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Revisión Judicial de Recursos Administrativos

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Revisión Judicial de Recursos Administrativos

Este elemento es una ampliación de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs]

Revisión Judicial de las Acciones y los Recursos Administrativos en Derecho Constitucional Comparado

Si bien la revisión constitucional es hoy en día la forma de revisión judicial más discutida en el derecho comparado, no es ni la única ni la más antigua forma de control judicial del ejercicio de la autoridad pública.Entre las Líneas En los países europeos en particular, alguna forma de revisión judicial o cuasijudicial de la acción ejecutiva y administrativa se desarrolló mucho antes de la introducción de la revisión constitucional de la legislación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto).

Detalles

Los arreglos institucionales y los procedimientos para el ejercicio de ese control varían considerablemente de un país a otro, aunque las cuestiones sustantivas que deben abordarse en los mecanismos de revisión son muy similares, y en los últimos decenios el desarrollo de los diversos sistemas nacionales ha estado sujeto a la influencia armonizadora tanto del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales (1950) (“CEDH”) como de la legislación de la Unión Europea.

Modelos básicos

Se pueden distinguir dos modelos básicos de revisión judicial de la acción administrativa: las formas de revisión ejercidas por la judicatura ordinaria y los procedimientos de revisión operados por tribunales especiales fuera de la judicatura ordinaria. Francia y Alemania son dos importantes representantes del segundo modelo de revisión judicial de la acción administrativa (véase también la sección de controversias administrativas en las jurisdicciones de derecho civil).Entre las Líneas En Francia, el establecimiento de un sistema separado de control de la acción administrativa fue influido decisivamente por la Revolución Francesa. La Ley del 16 al 24 de agosto de 1790 prohibió a los jueces de los tribunales ordinarios interferir en modo alguno en el funcionamiento de la administración. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Las quejas de los ciudadanos contra la actuación de la administración no estaban sujetas a la jurisdicción de los tribunales y debían dirigirse al ministro competente, cuya decisión podía apelarse ante el Consejo de Estado como órgano consultivo del Gobierno.

Puntualización

Sin embargo, el Consejo de Estado no podía pronunciarse directamente sobre el asunto, sino que presentaba su opinión al jefe de Estado como superior jerárquico del ministro. Sólo en 1872 se abandonó esta práctica de la justicia retenida y el Consejo de Estado fue autorizado formalmente a dictar decisiones en los litigios de derecho administrativo en su propio nombre. Como cada vez era más difícil para el Consejo de Estado tramitar el creciente número de solicitudes, la reforma de 1953 estableció los Tribunales Administrativos (tribunaux administratifs) como tribunales de primera instancia para la mayoría de los litigios de derecho administrativo que antes tramitaba el Consejo de Estado.Entre las Líneas En una segunda reforma, en 1987, se crearon los tribunales administrativos (véase qué es, su concepto jurídico) de apelación (cours administratives d’appel), limitando la jurisdicción original del Consejo de Estado a los casos relativos a la legalidad de las medidas dictadas por los ministros y organismos del gobierno central.Entre las Líneas En todos los demás casos, ejerce una competencia de control, ya sea en forma de apelación de los recursos de los tribunales administrativos (véase qué es, su concepto jurídico) que no han sido desviados a los tribunales administrativos (véase qué es, su concepto jurídico) de apelación por la reforma de 1987, ya sea en forma de casación de las decisiones de estos últimos y de una miscelánea de jurisdicciones administrativas especializadas.

En Alemania, la cuestión de si la tarea de comprobar la legalidad de la acción administrativa debía confiarse a los tribunales ordinarios o si debía asignarse a órganos de revisión especializados del poder ejecutivo fue objeto de un importante debate a mediados del siglo XIX. El artículo 182 de la Constitución para el Reich alemán redactada por los miembros de la asamblea constituyente de Francfort en 1848/49 -que nunca entró en vigor- contenía una prohibición expresa de la justicia administrativa (Verwaltungsrechtspflege): todas las solicitudes y peticiones relativas a la legalidad de las medidas administrativas debían presentarse ante los tribunales.

Puntualización

Sin embargo, después del fracaso de la Constitución de Frankfurt, los estados alemanes comenzaron a crear sus propios tribunales administrativos (véase qué es, su concepto jurídico) superiores.Si, Pero: Pero no fue hasta 1960 que se estableció el Tribunal Administrativo Federal como tribunal administrativo supremo para toda Alemania y se completó finalmente la creación de un sistema global de revisión del derecho administrativo. Todavía hoy el término “tribunales ordinarios” en la terminología jurídica alemana está reservado a los tribunales que se ocupan de casos de derecho privado y penal: los tribunales administrativos (véase qué es, su concepto jurídico) forman, junto con los tribunales fiscales, los tribunales de la seguridad social y los tribunales laborales, las jurisdicciones especializadas no ordinarias.

