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En inglés: Glossary of Crimes Against Humanity.
Este elemento se divide en las siguientes secciones y subsecciones:
El Derecho Internacional Humanitario (DIH), codificado tras la Segunda Guerra Mundial en los Convenios de Ginebra, establece normas para la conducción de los conflictos armados y autoriza la responsabilidad penal individual por las violaciones. El DIH tiene por objeto disuadir y prevenir los sufrimientos y daños innecesarios que se derivan de las violaciones graves del DIH, comúnmente denominadas crímenes de guerra. Los términos de este glosario ilustran las violaciones de las leyes de la guerra con ejemplos concretos de conflictos armados recientes.
Experimentos Biológicos: The use of “bacteriological methods of warfare” has been banned under international law since 1925.
Armas biológicas:Si se dispone de los conocimientos tecnológicos adecuados, las armas biológicas son más baratas y fáciles de producir que las armas nucleares.
Armas químicas:Según el Protocolo de Ginebra de 1925, los países pueden desarrollar y almacenar armas químicas con fines “defensivos”.
Niños soldados: Niños de tan sólo 8 años son reclutados a la fuerza, coaccionados e inducidos a convertirse en combatientes.
Niños asesinos:Muchos vieron cómo asesinaban a sus padres o fueron obligados a matar a sus seres queridos como una especie de perverso rito de iniciación.
Objetivo Ilegal de Civiles: La población civil, así como los civiles individuales, no deben ser objeto de ataque.
Castigo colectivo: Los redactores de los Convenios de Ginebra tenían en mente los asesinatos por represalia de la Primera y la Segunda Guerra Mundial.
Responsabilidad del mando: ¿Puede la obediencia a órdenes superiores ser una defensa contra las acusaciones de crímenes de guerra? Las sentencias de los crímenes de Nuremberg demostraron que no.
Servicio militar obligatorio:Los prisioneros, ya sean prisioneros de guerra o civiles enemigos, no pueden ser obligados a prestar servicio en operaciones militares.
Campos de concentración: Las leyes abordan el tema de forma fragmentaria, y el elemento principal es el confinamiento ilegal.
Bienes culturales y monumentos históricos: Los juicios de Nuremberg, tras la Segunda Guerra Mundial, marcaron la primera vez que se responsabilizó a personas por crímenes de guerra culturales.
Fuerzas peligrosas: Presas, diques y estaciones nucleares: Las leyes y costumbres tradicionales de la guerra permiten la destrucción de presas y diques para detener el avance del enemigo.
Deportación: Si hay una enorme pérdida de vidas, la deportación puede constituir un genocidio.
Desapariciones: A menudo implica la tortura y el trato cruel e inhumano, y con demasiada frecuencia implica el asesinato.
Debido proceso: Nadie puede ser condenado o sentenciado a menos que haya recibido un juicio justo.
Guerra medioambiental: En la guerra, la protección del medio ambiente natural contra daños generalizados, duraderos y graves es jurídicamente ambigua.
Limpieza étnica: El uso de la fuerza o la intimidación para expulsar a personas de un determinado grupo étnico o religioso de una zona.
Ejecuciones extrajudiciales: Aunque no esté claro si una situación es un conflicto armado, la legislación sobre derechos humanos prohíbe las ejecuciones extrajudiciales.
Trabajo forzoso: A diferencia de la esclavitud, el trabajo forzoso no incluye ninguna reivindicación de derecho de propiedad permanente sobre la persona sometida a él.
Zonas de fuego libre: My Lai fue quizás la más infame, aunque no necesariamente la más atroz.
Fuera del Combate: Las personas que están “fuera de combate” tienen derecho a ser protegidas, no atacadas, y a recibir un trato humano.
Hospitales: Los hospitales tienen un estatus de protección especial según el derecho internacional humanitario.
Rehenes: Los civiles no pueden ser tomados como rehenes en tiempos de guerra.
