Prácticas del Control de los Delitos
Este elemento es una expansión del contenido de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre las “Prácticas del Control de los Delitos”. [aioseo_breadcrumbs]
Nota: En el transcurso de la Segunda Guerra Mundial, la financiación (o financiamiento) central se convirtió por primera vez en un componente mayor de su financiamiento que las tasas, e incluso tras el fin de la exigencia bélica, en 1946 se mantuvo la subvención en bloque proporcionada por el gobierno central para hacer frente al problema de la desigualdad geográfica en los servicios.
La actuación policial de terceros
La actuación policial de terceros (TPP) se identifica como una de las ocho innovaciones policiales clave del siglo XXI que permite a la policía centrarse en los lugares, las personas y/o los momentos que contribuyen de forma desproporcionada a los problemas de delincuencia y desorden. La actuación policial de terceros amplía la capacidad de la policía para centrarse en los grupos de delincuencia y desorden de dos formas distintas:
- creando una asociación entre la policía y terceros no policiales que
- aprovecha los recursos y las competencias legales de los terceros para controlar o prevenir un problema de delincuencia o desorden.
En la actuación policial de terceros, la policía se asocia con entidades externas (“terceros”) -como reguladores e inspectores gubernamentales, autoridades de la vivienda, autoridades encargadas de conceder licencias y propietarios de empresas- para aprovechar las competencias y responsabilidades legales del socio con el fin de regular o alterar las condiciones sociales, físicas, temporales y/o situacionales subyacentes que generan los problemas de delincuencia y desorden. En la actuación policial de terceros, la policía aborda indirectamente los problemas de delincuencia y desorden trabajando a través de (y con) sus socios terceros y la gama de resortes legales de éstos.
La tendencia hacia enfoques asociativos en la labor policial, como la actuación policial de terceros, surgió de las transformaciones globales de la gobernanza y la regulación durante la década de 1990. Estas transformaciones generaron una proliferación de organismos reguladores y leyes, que difuminaron los límites entre las categorías tradicionales del derecho. Para la policía, estos límites difusos y las amplias redes normativas crearon oportunidades de asociación con “nodos” o entidades externas de control de la delincuencia. Como resultado, en muchas jurisdicciones policiales de todo el mundo se presume ahora que la policía utilizará las asociaciones para controlar los problemas de delincuencia y desorden. En Escocia, por ejemplo, el artículo 32 de la Ley de Reforma de la Policía y los Bomberos (Escocia) de 2012 plasma la noción de colaboración y asociación en la legislación. Del mismo modo, la Ley de Delincuencia y Desorden del Reino Unido de 1998 obliga a la policía a forjar asociaciones para controlar los problemas de delincuencia y desorden (véase también Comisión Policial Independiente, 2013).
Las reformas legales que hacen que la noción de colaboración en el ámbito policial pase de ser fomentada a ser obligatoria es uno de los motores de la colaboración en el ámbito policial. Otros impulsores de las asociaciones en la actuación policial son la proliferación de programas de control de la delincuencia en los departamentos de policía (por ejemplo, véase Weisburd y Eck, 2004), las iniciativas ad hoc o episódicas desarrolladas en las bases de la actuación policial (por ejemplo, véase Scott, 2013) y las directivas políticas para las asociaciones (por ejemplo, en la lucha antiterrorista, véase Bayley y Weisburd, 2009; Brewer, 2013) . la actuación policial de terceros es una forma de actuación policial que se diferencia de otros enfoques de asociación (por ejemplo, iniciativas de base, directivas políticas y programas de control de la delincuencia como Pulling Levers, Plural Policing, Problem-Oriented Policing) que analizan los problemas y luego activan mecanismos de cambio de diversas formas que pueden incluir o no asociaciones con entidades que poseen palancas legales. Por ejemplo, Pulling Levers es un enfoque centrado en la disuasión que implica identificar un problema delictivo; formar un grupo de trabajo interinstitucional; investigar las características del problema identificado; idear una respuesta que incluya una serie de sanciones (por ejemplo, medidas represivas policiales); movilizar los recursos comunitarios y los servicios sociales para complementar las respuestas policiales; y una comunicación coherente directamente con los delincuentes para que comprendan las medidas que están tomando la policía y otros organismos (véase Braga y Weisburd, 2012). Por el contrario, el mecanismo de cambio de la actuación policial de terceros requiere una asociación entre la policía y una entidad con uno o más resortes legales (es decir, un tercero) de forma que la forma de la intervención se defina por la activación o escalada explícitas de los procesos legales delineados por el resorte o resortes legales del tercero.