En cambio, el Reino Unido puede considerarse el modelo básico y la inspiración de todos aquellos sistemas jurídicos, especialmente en el mundo del common law, que se han resistido, al menos oficialmente, a la creación de una jurisdicción especializada y separada para el control de la administración. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). La oposición al droit administratif a la francesa fue expresada con fuerza por el eminente jurista victoriano Albert Venn Dicey (1835-1922) para quien el Estado de derecho significaba, en primer lugar, la supremacía o el predominio absoluto del derecho común, frente a la influencia del poder arbitrario, o incluso de una amplia autoridad discrecional por parte del gobierno. El segundo pilar del Estado de derecho era la igualdad ante la ley, entendida por Dicey como el sometimiento igualitario de todas las clases al derecho común (expresión que hace referencia en los países anglosajones normalmente al sistema de “common law”) de las tierras administradas por los tribunales ordinarios (Dicey 110, 114). Esta definición del estado de derecho excluía de hecho la creación de tribunales administrativos (véase qué es, su concepto jurídico) especiales o tribunales que pudieran comprobar si la administración en un caso concreto había actuado de conformidad con el conjunto de normas especiales que regían sus actividades, conocidas colectivamente como droit administratif.

Indicaciones

En cambio, la aplicación del derecho (ordinario) contra las autoridades administrativas en esta perspectiva forma parte integrante de la jurisdicción de los tribunales ordinarios.

Sin embargo, en el siglo XX este sistema aparentemente unificado de control judicial de la acción administrativa se desarrolló en una estructura mucho más compleja.Entre las Líneas En muchos campos del derecho administrativo, como la inmigración, la vivienda pública, etc., se confirieron facultades administrativas a los organismos de arbitraje que aplicaron lo esencial de una audiencia judicial como parte de su proceso de adopción de decisiones.

Indicaciones

En cambio, el control judicial general ejercido por el Tribunal Superior Inglés (Tribunal Administrativo) en el procedimiento de revisión judicial seguía siendo relativamente débil, hecho que dificultaba la construcción de un derecho administrativo general en comparación con Francia y Alemania. La Ley de tribunales, cortes y ejecución de 2007 (Reino Unido) ha integrado finalmente casi todos los tribunales anteriormente separados en una nueva estructura, que comprende el Tribunal de Primera Instancia y el Tribunal Superior. El Tribunal Superior es un tribunal superior de registro, en el que pueden participar los jueces del Tribunal Superior, que se ocupa principalmente de las apelaciones del Tribunal de Primera Instancia. Las decisiones del Tribunal Superior pueden, si se concede la autorización, ser recurridas por cuestiones de derecho ante el Tribunal de Apelación que, si permite el recurso, puede remitir el asunto de nuevo al Tribunal Superior para que éste tome una nueva decisión, o bien volver a tomar la decisión por sí mismo.

Función constitucional de la revisión judicial administrativa

En un principio, la revisión judicial de la acción administrativa se consideraba en general como un medio de hacer cumplir la subordinación de la administración a la voluntad del poder legislativo, más que como un instrumento para proteger los derechos del ciudadano frente a la administración. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Se basaba en la idea de que el control independiente de la acción administrativa tenía por objeto primordialmente servir al interés público en una administración que funcionara bien y respetara la ley, y no al interés limitado de los ciudadanos individuales en una protección eficaz de sus derechos. El Consejo de Estado francés elaboró el procedimiento de control del abuso del poder administrativo (recours pour excès de pouvoir) en el ejercicio de su jurisdicción de supervisión como instrumento para comprobar la conformidad de la acción administrativa con la legislación estatutaria (principe de légalité). Sólo en los últimos tiempos se ha insistido en la función constitucional de la revisión administrativa en la doctrina y también en la jurisprudencia del Consejo Constitucional.Entre las Líneas En 1994, el Consejo sostuvo que el procedimiento es una aplicación del derecho de acceso a la protección efectiva de los derechos (garantie des droits) que figura en el artículo 16 de las Declaraciones francesas sobre los derechos del hombre y del ciudadano (CC Nº 93-335 DC).

Asimismo, el control judicial de la acción administrativa en el sistema británico tenía originalmente por objeto garantizar que los órganos administrativos y ejecutivos se limitaran a ejercer las facultades que les había conferido el Parlamento y no actuaran al margen de esas facultades (ultra vires).

Puntualización

Sin embargo, hoy en día se reconoce cada vez más también en el Reino Unido que en una democracia constitucional la función de la revisión judicial es proteger los derechos del individuo contra el abuso del poder público, y que las normas aplicadas por los tribunales en el ejercicio de sus facultades de revisión judicial deben justificarse en última instancia por un principio constitucional, y en particular por el estado de derecho (De Smith’s Judicial Review 1-016, 1-022).

