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Desarme

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Desarme

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A continuación se examinará el significado.

¿Cómo se define? Concepto y Caracteres de Desarme

Definición y descripción de Desarme ofrecido por el Diccionario Jurídico Mexicano (1994), de la Suprema Corte de Justicia de México: (escrito por Ricardo Méndez Silva) El desarme es el proceso que siguen los Estados para eliminar o reducir la producción, el almacenamiento y el uso de cierto tipo de armamento. El desarme puede ser unilateral o concertado, correspondiendo el primer tipo a la decisión aislada de un Estado, normalmente ligada a una política de neutralidad o, en el segundo caso, a las negociaciones y acuerdos entre dos o más Estados. Puede ser parcial, referido el desarme a un cierto tipo de armamentos, como las armas químicas o bacteriológicas, las armas convencionales que produzcan sufrimientos innecesarios y las armas nucleares, o puede concebirse como un desarme general y completo, meta final de la sociedad internacional, y por lo cual ha abogado México.

Más sobre el Significado de Desarme

La limitación de armamentos ha estado siempre presente en los intentos por limitar la guerra y reglamentarla.Entre las Líneas En la época moderna los intentos que destacan son la I y II Conferencias de la Paz de La Haya de 1899 y 1907. De la I surgieron las declaraciones relativas al uso de proyectiles que esparzan gases asfixiantes y la declaración sobre el empleo de balas que se dilatan y aplastan fácilmente en el cuerpo humano. De la II aparecieron, entre otras, la declaración sobre la colocación de las minas submarinas automáticas de contacto y la declaración referente al lanzamiento de proyectiles y explosivos desde los globos. La Sociedad de las Naciones irrumpió en 1919 a la escena internacional teniendo como un objetivo prioritario el desarme. Se perseguía la reducción de armamentos al nivel necesario para mantener la seguridad nacional y permitir el cumplimiento de las obligaciones internacionales. Numerosos intentos por dar concretación a la finalidad del desarme acabaron en resonantes fracasos. Debe mencionarse, sin embargo, como una de las conquistas alcanzadas durante la época de la Sociedad de las Naciones, el protocolo de Ginebra de 1925, relativo a la prohibición del uso en la guerra, de gases asfixiantes, tóxicos o similares, y de medios bactereológicos. Y tres años después, en 1928, el pacto de Briand-Kellog, que prohibió el uso de la fuerza en las relaciones internacionales (más detalles sobre relaciones internacionales y las tensiones geopolíticas en nuestra plataforma).

Desarrollo

De acuerdo con la solicitud que el gobierno norteamericano formuló en 1944 al gobierno de México, sobre su opinión para la constitución de una nueva organización internacional, México presentó un documento para la constitución de una Unión Permanente de Naciones en donde se contemplaba lo siguiente: “Los miembros de la Unión Permanente de Naciones reconocen que el mantenimiento de la paz exige la reducción de los armamentos nacionales al mínimo compatibles con la seguridad de sus respectivos territorios y con la ejecución de las obligaciones internacionales contraídas en el presente pacto. El Consejo tendrá a su cargo preparar los planes y tomar las resoluciones pertinentes para que tal resolución sea llevada a la práctica.” La Carta de San Francisco concibió a la paz como una obligación jurídica, pero, después de la decepcionante labor de la Sociedad de las Naciones, no se incluyó como objetivo el desarme. A pesar de ello una de las funciones primordiales de la Organización de las Naciones Unidas ha sido el tratamiento del tema.Entre las Líneas En 1947 se creó la Comisión para los Armamentos Clásicos.Entre las Líneas En 1952 inició sus trabajos la Comisión de Desarme y en 1961 la Asamblea General constituyó el Comité de Desarme de 18 países.

Desarme

Exposición que realiza la enciclopedia Rialp sobre desarme:Todo orden de paz internacional ha de incluir como elemento esencial un programa de desarme Esta noción engloba distintos supuestos que, sin oponerse, son diferenciables. Tradicionalmente se venía entendiendo por desarme el resultado a que podía llegarse a través de negociaciones diplomáticas para la limitación o reducción de tropas y armamentos en los Estados. [rtbs name=”mundo”] Hoy se incluye en él la idea del control internacional como elemento dinámico de esa limitación.

