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Vida Silvestre

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Vida Silvestre

Este elemento es una ampliación de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema.

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Delitos contra la Vida Silvestre

El crimen contra la vida silvestre es un área de estudio típicamente definida desde una perspectiva legalista como un acto que contraviene las leyes que protegen la vida silvestre. Estos delitos ocurren tanto dentro como a través de las fronteras (véase qué es, su definición, o concepto jurídico, y su significado como “boundaries” en derecho anglosajón, en inglés) nacionales y pueden incluir el tráfico de vida silvestre o productos de la vida silvestre. A nivel internacional, los delitos contra la vida silvestre están regulados por una serie de convenciones, siendo la CITES la más importante para la regulación del comercio. Si bien estas convenciones son de alcance internacional, deben ser administradas por naciones signatarias a través de leyes nacionales. Las leyes nacionales se promulgan en contextos locales y son tan variadas como los propios delitos, regulan la caza, el transporte, el uso y la venta de la vida silvestre. Varias organizaciones internacionales (por ejemplo, INTERPOL) facilitan la colaboración entre países, pero estas organizaciones no tienen autoridad para hacer cumplir la ley.

Los académicos han adoptado una variedad de enfoques para definir y comprender varios tipos de delitos contra la vida silvestre y los delincuentes. Algunos han usado un enfoque por etapas para desarrollar tipologías de delitos contra la vida silvestre según la ubicación del crimen o el criminal dentro de la cadena de suministro, mientras que otras tipologías criminales se basan en motivaciones subyacentes.

Observación

Además de los enfoques tipológicos, se han utilizado marcos teóricos más generales (p. ej., Teoría de la oportunidad) para explicar estas motivaciones y factores que motivan el crimen.Entre las Líneas En términos más generales, los delitos contra la vida silvestre pueden situarse y entenderse dentro de perspectivas teóricas globales, incluyendo la Criminología Verde y la Criminología de la Conservación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Los criminólogos ecológicos definen los delitos contra la vida silvestre en términos de daño a los animales, independientemente de si el acto fue ilegal y examinan cómo el poder y la desigualdad producen estos daños.

La diversidad de perspectivas y enfoques ha producido una literatura sobre delitos contra la vida silvestre que es extremadamente variada, desde la investigación sobre la caza y la caza furtiva hasta el tráfico y la aplicación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). La búsqueda continua de nuevas perspectivas teóricas y prácticas metodológicas es necesaria por las amenazas criminales persistentes para la vida silvestre, particularmente para las especies en peligro de extinción. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto).

Una Conclusión

Por lo tanto, los académicos deben continuar desarrollando, probando y refinando los enfoques teóricos y metodológicos para orientar empíricamente la estrategia de conservación de la vida silvestre.

Véase también caza furtiva, delitos ecológicos, criminología de la conservación, delitos ambientales, tráfico de especies silvestres y teoría criminológica.

Al respecto, el contenido de esta sección también incluye referencias a:

Autor: Williams

La Protección Penal de la Vida Silvestre: el Valor Protegido por la Legislación Brasileña

Con este título, María Auxiliadora Minahim, Lucas Gabriel Costa escribió un artículo en la Revista Ciencia Jurídica [1], cuyo sumario es el siguiente: La preservación del medio ambiente como base esencial para el mantenimiento de la vida en todas sus manifestaciones requiere la sistematización de las formas de control con la capacidad para fortalecer las normas éticas de la conducta humana. Es a partir de esta comprensión que el presente estudio tiene como propuesta central examinar la protección de la Fauna a través del sistema jurídico penal. Lo que se busca es incidir y criticar el valor que establece el contenido y los motivos de la ley penal que justifican la creación de un núcleo prohibitivo del comportamiento para el desarrollo de un entorno de respeto a la diversidad de la vida como una perspectiva indispensable.

▷ En este Día de 12 Mayo (1949): Berlín queda Desbloqueada
En este día del año 1949, La Unión Soviética levanta el bloqueo de Berlín.

A pesar del sesgo penal, que toma la trayectoria construida mediante la medición de la inserción del sistema penal como un instrumento de control, la crítica no revelará el conflicto presente en la relación entre el desarrollo técnico y de mercado, en vista de la importancia de proteger al medio ambiente, especialmente a la fauna. La consiguiente protección de un paradigma (modelo, patrón o marco conceptual, o teoría que sirve de modelo a seguir para resolver alguna situación determinada) reforzado por una ideología que proyecta una ética de valoración en la relación de los humanos con los animales, como un parámetro a los convenios y programas de comportamiento en la sociedad contemporánea.