En Alemania, la función constitucional de la revisión judicial de la acción administrativa se deriva directamente del párrafo 4 del artículo 19 de la Ley Fundamental, que dispone que toda persona que alegue que sus derechos han sido violados por la autoridad pública deberá recurrir a un juzgado o tribunal. Análogamente, en la India el concepto de revisión de la acción administrativa se basa en disposiciones constitucionales explícitas, y su alcance toma color del cuerpo de jurisprudencia que se ha desarrollado en torno a las garantías de los derechos fundamentales en la Parte III de la Constitución de la India.Entre las Líneas En particular, la prueba de que la acción administrativa es “razonable” está hoy firmemente anclada en la garantía de igualdad del artículo 14 de la Constitución de la India.

La constitucionalización de la revisión judicial de la acción administrativa ha sido impulsada aún más por varias constituciones que prevén específicamente el derecho constitucional de las personas a una acción administrativa que sea lícita, razonable y procesalmente justa, y obligan al poder legislativo a hacer efectivo este derecho disponiendo la revisión de la acción administrativa por un tribunal o, en su caso, por un tribunal independiente e imparcial.Entre las Líneas En varias constituciones africanas aprobadas desde el decenio de 1990 figuran disposiciones a tal efecto, por ejemplo, en el artículo 18 de la Constitución de Namibia (Constitución de la República de Namibia: 21 de marzo de 1990 (enmendada hasta el 13 de octubre de 2014)); Artículo 33 de la Constitución de Sudáfrica (Constitución de la República de Sudáfrica: 16 de diciembre de 1996 (en su forma enmendada al 1º de febrero de 2013)); Artículo 47 de la Constitución de Kenya de 6 de mayo de 2010.

Alcance de la revisión

Nota: véase asimismo los límites del acceso a la revisión judicial y a las protecciones constitucionales contra ellos para un análisis general del alcance de la revisión judicial.
El alcance de la revisión judicial de la acción administrativa es bastante amplio.Entre las Líneas En principio, todas las medidas de las autoridades administrativas y otros órganos que ejercen funciones públicas están sujetas a revisión judicial. Pueden revisarse tanto las decisiones individuales como las medidas de aplicación general, incluida la legislación delegada (legislación subordinada/delegada/secundaria). Quedan algunas exenciones temáticas, aunque su alcance está disminuyendo. Aunque la categoría de decisiones políticas como categoría exenta no ha desaparecido por completo de la práctica judicial, su tamaño se ha reducido considerablemente bajo la influencia de la evolución de la jurisprudencia en materia de derechos fundamentales, que no sólo ha impulsado el crecimiento de la jurisprudencia constitucional, sino que hoy en día también constituye la base, explícita o implícita, de las facultades de revisión que ejercen los tribunales administrativos.Entre las Líneas En Alemania, la categoría de actos no justiciables (justizfreie Hoheitsakte; justiciabilidad) ha desaparecido por completo en la Ley Fundamental. Hoy en día, incluso algunas decisiones que entran en el ámbito de la prerrogativa de la clemencia pueden ser revisadas por su corrección procesal y su conformidad con el principio de igualdad (BVerfGE 30, 108, 111).Entre las Líneas En Francia, los tribunales administrativos (véase qué es, su concepto jurídico) siguen declarándose competentes en lo que respecta a las denominadas actas de gobierno, pero el otrora formidable grupo de medidas que corresponden a esta categoría se ha reducido a las medidas relativas a las relaciones del gobierno con el parlamento, por una parte, y con los Estados extranjeros (referido a las personas, los migrantes, personas que se desplazan fuera de su lugar de residencia habitual, ya sea dentro de un país o a través de una frontera internacional, de forma temporal o permanente, y por diversas razones) y las organizaciones internacionales, por otra.

Indicaciones

En cambio, en lo que respecta a los individuos y sus derechos, el Consejo de Estado ha reducido progresivamente el alcance de la doctrina aplicando la doctrina del “acto separable” (acte détachable): por ejemplo, un acto que puede separarse de la conducción de las relaciones diplomáticas está sujeto al control judicial de los tribunales (hay doctrina judicial especialmente relativa a casos de extradición).