La noción interna de paz y orden se basa en la monopolización de la fuerza. Es una característica esencial del orden estatal que ya destacaba Tucídides. Pues bien, si con Max Weber se parte de la idea que, de hecho, todo orden social se basa en el monopolio de la fuerza, será necesario aceptar, de un lado, que el desarme es un indicio de la imperfección radical de la comunidad internacional en su estadio actual; de otro, que todo intento de desarme estará forzosamente afectado de gran inestabilidad mientras no haya una modificación estructural profunda en la organización política del mundo presente.

Más Detalles

La Sociedad de Naciones (SDN, con cuarenta y cinco estados miembros iniciales, creada por la Conferencia de París el 24 de abril de 1919, tras la primera guerra mundial, duró hasta 1939, año que se inició la segunda guerra mundial) lo incluyó como elemento esencial en sus trabajos. El art. 8 del Pacto imponía a los Estados miembros, con carácter programático, la obligación de reconocer que el mantenimiento de la paz exigía la reducción de los armamentos nacionales al mínimo compatible con la seguridad nacional.Entre las Líneas En el programa del presidente Wilson se hablaba de seguridad interna. Los Tratados de Paz de 1918 impusieron a los Estados vencidos determinadas limitaciones en los armamentos.Si, Pero: Pero el programa de desarme de la Sociedad de Naciones (SDN, con cuarenta y cinco estados miembros iniciales, creada por la Conferencia de París el 24 de abril de 1919, tras la primera guerra mundial, duró hasta 1939, año que se inició la segunda guerra mundial) fracasó.Entre las Líneas En 1933 Alemania se retiró de la Conferencia de Desarme y de la Sociedad de Naciones (SDN, con cuarenta y cinco estados miembros iniciales, creada por la Conferencia de París el 24 de abril de 1919, tras la primera guerra mundial, duró hasta 1939, año que se inició la segunda guerra mundial) y en 1935 denunció la limitación de armamentos impuesta por el Tratado de Versalles (véase un resumen y las condiciones plasmadas en el mismo).Entre las Líneas En la Carta de la ONU, cabe destacar cierto cambio de perspectiva en la política de desarme En efecto, más bien que una pacificación por desarme general de los Estados, la ONU ha colocado originariamente el acento en la creación de fuerzas militares centralizadas y puestas bajo la influencia directa del Consejo de Seguridad, lo que tenía corno presupuesto (no realizado en la práctica) el entendimiento entre las grandes potencias. Otro factor que ha complicado los programas de desarme de la ONU es la aparición del arma atómica. Las discordancias en las propuestas de las grandes potencias sobre desarme han estado determinadas por la cambiante significación e importancia que en cada una de ellas tenían las armas clásicas con relación a las atómicas.Entre las Líneas En la aproximación iniciada desde hace años entre las dos superpotencias atómicas hay que ver el interés común que tienen en limitar el número de Estados pertenecientes al «club atómico» (Tratado de Moscú de 1968).

Desarme y Orden Mundial

Puesto que el Estado es sujeto primordial del Derecho internacional también lo es, en la misma forma, de la guerra y de la paz.Si, Pero: Pero cabe preguntarse: Esta irracional parcelación del mundo en soberanías territoriales, ¿es capaz de enfrentar los problemas que plantean las técnicas refinadas y los poderosísimos medios de destrucción? Evidentemente, no. Toda modificación sustancial en los armamentos ha supuesto a lo largo de la historia no solo una modificación de la estrategia, sino de la política. [rtbs name=”introduccion-a-la-politica”]Desde hace 25 años se ha almacenado en los arsenales una capacidad destructora infinitamente superior a todo el potencial bélico utilizado por el hombre en cuantas guerras emprendió desde que comenzó la Historia. Hay que ver también aquí una manifestación del principio de aceleración histórica: el desfase entre una organización política del mundo, meramente interestatal, y los modos y medios bélicos supraestatales no puede ser más evidente.