Las asociaciones, en la actuación policial de terceros, se basan en los procesos legales existentes: se forman gracias a las disposiciones legales disponibles para los socios terceros y se mantienen porque las disposiciones legales ofrecen un beneficio mutuo tanto a la policía como a sus socios terceros. la actuación policial de terceros es un enfoque policial que sigue formando parte del “nuevo establecimiento de control de la delincuencia” que es relevante para la actuación policial en tiempos de restricción fiscal y coherente con la tendencia hacia la concentración proactiva de los recursos policiales en grupos de lugares, personas y situaciones criminógenas (por ejemplo, véase Lum, Koper y Telep, 2011; Sherman, 2013; Telep y Weisburd, 2012; Weisburd y Eck, 2004). En una revisión preliminar de la literatura de evaluación existente, Mazerolle y Ransley (2005) concluyeron que la actuación policial de terceros puede ser eficaz para reducir una amplia gama de problemas de delincuencia y desorden. En esta revisión actual, actualizaremos, perfeccionaremos y ampliaremos el trabajo previo de Mazerolle y Ransley (2005) para evaluar sistemáticamente la eficacia de la actuación policial de terceros para reducir los problemas de delincuencia y desorden.
La intervención
La TPP es un enfoque policial que requiere una asociación entre la policía y un tercero. El tercero es valioso para la policía porque tiene acceso a disposiciones legales (es decir, palancas legales) que se aplican (o podrían aplicarse) para controlar o prevenir un problema de delincuencia o desorden. La figura 1 ilustra los componentes de una intervención policial de terceros. Como se ve en la figura 1, la actuación policial de terceros implica a tres actores clave:
- la policía (“primera parte”),
- un problema de delincuencia o desorden (“segunda parte”), que puede ser un lugar problemático, personas problemáticas o una situación en la que convergen lugares, momentos y personas criminógenos, y
- una entidad externa (“tercera parte”) con la que la policía se asocia para controlar o prevenir el problema de delincuencia o desorden. A continuación describimos cada uno de estos componentes.
Modelo de policía de tercera parte
En la policía de tercera parte, la “primera parte” se define como la policía pública. La policía pública trabaja en asociación con un tercero con el fin de controlar o prevenir un problema de delincuencia y/o desorden. Las asociaciones pueden forjarse de forma episódica ad hoc (véase Mazerolle & Ransley, 2005), a través de un programa de actividades de control de la delincuencia (por ejemplo, Pulling Levers Policing, véase Braga & Weisburd, 2012; Problem-Oriented Policing, véase Weisburd et al., 2010), y/o porque la asociación es obligatoria por ley (por ejemplo, la Ley contra la Delincuencia y los Desórdenes del Reino Unido, 1998; la Ley de Reforma de la Policía y los Bomberos de Escocia de 2012).
La “segunda parte” en la actuación policial de terceros se define como el objetivo último de control o prevención de la delincuencia (véase Buerger y Mazerolle, 1998; Mazerolle y Ransley, 2005). En consonancia con la Teoría de la Actividad Rutinaria, el objetivo último de una intervención policial de tercera parte puede ser una persona problemática (un delincuente motivado), un lugar problemático (un lugar susceptible) o una situación problemática (un objetivo adecuado, ausencia de controladores adecuados) (véase Cohen & Felson, 1979; Eck, 1994; Felson, 1995) . En esencia, las intervenciones policiales de tercera parte pretenden centrar los recursos policiales en uno o varios factores criminógenos que permiten que los problemas de delincuencia prosperen o evitan que los problemas de delincuencia surjan o se agraven.