En Inglaterra, la actitud tradicional de que los poderes conferidos en virtud de la prerrogativa, que incluyen en particular los relacionados con el uso de las fuerzas armadas y la conducción de la política exterior, no son susceptibles de revisión judicial se ha modificado sustancialmente tras la decisión histórica de la Cámara de los Lores en el caso GCQH (Consejo de Sindicatos de la Administración Pública c. Ministro de la Administración Pública).Entre las Líneas En ese caso, la mayoría aceptó que todos los poderes gubernamentales o administrativos, independientemente de su origen, que se definen explícita o implícitamente por referencia a su objeto o a un procedimiento concreto para su ejercicio, deben estar sujetos a control judicial para garantizar que se ejerzan de conformidad con las normas jurídicas aplicables. Estas normas deberán garantizar, en particular, el respeto de los derechos procesales y sustantivos de las personas afectadas por la medida administrativa en cuestión. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto).Entre las Líneas En consecuencia, los tribunales se ocupan hoy en día de una serie de cuestiones que se habrían considerado no aptas para el examen judicial o no justiciables no hace mucho tiempo, entre ellas la prerrogativa de clemencia (caso R contra Secretary of State for the Home Department, ex parte Bentley (Reino Unido)), la facultad de expedir y retirar pasaportes (caso R contra Secretary of State for Foreign and Commonwealth Affairs, ex parte Everett (Reino Unido)), o el deber del Ministerio de Relaciones Exteriores de prestar asistencia diplomática a un ciudadano británico en el extranjero que se enfrente a la amenaza de denegación o error judicial (caso R (on the Application of Abbasi) v Secretary of State for Foreign and Commonwealth Affairs).

Admisibilidad

La concepción de la revisión judicial influye directamente en los criterios adoptados para determinar la admisibilidad (véase qué es, su concepto jurídico) de las reclamaciones presentadas en el procedimiento de revisión. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). La jurisprudencia francesa sobre la cuestión de la legitimación en los recursos por exceso de poder está dominada por la preocupación de facilitar la exposición de cualquier ilegalidad administrativa en la medida en que sea razonablemente posible. El Consejo de Estado ha admitido, por ejemplo, el interés de los contribuyentes locales por impugnar cualquier medida que tenga repercusiones en las finanzas de su respectivo municipio (CE (29 de marzo de 1901) Casanova). La legitimación en el sistema francés tampoco se limita a los casos en que el solicitante puede señalar un interés material que se haya visto afectado por la decisión administrativa; los intereses morales también pueden ser suficientes, como en el caso de los fieles religiosos que se oponen al cierre de su iglesia (CE (8 de febrero de 1908) Abbé Deliard (Fr)).

34. 34.Entre las Líneas En el Reino Unido, las disposiciones legales pertinentes disponen que el tribunal no concederá autorización para una solicitud de revisión judicial a menos que considere que el solicitante tiene un “interés suficiente en el asunto al que se refiere la solicitud” (párrafo 3 del artículo 31 de la Ley de Tribunales Superiores de 1981 (Reino Unido)).Entre las Líneas En la práctica judicial, los tribunales interpretan de manera generosa y flexible la expresión “interés suficiente”. Si la medida administrativa que el solicitante desea impugnar interfiere directamente en sus derechos personales o públicos o tiene consecuencias financieras adversas para él, será un caso evidente en el que tendrá legitimación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto).

Puntualización

Sin embargo, los tribunales también podrán conceder legitimación a alguien que de otro modo no cumpliría los requisitos por falta de interés (personal) suficiente cuando se alegue una ilegalidad excepcionalmente grave o generalizada. Cuanto más grave sea el asunto en cuestión, menos importancia se dará a los argumentos basados en la supuesta falta de legitimación del solicitante (caso R contra Secretary of State for Foreign and Commonwealth Affairs, ex parte Third World Development Movement).

En Alemania, la legitimación se basa en el párrafo 4 del artículo 19 de la Ley Fundamental, que garantiza a toda persona que supuestamente haya sido violada en sus derechos el recurso a un tribunal. Así pues, el acceso a la revisión administrativa judicial depende en principio de la capacidad del solicitante de demostrar que la medida impugnada ha violado posiblemente sus derechos (aunque el poder legislativo sigue teniendo libertad para eximir a los grupos y organizaciones de este requisito y lo ha hecho en particular en la esfera del derecho ambiental).

Puntualización

Sin embargo, esta restricción es menos estricta de lo que parece a primera vista, ya que entre los derechos cuya violación puede invocar el demandante en el marco del examen judicial figuran los derechos fundamentales constitucionalmente garantizados, que han sido objeto de una interpretación muy amplia por parte de los tribunales alemanes, encabezados por el Tribunal Constitucional Federal.

Defectos de la decisión administrativa o del procedimiento de adopción de decisiones susceptibles de revisión

Por regla general, el control judicial de la acción administrativa se limita a cuestiones jurídicas y no se extiende a la conveniencia de la medida atacada. Los fundamentos específicos del control se han desarrollado a lo largo del tiempo en la jurisprudencia de los tribunales y en algunos casos se han codificado por ley (véase el art. 6 2) de la Ley de promoción de la justicia administrativa de Sudáfrica). Varían de un país a otro.

