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Doctrina de los Propios Actos

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Doctrina de los Propios Actos (Estoppel)

Este elemento es un complemento de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre doctrina de los actos propios.

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La Doctrina de los Propios Actos en Derecho Europeo

Nota: La importación de las doctrinas de Verwirkung (derecho alemán) y estoppel (derecho anglosajón) se desarrollan a continuación, y uno de los conceptos equivalentes hispanos es el de la doctrina de los actos propios, en el marco de la buena fé.

1. Formación de la doctrina
Ya a principios de la década de 1920 se puede observar que la jurisprudencia del Tribunal Supremo Imperial alemán (Reichsgericht) recurría cada vez más al concepto jurídico de exceptio doli desarrollado en el marco del ius commune para evitar que una parte ejerciera injustamente un derecho legal y actuara así en contra de una confianza razonable que se había generado en la otra parte. Un ejemplo típico de ello es la doctrina de la Verwirkung (impedimento). Según esta doctrina, quien no ejerce su derecho durante un periodo de tiempo sustancial pierde su posición jurídica si la otra parte ha sido inducida con ello a creer de buena fe que ese derecho, también en el futuro, dejaría de ejercerse. Los tribunales alemanes han aplicado y desarrollado sistemáticamente esta doctrina durante las últimas décadas. Los dos requisitos centrales para la Verwirkung son, por tanto, el transcurso del tiempo y que se haya generado una confianza específica en la otra parte. La doctrina de la Verwirkung representa uno de los desarrollos más notables de la jurisprudencia alemana en los años posteriores a la Primera Guerra Mundial. En un principio, la Verwirkung se refería principalmente a los derechos de propiedad industrial, pero posteriormente el Reichsgericht la aplicó como principio general. La consecuencia jurídica es notable. La exclusión del derecho del acreedor para evitar una decepción injusta de la confianza engendrada introduce una prescripción de hecho antes de que haya expirado el plazo legal de prescripción. Cabe señalar que, a la inversa, los tribunales alemanes también conceden la exceptio doli al propio acreedor frente al deudor. Así, una parte que alega la excepción de prescripción abusa de su posición jurídica si ha generado una confianza razonable en la otra parte de que no invocaría dicha excepción. Inicialmente, el Reichsgericht utilizó el artículo 826 del Bürgerliches Gesetzbuch (BGB) para justificar su planteamiento y limitó así el campo de aplicación de la doctrina a los casos en que una parte hubiera actuado tanto fraudulentamente como contra bonos mores (en contra del orden público). Posteriormente, los tribunales alemanes se basaron en el artículo 242 del BGB y ampliaron la doctrina hasta convertirla en el principio general de prohibición de una venire desleal contra factum proprium (por ejemplo, RG, 23 de septiembre de 1927, RGZ 117, 358 y ss.). En la década de 1930, Wolfgang Siebert (1905-59) conceptualizó la Verwirkung como un abuso de derecho. Hasta la fecha, los tribunales se han basado en una interpretación creativa del principio de buena fe que se considera inherente al artículo 242 del BGB.

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Iniciada este día de 1775 con las batallas de Lexington y Concord, la revolución americana fue un esfuerzo de las 13 colonias británicas de Norteamérica (con ayuda de Francia, España y Holanda) por conseguir su independencia.

Investigaciones recientes han analizado la condición previa especial a nivel de teoría jurídica y política legal que permitió a los tribunales de Alemania desarrollar esta idea en la década de 1920. Sigue existiendo en la actualidad. Sin embargo, el Tribunal Supremo Federal alemán (Bundesgerichtshof, BGH) ha aplicado en los últimos tiempos la doctrina jurídica de la Verwirkung de forma cada vez más restrictiva. La cuestión de si el ejercicio de un derecho legal queda excluido debido a la Verwirkung no puede responderse simplemente haciendo referencia a la expiración de un periodo de tiempo sustancial. Más bien deben tenerse en cuenta las circunstancias particulares de cada caso concreto. Especialmente, la Verwirkung sólo puede aplicarse si el ejercicio de un derecho legal tuviera consecuencias absolutamente insoportables para la parte afectada (BGH, 18 de octubre de 2001, NJW 2002, 669 ss, 670; BGH, 16 de marzo de 2007, NJW 2007, 2183 ss). Además, en 2002, la ley de prescripción del BGB se modernizó ampliamente, reduciendo el plazo general de prescripción de 30 a tres años (§ 195 BGB nueva versión). Como resultado de esta rigurosa reducción, cabe suponer que la importancia práctica de la Verwirkung disminuirá considerablemente en el futuro.