El “tercero” se encuentra en el centro del enfoque de la intervención policial de terceros. Una tercera parte es una entidad -una persona, una agencia, una organización o una empresa- que opera dentro de un marco legal y con poderes y responsabilidades legales de los que no dispone directamente la policía. El tercero es, por tanto, el socio y el agente del control de la delincuencia dentro de la actuación policial de terceros. Un tercero puede ser un individuo (por ejemplo, un miembro del personal de un bar, el propietario de un local), una organización (por ejemplo, el Gremio de Farmacias), una empresa (por ejemplo, un bar), una autoridad reguladora (por ejemplo, la autoridad encargada de conceder licencias de bebidas alcohólicas, un ayuntamiento, una escuela), un departamento gubernamental (por ejemplo, el departamento de educación) o una red de organismos colaboradores (por ejemplo, véase Green, 1996), todos ellos con responsabilidades legales que no están al alcance de la policía.
Cómo podría funcionar la intervención
La característica clave que define la actuación policial de terceros es que la policía se dirige indirectamente, y no directamente, a los problemas de delincuencia y desorden, y lo hace a través de una asociación con un tercero con acceso a una palanca legal. Nuestra hipótesis es que la actuación policial de terceros controla y/o previene la delincuencia a través de la formación de asociaciones entre la policía y terceros que, a su vez, activan, intensifican o reorientan el uso de los resortes legales existentes para abordar los problemas de la delincuencia.
Existen dos mecanismos críticos de la actuación policial de terceros como son (a) el carácter de la asociación para el control de la delincuencia entre la policía y el tercero, y (b) el proceso de activación, intensificación o reorientación del uso de los resortes legales. Estos dos mecanismos intrínsecamente ligados distinguen la actuación policial de terceros de otros tipos de actuación policial y definen los mecanismos subyacentes de las intervenciones policiales de terceros.
Nuestra hipótesis es que es la combinación de los componentes de asociación y palanca legal lo que subyace al potencial de la actuación policial de terceros para prevenir y controlar los problemas de delincuencia y/o desorden. En concreto, partimos de la hipótesis de que el mecanismo de la actuación policial por cuenta de terceros que repercute en los resultados del control de la delincuencia es el proceso de formación de asociaciones legítimas entre la policía y terceros, que luego permite la activación (intensificación o reorientación) de las palancas legales. En las subsecciones siguientes, describimos en primer lugar los componentes de asociación y palanca legal. En segundo lugar, analizamos cómo se plantea la hipótesis de que los componentes de la asociación y la palanca legal, en combinación, explican la eficacia de las intervenciones policiales de terceros en el control de la delincuencia y/o el desorden.
El carácter de la actuación policial de terceros Asociaciones
El primer mecanismo necesario que subyace a las intervenciones policiales de terceros es el carácter dinámico de la asociación policial de terceros. Las asociaciones policiales de terceros existen cuando la policía y uno o más terceros trabajan juntos para controlar o prevenir un problema de delincuencia/desórdenes mediante la puesta en marcha y/o la intensificación de las palancas legales de terceros.
La literatura sobre las Asociaciones Policiales recoge los distintos tipos de asociaciones policiales con terceros. La matriz categoriza las asociaciones policiales de terceros a lo largo de dos continuos: el continuo de compromiso y el número de terceros dentro de la intervención policial de terceros. El continuo de compromiso refleja la gama de estrategias de compromiso -desde la colaboración hasta la coerción- que se utilizan para forjar y mantener las asociaciones entre la policía y terceros en el esfuerzo por controlar o prevenir los problemas de delincuencia y desorden.