Aviso

No obstante, utilizando un amplio espectro, se pueden distinguir tres encabezamientos principales bajo los cuales, mutatis mutandis, se lleva a cabo la revisión judicial de la acción administrativa en la mayor parte de los casos: legalidad jurisdiccional, procesal y sustantiva. La primera categoría se refiere a la (falta de) jurisdicción o competencia de la autoridad administrativa u organismo público para adoptar la medida en cuestión. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). El segundo grupo se refiere a la equidad del proceso de adopción de decisiones, en particular a la exclusión de las personas con capacidad decisoria parcial del procedimiento, el derecho a una audiencia previa a la decisión de la persona física o jurídica a la que se dirigirá la decisión o que se verá afectada sustancialmente por ella, y el deber de la autoridad administrativa de motivar su decisión. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto).

Detalles

Por último, la medida administrativa puede revisarse para detectar defectos sustanciales.Entre las Líneas En este caso, los tribunales comprobarán si la decisión se ajusta a las condiciones y parámetros fijados por la ley de habilitación y, si se confiere discreción a la persona que la adopta, si ésta se ha ejercido de conformidad con la ley de habilitación y las normas generales para el ejercicio de las facultades discrecionales expuestas en la jurisprudencia aplicable de los tribunales.

Normas de revisión

El propósito general de la revisión judicial de la acción administrativa es hacer cumplir la conformidad de la acción administrativa con la ley.Entre las Líneas En este contexto, la ley tiene un significado tanto estrecho como amplio. Significa la coherencia de la medida examinada con la legislación en que se basa, es decir, la ley habilitante o de habilitación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto).Entre las Líneas En su segunda dimensión, el término “ley” abarca todos aquellos principios, normas y disposiciones que, si bien no se refieren específicamente a la acción administrativa que se está examinando, pueden tener repercusiones en su legalidad porque imponen límites generales a varios o a todos los tipos de acción administrativa. La fuente más importante de limitaciones a la libertad de acción de la administración en la actualidad son los derechos fundamentales, independientemente de que se mencionen específicamente en la legislación habilitante o no. Entran en juego especialmente en los casos en que la ley confiere facultades discrecionales a un órgano administrativo.

La discreción de la administración al adoptar medidas que puedan tener repercusiones en los derechos e intereses individuales nunca es absoluta ni ilimitada.Entre las Líneas En palabras de un juez inglés, la discreción debe ser “no arbitraria, vaga y fantasiosa, sino legal y regular” (caso Sharp c. Wakefield [1891] AC 173, 179 (Reino Unido)).

Una Conclusión

Por lo tanto, desde hace mucho tiempo se acepta que el ejercicio de la discreción administrativa está en principio sujeto al control de los tribunales. Por otra parte, en el ejercicio de este control el tribunal no puede simplemente sustituir su propia decisión por la de la administración, ya que ello convertiría al tribunal en el superior jerárquico de la administración y, por tanto, socavaría la separación de poderes. Así pues, los tribunales deben encontrar un delicado equilibrio en el ejercicio de sus facultades de control: deben hacer cumplir los límites impuestos por la Constitución y la legislación pertinente a la libertad de acción de la administración sin privar a ésta de la discreción que le confiere el poder legislativo.

Existe un consenso generalizado en que, por regla general, el ejercicio de la discreción por la autoridad administrativa o el organismo público debe estar racionalmente relacionado con el propósito para el que se ha concedido la discreción. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Este principio puede formularse de muchas maneras diferentes, con un grado de especificidad mayor o menor.Entre las Líneas En el párrafo 2 del artículo 6 de la Ley de promoción de la justicia administrativa se ofrece una lista detallada de los motivos por los que se puede revisar la acción administrativa, incluidos los casos en que la acción se adoptó “por un motivo no autorizado por la disposición de habilitación”, “con un propósito o motivo ulterior”, “de mala fe” o “de manera arbitraria o caprichosa”.

Otros Elementos

Además, las acciones pueden ser impugnadas sobre la base de que se tuvieron en cuenta consideraciones irrelevantes o no se consideraron consideraciones pertinentes, o que la acción no está conectada racionalmente con el propósito para el que fue tomada o el propósito de la disposición habilitante.

Sin embargo, los tribunales administrativos (véase qué es, su concepto jurídico) a menudo han ido más allá del mero control de si la medida administrativa impugnada se adoptó con un propósito o motivo impropio o ulterior. Estas formas de un control de racionalidad intensificado se han desarrollado en el contexto nacional, pero cada vez más se ven condicionadas por influencias internacionales, supranacionales y extranjeras.

En Francia, el Consejo de Estado somete el ejercicio de la discreción administrativa en un número cada vez mayor de esferas a la prueba de si el órgano administrativo ha cometido un error manifiesto en la apreciación de los hechos (erreur manifeste d’appréciation des faits) al tomar su decisión. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). La prueba conduce a la anulación de la medida administrativa no sólo en los casos en que la administración ha establecido los hechos de forma incorrecta o incompleta, sino también en las situaciones en que los hechos correctamente establecidos no son evidentemente capaces de apoyar o justificar la decisión alcanzada por ella. Aún más importante es el hecho de que los principios generales del derecho (principes généraux de droit) que protegen los derechos y libertades fundamentales, como la libertad de opinión y la igualdad de acceso a la función pública, han sido utilizados por el Consejo de Estado para interferir en las decisiones administrativas, incluso en los casos en que no se impusieron límites estatutarios a la acción administrativa.