2. La doctrina en Europa
En Francia e Italia, la preocupación predominante, tanto en la doctrina como en la práctica jurídica, era que el reconocimiento de un principio general de buena fe confiaría al juez un poder discrecional demasiado amplio. Sin embargo, otros sistemas jurídicos de la Europa continental se vieron influidos por la prohibición del venire contra factum proprium desarrollada por los tribunales alemanes para evitar la dureza que resultaría de una aplicación estricta y formal de la ley. Sirvió de modelo sobre todo para la jurisprudencia suiza, y posteriormente también para la austriaca y la holandesa. Así, el Tribunal Supremo Federal suizo también ha reconocido la doctrina de la Verwirkung durante varias décadas sobre la base del artículo 2 del Código Civil suizo (ZGB). La jurisprudencia alemana antes mencionada también ha suscitado interés en el Derecho austriaco. El Allgemeines Bürgerliches Gesetzbzuch(ABGB) no reconocía inicialmente un concepto jurídico de exceptio doli y, del mismo modo, las reformas parciales de 1914-16 no codificaron un principio general de buena fe. Sólo en las últimas décadas el Tribunal Supremo de Justicia austriaco comenzó a adoptar las soluciones de la práctica alemana. Sin embargo, los tribunales austriacos evitan recurrir a una fórmula general de abuso desleal del derecho. Más bien, tienden a encontrar la base jurídica de la exceptio doli en los §§ 863 y 914 ABGB. Como resultado, los tribunales austriacos han adoptado el concepto jurídico de Verwirkung, aunque la pérdida del derecho legal se justifica por la absorción de que la persona con derecho al mismo renunció implícitamente a él.

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La doctrina de la Verwirkung también ha sido acogida en otros ordenamientos jurídicos europeos en las últimas décadas. Por ejemplo, los tribunales polacos reconocen excepcionalmente la posibilidad de alegar la excepción de abuso de derecho si se plantea la excepción de prescripción. Del mismo modo, los tribunales griegos permiten alegar la doctrina contra el abuso de derecho (§ 281 del Código Civil griego). Por último, cabe mencionar la jurisprudencia holandesa que ha desarrollado soluciones muy similares utilizando la doctrina del rechtsverwerking. Así, el nuevo Burgerlijk Wetboek (BW) holandés de 1992 codificó expresamente en el art. 6:2 BW el principio de que “acreedor y deudor deben actuar de acuerdo con los preceptos de la buena fe”. En cambio, parece cuestionable que dicho principio jurídico haya llegado a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas; en cualquier caso, el TJCE nunca lo ha reconocido expresamente.

Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación:

3. Propios Actos en la doctrina de los sistemas jurídicos romanistas
En el pasado, la mayoría de los autores italianos se opusieron terminantemente a un concepto jurídico que implicara un control judicial sobre el ejercicio de los derechos legales basado en el modelo alemán. Sin embargo, más recientemente, el panorama ha cambiado considerablemente. En particular, la fórmula según la cual el principio de buena fe constituye un límite general al ejercicio de los derechos legales ha tenido un enorme éxito en el estudio italiano. Normalmente, se invoca en este contexto el art. 1375 del Codice civile. Durante los últimos años, la Corte di Cassazione italiana ha adoptado el nuevo enfoque trazado por la doctrina jurídica. Sin embargo, el modelo alemán no ha sido adoptado completamente en Italia. Tanto la doctrina como los tribunales italianos se han negado hasta ahora de forma unánime y decisiva a aceptar las soluciones alemanas, basadas en el principio de buena fe, relativas a la excepción de prescripción. La Corte di Cassazione italiana precisó en 2007 hasta qué punto puede aplicarse la defensa de exceptio doli generalis en el Derecho italiano contemporáneo (Cass. civ., 7 de marzo de 2007, nº 5273, Banca, borsa e titoli di credito 2007, II, 710 ss).

