ambiente > Deterioro del medio ambiente > Contaminación > Agente nocivo
Véase También
- Contaminación
- Contaminación del agua
- Contaminación transfronteriza
- Contaminación industrial
- Contaminación química
- Contaminación accidental
- Contaminación local
- Contaminación acústica
- Contaminación de los alimentos
- Contaminación radiactiva
- Contaminación del suelo
- Contaminación de las costas
- Contaminación de origen agrícola
- Contaminación por barcos
- Contaminación por hidrocarburos
- Contaminación térmica
- Contaminación por metales
- Contaminación estratosférica
- Contaminación atmosférica
- Acidificación
- Contaminación por vehículos automotores
- Contaminación orgánica
- Sustancia peligrosa
- Almacenamiento
- Residuos peligrosos
- Riesgo sanitario
- Explosivo
- Seguridad del transporte
- Transporte de mercancías peligrosas
- Legislación sobre sustancias químicas
- Ruido
- Contaminación acústica
- Protección contra el ruido
- Aislamiento acústico
- Aeropuerto
- Acústica
- Contaminante
- Contaminación
- Depósito por producto contaminante
- Metal pesado
- Emisión de calor
- Seguridad nuclear
- Contaminación térmica
- Energía térmica
- Perturbación electromagnética
- Vibración mecánica
- Seguridad en el trabajo
Contaminación Térmica
Contaminación lumínica
Ruido de zumbido
Contaminación
Contaminación por olores
Contaminación acústica
Contaminación visual
Vibración
Voluntad de dañar
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