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Derecho Civil Musulmán

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Derecho Civil Musulmán

Este elemento es una ampliación de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs] El “derecho civil” en el mundo islámico moderno tiene dos significados.Entre las Líneas En general, el término se refiere al conjunto de leyes que se ocupan de los derechos y obligaciones de los ciudadanos privados. Esta definición abarca áreas del derecho que se ocupan de los contratos y del comercio, de la característica, y del estado personal; no incluye el derecho penal. eL “derecho civil” también puede referirse a una tradición jurídica que evolucionó en la Europa continental fuera del sistema jurídico romano. La tradición de la ley civil europea influenció fuertemente las reformas legales modernas en la mayoría de los países árabes, todos los países del norte de África, algunas naciones subsaharianos como Malí y Mauritania, e Indonesia en el sudeste asiático. La tradición de la ley civil se caracteriza principalmente por códigos jurídicos escritos como fuentes primarias de derecho autoritario y un conjunto único de procedimientos judiciales. Esta noción de derecho civil es distinta de la tradición del derecho común (expresión que hace referencia en los países anglosajones normalmente al sistema de “common law”) — la otra importante tradición legal occidental — que influenció fuertemente las reformas legales modernas en países como Bangladesh y Pakistán en Asia meridional; Sudán y Gambia en el noreste y África occidental, respectivamente; y Brunei, Malasia, y las Maldivas en el sudeste asiático. La tradición del Common Law se desarrolló en Inglaterra a partir del cuerpo local de decisiones judiciales, doctrinas implícitas en esas decisiones y prácticas consuetudinarias (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma digital de ciencias sociales y humanidades). Allí, las decisiones precedentes son fuentes de derecho autoritario junto con la legislación escrita, y los procedimientos judiciales difieren notablemente de los de los sistemas de derecho civil (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma digital de ciencias sociales y humanidades). Algunos países, como Somalia, mezclan tradiciones de derecho común (expresión que hace referencia en los países anglosajones normalmente al sistema de “common law”) y civil con los islámicos y los consuetudinarios; otros países, como Irán, pretenden gobernar exclusivamente por el derecho islámico, aunque están influenciados por la tradición del derecho civil; todavía otros países, como Turquía o las repúblicas de la mayoría musulmana de la ex Unión Soviética en Asia central y Europa del este aplican ahora leyes completamente seculares, esta última influida por la ley Soviética (que se basa en parte en la tradición europea del derecho civil). Este artículo trata de las dos definiciones del derecho civil en lo que se refiere a las leyes no penales codificadas que rigen a las personas privadas en los sistemas jurídicos actuales de los países de mayoría musulmana.

El sistema de la ley civil en el mundo islámico moderno comenzó con las reformas legales del otomano del período 1839 – 1876, el Tanzimat (reorganización). Los sultanes reformistas de principios del siglo XIX observaron que las antiguas instituciones legales, educativas y militares eran insuficientes para satisfacer las demandas cambiantes del Imperio o para manejar (gestionar) los asuntos que acompañaban el aumento del comercio con los países. [rtbs name=”mundo”] En 1839, Sultan Abdülmecid i (r. 1823 – 1861) inauguró las reformas legales con un edicto — el hattı Şerif de Gülhane (edicto Imperial de la cámara de los Rosales) — anunciando que, “con la ayuda del Altísimo y apoyado por la intercesión de nuestro Profeta, lo juzgamos bien traer los beneficios de una buena administración a las provincias componiendo el Imperio otomano a través de nuevas instituciones. ” Entre varios otros cambios, la era Tanzimat consideró la reorganización de los leyes civiles y criminales (kanuns) según el modelo francés de la civil-ley, el código Napoléon de 1804.Entre las Líneas En el derecho mercantil y contractual, la reorganización legal culminó en la promulgación del Mecelle (1869 – 1877), un código legal que sacó del derecho islámico en sustancia pero que tomó la forma del código civil francés.

Otros Elementos

Además, el Imperio otomano había celebrado una serie de acuerdos bilaterales con las Naciones de Europa occidental (denominadas capitulaciones o ahdnames), en parte proporcionando la jurisdicción extraterritorial de las leyes extranjeras sobre los comerciantes extranjeros (referido a las personas, los migrantes, personas que se desplazan fuera de su lugar de residencia habitual, ya sea dentro de un país o a través de una frontera internacional, de forma temporal o permanente, y por diversas razones) que conducen negocios en tierras bajo el dominio otomano. El imperio del otomano disolvió después de la derrota en la primera guerra mundial, y pronto después de eso, los líderes de la Nueva República turca cambiaron el sistema de la civil-ley. Un sistema de decretos en 1924 suprimió el califato, disolvió el derecho islámico (sharī ʿ ah) cortes, y nacionalizado el sistema educativo.Entre las Líneas En 1926, Turquía adoptó el código civil suizo como la ley de lo que se había convertido en un Estado republicano completamente secularizado bajo el amparo de Mustafa Kemal Atatürk.

