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Herejías Cristianas

Este texto se ocupa de las herejías cristianas, y su relación con la ortodoxia religiosa. La herejía cristiana se refiere a las creencias y prácticas no ortodoxas que fueron consideradas heréticas por una o más de las iglesias cristianas. Se ofrece un examen de las principales herejías en la historia del cristianismo.

Herramientas de Procesos para Abogados

Este texto se ocupa de las herramientas de procesos para abogados. No todo son manuales y jurisprudencia. En la práctica real, los abogados necesitan añadir algunas herramientas más a su caja de herramientas. Durante la última década se ha producido una explosión de nuevas herramientas, impulsadas por algoritmos y análisis que agilizan una serie de tareas tradicionales que en el pasado llevaban horas de tiempo. Durante este periodo, los clientes también han exigido que los bufetes aprovechen las herramientas para ser más eficientes. A continuación, se ha descrito siete nuevas e importantes herramientas que pueden ayudar a un abogado junior a mejorar su producto de trabajo y, al mismo tiempo, ahorrar tiempo y evitar errores.

Herejía

Aspectos Jurídicos y/o Políticos de Herejía Herejía en relación con la Teología Herejía, doctrina religiosa opuesta al dogma de una Iglesia particular, sobre todo una doctrina mantenida por una persona que profese fe en las enseñanzas de esa confesión. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). El término significaba en su origen una […]

Hechos Jurídicos

Este texto se ocupa del hecho jurídico, como cualquier hecho, acontecimiento o conducta que tiene significación jurídica (o que produce efectos jurídicos), de tal modo que origina, transforma o pone fin a alguna relación o situación jurídica. El hecho jurídico es cualquier acontecimiento que tenga como efecto la creación, la extinción o la modificación de una relación jurídica. El acontecimiento puede ser un hecho natural (por ejemplo, el nacimiento o la muerte de una persona) y el propio transcurso del tiempo, que por sí mismo puede dar lugar a una relación jurídica o extinguirla, ya sea con independencia de la voluntad de cualquier persona (prescripción adquisitiva, prescripción extintiva) o en relación con una declaración de voluntad que haya vinculado el acaecimiento o la cesación de los efectos de un negocio al transcurso del tiempo. Pero el hecho jurídico puede consistir también en un acontecimiento determinado por el hombre, que debe distinguirse de todos los demás hechos jurídicos, y que se llama acto jurídico, y que a su vez puede ser conforme a derecho (acto lícito) o contrario a derecho (acto ilícito). Si a esta última le sigue una sanción indefectible que consiste en el restablecimiento, incluso de forma coactiva, de la norma infringida y -siempre que sea posible- en el restablecimiento de los derechos subjetivos vulnerados; el acto lícito, o bien, en la medida en que consiste en el simple ejercicio de un derecho, tendrá asegurada su libre expresión, o bien, en la medida en que consiste en una declaración de voluntad dirigida por sí sola o con la concurrencia de otras a producir determinados efectos jurídicos (ver negocio jurídico), tendrá la posibilidad de expresarse libremente. negocio jurídico), tendrá la posibilidad de realizar estos efectos (por ejemplo, el testamento, el contrato).

Hecho Jurídico

Por hecho jurídico se entiende todo acontecimiento que la ley toma en consideración y al que atribuye efectos particulares. En su acepción jurídica, el hecho no es el acontecimiento natural, identificable y aislable en un contexto naturalista, sino aquel acontecimiento que es aislado e identificado por el derecho según sus propios criterios. Sólo la calificación jurídica, la determinación normativa del hecho, le confiere un carácter unitario, según los fines perseguidos por el derecho positivo, carácter que puede ser enteramente distinto del que se le reconoce en el plano naturalista: y así el hecho jurídico se llama hecho, y es la relación entre el acontecimiento físico y los efectos particulares conectados al acontecimiento en virtud de la voluntad de la ley. Este fenómeno se suele expresar diciendo que el hecho es la condición de los efectos jurídicos y la norma es la causa. Este proceso de desnaturalización del hecho físico constituye una tipificación normativa con la consiguiente organización de los hechos naturales, homogéneos o considerados como tales por el legislador, en esquemas abstractos típicos, que se utilizan como elementos de las proposiciones normativas y términos de referencia de la disciplina correspondiente.

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