Delitos contra la vida silvestre

La criminología ecológica sobre la aplicación de la norma (generalmente por los organismos y autoridades públicas, incluido las fuerzas y cuerpos de seguridad y orden público) de vida silvestre en numerosos países, como el Reino Unido, es un área de inseguridad tanto por su lugar dentro de la justicia penal como por la forma en que debe contar con recursos y hacer cumplir las leyes.

Informaciones

Los delitos contra la vida silvestre son anteriores, en ese país, a la Gran Sociedad del Gobierno y están principalmente dirigidos por organizaciones no gubernamentales (ONG) que configuran la política pública y la respuesta policial a los delitos contra la vida silvestre.

Las ONG a menudo defienden un régimen de cumplimiento de la vida silvestre fortalecido con sentencias más severas para los delincuentes de la vida silvestre.

Puntualización

Sin embargo, algunos estudios refutan la percepción de las leyes de vida silvestre inadecuadas y la necesidad de un régimen más punitivo, argumentando que los problemas de aplicación inherentes socavan un régimen legislativo por lo demás adecuado. Ofrecen una nueva tipología de delincuentes, argumentando que los cambios en la legislación y un régimen más punitivo son soluciones inadecuadas para abordar los niveles de delitos contra la vida silvestre, a menos que se reconozca y aborde la existencia de diferentes tipos de delincuentes y comportamientos delictivos en la práctica de políticas y cumplimiento.

Autor: Williams

El papel actual de los acuerdos internacionales (ver su concepto, así como tratado internacional, acuerdo internacional administrativo, acuerdo internacional medioambiental, acuerdo internacional no normativo, y acuerdo internacional sobre el transporte de mercancías perecederas o acuerdo ATP) sobre el medio ambiente en la conservación del guepardo

Ocho acuerdos internacionales (ver su concepto, así como tratado internacional, acuerdo internacional administrativo, acuerdo internacional medioambiental, acuerdo internacional no normativo, y acuerdo internacional sobre el transporte de mercancías perecederas o acuerdo ATP) sobre el medio ambiente afectan directamente a la conservación del guepardo. Cinco se ocupan principalmente de la conservación in situ; los otros tres se ocupan exclusivamente de los controles del comercio de vida silvestre y de su aplicación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). La Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES) es el foro internacional que ha dedicado la mayor atención al guepardo específicamente, y actualmente tiene una relevancia más directa para la conservación del guepardo (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma en línea de ciencias sociales y humanidades). Bajo sus principios, el comercio internacional legal de guepardos silvestres está regulado, facilitando así las políticas nacionales de uso sostenible de consumo tanto en Namibia como en Zimbabwe, así como el comercio legal de guepardos criados en cautividad, facilitando la conservación global ex situ. La CITES ha sido menos eficaz en la prevención del comercio ilegal, particularmente de animales vivos y también de pieles. La cuestión del comercio ilegal está recibiendo atención, y los esfuerzos se centran en prevenir el contrabando de cachorros de guepardos silvestres desde el noreste de África hacia los Estados del Golfo.

Varios aspectos de la ecología del guepardo hacen que el derecho internacional tenga un papel particularmente importante en la conservación de la especie. Como el más amplio de los grandes felinos, las poblaciones viables de guepardos requieren grandes áreas de hábitat, que en muchos casos se proporcionan más fácilmente cuando los gobiernos crean áreas protegidas transfronterizas. Estas áreas requieren comunicación y cooperación para su gestión eficaz. Los guepardos típicamente ocurren a densidades más bajas que los grandes carnívoros simpátricos, lo que les confiere una rareza intrínseca. La diplomacia involucrada en el funcionamiento de los tratados internacionales sobre vida silvestre es un elemento importante para motivar a los gobiernos de los países del área de distribución a priorizar las acciones de conservación para las especies raras y amenazadas. Debido a que los valores monetarios de los guepardos son más altos fuera de África (como trofeos, animales de zoológico y, ilegalmente, como mascotas exóticas), se necesita un marco internacional que funcione para regular la exportación y la importación legales, junto con la cooperación internacional en la aplicación de la norma (generalmente por los organismos y autoridades públicas, incluido las fuerzas y cuerpos de seguridad y orden público) para detectar y combatir el comercio ilegal.

