Veto
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Veto: Introducción al Concepto Jurídico
De acuerdo con Eduardo Jorge Arnoletto:
Es el derecho que tiene una institución política (unipersonal o colectiva) de impedir la realización de algo. El poder de veto suele ser atribución del poder ejecutivo frente a las decisiones del legislativo, o a veces del senado respecto de las decisiones de los diputados. Veto absoluto es impedir la promulgación y vigencia de una ley; veto parcial se refiere a algunos de sus artículos; veto suspensivo es demorar la vigencia de una ley. Generalmente, los cuerpos legislativos pueden superar el escollo del veto volviendo a votar la ley pero en ese caso requieren una mayoría calificada (por ejemplo, los dos tercios).Entre las Líneas En el ámbito internacional, respecto de las resoluciones de la ONU, tienen derecho de veto los cinco miembros permanentes del Consejo de Seguridad.
Más sobre el Significado Político de Veto
Veto
Veto (del latín, ‘prohibir’), prerrogativa por parte de alguno de los poderes del Estado (normalmente el poder ejecutivo, bien el presidente del gobierno, bien el de la República en los regímenes presidencialistas, pero también las cámaras altas de algunos parlamentos) para abrogar o anular definitiva o provisionalmente una medida, disposición o ley que ya ha sido aprobada por el Parlamento o institución semejante depositaria del poder legislativo.
El término veto tiene también una acepción referida al Derecho internacional, que se manifiesta en el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas. Cada uno de sus cinco miembros permanentes (Francia, Gran Bretaña, China, Rusia y Estados Unidos) tiene poder de veto en todos los asuntos fundamentales.
El monarca de Gran Bretaña tiene poder de veto absoluto desde hace mucho tiempo, pero esta prerrogativa no ha sido ejercida desde 1708. El presidente de Estados Unidos puede vetar un proyecto de ley ya aprobado por el Congreso, aunque este veto puede ser anulado si en el Congreso se obtiene una mayoría de dos tercios en la votación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). El derecho al veto concedido a Luis XVI de Francia en la Constitución de 1790, redactada durante la Revolución Francesa, le valió a él y a María Antonieta de Austria los apodos de ‘Monsieur Véto’ (Señor Veto) y ‘Madame Véto’ (Señora Veto), después de que aquél vetara la legislación de la nueva Asamblea Legislativa.
En los sistemas bicamerales democráticos, como en algunos países de Latinoamérica, corresponde a las cámaras altas, generalmente los senados, el ejercicio de este derecho.Entre las Líneas En España, como queda recogido en el artículo 90 de la Constitución, corresponde al Senado ejercer el derecho de veto, por mayoría absoluta, respecto a los proyectos de ley remitidos por el Congreso de los Diputados, en un plazo (véase más en esta plataforma general) de dos meses, de seguir el procedimiento habitual, o de veinte días, en los proyectos tramitados por vía de urgencia.
Aviso
No obstante, este derecho de veto no es absoluto frente a la ratificación del Congreso, por mayoría absoluta, e incluso por mayoría simple si dicha ratificación se verifica al cabo de dos meses desde la interposición del veto por el Senado.
Veto en el Derecho Legislativo y Político
Examen de la materia ofrecido por el Diccionario universal de términos parlamentarios, de la Secretaría de Servicios Parlamentarios de la Cámara de Diputados de México:
Origen de la Expresión
Del latín veto (yo) prohíbo. Del indoeuropeo gwet -decir, hablar. Alemán, einsprunch; francés, veto; inglés, veto, italiano; veto, portugués; veto.