Bloqueo de ayuda humanitaria: La ayuda humanitaria se supone que está más allá de la política de la guerra.
Actos ilegales o prohibidos: Las partes de un conflicto son responsables de todas las violaciones del derecho internacional humanitario.
Inmunidad frente a los ataques: Ciertas personas y lugares deben ser protegidos y respetados en tiempo de guerra.
Encarcelamiento de la población civil: El encarcelamiento viola las normas fundamentales del derecho internacional.
Incitación al genocidio: La incitación directa y pública a cometer un genocidio es punible.
Ataque indiscriminado: Ambos bandos deben distinguir entre la población civil y los combatientes y dirigir sus operaciones únicamente contra objetivos militares.
Desplazamiento interno: Los traslados forzosos individuales o masivos están prohibidos, independientemente de su motivo.
Fosas comunesLos prisioneros de guerra deben ser “enterrados con honor” en fosas que contengan información sobre ellos.
Experimentos médicos en prisioneros de guerra: Someter a los prisioneros a mutilaciones físicas o experimentos científicos es una infracción grave.
Investigaciones médico-legales de crímenes de guerra: Los investigadores deben seguir el “Protocolo de Minnesota”, adoptado por la ONU en 1992.
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Tortura en los Conflictos Armados: La tortura durante los conflictos armados está específicamente prohibida por el derecho internacional humanitario, tanto si el conflicto es internacional como interno, y sin importar si las víctimas son soldados que han depuesto las armas, civiles o rebeldes. La prohibición existe en el derecho consuetudinario y en los tratados. Los Convenios de Ginebra de 1949 incluyen la tortura de personas protegidas (miembros enfermos o heridos de las fuerzas armadas, prisioneros de guerra o civiles en manos del enemigo) entre las infracciones graves que los Estados están obligados a aplicar mediante el enjuiciamiento penal. El primer Protocolo Adicional prohíbe la tortura, así como los tratos humillantes y degradantes a cualquier detenido, al igual que el artículo 3 común de los Convenios de Ginebra en los conflictos no internacionales. El estudio del Comité Internacional de la Cruz Roja sobre el derecho internacional humanitario consuetudinario dice que el uso de "la tortura, los tratos crueles o inhumanos y los ultrajes a la dignidad personal, en particular los tratos humillantes y degradantes" contra cualquier persona está prohibido en todos los conflictos armados. En todos estos casos, la ley distingue entre la tortura, que a menudo se utiliza para forzar la obtención de información de un sospechoso, y el trato inhumano, que atenta contra la dignidad de una persona, pero la línea que separa a ambos suele ser borrosa. De hecho, la venganza y el odio, tanto como la necesidad de obtener una confesión, suelen impulsar a los torturadores a infligir el sufrimiento. La tortura se utiliza no sólo para herir físicamente, sino también para humillar a la víctima, por lo que a menudo se deja a los presos desnudos durante las sesiones de tortura, y la violación o el dolor infligido en los genitales son algunas de las formas de tortura más utilizadas. A pesar de su prohibición en el derecho internacional, la tortura se produce porque la trágica realidad es que la tortura a veces funciona (otras veces no, como reconocen algunos informes internos), por mucho que mucha gente desee que no lo haga. Por supuesto, afirmar que la tortura a veces funciona no nos dice nada de sus dimensiones legales. Véase también: Base de Datos de la Violencia Masiva y los Genocidios, Crímenes de Guerra, Crímenes de Lesa Humanidad.
Glosario de Guerra: El derecho es un mandato jurídico aplicable a los conflictos armados basado en la costumbre, el tratado o la convención. Los términos de este glosario ilustran la aplicación del derecho internacional humanitario a las situaciones de conflicto armado. Véase también: Base de Datos de la Violencia Masiva y los Genocidios, Crímenes de Guerra, Gl.