La forma en que la policía se comprometa con terceros dependerá de la voluntad y la capacidad de éstos de asociarse con la policía para hacer frente a los problemas de delincuencia y desorden. En algunos casos, la policía puede necesitar inducir la cooperación de un tercero recalcitrante o poco dispuesto a abordar un problema de delincuencia y desorden. En otros casos, los terceros pueden estar dispuestos y entusiastas a cooperar y trabajar con la policía para abordar un problema de delincuencia y desorden. Mazerolle y Ransley (2005) describen el compromiso coercitivo como un enfoque de “mazo” que se caracteriza por técnicas de compromiso enérgicas. Por el contrario, la ‘zanahoria’, o extremo colaborativo del continuo, utiliza técnicas persuasivas de compromiso. Ampliamos esta descripción y definimos las técnicas coercitivas como tácticas o estrategias que la policía utiliza para forjar o mantener asociaciones policiales con terceros en las que la policía amenaza o impone de hecho consecuencias negativas o elimina beneficios para obligar a un tercero a cooperar (véase Raven, 2008). Por el contrario, definimos las técnicas de colaboración como tácticas o estrategias que se caracterizan por procesos más consultivos o amistosos cuyo objetivo es engendrar la cooperación voluntaria de un tercero. Scott (2013) ofrece varios ejemplos de la gama de técnicas de colaboración que ha aplicado la policía en intervenciones anteriores (véase también Cherney, 2008; Goldstein y Scott, 2005). Por ejemplo, en el extremo coercitivo del continuo, la policía puede obligar a terceros a cooperar y asumir la responsabilidad de un problema de delincuencia y desorden mediante la retirada de servicios, avergonzando públicamente al tercero o iniciando acciones civiles contra el tercero por incumplimiento de sus responsabilidades legales (por ejemplo, los propietarios de bares que sirven alcohol a menores). Como alternativa, la policía puede adoptar un enfoque de colaboración con sus socios haciendo peticiones o llamamientos informales a la cooperación, educando a terceros para aumentar la concienciación sobre sus responsabilidades, ofreciendo incentivos o recompensas por la cooperación (véase Grabosky, 1995; Farrell y Roman, 2006), o intermediando en asociaciones formales que se basen en la resolución cooperativa de problemas, la toma conjunta de decisiones y el reparto de recursos.
Un caso es cuando la policía y las terceras partes individuales forjan asociaciones caracterizadas por estrategias de participación colaborativa. Un ejemplo de intervención policial de terceros en este cuadrante de terceros únicos y de colaboración es la intervención DART (Equipo de Respuesta para la Reducción de la Drogadicción), cuyo objetivo era abordar la delincuencia y el desorden relacionados con las drogas en propiedades residenciales de San Diego (Eck & Wartell, 1998). La policía se asoció con el Departamento de Cumplimiento de Códigos de la ciudad (tercera parte única) que, mediante la aplicación de la legislación de reducción de molestias (palanca legal), podía cerrar propiedades hasta un año o multar a los propietarios si se detectaba una actividad persistente de drogas en la propiedad. Antes de recurrir a estas medidas, la policía y el DART informaron a los propietarios/administradores del problema de la delincuencia en su propiedad y de las consecuencias si no tomaban medidas para paliar el problema, y se reunieron con los propietarios/administradores para diseñar un plan de acción. En otras palabras, la policía se asoció en colaboración con el Departamento de Cumplimiento del Código de la Ciudad (tercera parte) para utilizar sus poderes legales, incluido el cierre de la propiedad para eliminar el “lugar” que propiciaba el delito o la activación de un gestor de lugares para disuadir la delincuencia y el desorden relacionados con las drogas, para modificar las condiciones subyacentes al problema delictivo.
En el segundo cuadrante, la policía se centra en un único tercero y utiliza técnicas de intervención coercitiva (cuadrante superior derecho) en caso de incumplimiento. Ransley y sus colegas (2011) describen la relación entre la policía y los farmacéuticos delincuentes como una asociación policial coercitiva con un único tercero. En Queensland (Australia), la policía puede utilizar una base de datos de registro en tiempo real (Proyecto STOP) para identificar anomalías en la forma en que las farmacias registran (o no registran) la información de compra de productos que contienen pseudoefedrina (por ejemplo, los datos de identificación del cliente). En Queensland, en virtud de varias disposiciones legales y reglamentarias, es obligatorio que los farmacéuticos (terceros) registren la información sobre los compradores de sustancias controladas y la compartan tanto con la policía como con las autoridades sanitarias. El incumplimiento de la obligación de informar puede acarrear cargos penales y sanciones civiles (por ejemplo, la pérdida de la licencia para vender sustancias controladas). Estas disposiciones legales pueden ser utilizadas por la policía para coaccionar a las farmacias deshonestas para que cooperen con las iniciativas policiales.