Desarme

Según el Diccionario Jurídico Espasa, sobre Desarme:

Sus diferentes modalidades -bien en sus acepciones más reduccionistas o a través de los meros criterios limitativos del control de armas-, persiguen la perpetuación del statu quo y, por ende, de la paz y seguridad internacionales mediante el método de proscribir o restringir el acceso y aun la utilización o disminuir la producción de determinados sistemas de armas, de forma que ningún Estado pueda alcanzar unilateralmente la supremacía político-estratégica en la sociedad internacional.

En cualquier caso, pese a los avatares de semejantes métodos y sus inciertos resultados -así, junto al estrepitoso fracaso que para los intentos de desarme del periodo de entreguerras supuso el estallido de la Segunda Guerra Mundial, se registra en su haber el capital éxito de la proscripción del empleo durante dicha contienda de las armas químicas y biológicas-, el ideal de un mundo desarmado adquiere definitivamente el carácter de desideratum colectivo contemporáneo a la vista de los efectos del arma nuclear.

Aunque el generalizado clima de tensión internacional derivado de la guerra fría hizo fracasar distintos intentos de desarme global canalizados a través de sucesivas propuestas en el marco de la O.N.U., el aldabonazo esotérico que supuso la crisis de Cuba de 1962 propició tanto la apertura de un proceso de distensión entre las superpotencias derivado de la necesidad de su mutua cooperación para alcanzar mayores cotas de seguridad internacional como su gradual asunción de pautas de control de armas de carácter bilateral.

Desarrollo

Así, la concertada acción de los grandes -con las cualificadas y reiteradas excepciones de Francia y la República Popular China-, y su presión sobre los demás Estados miembros de la Comunidad Internacional dieron lugar a una serie de acuerdos regionales y sectoriales de desarme -en realidad, simples medidas colaterales-, cuyo objetivo sería potenciar tanto los niveles de seguridad colectiva como el equilibrio internacional mediante la restricción del poder atómico.

Sin embargo, al concebirse los respectivos poderes estratégicos como instrumentos políticos forjadores a la vez del equilibrio internacional y de particular status de su detentador, se produjo también un coetáneo proceso de proliferación armamentista horizontal y vertical, que generaba un riesgo permanente de ruptura del sistema internacional contemporáneo estructurado en torno a la disuasión.

Languidece entonces el desarme entendido como proscripción generalizada de las armas nucleares -bien global, regional, general o sectorialmente-, para fortalecer la noción del control de armas, en cuanto su finalidad no reside tanto en poder término a la carrera de armamentos como en someter la misma a unas pautas de equivalencia que favorezcan el equilibrio político y la paridad (véase más en esta plataforma) estratégica de las superpotencias.

Más acerca de Desarme

Dicho intento de control de armas estratégicas -que cristalizaría con irregular y temporal fortuna en el proceso S.A.L.T.-, representa un remedio de la política de armamentos convencionales -sobre todo navales-, propia del periodo de entre guerras. Se forja así en la actualidad un modelo internacional clásico de equilibrio de poderes, cuya finalidad última es garantizar su propia perpetuación.

No obstante, el impacto tecnológico sobre los diversos programas de armamentos introduce así mismo un factor de crisis tanto en el desarrollo de la política de limitación de armas como inestabiliza el precario equilibrio político-estratégico auspiciado por aquélla, en la medida en que permite a los grandes albergar el deseo de alcanzar de forma unilateral una coyuntural superioridad estratégica -singularmente, a través de la primacía en los novedosos sistemas aeroespaciales-, que rentabilice políticamente su vigente esfuerzo armamentista y que propicie una irreversible mutación del sistema internacional en su exclusivo beneficio.

En cualquier caso, el abrumador proceso de sofisticación tecnológico-armamentista no solo aborda la decidida mejora cualitativa de los sistemas de armas de destrucción en masa y se introduce también en el capítulo de ingenios convencionales de creciente capacidad destructora pareja a los niveles inferiores de los medios ABQ, sino que además ha incidido en la puesta a punto de incipientes categorías bélicas destinadas a la modificación artificial con fines de combate del entorno ambiental.