Desarrollo de Veto en este Contexto
El veto es la facultad que tienen algunos jefes de Estado para oponerse a una ley o decreto, que el Congreso envía para su promulgación; es un acto en el que el Ejecutivo participa en la función legislativa. Esto forma parte del sistema de contrapesos entre el ejecutivo y el parlamento; así, mientras el Presidente puede vetar la legislación, el parlamento puede superar ese veto con un voto de dos tercios de ambas cámaras. El veto persigue dos finalidades principalmente, la de asociar al ejecutivo en la responsabilidad de la formación de la ley y la de fortalecer y proteger al Ejecutivo frente al Legislativo (característico en los países de régimen presidencial y semipresidencial).Entre las Líneas En los Estados Unidos, por ejemplo, si el Presidente no desea que la iniciativa se convierta en ley, tiene el derecho de vetarla, de esta manera la devuelve sin firmar a la cámara de origen, con una nota anexa exponiendo sus objeciones acerca de la iniciativa. Por su parte el Congreso puede sobreponerse al veto presidencial, sometiendo a votación la iniciativa, y si ésta es aprobada por los dos tercios de los miembros presentes de ambas cámaras, tendrá carácter de ley sin importar las objeciones del ejecutivo. Existe también el llamado veto de bolsillo, el cual consiste en que si el Congreso da por concluido el periodo de sesiones antes de que expiren los diez días en que el ejecutivo recibió la iniciativa, ésta, por no haber sido sancionada, no adquiere carácter de ley. El veto, según Carpizo (1994, pp. 85-92) significa “prohibir”, con lo cual coincide con Andrés Serra Rojas. Este autor expone que las finalidades de la institución son: a) Evitar la precipitación en el proceso legislativo, tratándose de impedir la aprobación de leyes inconvenientes o que tengan vicios constitucionales. b) Capacitar al ejecutivo para que se defienda “contra la invasión y la imposición del legislativo”. c) Aprovechar la experiencia y la responsabilidad del Poder Ejecutivo en el procedimiento legislativo.
Veto en el Derecho Parlamentario
[rtbs name=”parlamentarismo”] Nota: Un análisis sobre este tema, referido a México, está contenido en la plataforma digital mexicana.Veto en el Derecho Parlamentario
[rtbs name=”parlamentarismo”] En esta sección se ofrece un examen y referencias cruzadas de veto en el ámbito del derecho comparado e internacional, en este contexto.Veto en el Derecho Anglosajón
Ejercicio por un soberano, una rama de la legislatura, u otro poder político, del derecho a prevenir la promulgación o el funcionamiento de una ley, o la toma de algún curso de acción.
El término se origina en el poder de los tribunos de la plebe de la antigua Roma para declarar su protesta contra cualquier medida ilícita.
El ejercicio del veto ha sido de gran importancia en las operaciones del Consejo de seguridad de las Naciones Unidas. Cada uno de los cinco miembros permanentes del Consejo, los Estados Unidos, Rusia, el Reino Unido, Francia y China tienen derecho a vetar cualquier resolución.
En el Reino Unido, el soberano tiene el derecho de rechazar la aprobación de cualquier medida aprobada por el Parlamento, pero esto no se ha ejercido desde el siglo XVIII. El poder de veto disfrutado por la cámara de los Lores fue reducido por la ley del Parlamento 1911 a dos años, y por un acto de 1949 a un año. La cámara de los Lores todavía tiene un veto suspensivo sobre toda la legislación excepto las medidas financieras, pero esto rara vez se ejerce
En los Estados Unidos, el Presidente puede vetar la legislación, pero esto puede ser revocado por una mayoría de dos tercios en el Congreso.
Veto en el Derecho Político de Estados Unidos
Acto del Presidente por el cual rechaza una legislación aprobada por el Congreso, impidiendo así su promulgación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). El Congreso puede anular ese veto, aprobando la legislación por mayoría de dos tercios en cada una de las cámaras.
Según la Constitución de los Estados Unidos, el Presidente puede vetar la legislación, aunque ese veto puede, a su vez, ser revocado por una mayoría de dos tercios en el Congreso. Las facturas también se convierten en ley si el Presidente no los firma dentro de los diez días de su paso por el Congreso, pero esto se aplica solo cuando el Congreso está en sesión, de modo que las facturas que se presentan para su aprobación menos de diez días antes del final de la sesión pueden estar sujetas a w sombrero es conocido como el veto de bolsillo del Presidente. Esto puede suponer una importancia considerable, ya que existe una tendencia a que la legislación se ponga en el Banco hacia el final de una sesión del Congreso. Una ley de 1996 dio a los futuros presidentes un derecho de veto sobre determinados temas en las facturas de gastos, aumentando significativamente la autoridad presidencial.
Puntualización
Sin embargo, la ley se reunió con el desafío legal porque se consideraba que había desequilibrado el equilibrio de poder entre los poderes ejecutivo y legislativo del gobierno, y en 1998 el Tribunal Supremo declaró inconstitucional el veto a los artículos de línea.