El tercer cuadrante es aquel en el que la asociación policial con terceros implica a múltiples terceros y las técnicas de compromiso utilizadas para forjar y mantener la asociación son colaborativas (parte inferior, cuadrante izquierdo). Un ejemplo de intervención policial de terceras partes que implica a múltiples terceras partes que trabajan de forma colaborativa es la intervención del Equipo Especializado de Respuesta Multiagencia (SMART) (Green, 1995, 1996). En este estudio, los domicilios con un elevado número de llamadas de servicio o de detenciones relacionadas con las drogas recibieron una intervención policial de tercera parte en la que la policía animaba a los administradores de la propiedad a poner en marcha palancas legales hablando del problema de la delincuencia y el desorden relacionados con las drogas en su propiedad, recordándoles las palancas legales que eran responsables de aplicar (por ejemplo, desalojar a los inquilinos problemáticos en virtud de las leyes de reducción de las molestias causadas por las drogas y cumplir la legislación en materia de vivienda, seguridad, salud e incendios) y ofreciéndoles un curso gratuito sobre gestión de la propiedad. La policía también se asoció con SMART, formado por inspectores municipales de diversos organismos reguladores (por ejemplo, Vivienda, Obras Públicas) encargados de hacer cumplir los resortes legales en sus respectivas áreas. Tras recibir información de la policía sobre las propiedades problemáticas, los inspectores de SMART escalaban, en caso de incumplimiento, la legislación reguladora mediante la emisión de infracciones del código que podían dar lugar a multas o al cierre de la propiedad.
El cuarto cuadrante es aquel en el que la asociación policial con terceros implica a múltiples terceros y las técnicas de compromiso utilizadas para forjar y mantener la asociación se sitúan en el extremo coercitivo del Continuo de Compromiso (cuadrante inferior derecho). En este contexto, la policía puede tener que obligar a una o varias terceras partes recalcitrantes que no están dispuestas o no pueden colaborar con ella para prevenir o controlar un problema de delincuencia y desorden. Por ejemplo, en un esfuerzo por reducir los problemas de delincuencia y desórdenes relacionados con el alcohol en Wisconsin, la policía utilizó los medios de comunicación para avergonzar públicamente a los titulares de licencias y a los funcionarios públicos (terceros) que eran poco estrictos en la aplicación y el cumplimiento de los resortes legales de las licencias de bebidas alcohólicas (citado en Scott, 2013; véase también Departamento de Policía de Green Bay, 1999). Como resultado, las terceras partes se volvieron más estrictas en su aplicación y cumplimiento de las palancas legales de concesión de licencias de bebidas alcohólicas, lo que luego ayudó a la policía en la regulación de las condiciones subyacentes a los delitos y desórdenes relacionados con el alcohol (por ejemplo, la intoxicación pública).
Cada vez hay más pruebas que respaldan la eficacia de los enfoques asociativos para abordar la delincuencia y el desorden (véase una revisión en Berry et al., 2011). Rosenbaum (2002) ofrece una amplia lista de razones que pueden explicar por qué un enfoque de asociación es especialmente eficaz para abordar problemas complejos de delincuencia y desorden. Entre estas razones se encuentra la mayor capacidad de las asociaciones para abordar los factores de riesgo criminógeno de forma polifacética y, al mismo tiempo, aunar y ejecutar los recursos de forma eficaz (véase también Cherney, 2008; Rosenbaum y Schuck, 2012). Gittell (2006) aporta una perspectiva relacional al sugerir que las asociaciones entre varios organismos favorecen el desarrollo de una “coordinación relacional” que se caracteriza por una “comunicación frecuente de alta calidad respaldada por relaciones de objetivos compartidos, conocimientos compartidos y respeto mutuo” (Bond & Gittell, 2010, p. 119). Gittell ha demostrado empíricamente que el nivel de coordinación relacional entre los socios multiinstitucionales influye en la eficacia de la asociación y en la consecución de los resultados deseados (Gittell, 2011; Gittell, Fairfield et al., 2000; Gittell, Seidner, & Wimbush,2010; Gittell, Weinberg et al., 2010). El paralelismo entre estas explicaciones de la eficacia de las asociaciones y la actuación policial por cuenta ajena es evidente. Las asociaciones para la actuación policial por cuenta ajena proporcionan un foro para poner en común recursos, para dirigirse a los factores de riesgo criminógeno de forma polifacética a través de diferentes palancas legales y para generar una coordinación relacional a través de la comunicación y de relaciones caracterizadas por objetivos y conocimientos compartidos. Sin embargo, como se analizará a continuación, el componente de asociación es insuficiente, por sí solo, para comprender cómo pueden funcionar las intervenciones policiales de terceros para prevenir la delincuencia y el desorden.
