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Tolerancia Religiosa en Europa

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Tolerancia Religiosa en Europa

Este elemento es una ampliación de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre la tolerancia religiosa. En inglés: Religious toleration. Puede interesar también los siguientes contenidos:

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Ejemplo de la Tolerancia Religiosa en Europa: Suiza

Derivado del latín tolerare (soportar), el término tolerancia ha significado durante mucho tiempo la aceptación de actitudes y creencias religiosas que no podían evitarse o suprimirse. Adquirió una connotación más positiva bajo la influencia de la Ilustración y la separación gradual establecida entre religión y Estado (Iglesia y Estado).

La Tolerancia Religiosa en la Constitución

La lucha contra los movimientos heterodoxos (herejes), que se había intensificado en la Edad Media y duró hasta mediados del siglo XVIII, se debilitó después, hasta el reconocimiento de la libertad de conciencia y de religión consagrada en la Constitución suiza de 1798.

Aunque “el libre ejercicio de la religión de las confesiones cristianas reconocidas” se consagró en la Constitución Federal de 1848, no fue hasta la Constitución de 1874 cuando se reconoció plenamente la libertad de conciencia y de creencia, libertad que también está consagrada en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948. No obstante, la cuestión de la tolerancia siguió planteándose con regularidad. Así lo atestiguan las diversas reacciones de intolerancia religiosa, a veces combinadas con otros factores (xenofobia, problemas económicos y políticos), que aún pueden observarse a principios del siglo XXI. Estas reacciones se produjeron tanto dentro de las propias confesiones cristianas hasta finales de los años 50 (Ecumenismo) como entre el cristianismo y otras religiones, como el judaísmo y, más recientemente, el islam.

El Antiguo Régimen

Enfrentados a un grado de pluralismo religioso sin precedentes tras la Reforma, los eruditos y los eclesiásticos rara vez se pronunciaron a favor de la tolerancia, convencidos de que una única religión “verdadera” conducía a la salvación. En el debate suscitado por la ejecución de Michel Servet en Ginebra (1553), Sébastien Castellion fue uno de los pocos defensores de la tolerancia. Para superar las divisiones confesionales, los partidarios de la “Vía Media” (Valentin Tschudi, Bruno Amerbach, Conrad Pellican) abogaron, sin éxito, por un acercamiento doctrinal entre reformados, luteranos y católicos en el seno de una Iglesia católica renovada. El endurecimiento de los frentes confesionales (confesionalismo) puso fin a tales intentos, con algunas excepciones, como el proyecto de John Durie de unir a las iglesias protestantes o la reunificación de las iglesias cristianas de Thomas Henrici en el siglo XVII.

Los gobiernos cantonales siguieron la razón de Estado. En los territorios de confesión mixta y en los bailíos comunes, la paz nacional y los reglamentos introdujeron disposiciones que regulaban la coexistencia pacífica de católicos y protestantes (paridad confesional). Pero al mismo tiempo, en los territorios bajo su soberanía exclusiva, los cantones impusieron durante mucho tiempo, en nombre de la territorialidad de la religión, la unidad de la fe y reprimieron con mayor dureza a las minorías religiosas porque desafiaban la obediencia al Estado (antitrinitarismo, anabaptismo, pietismo). Fue de las filas de estas minorías de donde, desde finales del siglo XVII, surgieron nuevas voces a favor de la tolerancia, como Bernhard Ludwig Göldlin y Nicolas Samuel de Treytorrens. También lo defendieron algunos refugiados hugonotes en Suiza (como Jean Barbeyrac y Antoine Court), que estaban en contacto con sus correligionarios exiliados en las Provincias Unidas. Junto con el derecho natural, el racionalismo fue un vehículo importante para la idea de tolerancia, que ganó terreno en el siglo XVIII en la estela de la ortodoxia razonada (Samuel Werenfels, Jean-Alphonse Turrettini, Jean-Frédéric Ostervald).

A los argumentos políticos, religiosos y filosóficos se añadieron consideraciones económicas. Los partidarios del desarrollo comercial de Suiza abogaban por acoger y naturalizar a los extranjeros sin distinción de confesiones. En Zúrich, por ejemplo, desde finales del siglo XVII, una parte del Consejo Comercial abogó sin éxito por un derecho de asentamiento para los judíos. Cabe señalar que las comunidades judías toleradas de Lengnau (AG) y Endingen pudieron construir sinagogas en el siglo XVIII (1750 y 1764).