Las reformas jurídicas otomanas y la adopción por Turquía del código suizo presagiaban la adopción generalizada de códigos europeos en el mundo musulmán, cada país que tenía diferentes motivos y medios para hacerlo.Entre las Líneas En Turquía y en el mundo árabe, las reformas generalmente se procedían mediante el endeudamiento de códigos jurídicos extranjeros (referido a las personas, los migrantes, personas que se desplazan fuera de su lugar de residencia habitual, ya sea dentro de un país o a través de una frontera internacional, de forma temporal o permanente, y por diversas razones) en los intentos de resistir los desafíos geopolíticos y económicos presentados por las Naciones de Europa occidental.Entre las Líneas En las antiguas colonias francesas, británicas y holandesas en África, el sur y el sudeste asiático, y en otras partes, la ley fue impuesta a menudo directamente por los colonizadores, facilitando su eventual adopción en forma modificada después de la independencia. Irán (véase su perfil, la Economía de Irán, la Historia Iraní, el Presidencialismo Iraní, las Sanciones contra Irán, la Bioética en Irán, los Problemas de Irán con Estados Unidos, el Derecho Ambiental en Irán, el Derecho Civil Iraní, el Nacionalismo Iraní, los Activos Iraníes, la Diplomacia Iraní, el Imperio Sasánida, los medos, los persas y el Imperio Selyúcida) (que no era una provincia otomana y no fue colonizado) siguió una ruta similar a Turquía, secularizando y adoptando un código civil europeo, que permaneció vigente hasta la revolución islámica de 1978/1979 (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma digital de ciencias sociales y humanidades). Aunque el modelo europeo sigue proporcionando la estructura de la ley y los tribunales allí, la Constitución post-revolucionaria de Irán (véase su perfil, la Economía de Irán, la Historia Iraní, el Presidencialismo Iraní, las Sanciones contra Irán, la Bioética en Irán, los Problemas de Irán con Estados Unidos, el Derecho Ambiental en Irán, el Derecho Civil Iraní, el Nacionalismo Iraní, los Activos Iraníes, la Diplomacia Iraní, el Imperio Sasánida, los medos, los persas y el Imperio Selyúcida) anunció la adopción del derecho islámico para todos los asuntos civiles.

Cada una de las antiguas provincias otomanas siguió un camino diferente a la reforma. El Mecelle fue formalmente en efecto en todo el imperio hasta su colapso. Después, el período colonial, que abarcó gran parte de la primera mitad del siglo XX, vio una mezcla ecléctica de leyes de las fuerzas de ocupación y de los gobernantes locales. Con independencia, la mayoría de los países árabes enmendaron sus códigos según el modelo francés, e incorporaron el derecho islámico clásica en gran parte en asuntos del estado personal.

Detalles

Las excepciones incluyen Yemen y Arabia Saudita, donde las reformas otomanas no fueron generalizadas, que nunca llegaron a ser bajo el régimen europeo, y donde el sistema preexistente del derecho islámico clásica, por lo tanto, enfrentó menos obstáculos a la continuidad.

En gran parte de la región, Egipto fue un líder en el proceso de reforma legal, ya que muchos países árabes miraron a la experiencia de Egipto para guiar a los suyos. Formalmente una provincia otomana, Egipto fue en el siglo XIX con eficacia autónoma.Entre las Líneas En la parte temprana de ese siglo, Muḥammad ʿ Alī (r. 1805 – 1848) estableció una serie de tribunales para operar junto a las cortes de sharī ʿ ah. Estos nuevos tribunales aplicaron las leyes emitidas por el gobierno egipcio, que fueron influenciadas por los kanuns imperiales del otomano así como por el derecho islámico clásica.Entre las Líneas En el 1870s, las cortes mezcladas fueron establecidas, que gobernaron a extranjeros (referido a las personas, los migrantes, personas que se desplazan fuera de su lugar de residencia habitual, ya sea dentro de un país o a través de una frontera internacional, de forma temporal o permanente, y por diversas razones) y funcionaron en un código civil dibujado del código Napoléon.Entre las Líneas En la década de 1880 (tras el inicio de la ocupación británica en 1882), se establecieron tribunales nacionales, que gobernaban a los egipcios basándose en un código similarmente extraído del modelo francés, junto con las reglas comerciales islámicas adoptadas por el Mecelle. Este sistema tripartito de los tribunales mixtos, nacionales y sharī ʿ ah (más millı de las leyes de estatus personal no musulmán) continuó hasta 1949. Ese año, los egipcios abolieron los tribunales mixtos e instalaron un código civil, escrito por ʿ Abd al-Razzāq al-Sanhūrī, un erudito legal egipcio que había estudiado en Egipto y Francia, y que había enseñado en la Facultad de derecho de Bagdad. Este nuevo código gobernó tanto a los nativos como a los extranjeros (referido a las personas, los migrantes, personas que se desplazan fuera de su lugar de residencia habitual, ya sea dentro de un país o a través de una frontera internacional, de forma temporal o permanente, y por diversas razones) en la mayoría de los asuntos en los tribunales nacionales. Sharī ʿ ah (y millı ˆ) los tribunales continuaron adjudicando disparates de estatus personal hasta que estos tribunales fueron abolidos en 1956, su trabajo se dobló también en el de los tribunales nacionales.

