Honor
Este elemento es un complemento de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs] El vocablo “honor” es una palabra latina “que viene del griego ainos, que significa alabanza” (1). Su origen etimológico se encuentra entonces ligado a la idea de bien, de mérito, de todo aquello que despierte admiración y suscite respeto. No obstante, el honor se vincula también, en numerosas ocasiones, a los privilegios de ciertas cunas, castas o estirpes, a desigualdad y a títulos nobiliarios.
Marie Gautheron mencionaba que “quienes ornaron sus cabezas con los laureles de la gloria usurparon tan a menudo el honor de quienes en verdad los habían logrado, que su brillo se empañó. El honor hace flotar sobre todo comportamiento, toda pretensión que a él apele, una sospecha de abuso, un tufo a privilegios, un regusto a tiranía: ¿no está el honor, por definición, ligado al ejercicio de un poder personal? ¿Toda persona a quien se rinde honores, no esta
dotada de derechos específicos….? (2).
Para el profesor Carlos Soria señala, “el honor es uno de los efectos que se siguen de las acciones que encierran virtud, la sombra que proyecta socialmente la virtud…el honor es uno
de los modos que tiene el hombre de manifestarse pública y socialmente, aunque esta manifestación no sea sino la proyección necesaria de algo exterior: la existencia de acciones justas que en razón de su fuerza difusiva, tienen trascendencia social, es decir, comunican sus efectos a un ámbito social.”(3)
Por su parte, el Diccionario de la Real Academia define el honor como “la cualidad moral que nos lleva al más severo cumplimiento de nuestros deberes respecto al prójimo y de nosotros mismos; gloria o buena reputación que sigue a la virtud, al merito o a las acciones heroicas, la cual trasciende a las familias, personas o acciones mismas del que se las granjea; honestidad y recato de las mujeres, y buena opinión que se granjean con estas virtudes; obsequio, aplauso o
celebridad de una cosa.” (4)
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Historia del Honor
El “ius honorum” era, en la antigua Roma, el derecho a “participar en el mando público”
como también es la “iniuria, es decir, injusto o ilícito que protegía a las personas
de aquellos actos que no significaban violencia física contra otra persona libre” (5).
Con la Edad Media la idea del honor inicia su esplendor, que proseguirá incluso como razón de política exterior hasta el siglo XIX en algunos países, como España.Entre las Líneas En esa etapa de la historia (la Edad Media) se instaura por primera vez la institución del duelo (véase más información, y sobre sus dos significados) como solución para reparar las ofensas contra la honra, amparada inicialmente por la ley y que dejaba en las manos del ofendido la reparación de la afrenta. Se legitimaba así la violencia privada como forma de resolver estos conflictos. No obstante, era perceptivo o socialmente adecuado que el
duelo debía llevarse a cabo siguiendo numerosas reglas para legalizar lo que de otra forma sería un puro y simple asesinato.
Honor Objetivo y Subjetivo
Una buena parte de la doctrina distingue entre el honor subjetivo y el honor objetivo o reputación.
La “gloria o buena reputación que sigue a la virtud, al mérito o a las acciones
heroicas, la cual trasciende a las familias, personas o acciones mismas del que se
las granjea” (6) constituiría el denominado “honor objetivo”.
El honor subjetivo es aquel referido a la propia valoración y dignidad.Entre las Líneas En palabras de Mario Garrido Montt: “todos los individuos están en posesión de un honor subjetivo, es un sentimiento inherente a la personalidad.” (7). Para el profesor Ramos “el honor puede ser herido pero no arrebatado.” (8)
También se ha señalado que la conciencia de honor es muy subjetiva y el sentimiento de él, fluctuante.(9)
En la historia del Derecho Constitucional, respecto al honor “se considera tanto el valor
intrínseco del sujeto como la reputación en conexión con la dignidad de la persona,
sobre la base de consideraciones ético-sociales de actuación”(10).
Honor y el Derecho de la Persona
Para el autor chileno Carlos Peña y parte de la doctrina de ese país, los derechos de la personalidad son “derechos fundamentales de la persona, protegidos por el derecho privado, cuyo punto de partida o referencia es la personalidad misma, de la que vienen a ser como su emanación o carácter intimo y entrañable, y relativos a bienes personales, o sea, a las diversas manifestaciones internas de la personalidad. Son inseparables pues, del sujeto, pero se refirieren a manifestaciones objetivas de aquel”(11).
El respeto a la honra no queda restringido al “ámbito privado o íntimo de las personas” de acuerdo con Gonzalo Figueroa: “su campo abarca toda la personalidad, en sus actividades publicas y privadas, en su pasado y su proyección hacia el futuro, en su auto respeto y en el respeto que se demanda a los demás.”(12)
Es considerado un atributo de la persona humana. Dice Carlos Ducci que “no pueden los atributos ser negados a una persona, ni ésta tampoco puede despojarse de ellos.”(13) En el mismo sentido, Cesar Molinero entiende que “en el orden jurídico se produce el amparo de los derechos individuales en su ámbito de protección contra la propia renuncia del sujeto…el derecho facilita una sólida protección incluso de la apariencia, de la presentación ante los demás, como es la dignidad de la persona y, en definitiva, su honor”(14)
Honor en Derecho Militar
Véase Libertad bajo palabra, Dignidad.