Palancas legales
El segundo mecanismo necesario de las intervenciones policiales de terceros es la activación, intensificación o reorientación de las palancas legales de un tercero. Las palancas legales se definen en sentido amplio como los poderes legales que poseen los terceros y que crean una capacidad de control o prevención de la delincuencia que de otro modo no estaría al alcance de la policía. La policía utiliza las asociaciones policiales de terceros para acceder, influir, activar, intensificar o redirigir estas palancas legales en las intervenciones policiales de terceros. Algunos ejemplos de palancas legales son las licencias de conducta (por ejemplo, alcohol, armas de fuego), las denuncias obligatorias (por ejemplo, venta de sustancias químicas, maltrato infantil), las órdenes para controlar el comportamiento (por ejemplo, mandamientos judiciales por violencia doméstica o de bandas, normas sobre absentismo escolar), las órdenes en virtud de códigos normativos (por ejemplo, códigos de construcción, incendios, salud y seguridad, ruido) y los controles de la propiedad (por ejemplo, reducción de molestias por drogas). Las palancas legales definen y dan forma a las intervenciones policiales de terceros. En primer lugar, especificando los terceros disponibles para la colaboración policial. En segundo lugar, los aspectos procedimentales de una intervención policial de terceros se basan en los procesos legalmente ordenados, los posibles resultados legales o las consecuencias de los resortes legales de que dispone la policía a través de terceros.
Las palancas legales se sitúan dentro de un marco jurídico general que pretende regular las actividades sociales, económicas o funcionales en una jurisdicción determinada (por ejemplo, la salud y la seguridad, la concesión de licencias, la banca, el transporte). Las terceras partes tienen el poder legal de regular estas actividades dentro de su jurisdicción a través de la implementación o aplicación de palancas legales. Por ejemplo, el propietario de un bar aplica palancas legales en torno al servicio responsable de alcohol para regular el comportamiento de los clientes (por ejemplo, formación del personal, horarios de servicio de alcohol, restricciones de edad). Por el contrario, una autoridad encargada de conceder licencias de bebidas alcohólicas hace cumplir las condiciones de la licencia, también destinadas a regular el comportamiento de los clientes y de los establecimientos con licencia (por ejemplo, multas por servir a clientes menores de edad). En la vigilancia por terceros, la policía asume que las condiciones que permiten el florecimiento de un problema delictivo pueden controlarse cuando (o si) un tercero utiliza su palanca legal para regular el comportamiento, ya se trate de individuos, grupos de individuos o características de lugares o zonas geográficas. Por ejemplo, si una persona en edad escolar comete delitos durante el día, la policía podría animar a las escuelas a activar y/o intensificar sus leyes de absentismo escolar para presionar al joven a que asista a la escuela. De este modo, la policía se asocia con terceros para modificar las condiciones criminógenas subyacentes a un problema delictivo, controlando o previniendo así indirectamente el problema mediante la aplicación, o el cumplimiento, de las palancas legales disponibles (véase Mazerolle, 2014).
Los resortes legales pueden clasificarse por: a) su fuente de autoridad legal, b) el alcance de su aplicación, y c) el tipo de resultados o consecuencias legales que pueden producir. Las fuentes de autoridad legal incluyen los estatutos, la regulación/legislación subordinada, el contrato o la responsabilidad extracontractual, y el alcance de su aplicación puede ser general o específico (por ejemplo, una población concreta, una zona, las partes de un contrato, las personas con deber de diligencia). Dependiendo del marco legal y de la tercera parte, los tipos de consecuencias legales pueden ser de naturaleza penal, civil o administrativa, incluyendo multas, revocación de licencias, encarcelamiento, desalojo, confiscación de bienes, órdenes de indemnización o daños y perjuicios, avisos de infracción, mandamientos judiciales y denegación de entrada o expulsión de locales con licencia.
