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Enmienda de los Tratados

Enmienda de los Tratados Este elemento es una ampliación de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs] Enmienda de los Tratados A veces se dice que de la norma pacta sunt servanda se desprende, tal vez junto con consideraciones básicas de soberanía (véase también Estados, Igualdad Soberana), … Leer más

Régimen Autónomo en Derecho Internacional

Este texto examina el papel de la máxima de la lex specialis como herramienta para la creación de redes de derecho internacional “tradicional” y “nuevos” subsistemas de derecho internacional. Dado que el derecho internacional se ha convertido en una estructura elaborada, pero fragmentada, en la que múltiples regímenes rigen las consecuencias jurídicas de la violación, la distinción conceptual entre leyes generales y especiales sigue siendo importante para mantener la cohesión sistémica. En principio, prevalecerán las normas secundarias especiales del régimen. Sin embargo, en la medida en que tales normas sean inexistentes o ineficaces, seguirán siendo aplicables las normas generales sobre la responsabilidad del Estado. La diferenciación del régimen sociológico no excluye la compatibilidad normativa con el derecho internacional general. Sin embargo, sería demasiado sencillo afirmar que la aplicación mecánica de la máxima de la lex specialis da lugar a un recurso alternativo al derecho internacional general de forma “automática”. Más bien, las consideraciones normativas son decisivas en última instancia. Hay que considerar que lo que se ha establecido en un tratado especial representa un compromiso particularmente firme. Por lo tanto, el principio de interpretación efectiva requiere que las obligaciones primarias especiales se interpreten como exigibles. Si las normas y procedimientos de los sistemas especiales fracasan, se justifica un recurso al derecho internacional general, incluido el recurso a las contramedidas.
La práctica legal contemporánea requiere la asignación de autoridad dentro de un complejo sistema de prescripciones legales. A medida que el derecho internacional se ha ido extendiendo a ámbitos tan diversos como el comercio, la reglamentación ambiental y los derechos humanos, resulta más difícil evaluar las consecuencias del incumplimiento de las obligaciones jurídicas internacionales. Los autores examinan el papel de la máxima de la lex specialis como instrumento para la inclusión efectiva de normas secundarias especiales en el derecho internacional general de la responsabilidad del Estado. La pregunta central es: ¿Deben aplicarse de forma residual las normas generales sobre la responsabilidad del Estado? Los autores responden afirmativamente. Los argumentos ‘conceptuales’ para los llamados regímenes autónomos no son convincentes. Los estudiosos que perciben el derecho internacional como un orden jurídico unificado podrían verse inducidos a aplicar una presunción a favor de la aplicabilidad del derecho internacional general sobre la responsabilidad del Estado. Los estudiosos que consideran que el derecho internacional no es más que la suma total de subsistemas poco interrelacionados tienden a abogar por una presunción en favor del cierre normativo de un régimen particular. En opinión de los autores, ninguna de las dos presunciones es útil, ya que ambas tienden a ofuscar los juicios de valor que inevitablemente conlleva la adopción de decisiones jurídicas. En cambio, los autores proponen que un recurso al derecho internacional general, incluido el recurso a las contramedidas, puede estar justificado por motivos normativos. Un análisis más detallado de cuatro subsistemas que a menudo se han asociado con la noción de regímenes autónomos -derecho diplomático, derecho de la Comunidad Europea, OMC y derechos humanos- concluye el debate.

Actos Unilaterales de los Estados

Una vez establecidos la naturaleza, los elementos y la fuerza vinculante de los actos unilaterales en otras entradas de esta referencia, surge un marco que rige la creación y la validez de un acto unilateral, que puede ser aplicado por los Estados al considerar si un acto unilateral debe ser realizado y cómo debe ser realizado, o al interpretarlo. Es anómalo que, si bien se han regulado las conductas bilaterales y multilaterales y se han reconocido y codificado los actos unilaterales ilícitos en el ámbito de la responsabilidad del Estado, los actos unilaterales lícitos siguen sin estar regulados en el derecho internacional. La codificación de los actos unilaterales constituiría un avance significativo hacia el logro del tema general de las “fuentes del derecho internacional”, que fue identificado como un tema global de codificación por la Secretaría de las Naciones Unidas en 1949. Es probable que aumente la importancia de los actos unilaterales.

Obligación Unilateral

La Obligación Jurídica Unilateral Este elemento es una ampliación de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs] En inglés: Unilateral obligation. Nota: sobre los elementos e interpretación de un acto unilateral, véase aquí. Véase también la Naturaleza Jurídica de los Actos Unilaterales. La Obligación Unilateral en el … Leer más

Naturaleza de los Actos Unilaterales

La Naturaleza Jurídica de los Actos Unilaterales Este elemento es una ampliación de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs] En inglés: Nature of Unilateral acts. Nota: sobre los elementos e interpretación de un acto unilateral, véase aquí. La Naturaleza Jurídica de los Actos Unilaterales de los … Leer más

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