Otras cuestiones señaladas por el Diccionario

Así, los propósitos de desarme o de control de armas sostienen un pulso desigual con el imparable impacto tecnológico aplicado a la carrera de armamentos, y su dimensión cualitativa soslaya repetidamente los baremos de limitación trabajosamente consensuados de forma bilateral o multilateralmente por los Estados o por la propia comunidad internacional, por lo que en último término persistirá un clima de inseguridad global derivado tanto del recelo colectivo respecto a la eventual efectividad de las técnicas de verificación de los acuerdos alcanzados como, sobre todo, por lo que se refiere a la capacidad de innovación tecnológico-armamentista y subsiguientes visos de su instrumentación política particular.

A) Acuerdos de desarme: Estas convenciones son aquellas que se refieren a la completa y global proscripción -es decir, a su producción, almacenamiento y utilización en cualquier lugar-, de un sistema de armas determinado.Entre las Líneas En realidad, semejantes parámetros tan solo se reflejan sticto sensu en la actualidad en un único género de ingenios bélicos: los medios biológicos.

Puntualización

Sin embargo, aun por razones de identidad de génesis histórica, aquellos convenios que estableciesen una absoluta prohibición de empleo de ámbito universal -aunque se refiriesen a si detentación-, se estiman incluidos en la restringida categoría de desarme, por lo que también se catalogarán aquí las armas químicas.

Más sobre este tema

1. Armas químicas: La prohibición del uso de dichas armas es universal -aunque se encuentre sujeta a numerosas reservas que la condicionan a criterios de reciprocidad- y dimana del protocolo relativo a la prohibición del empleo en la guerra de gases asfixiantes, tóxicos o similares o procedimientos análogos, hecho en Ginebra el 17 de junio de 1925. Siendo ratificado por España («G.M.» núm. 249).

2. Armas biológicas: La proscripción de estos medios no solo se ciñe a su empleo -vigente desde el reseñado Protocolo de Ginebra de 17de junio de 1925-, sino que se extiende a su fabricación, almacenamiento o a cualquier otra clase de detentación, en razón del convenio sobre la prohibición del desarrollo, la producción y el almacenamiento de armas bacteriológicas (biológicas) y toxínicas y sobre su destrucción, hecho en Londres, Moscú y Washington el 10 de abril de 1972; vigente para España en virtud del correspondiente instrumento de ratificación de fecha 20 de junio de 1979 (B.O.E. núm. 165/79).

B) Acuerdos de limitación de armas nucleares: Este género de Convenciones se aparta de la prístina noción del desarme en cuanto sus términos se limitan a reconducir o atemperar cualitativa o cuantitativamente la carrera de armamentos, al restringir el despliegue regional de ingenios nucleares o la proliferación indiscriminada de sujetos internacionales titulares de aquéllos, dirigiéndose sus esfuerzos más a la perpetuación del statu quo internacional y del directorio estratégico de las superpotencias sobre la sociedad internacional que a una reducción efectiva de los arsenales atómicos.

Otras Ideas Planteadas

Pese a los esfuerzos de los sucesivos órganos de las Naciones Unidas -la comisión de Desarme, el Comité de Desarme y la Conferencia de Desarme-, cuyas constantes mutaciones respondían sin duda al reiterado propósito de dotarlos de mayor operatividad, los intentos de control de armas nucleares que se han visto coronados por el éxito se deben primordialmente a la coyuntural colisión de intereses de los grandes.

1. De carácter multilateral: Así, los mismos se deben al implícito concierto de voluntades de las superpotencias -si bien con la excepción de los acuerdos de desarme cuyo ámbito territorial se circunscribe a América Latina, a cuya gestación la U.R.S.S. ha sido ajena-, en la medida en que su previo consenso se erigió en requisito sine qua non de su posterior efectividad y vigencia, con independencia desde luego de su vocación regional o universal.

a) De ámbito regional. Éstos son aquellos que tienen una cobertura espacial determinada, bien de carácter focal -la Antártida o América Latina-, o global -el espacio ultraterrestre o los fondos marinos situados más allá de la mar territorial-, estando vigentes den la actualidad:

– El Tratado Antártico, hecho en Washington el día 1 de diciembre de 1959, del que España es parte en virtud de Instrumento de Adhesión de fecha 18 de marzo de 1982 (B.O.E. núm. 152/82), por el que se desmilitariza y desnucleariza temporalmente -hasta el año 1991-, el espacio polar antártico y territorios adyacentes y se congelaron hasta entonces las reivindicaciones de soberanía sobre el mismo.

