Se examina qué son los mala prohibita y cómo se relacionan con otros conceptos cercanos como los delitos por poderes. A continuación, explicamos la opinión convencional de que la criminalización requiere una incorrección moral, tanto para comprender con mayor precisión lo que requiere esta restricción de la incorrección como para exponer las motivaciones que hay detrás de ella. En el resto de este texto, exploramos los diferentes tipos de respuestas al rompecabezas de la mala prohibita. Las dos respuestas más naturales pueden parecer muy revisionistas. La que se explora en la Sección 2 consistiría en abandonar la restricción de la ilicitud y cambiar así la naturaleza y los objetivos subyacentes del derecho penal. Alternativamente, como se analiza en la Sección 3, se podría preservar un fuerte compromiso con la restricción de ilicitud pero rechazar los delitos mala prohibita. Podría parecer que ambas estrategias implican cambios radicales en la esencia del derecho penal y en cómo lo entendemos, aunque consideramos hasta qué punto es realmente así. En las secciones 4 y 5, exploramos respuestas más conciliadoras al problema. La sección 4 explora intentos filosóficamente sofisticados de demostrar que, a pesar de las primeras apariencias, muchos casos centrales de delitos de mala prohibita (como el caso de Rea) en realidad son moralmente ilícitos y, por tanto, no están realmente en tensión con la restricción de ilicitud después de todo. En la sección 5, consideramos otra forma de disminuir la tensión entre la mala prohibita y la restricción de ilicitud, aunque esto implica debilitar también la restricción de ilicitud.