Del mismo modo, el Código civil francés ya contenía en su versión original de 1804 (Art 1134 (3)) una referencia a la bonne foi en el contexto de la ejecución del contrato (cumplimiento y sus modalidades). La misma disposición puede encontrarse en el Avant-projet de Réforme du droit des contrats (Avant-projet Catala) de 2005. A pesar del creciente interés que el estudio jurídico francés muestra por esta disposición, el Tribunal de Casación sigue siendo muy reacio a recurrir directamente al apartado 3 del artículo 1134 del Código civil. Sin embargo, una evaluación realista y funcional de la jurisprudencia francesa revela que converge con las soluciones adoptadas por otros sistemas jurídicos continentales bajo los auspicios de la doctrina de la Verwirkung. Sin embargo, a diferencia de los tribunales alemanes u holandeses, los homólogos franceses no se remiten al principio de bonne foi. En su lugar, tienden a utilizar el recurso de una renuncia implícita, o ficticia, a los derechos legales. En consecuencia, los tribunales franceses interpretan a veces el hecho de no hacer valer los propios derechos como una declaración de renuncia a los mismos (por ejemplo, Cass. civ. 1e Chambre, 10 de mayo de 1961, Dalloz 1961, Jurisprudence 446; Cass. civ. 31 de enero de 1995, Bull. civ. 1995, I, nº 41).

También pueden hacerse observaciones similares al analizar la legislación italiana. Sin embargo, la posición actual de los tribunales italianos sigue siendo incoherente y poco clara. Recientemente, la Corte di Cassazione tuvo la oportunidad de referirse expresamente al concepto jurídico de Verwirkung en otros ordenamientos jurídicos europeos. Sin embargo, la Corte se negó a reconocerlo para el derecho italiano (Cass. civ., 15 de marzo de 2004, nº 5240, Foro it. 2004 I, cols 1394 y ss). También cabe mencionar que hace dos décadas el Tribunal de Casación belga rechazó la doctrina del rechtsverwerking en un caso destacado. Dicha doctrina se consideró incompatible con el Código civil francés y belga (Cass. Civ. belge, 17 de mayo de 1990, Pacrisie belge 1990, nº 546, 1061 ss). No obstante, los tribunales belgas recurren con frecuencia al dispositivo de la renuncia implícita o a la noción jurídica de abuso de derecho. Por último, cabe mencionar que los tribunales españoles también han desarrollado la doctrina de los actos propios para estos casos. Recientemente, el Tribunal Supremo español ha subrayado la estrecha relación entre esta doctrina y el concepto alemán de Verwirkung (Trib. Supremo, 24 de junio de 1996, Rep. Jur. Aranzadi 1996, nº 4846). Así pues, el recurso a una intención ficticia en los sistemas jurídicos romanistas parece ocultar en ocasiones una necesaria corrección ex fide bona de una norma legal o contractual.

4. Propios Actos por aquiescencia
Los principios generales relativos al concepto jurídico de “estoppel por aquiescencia” desarrollados en el marco de la equidad en el derecho inglés también pueden servir de modelo para la categorización de la jurisprudencia europea continental descrita anteriormente. Se habla de ‘estoppel’ en los casos en los que se impide a una persona adoptar una determinada posición jurídica porque se ha obligado por su propia conducta anterior y un cambio perjudicaría a otras partes que han confiado en esta conducta. Así, Lord Steyn en Republic of India and Others v India Steamship Co Ltd [1997] UKHL 40; [1998] AC 867 (HL) declaró: ‘Esto me lleva al estoppel por aquiescencia. Las partes estuvieron de acuerdo en que la prueba para la existencia de este tipo de preclusión se encuentra en el discurso discrepante de Lord Wilberforce en Moorgate Mercantile Co Ltd contra Twitchings [1977] AC 890. Lord Wilberforce dijo que la cuestión es “… si, teniendo en cuenta la situación en la que se produjo la transacción relevante, tal y como la conocían ambas partes, un hombre razonable, en la posición del ‘adquirente’ de la propiedad, esperaría que el ‘propietario’ actuando honesta y responsablemente, si reclamaba algún título sobre la propiedad, tomara medidas para dar a conocer dicha reclamación…”: en 903. Teniendo debidamente en cuenta el contexto de propiedad en el que habló Lord Wilberforce, la observación es útil como indicación del principio general subyacente al “estoppels by acquiescence”. Numerosos autores franceses han reconocido en los últimos años la verdadera importancia de la jurisprudencia francesa mencionada y su proximidad tanto a la doctrina alemana de la Verwirkung como a la doctrina inglesa del estoppel.