Autor: Williams
Veto en el Derecho
También de interés para Veto:- Derecho penal internacional
- Derecho medioambiental internacional
- Derecho Constitucional
- Derecho de los medios de comunicación
- Derecho Internacional de los Derechos Humanos
- Derecho y Política de Familia
- Derecho y ética médica
- Derecho del Espacio
- Derecho, teoría y política de la migración
- Derecho Islámico
- Derecho de Sociedades
- Derecho de la Aviación Pública
- Veto
- Derecho de la discapacidad y derechos humanos
- Derecho Penal Internacional
- Teoría jurídica feminista
- Traducción jurídica
- Derecho de los conflictos armados
Veto en el Derecho Constitucional
Concepto de Veto publicado por Víctor Manuel Alfaro Jimenez, de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM): Facultad que las constituciones de algunos países conceden al Jefe del Ejecutivo para objetar una ley aprobada por el Congreso.
Veto y promulgación
Veto y promulgación en la Enciclopedia Jurídica Omeba
Véase:
- Entradas de la Enciclopedia Jurídica Omeba
- Enciclopedia Jurídica Omeba (incluido Veto y promulgación)
Consideraciones Generales
Hace referencia la expresión “veto”, en esta plataforma global, fundamentalmente al poder legal de prevenir o retardar que un proyecto de ley aprobado por el Poder Legislativo se convierta en ley. Este poder puede ser ejercido por un Jefe de Estado, un Ejecutivo u otro jerarca del Estado, por un Tribunal Constitucional Especial u otra entidad independiente de la Legislatura,que estén facultados a actuar antes de la promulgación de le ley.Entre las Líneas En esta plataforma, veto incluye entradas sobre cuestiones tales como Veto parcial
.Entre las Líneas En esta plataforma, los conceptos y temas relacionados con veto incluyen los siguientes: Amparo
, Política y gobierno, Legislación, Poder legislativo
. Para más información sobre veto en un contexto más anglosajón, puede verse, en inglés, Veto (veto).
Firma y Veto de la República en el Artículo 233 de la Constitución de Portugal
Este artículo trata sobre Firma y veto de la República, y está ubicado en la Parte III, sobre la Organización del Poder Político, Título VII, acerca de las Regiones autónomas, de la Constitución portuguesa vigente, que dispone lo siguiente: 1. Compete al Representante de la República firmar y mandar publicar los decretos legislativos regionales y los decretos reglamentarios regionales. 2.Entre las Líneas En el plazo (véase más en esta plataforma general) de quince días, contados desde la recepción de cualquier decreto de la Asamblea Legislativa de la Región Autónoma que le haya sido enviado para la firma, o la publicación de la decisión del Tribunal Constitucional que no se pronunciase por la inconstitucionalidad de la disposición contenida en el mismo, el Representante de la República deberá firmar o ejercer el derecho de veto, solicitando la reconsideración del texto motivado. 3. Si la Asamblea Legislativa de la Región Autónoma confirma el voto por mayoría absoluta de sus miembros de derecho, el Representante de la República deberá firmar el texto en el plazo (véase más en esta plataforma general) de los ocho días siguientes a su recepción. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). 4.Entre las Líneas En el plazo (véase más en esta plataforma general) de veinte días, contados desde la recepción de cualquier decreto del Gobierno Regional que le haya sido enviado a la firma, el Representante de la República deberá firmar o negarse a firmarlo, comunicando por escrito el sentido de esa negativa al Gobierno Regional, lo que podrá convertir el decreto en propuesta para presentar a la Asamblea Legislativa de la de la Región Autónoma. 5. El Representante de la República también tiene un derecho de veto, en los términos de los artículos 278 y 279.