En Gran Bretaña y otros países de derecho anglosajón, el concepto de razonabilidad sirve tradicionalmente de paraguas para los diferentes criterios que guían a los tribunales en su evaluación de si la discreción de la administración se ha ejercido correctamente en el caso en cuestión. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Se ha descrito una decisión administrativa “irracional” o “irrazonable” como una “que es tan escandalosa en su desafío a la lógica o a las normas morales aceptadas” que ninguna persona sensata que hubiera aplicado su mente a la cuestión a decidir podría “haber llegado a ella” (caso Council of Civil Service Unions v Minister for the Civil Service). Entre las decisiones que desafían los principios de la lógica se incluyen las que son arbitrarias o están respaldadas por pruebas insuficientes o por razones inadecuadas o incomprensibles.

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Indicaciones

En cambio, la referencia a las “normas morales aceptadas” o a los valores, parece ir más allá del mero control de la racionalidad, independientemente de cómo se defina, e incluye el respeto de los derechos y libertades individuales básicos.

En Alemania, el principio de proporcionalidad se ha utilizado durante mucho tiempo como prueba general para comprobar si la administración ha ejercido su facultad discrecional de manera legal. Desarrollado en primer lugar por el Tribunal Administrativo Supremo de Prusia para comprobar las facultades discrecionales de las autoridades policiales, el principio fue elevado a rango constitucional después de la Segunda Guerra Mundial por el Tribunal Constitucional alemán, que lo ha empleado regularmente para evaluar la coherencia de las medidas de las autoridades públicas, incluidas las leyes, con los derechos fundamentales protegidos por la Ley Fundamental. Al igual que en el ámbito del derecho constitucional, el principio de proporcionalidad aplicado por los tribunales administrativos (véase qué es, su concepto jurídico) consta de tres subpruebas: la medida concreta adoptada por la administración debe ser adecuada al fin que desea alcanzar; de entre varias medidas igualmente capaces de lograr el objetivo legítimo perseguido por la administración, debe elegirse la que cause menos perjuicio al individuo en cuestión; y el perjuicio causado al individuo por la medida administrativa en cuestión no debe ser superior a sus beneficios para la comunidad en general.Entre las Líneas En esta etapa, los diferentes intereses públicos y privados en juego deben sopesarse para lograr un equilibrio justo. Por regla general, los tribunales limitarán su intervención a los casos en que las apreciaciones de la autoridad administrativa competente sean manifiestamente erróneas y se pueda deducir un caso claro de desproporción.

La proporcionalidad ha pasado a formar parte de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas como un “principio general del derecho”, y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) la utiliza como norma para evaluar el cumplimiento por un Estado Parte de las obligaciones que le incumben en virtud del Convenio Europeo de Derechos Humanos. También tiene una importancia creciente en varias jurisdicciones nacionales distintas de Alemania. Si bien el control del error manifiesto por los tribunales administrativos (véase qué es, su concepto jurídico) franceses no suele incluir la ponderación de las ventajas y desventajas de la medida propuesta para la comunidad y el individuo interesado, hay esferas en las que el Consejo de Estado está dispuesto actualmente a utilizar la proporcionalidad como criterio para comprobar la legalidad de las medidas administrativas. Esta jurisprudencia se ha desarrollado en primer lugar en los casos de expropiación (CE (28 de mayo de 1971) Ville Nouvelle-Est); consulte también injerencia del Estado en la propiedad privada), pero también tiene una importancia creciente en otros ámbitos, en particular en los que se refieren a los derechos y libertades protegidos por el CEDH. Análogamente, el criterio de proporcionalidad ha gozado de una creciente prominencia en Inglaterra, bajo la influencia tanto del derecho de la Unión Europea como del Convenio Europeo de Derechos Humanos. Hay un intenso debate, tanto en los tribunales como en la literatura, sobre la relación entre la proporcionalidad y el test de razonabilidad tradicional, y sobre si la proporcionalidad debe convertirse en un motivo de revisión independiente, o si debe suplantar a la razonabilidad como motivo de revisión.

Efectos del examen

Los recursos disponibles en los diferentes sistemas de revisión judicial de la acción administrativa son muy similares (recursos en los tribunales constitucionales/tribunales supremos). Incluyen la facultad de los tribunales de anular o anular la medida administrativa que se considere que interfiere ilegalmente en los derechos del solicitante.