▷ Noticias internacionales de hoy (abril, 2024) por nuestros amigos de la vanguardia:

Revisor de hechos: Schummer

La Doctrina de los Propios Actos en relación a la relación jurídica, los derechos subjetivos y el ejercicio y tutela de los derechos

Dentro del contenido de la parte general del Derecho Civil, persona y familia, la presente sección hará una breve referencia a las siguientes cuestiones: la doctrina de los propios actos, en el contexto de la relación jurídica, los derechos subjetivos y el ejercicio y tutela de los derechos, y en conexión con el Ordenamiento jurídico (concepto de Derecho Civil, la codificación, fuentes del derecho, las normas jurídicas, su aplicación y eficacia, los derechos subjetivos y su ejercicio, régimen de la prescripción y la caducidad).

En España

Parte de lo dispuesto en esta sección sobre la doctrina de los propios actos, puede aplicarse al derecho civil español. Explórese, en caso de interés.

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Recursos

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Véase También

Derecho contractual, Derecho internacional privado, Procedimiento civil, Defensas equitativas, Terminología jurídica, Doctrinas jurídicas, Principios jurídicos
Aquiescencia
Preclusión del cedente
Impedimento colateral (US)
De facto corporation y corporation by estoppel (US)
Estoppel directo
Estoppel by deed (US)
Preclusión judicial
Preclusión del licenciatario
McDonald contra el Fiscal General
Prosecution history estoppel, también conocido como file-wrapper estoppel (US)
cosa juzgada

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3 comentarios en «Doctrina de los Propios Actos»

  1. En el primer sentido, es una objeción que, en derecho internacional público, impide a un Estado parte en un asunto contradecir una posición que ha adoptado previamente y en la que otros Estados u organizaciones internacionales han depositado su confianza legítima.

    En un segundo sentido, es un concepto que, en derecho civil anglosajón, sanciona las contradicciones en el comportamiento de un litigante durante las fases sucesivas del juicio. Es una sanción de buena fe o de equidad procesal.

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  2. En derecho administrativo francés, en particular en derecho fiscal, esta regla tampoco se aplica, según un dictamen emitido el 1 de abril de 2010 por el Conseil d’État. El alto tribunal sostuvo que un demandante no puede invocar útilmente este principio, según el cual una parte no puede basarse en alegaciones contradictorias en detrimento de sus adversarios. El principio del estoppel no se aplica en los litigios fiscales franceses.

    Sin embargo, el dictamen del Conseil d’Etat señala que los artículos L. 80 A y L. 80B de la Livre des Procédures Fiscales (LPF) ofrecen a los contribuyentes ciertas garantías similares al estoppel. Por ejemplo, de conformidad con el apartado 3 del artículo L. 80 1 de la LPF: “Cuando el contribuyente haya aplicado una ley fiscal según la interpretación que la administración había dado a conocer a través de sus instrucciones o circulares publicadas y que no había comunicado en la fecha de las operaciones en cuestión, no podrá proceder a ninguna nueva liquidación alegando una interpretación diferente. Las instrucciones o circulares publicadas relativas a la recaudación y a las sanciones fiscales también podrán ser invocadas por la administración en las mismas condiciones.

    Además de las disposiciones de los artículos L. 80 A y L. 80B de la Livre des Procédures Fiscales (LPF), el Conseil d’Etat, en una sentencia de 2 de julio de 2014, consideró “que no existe ningún principio general en los procedimientos contenciosos relativo a la legalidad en virtud del cual una parte no pueda contradecirse en un procedimiento contencioso en perjuicio de otra parte, consagrando así la inexistencia del principio de preclusión en el derecho contencioso administrativo francés”.

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  3. En el derecho civil europeo no existe el principio de impedimento. En su lugar, se sigue el principio de coherencia, que tiene el efecto equivalente de prohibir las conductas incoherentes. La Lex Mercatoria, un cuerpo medieval de derecho mercantil, incluía el principio Nemo potest venire contra factum proprium, “nadie puede venir contra sus propios actos”. Esto estipula que una parte de un contrato no puede ponerse en contradicción con su conducta anterior, si la otra parte ha confiado en dicha conducta. Tal incoherencia está prohibida, porque puede causar un perjuicio a la otra parte y permitirle eludir las disposiciones contractuales. El principio está incluido en el código civil francés y se introdujo en los principios internacionales de UNIDROIT en 2004.

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