Promulgación de las Leyes y Veto en el Artículo 136 de la Constitución de Portugal
Este artículo trata sobre Promulgación de las leyes y veto, y está ubicado en la Parte III, sobre la Organización del Poder Político, Título II, acerca del Presidente de la República, Capítulo II [Competencias], de la Constitución portuguesa vigente. Dicho artículo dispone lo siguiente: 1.Entre las Líneas En el plazo (véase más en esta plataforma general) de veinte días contados desde la recepción de cualquier acto de la Asamblea de la República para ser promulgado como Ley, o de la publicación de la decisión del Tribunal Constitucional que no se pronuncie por la inconstitucionalidad de una norma en cuestión, el Presidente de la República deberá promulgarla o ejercer el derecho de veto, solicitando un nuevo examen del texto mediante mensaje motivado. 2. Si la Asamblea de la República confirma con el voto por mayoría absoluta de los Diputados de derecho, el Presidente de la República deberá promulgar el texto en el plazo (véase más en esta plataforma general) de ocho días a contar desde su recepción. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). 3. Será no obstante, exigida una mayoría cualificada de dos tercios de los diputados presentes, y superior a la mayoría absoluta de los diputados de derecho se requerirá para confirmar actos que tengan la forma de leyes orgánicas, así como para confirmar los actos relativos a las siguientes materias: a. Relaciones exteriores; b. Límites entre el sector público y privado y el sector cooperativo en relación con la propiedad de los medios de producción; c. Reglamentación de los actos electorales previstos en la Constitución que no requieran la forma de ley orgánica; 4.Entre las Líneas En el plazo (véase más en esta plataforma general) de cuarenta días contados desde la recepción de cualquier decreto del Gobierno para ser promulgado, o de la publicación de una decisión del TC que no se pronuncie por la inconstitucionalidad de la norma en cuestión, deberá el Presidente de la República promulgarla o ejercer el derecho de veto, comunicando en este último caso por escrito al Gobierno el sentido del veto. 5. El Presidente de la República ejerce asimismo, el derecho de veto en los términos de los artículos 278 y 279.
Definición de Veto en Economía Política
[rtbs name=”economia-politica”]Un voto único privilegiado que, de acuerdo con algunos sistemas de reglas para la toma de decisiones, tiene el efecto de bloquear o negar una decisión mayoritaria.Entre las Líneas En los Estados Unidos, el Presidente puede vetar una ley aprobada por la mayoría en ambas cámaras del Congreso, evitando que se convierta en ley a menos que cada casa, entonces re-pasa la factura por una mayoría de dos tercios.Entre las Líneas En el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, un voto negativo (veto) por uno, incluso de los cinco países miembros permanentes (Estados Unidos, Rusia, Gran Bretaña, Francia y China) tiene el efecto de derrotar a cualquier resolución del Consejo de Seguridad propuesto.Revisor: Lawrence
A continuación se examinará el significado.
¿Cómo se define? Concepto de Veto en Economía
[rtbs name=”home-economia”]Significado de veto: Derecho que tiene una persona o sociedad a impedir la aprobación de un acuerdo.(1)Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Visualización Jerárquica de Veto
Vida Política > Marco político > Poder político
Derecho > Derecho internacional > Derecho internacional
Derecho > Fuentes y ramas del Derecho > Ciencia jurídica > Derecho constitucional
Veto
A continuación se examinará el significado.
¿Cómo se define? Concepto de Veto
Véase la definición de Veto en el diccionario.
Características de Veto
[rtbs name=”vida-politica”] También de interés para Veto:Derecho y Veto
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- Teoría jurídica feminista
- Traducción jurídica
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Recursos
Véase También
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Traducción de Veto
Inglés: Veto
Francés: Veto
Alemán: Veto
Italiano: Veto
Portugués: Veto
Polaco: Weto
Tesauro de Veto
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Véase También
- Derecho de veto
- Poder de veto
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- Basado en una definición de veto de Cambó
Véase También
Bibliografía
- Información acerca de “Veto” en el Diccionario de Economía y Empresa, Manuel Ahijado Quintillan y otros, Ediciones Pirámide, Madrid, España
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Véase También
- veto
- separación de poderes
- pesos y contrapesos
Bibliografía
- Información relacionada con “Veto” en el Diccionario de Economía Política, de Claudio Napoleoni, Ediciones Castilla.
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Véase También
Bibliografía
BOGDANOR, Vernon (ed.), Enciclopedia de las instituciones políticas, Alianza Editorial, Madrid, 1991.
CARPIZO, Jorge, El presidencialismo mexicano, Siglo XXI, México, 1994, 12a. ed.
DUVERGER, Maurice, Instituciones Políticas y Derecho Constitucional, Ariel, Barcelona, 1988, 6a. ed. 4a. reimp.
TENA RAMêREZ, Felipe, Derecho Constitucional Mexicano, Porrúa, México, 1990.
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Notas y Referencias
- Información sobre Veto en la Enciclopedia Online Encarta
Véase También
Guía sobre Veto
Recursos
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Derecho al veto
Consulta previa
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- Derecho Internacional
- Consulta previa
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