Más sobre esta Voz en el Diccionario Jurídico

– El tratado para la proscripción de las armas nucleares en la América Latina, hecho en Tlatelolco (Ciudad de México) el día 14 de febrero de 1967, por el que se pretendía la efectiva desnuclearización de América Latina.

– Tratado sobre los principios que deben regir las actividades de los Estados en la explotación y utilización del espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, hecho en Londres, Moscú y Washington en fecha 27 de enero de 1967, en vigor para España en virtud del correspondientes Instrumento de Adhesión de fecha 27 de noviembre de 1968 (B.O.E. núm. 30/69), por el que se internacionaliza y desnucleariza el Cosmos, si bien presenta abundantes lagunas interpretativas en cuanto a su militarización, al no proscribir las actividades de reconocimiento y comunicaciones militares de ámbito estelar y la utilización de medios de combate ajenos a la categoría de armas de destrucción en masa. Dicho régimen ha sido completado por el acuerdo que debe regir las actividades de los Estados en la Luna y otros cuerpos celestes, hecho en Nueva York el día 18 de diciembre de 1979.

– Tratado sobre prohibición de emplazar armas nucleares y otras armas de destrucción en masa en los fondos marinos oceánicos y en su subsuelo, hecho en Londres, Moscú y Washington en fecha 11 de febrero de 1971, en cuya virtud se prohíbe la instalación de medios de lanzamiento o cualesquiera otras estructuras destinadas al almacenar, ensayar o utilizar armas de destrucción en masa en o desde los fondos marinos o su subsuelo, siempre que no estuviesen situados fuera del ámbito de la mar territorial.

Más sobre el Tema

b) De ámbito sectorial: Éstos son acuerdos que restringen funcionalmente el acceso al arma atómica, tanto al limitar las tareas previas de investigación y desarrollo de tecnología nuclear de forma unilateral por parte de los Estados como al proscribir la realización de exploraciones nucleares en la atmósfera, en el espacio ultraterrestre o bajo el agua, o aun aquellas otras de difícil control, que por su carácter unilateral sirven para poner a punto tal género de ingenios, estando tan solo formalmente vigentes:

– Tratado de prohibición de pruebas con armas nucleares en la atmósfera, en el espacio ultraterrestre y bajo el agua, hecho en Moscú el 5 de agosto de 1963 y al que España se adhirió mediante ratificación de fecha 17 de diciembre de 1964 (B.O.E. núm. 7/68), por el que no solo se prohíben las explosiones en semejantes ámbitos, sino también aquellas otras que provocasen la caída de residuos radiactivos fuera del límite territorial del Estado bajo cuya jurisdicción se efectuasen.

– Tratado sobre la no-proliferación de armas nucleares, hecho en Londres, Moscú y Washington el 1 de julio de 1968, por el que se restringe el acceso al arma nuclear a aquellos Estados que careciesen o no hubiesen explosionado un artefacto semejante antes del día 1 de enero de 1967, a la vez que se establece un complejo sistema de salvaguardas destinado tanto a impedir su transferencia como a controlar los usos pacíficos de la tecnología nuclear a través de un órgano internacional ad hoc: la Agencia Internacional de la Energía Atómica (A.I.E.A.).

Continuando la Argumentación

2. De carácter bilateral: La eclosión del control de armas se produjo en el marco de los Acuerdos S.A.L.T. I y II, celebrados a lo largo de la década de los años setenta entre los Estados Unidos y la Unión Soviética, cuyo primordial propósito consistía entonces en perpetuar el directorio bipolar sobre la Sociedad Internacional al limitar su recíproca competición armamentista y sentar las bases del statu quo político-estratégico global.

a) S.A.L.T. I: Semejante epígrafe comprende la firma en Moscú el día 26 de julio de 1972 de los siguientes instrumentos jurídicos:

– Tratado de limitación de misiles antibalísticos (ABM), por el que se imponía un techo a su despliegue consistente en limitar su número a 200 ingenios, repartidos a partes iguales para la defensa en torno a cada capital y a un campo de silos, si bien la distancia entre ambos asentamientos debería ser superior a 1.300 kilómetros para que no pudiesen complementarse.