La ley islámica no desapareció con la inauguración del nuevo código civil de Egipto y la abolición (nota: el abolicionismo es una doctrina contra la norma o costumbre que atenta a principios morales o humanos; véase también movimiento abolicionista y la abolición de la esclavitud en el derecho internacional) de los tribunales de sharī ʿ ah. El artículo 1 del código egipcio identifica cuatro fuentes principales de la ley para la toma de decisiones judiciales: el propio código, la práctica consuetudinaria (ʿ Urf), los “principios de sharī ʿ ah”, y los principios del derecho natural y la equidad. La Constitución egipcia también busca asegurar que el derecho islámico siga teniendo un lugar en el derecho civil. El artículo 2 de la Constitución (aprobada en 1971) proclama al Islam la religión oficial y reconoce el derecho islámico como “la principal fuente de la legislación” (enmendada en 1980). Esta disposición ha sido interpretada por el Tribunal Constitucional Supremo de Egipto para conceder a la legislatura una amplia discreción para aprobar leyes civiles y de otra manera, siempre y cuando no contravengan los “principios fijos” de la ley islámica.

Los códigos civiles como el de Egipto siguen generalmente los códigos europeos en formato y contenido, a excepción del derecho de familia, que se rige generalmente por un código que intenta aplicar las reglas del derecho islámico clásica. Los códigos civiles se dividen en dos partes. La primera es la parte preliminar o general (como se denomina en el código alemán). Se trata de los principios generales del derecho civil, tales como la definición de las personas jurídicas, la clasificación de las cosas y los bienes, y el conflicto de las leyes. El segundo contiene reglas relativas a cuestiones legales específicas relativas a contratos y remedios por incumplimiento de contrato, venta, agravios, relaciones propietario-inquilino, trabajo y empleo, contratación y arrendamiento, y préstamos y depósitos. Por ejemplo, el egipcio y otros códigos especifican que los contratos sin un propósito o una causa válido (Sabab) son vacíos, que es un principio común al derecho civil europeo y a la ley islámica. La diferencia entre los dos sistemas en este punto es que la tradición de la ley civil europea, a diferencia de la mayoría de las reglas legales islámicas clásicas, permite compromisos sobre sumas o objetos indefinidos que pueden existir en alguna fecha futura con una cantidad desconocida de riesgo.

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La influencia egipcia sobre las leyes civiles de otros países árabes es evidente en sus propias historias de codificación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Por ejemplo, el código otomano gobernó las transacciones en Siria, Irak y Jordania hasta su reemplazo por nuevos códigos jurídicos modelados sobre la adaptación egipcia del sistema basado en Francia a mediados del siglo XX. Cada país sacó del código egipcio explícitamente al adoptar sus nuevos códigos — Siria en 1949, Irak en 1951, y Jordania en 1976. De hecho, el propio Sanhūrī fue llamado a elaborar un código similar al que redactó para Egipto para Irak; y el código egipcio en sí mismo sustituyó al código jordano. El código egipcio tuvo un impacto igualmente grande en muchos países árabes del Golfo. Sanhūrī redactó el código legal que sustituyó al Mecelle en Kuwait en 1961, y ese país adoptó un código civil basado en los códigos egipcio e iraquí en 1980. Omán, Qatar y los Emiratos Árabes Unidos adoptaron códigos civiles en los decenios de 1980 y 1990 en los que se modeló la versión kuwaití de los códigos egipcio e iraquí.

En relación con el derecho islámico, la ola de codificación en el mundo musulmán moderno ha sido extremadamente controvertida, suscitando innumerables respuestas de políticos, juristas, reformadores jurídicos y comentaristas académicos (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma digital de ciencias sociales y humanidades). Algunos opinan que el derecho islámico no puede, por definición, ser codificada. La ley islámica es a la vez una metodología y un órgano Sustantivo de las normas jurídicas; así, cualquier intento de codificarla cristaliza reglas rígidas más apropiadas para las sociedades premodernas. Otros argumentan que la codificación es positiva, porque disminuye la cantidad de discreción judicial, y por lo tanto arbitrariedad, en la aplicación de leyes no codificadas. La codificación, argumentan, trabaja para aportar claridad y equidad a la ley.

Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):

El derecho civil desempeña un papel sustancial en la vida cotidiana de las personas, especialmente en las leyes de estatus personal. Parece haber, por ejemplo, una conciencia general de los derechos y obligaciones del matrimonio y el divorcio. Esta conciencia ayuda a explicar el uso significativo de los tribunales en muchos países musulmanes para mediar los conflictos de derecho de familia y es una razón por la cual la reforma de los códigos de ley de familia islámica es un enfoque central entre los activistas que buscan la igualdad entre las mujeres y los hombres. Desde la década de 1980, las mujeres activistas y las organizaciones de derechos humanos han proliferado rápidamente. Oferta dos enfoques principales para la reforma de las leyes de familia: erradicar los elementos jurídicos islámicos en la ley (considerados como inherentemente discriminatorios) o renovar los códigos mediante la inclusión de la participación de las mujeres en interpretaciones más igualitarias de los Ley.

Marruecos es un ejemplo de país donde las peticiones de cambio fueron atendidas por el gobierno, que tenía como objetivo instituir reformas con este enfoque en mente. Tras protestas masivas entre 1992 y 2000 contra las leyes familiares existentes, el rey Muhammad VI convocó una Comisión de reforma integrada por parlamentarios, activistas por los derechos de las mujeres y expertos en derecho islámico con el mandato de resolver las tensiones entre secularistas e islamistas (que han tratado los textos religiosos clave como ideología, basándose en que, al expresar la palabra revelada de Dios, proporcionan un programa para la reconstrucción social integral) al producir reformas mutuamente agradables de las leyes de estatus personal. Siguiendo las recomendaciones de la Comisión, el Parlamento promulgó reformas en 2004 a su actual código de familia (Mudawwanat al-usrah), que se basó principalmente en un conjunto ecléctico de reglas de las cuatro escuelas de la ley Sunnī (Madhhab) — (con énfasis en la Escuela de Sunnī dominante, la escuela legal de Mālikī)-más la escuela Imāmī de la ley de shī ʿ ī. El nuevo código se basa en estas mismas fuentes, pero pretende ser el producto de un proceso que autoconscientemente busca armonizar las normas liberales democráticas y de derechos humanos con las tradiciones islámicas tradicionales por “adoptar [Ing] los principios tolerantes del Islam en la defensa de los seres humanos la dignidad y la mejora de la justicia, la igualdad y las buenas relaciones sociales amistosas, y con la cohesión de la escuela Mālikī, así como ijtihād, que hace que el Islam sea válido para cualquier momento y lugar, “según lo anunciado por el rey en el preámbulo del código. Los cambios sustantivos del código han sido elogiados por grupos de mujeres locales y ONGs internacionales de derechos humanos como un ejemplo de leyes de estatus personal “progresistas” dentro de un marco islámico. Tal vez esto representa un nuevo capítulo en el derecho civil en los países modernos que buscan prestar atención a los principios del derecho islámico clásica en el mundo moderno.

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Al Sirajiyyah: O el Derecho Musulmán sobre la herencia

Kitāb al-Farāʼiḍ al-Sirājīyah (El libro Sirajite de leyes de herencia) es un tratado sobre las leyes de herencia según la Escuela Hanafi de jurisprudencia islámica sunita. Es considerado como el trabajo más importante en este campo. Conocido comúnmente por su breve título al-Sirājīyah, el tratado lleva el nombre de su autor, Siraj al-Din Muhammad ibn Muhammad al-Sajawandi, un jurista y matemático del siglo XII. El filólogo y jurista inglés Sir William Jones (1746–94) publicó la primera traducción al inglés de este trabajo en Calcuta (actual Kolkata), India, en 1792 (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma digital de ciencias sociales y humanidades). Aquí se presenta una reimpresión de la traducción de Jones de 1890, con una introducción y notas de Almaric Rumsey (1825–99), abogado y profesor de jurisprudencia india en el King’s College de la Universidad de Londres. El tratado original, tema de una serie de comentarios, incluido uno de al-Sajawandi mismo, comienza con una introducción sobre la importancia de ‘ilm al-farā’iḍ (la ciencia de la herencia y el patrimonio). Continúa cubriendo muchos aspectos del tema, incluidos los impedimentos para la sucesión, la doctrina de las acciones y las personas que tienen derecho a ellos, y la división de la propiedad entre los herederos y entre los acreedores. La ley de herencia islámica es un sistema complejo y refinado de reglas que se desarrolló durante varios siglos y que se basa en pasajes en el Corán que especifican las acciones fraccionarias fijas del patrimonio de una persona fallecida que deben otorgarse a los familiares de esa persona.

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