Aunque los cantones no promulgaron edictos de tolerancia, ésta comenzó a instaurarse en la práctica a partir de la segunda mitad del siglo XVIII. Fue promovida por sociedades ilustradas (como las logias masónicas y la Sociedad Helvética) que agrupaban a miembros de diversas confesiones cristianas. La secularización del Estado (descristianización) también condujo a una nueva visión en la que el papel del soberano, más que mantener la ortodoxia, era garantizar que las religiones no perturbaran el orden público.

Desde la fundación del Estado federal

Aparte del breve interludio de la República Helvética, cuya constitución garantizaba la libertad religiosa, los cantones, buscando mantener alejadas de su territorio a las minorías religiosas, restringieron la libertad de establecimiento hasta 1848. Sin embargo, las confesiones mixtas cumplían una función de puente, ya que debían aceptar ambas confesiones. Los matrimonios mixtos estaban sujetos a obstáculos a veces insalvables, hasta que la ley federal de 1850 abolió las normativas cantonales que complicaban tales uniones. Complementada en 1861 contra los deseos de los círculos católicos, facilitó la separación de las parejas bivocacionales. La oposición entre los dos bandos se agravó durante el Kulturkampf y dio lugar a los artículos excepcionales introducidos durante la revisión total de la Constitución en 1874; los relativos a los conventos y los jesuitas no se abolieron hasta 1973, y el artículo sobre las diócesis no se suprimió hasta 2001.

Aunque los judíos de nacionalidad suiza fueron tolerados en algunas comunas y cantones durante la primera mitad del siglo XIX, no se les permitió establecerse en otros lugares, y ciertas profesiones y la adquisición de propiedades siguieron estando prohibidas para ellos. La Constitución de 1848 sólo garantizaba a los suizos cristianos la libertad de establecimiento y de religión y la igualdad de trato entre los ciudadanos cantonales. Después de que Suiza firmara varios acuerdos de asentamiento (en particular los de 1850 y 1855 con Estados Unidos) y, en 1864, un tratado de comercio y asentamiento con Francia, que concedía a todos los nacionales franceses, incluidos los israelitas, la igualdad jurídica y la libre residencia en Suiza, estos derechos se concedieron también a los judíos suizos en 1866. Pero la plena igualdad jurídica no se garantizó hasta la Constitución de 1874. La iniciativa popular contra el sacrificio ritual, aceptada en 1893, supuso un paso atrás. El antisemitismo de los años de entreguerras repercutió en la política de refugiados. La ley no se adaptó a la persecución nazi: no se concedía asilo a nadie perseguido por motivos “raciales”, religiosos o étnicos. Durante la Segunda Guerra Mundial, las autoridades se vieron así abocadas a seguir una práctica dura y discutida que, décadas después, sigue siendo objeto de encarnizados debates.

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La diversidad religiosa (Religiones) aumentó con la inmigración, a partir de los años 70, de trabajadores y refugiados de todo el mundo, en particular musulmanes y, en menor medida, cristianos ortodoxos (Iglesias ortodoxas). Esta realidad multicultural obligó al Tribunal Federal a aclarar ciertos puntos de la ley. Dictaminó que la observancia de las fiestas religiosas podía tener prioridad sobre la escolarización obligatoria, permitió que una joven musulmana quedara exenta de las clases de natación y concedió a los presos pertenecientes a minorías religiosas el derecho a recibir la asistencia espiritual de su elección. Por otro lado, se negó a conceder parcelas a perpetuidad en los cementerios, a pesar de que algunos cantones y comunas habían habilitado voluntariamente “parcelas musulmanas”. También se opuso al uso del velo por parte de las maestras de escuela y, en 2009, revocó su decisión sobre las clases de natación. Ese mismo año, la iniciativa “antiminaretes” que prohibía la construcción de minaretes fue aprobada por una clara mayoría; se consideró que su aceptación expresaba el malestar de amplios sectores de la población con el islamismo y desencadenó un animado debate político y constitucional.

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Revisor de hechos: Helv

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Véase También

Libertad de religión
Persecución religiosa
Cultura judía
Multiculturalismo
Islamofobia
Tolerancia
Pluralismo
Identidad religiosa, Conflictos sociales, Estrategias para la resolución de conflictos, Religiones, Relaciones interconfesionales, Organización eclesiástica, Iglesia y Estado

Bibliografía

Kaplan, Benjamin J. (2007). Dividido por la fe: Religious Conflict and the Practice of Toleration in Early Modern Europe. Belknap Press.
G. Rosenstein et al, eds, Vida y cultura judías en Suiza, 2004
Grell, Ole Peter, y Roy Porter, redactor. (2000). La tolerancia en la Europa de la Ilustración. Cambridge: Cambridge University Press.

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1 comentario en «Tolerancia Religiosa en Europa»

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