Expulsión Étnica: Este texto se ocupa de la expulsión étnica, como la política destinada a remover de un área a grupos culturalmente diferentes. En las últimas décadas esta operación se ha denominado “limpieza étnica”. Las deportaciones masivas llevadas a cabo en los Balcanes no eran nuevas en este siglo de ingeniería étnica (siglo XX). Los griegos de Turquía; los turcos de Grecia; los serbios de la Croacia fascista de 1941-1945; los judíos de la Europa de Hitler; los alemanes étnicos de la Checoslovaquia de posguerra; los palestinos de los territorios ocupados. Las oleadas de desalojos forzosos de grupos étnicos y religiosos han sido repetitivas, y a menudo han combinado la expulsión física con una violencia devastadora o, como en el caso de los judíos, con el genocidio. La limpieza étnica es un término general, y no hay ningún delito específico con ese nombre, pero la práctica abarca una serie de delitos. La Comisión de Expertos de las Naciones Unidas, en un informe de enero de 1993 dirigido al Consejo de Seguridad, definió la "limpieza étnica" como "hacer que una zona sea étnicamente homogénea mediante el uso de la fuerza o la intimidación para expulsar a personas de determinados grupos de la zona". Dijo que la limpieza étnica se llevó a cabo en la antigua Yugoslavia mediante asesinatos, torturas, arrestos y detenciones arbitrarias, ejecuciones extrajudiciales, y muchos otros delitos contra la humanidad, o delitos de guerra. La decisión de participar en la limpieza étnica no siempre es una decisión de perpetrar un asesinato colectivo. La limpieza étnica y los asesinatos en masa suelen mezclarse en el lenguaje popular, pero no son sinónimos. La depuración étnica se refiere a la eliminación de ciertos grupos de un territorio determinado, proceso que puede o no entrañar un asesinato colectivo. Véase también: Base de Datos de la Violencia Masiva y los Genocidios, Crímenes de Guerra, Genocidios.
Papúa Occidental: Papúa Occidental o Papúa OesteEste elemento es una profundización de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs]
Nota: sobre Papúa Nueva Guinea, véase aquí.
La toma de posesión de Papúa Occidental por parte de Indonesia en 1969
Cuando Indonesia se independizó de los Países Bajos en 1949, el gobierno [...] Véase también: Base de Datos de la Violencia Masiva y los Genocidios, Genocidios, Violencia Masiva.
Jurisprudencia sobre Atrocidades Masivas: El texto comprende tres componentes analíticos distintos, aunque interrelacionados. En primer lugar, reunirá datos y ofrecerá análisis de la interacción real entre los tribunales nacionales e internacionales en situaciones de atrocidades masivas explorando, la fecundación cruzada entre los tribunales nacionales e internacionales. Además, explorará la interacción real entre los tribunales nacionales e internacionales en el contexto de estudios de casos concretos, y la interacción específica facilitada por la participación de la Corte Internacional de Justicia y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en situaciones de atrocidades masivas. En segundo lugar, analizará los problemas que crean la falta de coordinación y sincronización y la infrautilización de los tribunales nacionales. En tercer lugar, el texto considerará soluciones específicas a los problemas identificados. Algunas de ellas se refieren a intentos anteriores de mejorar la coordinación entre los tribunales nacionales e internacionales. Véase también: Base de Datos de la Violencia Masiva y los Genocidios, Genocidios, Violencia Masiva.