Secuencia

Posteriormente, el acuerdo de Moscú de fecha 3 de julio de 1974 reducía aquéllos a 100 y los asentamientos a uno tan solo para cada parte, con independencia de su emplazamiento. Formalmente sus términos siguen vigentes.

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– Acuerdo provisional e interino sobre ingenios ofensivos, que suponía durante cinco años topes cuantitativos globales

Autor: I.C.B.M.

Control de Armamentos y Desarme y las Relaciones Internacionales

En algunas facultades y Universidades (como es el caso de la UNAM, la Universidad Nacional Autónoma de México), el estudio de control de armamentos y desarme es una de las asignaturas de la carrera de Relaciones Internacionales.

Organismos Regionales en Materia de Seguridad y Desarme en Relación a Organizaciónes Internacionales

En este contexto, el contenido de organismos regionales en materia de seguridad y desarme incluye:

  • Los Organismos de Desarme
  • Los Organismos de Seguridad Regional

Visualización Jerárquica de Desarme

Relaciones Internacionales > Seguridad internacional > Seguridad internacional
Relaciones Internacionales > Defensa > Política de defensa > Rearme
Organizaciones Internacionales > Naciones Unidas > Instituto para la Formación y la Investigación (Naciones Unidas) > Instituto de las Naciones Unidas de Investigación sobre el Desarme

Desarme

A continuación se examinará el significado.

¿Cómo se define? Concepto de Desarme

Véase la definición de Desarme en el diccionario.

Características de Desarme

[rtbs name=”relaciones-internacionales”][rtbs name=”organizaciones-internacionales”]

Desarme en Relación a Política

En este contexto, a efectos históricos puede ser de interés lo siguiente: [1] Todo orden de paz internacional ha de incluir como elemento esencial un programa de desarme Esta noción engloba distintos supuestos que, sin oponerse, son diferenciables. Tradicionalmente se venía entendiendo por desarme el resultado a que podía llegarse a través de negociaciones diplomáticas para la limitación o reducción de tropas y armamentos en los Estados. Hoy se incluye en él la idea del control internacional como elemento dinámico de esa limitación.
La noción interna de paz y orden se basa en la monopolización de la fuerza. Es una característica esencial del orden estatal que ya destacaba Tucídides. Pues bien, si con Max Weber se parte de la idea que, de hecho, todo orden social se basa en el monopolio de la fuerza, será necesario aceptar, de un lado, que el desarme es un indicio de la imperfección radical de la comunidad internacional en su estadio actual; de otro, que todo intento de desarme estará forzosamente afectado de gran inestabilidad mientras no haya una modificación estructural profunda en la organización política del mundo presente.
Historia.Entre las Líneas En la historia moderna del desarme se suele partir de la propuesta de Alejandro I en el Congreso de Viena, 1816, y más tarde la de Napoleón 111 en 1867, que no dejaron consecuencias. La proposición de Nicolás 11 de Rusia en 1898 llevó a la Primera Conferencia de La Haya de 1899 y a la segunda en 1907, importantes ambas por la sistematización del Derecho de guerra. La tercera, que debía celebrarse en 1915, no tuvo lugar. El relativo fracaso de esta política de desarme puso, no obstante, de manifiesto tres elementos fundamentales: la opinión pública mundial (o global) es mucho más favorable al desarme que los gobiernos; el desarme en sí no es sólo un problema estrictamente militar, sino que de éste se pasa necesariamente a factores económicos, geográficos, etc., que lo complican (cuestión del potencial bélico permanente, significación bélica potencial de la marina mercante, p. ej.); conexión entre la política de desarme de un Estado e intereses concretos del mismo (propuesta de Nicolás 11 en el momento de iniciar Rusia la colonización de Siberia).
La Sociedad de Naciones lo incluyó como elemento esencial en sus trabajos. El art. 8 del Pacto imponía a los Estados miembros, con carácter programático, la obligación de reconocer que el mantenimiento de la paz exigía la reducción de los armamentos nacionales al mínimo compatible con la seguridad nacional.Entre las Líneas En el programa del presidente Wilson se hablaba de seguridad interna. Los Tratados de Paz de 1918 impusieron a los Estados vencidos determinadas limitaciones en los armamentos.Si, Pero: Pero el programa de desarme de la Sociedad de Naciones fracasó.Entre las Líneas En 1933 Alemania se retiró de la Conferencia de Desarme y de la Sociedad de Naciones y en 1935 denunció la limitación de armamentos impuesta por el Tratado de Versalles.Entre las Líneas En la Carta de la ONU, cabe destacar cierto cambio de perspectiva en la política de desarme En efecto, más bien que una pacificación por desarme general de los Estados, la ONU ha colocado originariamente el acento en la creación de fuerzas militares centralizadas y puestas bajo la influencia directa del Consejo de Seguridad, lo que tenía corno presupuesto (no realizado en la práctica) el entendimiento entre las grandes potencias. Otro factor que ha complicado los programas de desarme de la ONU es la aparición del arma atómica. Las discordancias en las propuestas de las grandes potencias sobre desarme han estado determinadas por la cambiante significación e importancia que en cada una de ellas tenían las armas clásicas con relación a las atómicas.Entre las Líneas En la aproximación iniciada desde hace años entre las dos superpotencias atómicas hay que ver el interés común que tienen en limitar el número de Estados pertenecientes al «club atómico» (Tratado de Moscú de 1968).
Desarme y Orden Mundial. Puesto que el Estado es sujeto primordial del Derecho internacional también lo es, en la misma forma, de la guerra y de la paz.Si, Pero: Pero cabe preguntarse: Esta irracional parcelación del mundo en soberanías territoriales, ¿es capaz de enfrentar los problemas que plantean las técnicas refinadas y los poderosísimos medios de destrucción? Evidentemente, no. Toda modificación sustancial en los armamentos ha supuesto a lo largo de la historia no sólo una modificación de la estrategia, sino de la política. [rtbs name=”introduccion-a-la-politica”]Desde hace 25 años se ha almacenado en los arsenales una capacidad destructora infinitamente superior a todo el potencial bélico utilizado por el hombre en cuantas guerras emprendió desde que comenzó la Historia. Hay que ver también aquí una manifestación del principio de aceleración histórica: el desfase entre una organización política del mundo, meramente interestatal, y los modos y medios bélicos supraestatales no puede ser más evidente. [rbts name=”politica”]

Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):

Recursos

Notas y Referencias

  1. Basado parcialmente en el concepto y descripción sobre desarme en la Enciclopedia Rialp (f. autorizada), Ediciones Rialp, 1991, Madrid, España

Véase También

Bibliografía

B (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma online de ciencias sociales y humanidades). BECHHOEFER, Postwar negotiations for Arms Control, Washington 1961; L. DE BROUCKERE, Les travaux de la Société des Nations en matiére de désarmement (Recueil des Cours), vol. 25, 1928; ONU, Historical Survey of the Activities of the League of Nations regarding the question of disarmament, 192037, 1951; S. DE MADARIAGA, Disarmament, Oxford 1929.

Recursos

Traducción de Desarme

Inglés: Disarmament
Francés: Désarmement
Alemán: Abrüstung
Italiano: Disarmo
Portugués: Desarmamento
Polaco: Rozbrojenie

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Véase También

Recursos

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Véase También

Bibliografía

b (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma online de ciencias sociales y humanidades). Bechhoefer, Postwar Negotiations for Arms Control, Washington 1961; l. de Brouckere, Les Travaux de la Société Des Nations en Matiére de Désarmement (recueil Des Cours), Vol. 25, 1928; Onu, Historical Survey of the Activities of the League of Nations Regarding the Question of Disarmament, 192037, 1951; s. de Madariaga, Disarmament, Oxford 1929.
Albrecht, Andrazj, El plan Rapacki; nuevos aspectos, Warszawa, Zachodnia Agencja Prasowa, 1964; Castañeda, Jorge, La no proliferación de las armas nucleares en el orden universal, México, El Colegio de México, 1969; García Robles, Alfonso, La desnuclearización de la América Latina; 2a. edición, México, El Colegio de México, 1966; García Robles, Alfonso, La proscripción de las armas nucleares en la América Latina; México, El Colegio Nacional, 1975.

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1 comentario en «Desarme»

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