Honor
Honor en el Derecho Civil Español
Para un análisis más detenido acerca de honor y, en general, del derecho civil español (sujeto de la relación jurídica), véase aquí (el vínculo le llevará a la enciclopedia jurídica española).
Honor y Reputación en la Protección de la Infancia y los Derechos del Niño
Artículo de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño donde se recoge este tema
Art. 16
Honor y Reputación y los Derechos del Niño y el Adolescente
El derecho del niño de no ser sujeto de ataques ilegales contra su honor y reputación y el derecho a la protección de la ley contra tales ataques se encuentran establecidos en el artículo 16 de la CDN.
Honor y Vergüenza
Traducción al inglés: Honor and Shame.
Honor y Vergüenza en la Historia Social Europea
Nota: para una lista de entradas sobre la historia social de Europa, incluido honor y vergüenza, véase aquí.
Honor en relación a la Antropología
El diccionario de antropología define honor de la siguiente forma: Exaltación y buena reputación de la que goza el individuo en su comunidad. Forma parte del autoconcepto de este a partir de lo que los demás piensan de él.Entre las Líneas En muchas culturas el honor del varón reside en su fuerza y habilidad, el de la mujer en su virginidad.
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Véase También
- Clase social
- Los militares
- Hombres
- Masculinidad
- Gestos
- Modales
- Condiciones Sociales
- Vida Social
- Costumbres Sociales
- Historia Social
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Notas
- COLOMBARA LÓPEZ, CIRO, Los delitos de la ley sobre abusos de publicidad, Ediciones La Ley, Santiago, 1996, pág. 86.
- GAUTHERON, MARIE, El honor, imagen de sí o don de sí: un ideal equívoco, Editorial Cátedra, Madrid, 1992, págs. 9 y 10.
- Carlos Soria
- Real Academia Española, Diccionario de la Lengua Española.
- PEÑA, CARLOS, ET. AL., Dogmática Constitucional y Derechos Humanos, Serie Seminarios Universidad Diego Portales, Escuela Derecho, Santiago, pág. 560.
- Otros autores
- GARRIDO, MARIO, Los delitos contra el Honor, Editorial Carlos E. Gibbs, Santiago, 1963, pág. 12.
- GARRIDO, MARIO, op. cit., pág. 15.
- BUSTOS, JUAN, Apuntes de clase Derecho Penal, U. de Chile, 1997.
- Id.
- PEÑA, CARLOS, ET. AL., Dogmática Constitucional y Derechos Humanos, Serie Seminarios Universidad Diego Portales, Escuela Derecho, Santiago, pág. 65.
- FIGUEROA, GONZALO, Persona, Pareja y Familia, Editorial Jurídica de Chile, Santiago, 1995, pág. 28.
- DUCCI, CARLOS, Derecho Civil Parte General, Editorial Jurídica de Chile, Santiago, 1984, pág. 104.
- MOLINERO, CÉSAR, Libertad de expresión privada, Editorial ATE, Barcelona, 1981, pág. 72.
Bibliografía
- Información sobre Honor en el Diccionario Terminológico Básico de la Intervención Militar (Intervención General de la Defensa, España)
- Manual de Derecho Militar: Doctrina, Legislación, Jurisprudencia (Carlos Manuel Silva Ruiz; “Los Amigos del Libro,” Bolivia)
.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Honor, intimidad y propia imagen en el Derecho Civil español
Regulación
Concepto de honor, intimidad y propia imagen
Ambito de protección
Honor, intimidad y libertad de expresión (véase; y también libertad de creación de medios de comunicación, libertad de comunicación, libertad de información, libertad de cátedra y la Convención sobre el Derecho Internacional de Rectificación, adoptada en Nueva York el 31 de marzo de 1953)
Casuística
Legitimados
La transmisibilidad de los derechos
Las acciones de defensa
La protección frente al tratamiento automatizado de datos de carácter personal
.
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Protección de la honra y de la dignidad
Recursos
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- Protección
- Protección de la honra y de la dignidad
.
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Bibliografía
Carrancá y Trujillo, Raúl, Carrancá y Rivas, Raúl, Código Penal anotado; 7a. edición, México, Porrúa, 1978; Jescheck, Hans-Heinrich, Tratado de derecho penal; parte general, traducción de Santiago Mir Puig y Francisco Muñoz Conde, Barcelona, Bosch 1978, 2 volúmenes; Maurach, Reinhart, Tratado de derecho penal; traducción de Juan Córdoba Roda, Barcelona, Ariel, 1962; Muñoz Conde, Francisco, Derecho penal, parte especial; 3a. edición, Sevilla, Publicaciones de la Universidad de Sevilla, 1979; Pavón Vasconcelos, Francisco, Lecciones de derecho penal; parte especial, México, Porrúa, 1965; Quintano Ripollés, Antonio, Tratado de la parte especial del derecho Penal, tomo I, volumen 2°, Infracciones contra la personalidad, 2a. edición, Madrid, Editorial Revista de Derecho Privado, 1972.
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