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Reparaciones para las Víctimas de Violaciones de los Derechos Humanos

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Reparaciones para las Víctimas de Violaciones de los Derechos Humanos

Este elemento es una ampliación de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema.

Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de la ONU: Mejorar la rendición de cuentas y el acceso a reparación para las víctimas de abusos contra los derechos humanos relacionados con las empresas, 10 de mayo de 2016 (UN Doc A / HRC / 32/19)

Este informe (‘Informe’) establece un marco de actuación para mejorar la responsabilidad corporativa y el acceso a recursos judiciales para las víctimas de abusos contra los derechos humanos relacionados con las empresas. El Informe era de importancia primordial para las agencias estatales y los órganos judiciales relacionados con el desarrollo, la administración y la aplicación de los regímenes jurídicos nacionales que regulan el respeto por parte de las entidades comerciales de los derechos humanos. [paragrafo 19]

El informe de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de la ONU constaba de dos partes. La primera parte introdujo una guía, explicando el alcance, el uso potencial y tres cuestiones transversales. La segunda parte contenía la orientación en sí, que se presentaba como una serie de objetivos de política diseñados para los ordenamientos jurídicos internos. Esta parte estaba, a su vez, dividida en mecanismos jurídicos públicos y privados de reparación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). El Informe formaba parte del Proyecto de Rendición de Cuentas y Remedios (‘Proyecto’) de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH). También había una adición al Informe que proporcionaba explicaciones y detalles adicionales sobre el proyecto de investigación de dos años.

▷ En este Día de 24 Abril (1877): Guerra entre Rusia y Turquía
Al término de la guerra serbo-turca estalló la guerra entre Rusia y el Imperio Otomano, que dio lugar a la independencia de Serbia y Montenegro. En 1878, el Tratado Ruso-Turco de San Stefano creó una “Gran Bulgaria” como satélite de Rusia. En el Congreso de Berlín, sin embargo, Austria-Hungría y Gran Bretaña no aceptaron el tratado, impusieron su propia partición de los Balcanes y obligaron a Rusia a retirarse de los Balcanes.

España declara la Guerra a Estados Unidos

Exactamente 21 años más tarde, también un 24 de abril, España declara la guerra a Estados Unidos (descrito en el contenido sobre la guerra Hispano-estadounidense). Véase también:
  • Las causas de la guerra Hispano-estadounidense: El conflicto entre España y Cuba generó en Estados Unidos una fuerte reacción tanto por razones económicas como humanitarias.
  • El origen de la guerra Hispano-estadounidense: Los orígenes del conflicto se encuentran en la lucha por la independencia cubana y en los intereses económicos que Estados Unidos tenía en el Caribe.
  • Las consecuencias de la guerra Hispano-estadounidense: Esta guerra significó el surgimiento de Estados Unidos como potencia mundial, dotada de sus propias colonias en ultramar y de un papel importante en la geopolítica mundial, mientras fue el punto de confirmación del declive español.

En febrero de 2014, el Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos puso en marcha un proceso para mejorar los recursos de la jurisdicción interna con el objetivo de abordar la responsabilidad corporativa por abusos graves contra los derechos humanos. El Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos publicó, en relación a esto, un estudio independiente que identificaba las barreras para acceder a la justicia a nivel nacional e invitaba a las partes interesadas a enviar comentarios sobre los problemas y las recomendaciones que allí se incluyen.

En julio de 2014, la Resolución 26/22 del Consejo de Derechos Humanos sobre derechos humanos y empresas multinacionales y otras empresas comerciales solicitó al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos que informara sobre el acceso a la reparación para las víctimas. Se centró, su respuesta, en obstáculos legales y prácticos sustantivos a los mecanismos judiciales que garantizan la responsabilidad corporativa y el remedio a los abusos de derechos.

El derecho a un recurso efectivo es una parte vital del deber de un estado de proteger a su población contra los abusos en materia de los derechos humanos relacionados con las empresas. Existen, según el informe elaborado, serias deficiencias en la implementación de muchas de las obligaciones internacionales con respecto al acceso a la reparación, y así consta en el párrafo 6. Los remedios internos, se dice antes, con frecuencia no cumplen la norma internacional de reparación adecuada, efectiva y rápida del daño sufrido, según se describe en el parágrafo 2.

El Informe de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de la ONU, esencialmente, fue un acto de una organización internacional que consiguió contribuir al marco internacional que regula las violaciones de los derechos humanos por parte de las empresas. No era un acto vinculante, y se presentó como una lista no finita de posibles soluciones, basada en la adaptabilidad a diferentes sistemas legales. [párrafos. 14-15]

El Informe también contribuyó a la elucidación e implementación en curso de los Principios Rectores sobre Empresas y Derechos Humanos (‘UNGP’). Los Principios Rectores sobre Empresas y Derechos Humanos fueron respaldados por el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en 2011. Comprenden tres pilares: un deber estatal de proteger los derechos humanos, la responsabilidad corporativa de respetar los derechos humanos y el acceso a la reparación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). De los tres, el acceso a la reparación se desarrolló más lentamente, y el Informe de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de la ONU funciona para abordar este desequilibrio.

