La agencia es un ente de Derecho Público que se rige por su normativa específica. No obstante, en el desarrollo de las funciones de gestión, inspección y recabación, y demás funciones públicas que se le atribuyen, según la normativa de cada país, se regirá por normas más generales. Este texto también
diagnostica las dificultades inherentes a las concepciones convencionales de la agencia e identifica los problemas que plantean para la política democrática; asimismo, se expone una explicación alternativa, no soberana, de la agencia, mostrando cómo la agencia está distribuida social y materialmente y, por lo tanto, no es reducible a la elección intencional y al control sobre la acción; la tercera parte examina brevemente las implicaciones emancipadoras de entender la agencia en términos no soberanos. En el ejercicio de la agencia dependemos de la forma en que nuestras iniciativas interactúan con las dinámicas del mundo material y social que nunca podremos dominar del todo. Además de eludir nuestro control, la agencia también supera regularmente nuestras intenciones porque es un fenómeno distribuido que surge a través de intercambios intersubjetivos e intercorporales. La agencia es más que una mera causalidad porque implica una actividad que responde a las normas. Nos sitúa en relaciones especiales de responsabilidad, y da lugar a un sentido de posibilidad que tiene un potencial liberador único para la política. Sin embargo, aunque los agentes son distintivos en este sentido, este carácter distintivo no es lo mismo que la superioridad. Los agentes no son la medida de todas las cosas; somos tipos particulares de cosas con nuestro propio tipo de valor y dignidad, que no es el único tipo de valor y dignidad. Además, aunque la agencia no sea soberana, es robusta y está llena de vida. Sus fuentes se encuentran en las iniciativas de los individuos, las comunidades de afirmación que sostienen la asunción social y las vitalidades del mundo material.