Los acuerdos legales internacionales reúnen a los gobiernos nacionales signatarios (descritos legalmente como Partes contratantes) para abordar los problemas globales y regionales. Una vez que los gobiernos nacionales ratifican un tratado internacional reconociendo oficialmente su participación en él en su legislación nacional, su contenido se convierte en vinculante para ellos (aunque de todos los acuerdos examinados aquí, solo CITES se considera vinculante en el sentido de que hay consecuencias por incumplimiento, incluidas las sanciones comerciales).Entre las Líneas En las reuniones periódicas (Conferencias de las Partes, o COPs), se ha adoptado una gran variedad de anexos, iniciativas, decisiones y recomendaciones en torno a los tratados internacionales sobre el medio ambiente. La aplicación y el cumplimiento de la política acordada internacionalmente depende enteramente de las Partes Contratantes, lo que significa que las soluciones de política internacional son tan efectivas como lo sean los gobiernos nacionales. Los gobiernos nacionales suelen estar motivados para actuar a instancias de una amplia gama de organizaciones no gubernamentales (ONG) interesadas que siguen muy de cerca las reuniones y documentos de las convenciones internacionales, y presionan a los gobiernos para que introduzcan políticas reforzadas y las apliquen.Entre las Líneas En algunos casos, las políticas nacionales tienen prioridad sobre las internacionales, como las medidas nacionales más estrictas de los Estados Unidos para el guepardo (que figura como “en peligro” en la Ley de Especies en Peligro de los Estados Unidos), que excluyen la importación de trofeos de caza (que para algunas especies incluidas en la lista de En Peligro pueden ser permitidas si se demuestra que mejoran su conservación). Específicamente, el Servicio de Pesca y Vida Silvestre de los Estados Unidos no ha permitido la importación de guepardos cazadas en forma deportiva desde Namibia y Zimbabwe porque no ha encontrado que los actuales programas de caza y manejo mejoren la supervivencia de los guepardos, aunque los Estados Unidos apoyaron la concesión de un cupo de exportación para los trofeos de guepardos en 1992 bajo CITES.

Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2024 o antes, y el futuro de esta cuestión):

Existen ocho acuerdos ambientales internacionales que afectan directamente la conservación del guepardo. Cinco se ocupan principalmente de la conservación in situ; los otros tres se ocupan exclusivamente de los controles del comercio de vida silvestre y de su aplicación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Este capítulo describe brevemente su naturaleza general, se centra en las disposiciones relativas a la conservación del guepardo y sugiere formas de utilizarlas para lograr un mayor efecto. La mayor parte del espacio se dedicará a la CITES, el foro internacional que ha dedicado la mayor cantidad de atención al guepardo específicamente, y que actualmente es de la más directa relevancia para la conservación del guepardo, a través de:

  • la regulación del comercio legal de guepardos silvestres, facilitando así las políticas nacionales de uso sostenible consuntivo tanto en Namibia como en Zimbabwe;
  • la regulación del comercio legal de guepardos cautivas, facilitando así la conservación ex situ global; y
  • el trabajo para detener el comercio ilegal de guepardos.

Revisor: Lawrence

Visualización Jerárquica de Vida silvestre

Medio Ambiente > Medio natural

Vida silvestre

A continuación se examinará el significado.

¿Cómo se define? Concepto de Vida silvestre

Véase la definición de Vida silvestre en el diccionario.

Características de Vida silvestre

[rtbs name=”medio-ambiente”]

Regulación sobre Vida silvestre

[rtbs name=”regulacion”]

Diferencia Entre las Tortugas, Ballenas Grises y Mariposas Monarca y las Demás Especies en el Derecho Medioambiental Global y Comparado

Diferencia Entre las Tortugas, Ballenas Grises y Mariposas Monarca y las Demás Especies en relación con Vida Silvestre

Esta subsección examina parte de la literatura y las principales ideas y reflexiones asociadas con diferencia entre las tortugas, ballenas grises y mariposas monarca y las demás especies en el contexto de Vida Silvestrey la biodiversidad. Nota: Diferencia Entre las Tortugas, Ballenas Grises y Mariposas Monarca y las Demás Especies forma parte del Plan de Estudios de varias universidades de México, España, Argentina, Colombia y otros países, en ocasiones en la especialidad de Derecho Ambiental.[rtbs name=”derecho-ambiental”][rtbs name=”biodiversidad-y-bioseguridad”]