Mecanismos Judiciales

El proyecto se centró en seis áreas: (i) pruebas de derecho interno para la responsabilidad legal corporativa; (ii) las funciones y responsabilidades de los Estados interesados ​​en casos transfronterizos; (iii) superar los obstáculos financieros a los reclamos legales; (iv) sanciones penales; (v) remedios de derecho civil; y (vi) organismos internos de enjuiciamiento. [paragrafo 11]

El Informe de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de la ONU señalaba que los mecanismos judiciales a menudo no están desarrollados, sino que están fragmentados y mal diseñados. Que ha existido una falta de conciencia pública, falta de fondos para reclamos privados y falta de cumplimiento. La complejidad estructural de los negocios transnacionales y las cuestiones jurisdiccionales imponen exigencias adicionales a los regímenes jurídicos nacionales. [para 4]

Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características y el futuro de esta cuestión):

El Informe destacaba tres cuestiones transversales en su parágrafo 20: la complejidad estructural y administrativa de las empresas comerciales; casos transfronterizos y cooperación internacional; y la necesidad de coherencia política. El primero se relaciona con asuntos corporativos, como la personalidad empresarial o corporativa separada, y cómo estos pueden hacer que la responsabilidad legal sea complicada y difícil de establecer más allá de la responsabilidad subsidiaria [parágrafo 21]. Señala también que existieron problemas similares en las relaciones comprador-proveedor, como en las cadenas de valor.

El Informe reconocía que se trataba de un área de derecho en desarrollo, que ello explicaba, al menos en parte, la variación entre los regímenes en los diferentes países, y también explicaba la incertidumbre que todo ello provocaba [párrafo 23]. Las cuestiones transfronterizas adolecen, decía, de una falta de claridad con respecto a las responsabilidades de los diferentes estados [para 24] (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma digital de ciencias sociales y humanidades). Asimismo, razonaba en defensa de la coherencia política dentro de los regímenes domésticos, debido a la interconexión de muchas medidas necesarias. [para 29]

A continuación, el Informe de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de la ONU establecía una serie de recomendaciones a los Estados Miembros con el objetivo de lograr un acceso más efectivo a la reparación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto) (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma digital de ciencias sociales y humanidades). A nivel de derecho público, estos incluyen principios para evaluar la responsabilidad legal corporativa [Anexo parágrafo 1.1]. Estas recomendaciones estaban centradas en la disuasión (véase qué es, su definición, o concepto jurídico, y su significado como “deterrence” en el derecho anglosajón, en inglés) y reparación de abusos contra los derechos humanos relacionados con las empresas, medidas específicas a terceros sobre la base de responsabilidades legales secundarias y en la alineación de la responsabilidad corporativa en los regímenes jurídicos nacionales con la debida diligencia bajo los Principios Rectores sobre Empresas y Derechos Humanos señalados más arriba.

Otras recomendaciones de derecho público trataban la necesidad de apoyar a las agencias estatales responsables de la investigación y el cumplimiento de tales abusos, la cooperación en casos transfronterizos y el tipo y alcance de las sanciones y recursos [Anexos 4.1, 9.1 y 11.1]

Dentro del derecho privado, se plantearon algunos problemas similares. Una vez superados los obstáculos financieros se priorizó, se dice, con servicios legales “pro bono”, fondos estatales para los solicitantes de las reparaciones y exenciones de tarifas judiciales en casos de dificultades financieras defendidas. [Anexo parágrafo 15.1]

Efecto de la Globalización

Las empresas multinacionales, desde hace muchos años, pueden moverse entre jurisdicciones, explotando entornos reglamentarios más laxos y vacíos legales. Esta estrategia legal internacional permite, en algunos casos, a las corporaciones con fuertes operaciones internacionales violar los derechos humanos sin responsabilidad ni opciones correctivas para las víctimas.

El Informe de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de la ONU fue concebido, precisamente, para ayudar a los estados a mitigar estos problemas y, como tal, a jurisdicciones nacionales específicas. La atención se centra en la “coherencia de las políticas”, más que en constituir mecanismos internacionales de reparación, tal como se desprende de lo dispuesto en el parágrafo 29. El Informe, para ello, utilizó una amplia consulta llevada a cabo con las partes interesadas con el fin de analizar los sistemas legales nacionales en esta materia [párrafo 13].

Como se indicó en el Informe, muchas de las deficiencias que se producen en las reparaciones deben verse como parte de los desafíos sociales, económicos y legales más amplios que “viven” muchos de los estados. Estos desafíos, o quizás alguna de las soluciones, incluyen conceptos legales tales como el “forum non conveniens”, que pueden dificultar la búsqueda de una jurisdicción apropiada por parte de las empresas multinacionales, y el hecho de separar la personalidad jurídica entre las subsidiarias y empresas matrices, y la cadena de valor, en la que gran parte de la producción se subcontrata.

Consecuencias del Informe

El impacto del Informe de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de la ONU apenas comienza a verse. Fue concebido este informe, principalmente, para describir y proponer mejoras sobre la responsabilidad corporativa a nivel estatal.Entre las Líneas En febrero de 2017, la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea emitió un dictamen destinado a mejorar el acceso a las reparaciones para las víctimas, derivado precisamente del Informe.

El Plan de Acción Nacional revisado del Reino Unido de abril de 2017 -implementación de los UNGP- declaró, en su párrafo 170, que el acceso a la reparación era el elemento “más débil” de la estrategia anterior, y que las revisiones futuras podrían hacer uso del Informe (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma digital de ciencias sociales y humanidades). Asimismo, catorce estados han completado planes de acción nacionales, con muchos más países en progreso, y es probable que este Informe de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos y los temas en este documento sean, cada vez más, una base para la acción nacional en esta materia.

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