Otros Elementos

Además, en la mayoría de los sistemas (mandamus, mandamiento judicial, etc.) se dispone de recursos que obligan a la administración a adoptar un determinado curso de acción que ha rechazado pero que está obligada a adoptar en virtud de la legislación aplicable. Un tercer tipo de recursos no anula una medida dictada por la administración ni la obliga a adoptar una determinada medida o decisión exigida por la ley, sino que aclara los derechos y obligaciones de la parte que ha solicitado la revisión judicial con respecto a la administración. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto).

Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):

Detalles

Por último, los tribunales pueden conceder al solicitante una indemnización por daños y perjuicios si ha sufrido un perjuicio como resultado de la conducta ilícita de la administración que no puede ser reparado por otros medios, a saber, mediante la anulación de la medida en cuestión.

En los países de derecho anglosajón, todos estos recursos son discrecionales, es decir, pueden ser rechazados por el tribunal por cualquier motivo que, en opinión del tribunal, justifique tal rechazo (véase el artículo 8 de la Ley de promoción de la justicia administrativa de Sudáfrica).

Indicaciones

En cambio, los recursos en los países continentales suelen ser de naturaleza estatutaria, lo que significa que si se cumplen las condiciones estatutarias para la concesión de un recurso, los tribunales no pueden denegarlo (véase el artículo 113 de la Ley de tribunales administrativos (véase qué es, su concepto jurídico) de Alemania).

Puntualización

Sin embargo, la diferencia entre ambos sistemas parece mayor sobre el papel que en la práctica real. Incluso en los países de derecho anglosajón, los requisitos del estado de derecho -y, en su caso, las obligaciones internacionales derivadas de los tratados de derechos humanos que exigen recursos efectivos por la violación de derechos garantizados (véase el artículo 13 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales)- significan que la discreción del tribunal para hacer otra cosa que anular la orden o la acción pertinente cuando se demuestra ese ejercicio excesivo del poder es muy reducida (caso Berkeley c. Secretario de Estado para el Medio Ambiente, el Transporte y las Regiones).

En la mayoría de los ordenamientos jurídicos existen, en principio, medidas provisionales (medidas provisionales en los tribunales constitucionales/tribunales supremos).Si, Pero: Pero por lo general los tribunales tienen una amplia facultad discrecional para equilibrar el interés público perseguido por el organismo administrativo o público con los derechos del solicitante que podrían sufrir un daño irreparable si la ejecución de la medida administrativa sigue adelante antes de que un tribunal haya tenido la oportunidad de examinar más detenidamente el fondo del asunto.

Revisión de hechos: Chris

Consideraciones Generales

Hace referencia la expresión “revisión judicial de recursos administrativos”, en esta plataforma global, fundamentalmente hacer referencia a la reconsideración de actos administrativos.Entre las Líneas En esta plataforma, revisión judicial de recursos administrativos incluye entradas sobre cuestiones tales como Amparo.Entre las Líneas En esta plataforma, los conceptos y temas relacionados con revisión judicial de recursos administrativos incluyen los siguientes: Estado de derecho, Habeas corpus, Inconstitucionalidad de las leyes, Derecho administrativo, Policía, Tribunales administrativos, Poder ejecutivo. Para más información sobre revisión judicial de recursos administrativos en un contexto más anglosajón, puede verse, en inglés, Judicial review of administrative acts (revisión judicial de recursos administrativos).

Revisión administrativa internacional

La función de revisión administrativa de los tribunales internacionales a menudo se subestima debido a que la implementación del derecho internacional atrae menos atención y la mayoría de los problemas regulatorios (por ejemplo, la regulación ambiental, la regulación de la manufactura, las relaciones entre empleadores y empleados) siguen siendo principalmente nacionales.

Detalles

Los abogados que se ocupan de cuestiones de propiedad intelectual, contratos extranjeros (referido a las personas, los migrantes, personas que se desplazan fuera de su lugar de residencia habitual, ya sea dentro de un país o a través de una frontera internacional, de forma temporal o permanente, y por diversas razones) y fusiones y adquisiciones que involucran a corporaciones multinacionales seguramente son conscientes de la importancia del derecho internacional que regula estas cuestiones, pero a menos que los administradores apliquen incorrectamente las normas internacionales, no habrá ninguna razón para recurrir a los recursos internacionales. Órganos adjudicadores. Dicho esto, el cuerpo de la ley reguladora global ha crecido significativamente desde el final de la Segunda Guerra Mundial, y uno podría incluso decir que la gobernanza global es cada vez más regulatoria en su naturaleza. La creciente prevalencia de las normas reguladoras internacionales ha llevado a la creación de un nuevo subcampo académico, conocido como derecho administrativo global (GAL). Varios autores argumentan que consideran la gobernanza global como una acción administrativa, incluso cuando dicha gobernanza se enfoca en temas que no son de naturaleza regulatoria (por ejemplo, seguridad, derechos humanos e intervención humanitaria), porque creen que La calidad y la legitimidad de la gobernanza global se mejorarían si se adhirieran a las prácticas bien conocidas del derecho administrativo: transparencia, participación, razonamiento y responsabilidad. Incluso si uno no abarca este objetivo normativo, los académicos GAL son claramente correctos al señalar las reglas regulatorias globales adoptan muchas formas y pueden tener orígenes informales, judiciales y poco coordinados.