Recursos

Véase También

Bibliografía

  • Hernández Martínez, María del Pilar, Mecanismos de Tutela de los Intereses Difusos y Colectivos, México, UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas, 1997
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    Masera, Omar R. et. al, “Sustentabilidad Evaluación de Sistemas de Manejo de Recursos Naturales. El marco de Evaluación Mesmis”, México, Bien Común y Gobierno, Año 5, No. 59, octubre, 1999.
    Maturana, Humberto et. al, Bioética; la calidad de vida en el Siglo XXI, 2a. ed, Bogotá, El Bosque, 2000.
    Medina Torres, Jorge Galo y Natividad Beltrán, Luis A, Recursos Naturales; Plantación Integral, México, Trillas, 1998
  • Millar, Kenton, Planificación de Parques Nacionales para el Ecodesarrollo en Latinoamérica, España, Fundación para la Ecología y la Protección del Medio ambiente, 1980.
    Muñoz Rubio, Julio (coord.), Alimentos Transgénicos: Ciencia, Ambiente y mercado; un Debate Abierto, México, Siglo XXI, 2004.
    Nava Escudero, César, “La Seguridad de la Biotecnología: la normatividad internacional vis-à-vis la regulación nacional mexicana”, Memorias del Segundo Encuentro Internacional de Derecho Ambiental, México, INE, SEMARNAT, PNUMA, 2004.
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    OECD, Intellectual property, Technology Transfer and Genetic Resources; France, Organization for Economic Cooperation and Developement, 1996.
  • Ojeda Mestre, Ramón y LOPERENA Demetrio (eds.), Cases and Materials on International and Comparative Law, International Court of Environmental Arbitration and Conciliation, México, Laguna, 2001.
    Owen, Oliver S, Beltrán, Enrique, Conservación de Recursos Naturales, México, Pax, 1977.
    Pérez Miranda, Rafael, Biotecnología, Sociedad y Derecho, México, UAM-Azcapotzalco-Miguel Ángel Porrúa, 2001.
    SEMARNAP, El Desarrollo Sustentable: Una Alternativa de Política Institucional, 2a. ed, México, SEMARNAP, 1997.
    Serrano Moreno, José Luis, Ecología y Derecho I. Principios de Derecho Ambiental y Ecología Jurídica, España, Ecorama, 1992.
    • Recursos

      Traducción de Vida silvestre

      Inglés: Wildlife
      Francés: Vie sauvage
      Alemán: Freie Natur
      Italiano: Vita selvatica
      Portugués: Vida selvagem
      Polaco: Gatunki dzikie

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      Tesauro de Vida silvestre

      Medio Ambiente > Medio natural > Vida silvestre

      Véase También

      • Fomento de la exportación
      • Fomento de los intercambios comerciales
      • Fomento del comercio
      • Ecoindustria
      • Industria ecológica
      • Industria del medio ambiente
      • Sector de bienes y servicios medioambientales

      Recursos

      [rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]

      Notas y Referencias

      1. María Auxiliadora Minahim, Lucas Gabriel Costa, Ciencia Jurídica de la Universidad de Guanajuato, México, Vol. 5, Núm. 10 (2016): julio-diciembre 2029

      Véase También

      • Social control
      • Criminal protection
      • Fauna

      Bibliografía

      • BECK, Ulrich, Sociedade de Risco: Rumo a uma outra modernidade. Tradução: Sebastião Nascimento. São Paulo: Editora 34, Brasil, 2010BRASIL. Constituição Federal. Presidência da República, Casa Civil, Subchefia para Assuntos Jurídicos. Disponible en: https://www.planalto.gov.br/ccivil_03/constituicao/constituicaocompilado htm. Acesso em 29 de out de 2016CARVALHO NETO, Menelick, Notas de Aulas: curso de Hermenêutica Filosófica e Teoria da Interpretação, Mestrado em Direito, Faculdade de Direito da UFBA, Salvador, Brasil, 2000GOLDIM, José Roberto e Márcia Mocellin Raymundo, Pesquisa em Saúde e Direito dos Animais. 1999. http://www.ufrgs.br/HCPA/animrt.htGRECO, Luis, Princípio da lesividade e crimes de perigo abstrato, ou algumas dúvidas diante de tantas certezas. Revista Brasileira de Ciências Criminais. São Paulo: RT,n. 49. pp. 89-147, Brasi lHASSEMER, Winfried, História das Idéias Penais na Alemanha de Pós-Guerra, Fundação Escola Superior do Ministério Público, Porto Alegre, Brasil, 1994

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