Impuesto de Salida
La recaudación de los impuestos de salida puede verse afectada por los convenios fiscales bilaterales, que suelen basarse en el Modelo de Convenio Fiscal de la OCDE. Los convenios fiscales desempeñan un papel importante en la atribución de competencias fiscales entre los Estados miembros, pero desgraciadamente en el caso de los impuestos de salida una serie de incertidumbres crean algunas dificultades. No está claro si el Modelo de Convenio de la OCDE prescribe la imposición de las plusvalías no realizadas y, al mismo tiempo, la cuestión jurídica de la anulación del tratado puede interferir en tales situaciones. Los Comentarios de la OCDE ofrecen afirmaciones contradictorias con respecto a estas cuestiones, por lo que la solución a estos problemas es una cuestión de interpretación.