Los acuerdos marco son, por su concepción, instrumentos que toman nota y reconocen el valor de los sistemas de dos o varios niveles. Si bien el derecho internacional tradicional, en principio, no dejaba mucho margen para una aplicación nacional sustancial, los instrumentos modernos, en particular en el ámbito del derecho internacional sobre el medio ambiente, aunque no exclusivamente, han pasado a conceder más importancia a las medidas de aplicación de las partes. Con este enfoque, los fines y objetivos del marco solo podrán alcanzarse si se aplican normas nacionales más específicas. En estas circunstancias, el establecimiento de normas se divide efectivamente entre el nivel internacional y la fase de aplicación nacional. Esta división es la principal diferencia con el enfoque más tradicional del derecho internacional que creó tratados que, por su tema y concepto, no dejaban espacio para diferentes normas nacionales en la etapa de aplicación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Un ejemplo de instrumento que no deja un margen sustancial para la aplicación a fin de proporcionar claridad y fiabilidad a sus normas es la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas (1961).