Esta sección trata de comprender qué aportan los tribunales internacionales a la revisión administrativa del derecho internacional. La revisión administrativa verifica que las decisiones administrativas se adhieran al procedimiento correcto, no sean arbitrarias y aplicar fielmente la ley. Aunque la revisión administrativa examina las decisiones de los administradores públicos, tanto las funciones de solución de controversias como de revisión administrativa contribuyen a la función reguladora de la ley, y utilizan la ley para configurar las expectativas y guiar las decisiones y las acciones de los funcionarios públicos, las empresas y los ciudadanos. El alcance más amplio de las reglas regulatorias globales ha ampliado los dominios legales que los tribunales internacionales ahora influyen.

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Algunos tribunales internacionales tienen jurisdicción para juzgar casos que involucran a miembros del personal y disputas contractuales con los proveedores. Las grandes instituciones internacionales que carecen de un tribunal asociado (véase qué es, su concepto jurídico; y también su definición como “associate” en derecho anglo-sajón, en inglés) a veces crean tribunales administrativos (véase qué es, su concepto jurídico) internos para adjudicar (decidir o resolver) disputas de personal y de empleo. Por ejemplo, las Naciones Unidas, la Organización Internacional del Trabajo, el Fondo Monetario Internacional, el Banco Mundial, el Banco Interamericano de Desarrollo, la Organización de los Estados Americanos, el Banco Asiático de Desarrollo, el Banco Africano de Desarrollo tienen tribunales administrativos. Para más información sobre los tribunales administrativos, ver en esta referencia.

Estos órganos no son el enfoque de esta sección. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Más bien, mi discusión sobre la revisión administrativa internacional es consistente con lo que significan los académicos de derecho administrativo global: los mecanismos para revisar la aplicación de las reglas regulatorias globales.

Detalles

Los académicos de GAL definen el campo del derecho administrativo global para incluir reglas reglamentarias duras y blandas creadas por grupos de estados, actores nacionales coordinados transnacionalmente, redes de actores públicos y privados, e instituciones internacionales. Estas reglas pueden ser interpretadas, revisadas y aplicadas por una amplia gama de actores legales y cuasi legales tanto a nivel nacional como internacional.Entre las Líneas En comparación con la concepción de largo alcance de GAL del derecho administrativo, mi enfoque es limitado. Las cortes internacionales que realizan una revisión administrativa adjudican la aplicación de regulaciones internacionales vinculantes, lo que significa que un enfoque en los tribunales internacionales reduce de manera inherente la apertura a la aplicación de leyes duras por parte de organismos públicos. Eyal Benvenisti sostiene que la revisión administrativa internacional es un dispositivo de resolución de problemas de los estados, una forma de abordar la realidad de que la ley es inherentemente general y, por lo tanto, no puede hablar de todas las contingencias. Los jueces, junto con los administradores nacionales y mundiales, adaptan las reglas regulatorias globales a las nuevas situaciones, completando el contenido de las reglas a medida que las aplican a casos específicos. La revisión administrativa también proporciona un sistema de control de alarma contra incendios, una forma en que los actores privados pueden impugnar decisiones administrativas problemáticas e identificar dónde los administradores son capturados por gobiernos poderosos o corrompidos de otra manera. Daniel Kelemen agrega que la gobernanza global a través de la revisión administrativa proporciona una manera de instituciones internacionales con recursos insuficientes para aprovechar a los litigantes privados para monitorear (vigilar) el cumplimiento de las firmas y los gobiernos nacionales a las reglas supranacionales. Peter Lindseth, por el contrario, destaca las contribuciones de legitimidad de la revisión administrativa internacional. Lindseth observa como los actores administrativos se volvieron más poderosos políticamente, las firmas y los políticos de base nacional comenzaron a cuestionar las bases legales y de legitimidad de la autoridad de los actores supranacionales. La respuesta estándar, que establece la autoridad delegada a los administradores supranacionales, comenzó a parecer insuficiente.

Autor: Williams

Recursos

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Notas

Véase También

Derecho procesal, Derechos de la Adolescencia, Derechos de la Niñez, Economía Política, Función judicial, Migración Internacional, Protección Procesal de los Derechos Humanos, Separación de poderes, Control judicial de la acción ejecutiva, Control judicial de la legislación, Independencia judicial, Poder judicial, Control judicial, Decisiones judiciales

Bibliografía

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