Incitación a la Violencia Masiva: La convención no sólo considera el genocidio como un crimen internacional, sino que establece en su artículo 3 que la "incitación directa y pública a cometer genocidio" es punible. Y en septiembre de 1998, un Tribunal Penal Internacional ad hoc para Ruanda (TPIR), con sede en Arusha (Tanzania), condenó a Jean Kambanda, ex primer ministro, por incitación directa y pública a cometer genocidio, en parte por animar a la RTLM a continuar con sus llamamientos a masacrar a los tutsis. Ese mismo mes, el tribunal condenó a Jean-Paul Akayesu, principal civil de la comuna de Taba, por cargos que incluían la incitación directa y pública a cometer genocidio. Su naturaleza "pública" la distingue de un acto de incitación privada (que podría ser punible en virtud de la Convención sobre el Genocidio como "complicidad en el genocidio" o posiblemente no punible en absoluto). La incitación al genocidio también debe demostrarse que es "directa", lo que significa que tanto el orador como el oyente entienden que el discurso es una llamada a la acción. Los fiscales han encontrado un reto para probar lo que "directo" puede significar en diferentes culturas, así como su significado para un determinado orador. Además, la incitación pública al genocidio puede ser perseguida aunque nunca se perpetre un genocidio. Por lo tanto, los abogados clasifican la incitación al genocidio como un "delito incipiente". Véase también: Base de Datos de la Violencia Masiva y los Genocidios, Genocidios, Violencia Masiva.
Guerras Civiles: Los tratados sobre las leyes de la guerra se elaboraron para tratar las guerras entre Estados, no las guerras civiles (o los conflictos armados internos, como se conocen ahora). Sólo se aplicaban a estos últimos en el improbable caso de que se reconociera la condición de beligerantes a los insurgentes. No fue hasta después de la Segunda Guerra Mundial cuando los tratados empezaron a incluir algunas disposiciones sobre los conflictos armados internos para garantizar cierta protección a las víctimas de esos conflictos. El terrorismo, la violencia política, las guerras civiles, el crimen organizado, el narcotráfico, las enfermedades infecciosas, las crisis ambientales, los flujos de refugiados y la migración masiva a través de las fronteras de los estados débiles son más destructivos que nunca. La visión de la Secretaría de Estado se vio reforzada por la expansión de las nuevas "franquicias" de Al Qaeda y el Estado islámico en países inseguros, turbulentos o devastados por la guerra como Libia, Mali, Nigeria y Yemen, y, por supuesto, por el surgimiento del "Estado Islámico". ”En la devastada Siria e Irak. Con el apoyo de ambos partidos en el Congreso, la administración de Obama elevó la eliminación de los refugios terroristas a una pieza central de los esfuerzos de contraterrorismo de los Estados Unidos. Este enfoque de espectro completo incluyó el desarrollo de la capacidad de los socios vulnerables (como Malí) para emprender operaciones de contraterrorismo; expandir los ataques con aviones no tripulados para asesinar a presuntos terroristas en "áreas sin gobierno" (como el cinturón tribal de Pakistán); proporcionar apoyo logístico para la intervención de aliados (como Arabia Saudita) en guerras civiles en otros países (como Yemen); desplegar fuerzas especiales de los Estados Unidos para asesorar a gobiernos amigos que luchan contra los insurgentes (como en Irak, Libia y Filipinas); ofrecer inteligencia a los asediados socios que enfrentan extremistas armados (como Nigeria); apoyando los esfuerzos contra el terrorismo por parte de organismos regionales (como la Unión Africana en Somalia); y contrarrestar el extremismo en los estados propensos a la violencia (incluso a través de esfuerzos multilaterales como el Foro global contra el terrorismo). Véase también: Base de Datos de la Violencia Masiva y los Genocidios, Crímenes de Guerra, Violencia Masiva.
Gestapo: Gestapo (Geheime Staatspolizei o Policía Secreta), apelativo común empleado para referirse a la policía política del régimen nazi, que tomó el poder en Alemania desde 1933 hasta 1945; no obstante, este término se emplea en sentido estricto para designar únicamente a su rama ejecutiva. Hay monumentos conmemorativos en una treintena de lugares de la antigua Gestapo y de la policía del orden, así como en centros penitenciarios y de detención. Sirvieron para encarcelar a opositores políticos, a personas marginadas por motivos socio-racistas y, además, a miles de resistentes de los países ocupados durante la Segunda Guerra Mundial, un gran número de los cuales fueron ejecutados. Véase también: Base de Datos de la Violencia Masiva y los Genocidios, Crímenes de Guerra, Crímenes de Lesa Humanidad.
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