Los marcos jurídicos de los que se extraen las palancas legales dictan el proceso de las intervenciones policiales de terceros1. Las palancas legales se extraen en gran medida del entramado cada vez más complejo de leyes reguladoras del “nuevo Estado regulador” (Braithwaite, 2002), en el que no se hace tanto hincapié en el uso posterior al suceso de sanciones legales formales, sino más bien en acciones articuladas y graduadas que, en última instancia, buscan la cooperación voluntaria (véase una revisión en Mazerolle y Ransley, 2005). Al explicar la teoría de la regulación receptiva, Ayres y Braithwaite (1992) y Braithwaite (2006, 2011) describen este sistema de sanciones graduadas como una pirámide reguladora. La pirámide capta cómo los reguladores responden a cada acto sucesivo de incumplimiento progresando a través de una gama jerárquica de sanciones de forma sistemática y cada vez más punitiva. Como sugiere Ransley (2014), la gama de palancas legales que podrían utilizarse en las intervenciones de vigilancia de terceros es amplia. Nuestra revisión preliminar de la literatura sobre la actuación policial de terceros (véase Mazerolle y Ransley, 2005) indica que la mayoría de las palancas legales utilizadas en las intervenciones policiales de terceros se ajustan estrechamente al concepto de pirámide normativa de Braithwaite (2006, 2011). Es decir, las palancas legales se activan mediante el inicio de consecuencias más benignas para fomentar el cumplimiento (por ejemplo, educación, carta de advertencia) y luego escalan secuencialmente a consecuencias más punitivas para coaccionar el cumplimiento (por ejemplo, avisos de infracción, a multas, a revocación de licencia), con las sanciones finales en la punta de la pirámide. Es este proceso codificado y estipulado para regular la conducta lo que diferencia a la vigilancia por terceros de otros procesos policiales.
Braithwaite (2006, 2011) sugiere que la regulación de las actividades sociales, económicas o funcionales a través de la estructura piramidal es a la vez eficiente y eficaz, siempre que los reguladores estén dispuestos y sean capaces de iniciar y escalar sistemáticamente las sanciones en respuesta al incumplimiento. La idea es que el abanico posible de sanciones se ajuste al conjunto de capacidades y motivaciones que subyacen al incumplimiento.
Por ejemplo, si un “infractor” responde a las peticiones persuasivas y normativas de que cumpla las normas, es probable que modifique su comportamiento. Por el contrario, para un actor racional que sólo responde a la amenaza de castigo, el uso de la persuasión o la educación en la base de la pirámide puede no ser eficaz para obtener el cumplimiento. En el modelo normativo receptivo, este tipo de infractor sería engatusado para que cumpliera la normativa con sanciones más disuasorias situadas más arriba en la pirámide (por ejemplo, cartas de advertencia o acciones civiles). Siempre que los ciudadanos crean “en la inexorabilidad de la escalada si no se solucionan los problemas” (Braithwaite, 2011, p. 489), la mayoría de las escaladas no deberían ir mucho más allá de los niveles inferiores de la pirámide. Además, Braithwaite (2011) sugiere que es poco probable que las escaladas comprometan las percepciones de legitimidad relativas a la ley o al regulador si el proceso regulador comienza con enfoques que se ajusten a los principios de la justicia procesal y reparadora. Como resultado, es probable que el uso de la regulación receptiva fomente el cumplimiento voluntario a través de las percepciones de legitimidad. Por lo tanto, la regulación receptiva es una estrategia eficaz para regular una serie de factores que pueden subyacer a los problemas de delincuencia, fomentando el cumplimiento voluntario y respondiendo también al incumplimiento de forma que se aborde toda la gama de motivaciones que subyacen a la delincuencia.
El efecto combinado de las asociaciones policiales de terceros y los resortes legales
En las subsecciones anteriores hemos descrito cómo las asociaciones y las palancas legales pueden ayudar a controlar o prevenir los problemas de delincuencia y desorden. Sin embargo, sostenemos que es la combinación de estos dos factores necesarios lo que explica cómo las intervenciones policiales de terceros pueden funcionar para controlar o prevenir los problemas de delincuencia y desorden. Sugerimos que la formación de asociaciones entre la policía y terceros fomenta la activación (intensificación o reorientación) de los resortes legales, lo que a su vez permite controlar o prevenir los problemas de delincuencia y desorden.
¿Por qué no basta con una asociación? Sugerimos que una asociación entre la policía y otra entidad por sí sola tiene menos probabilidades de generar la capacidad de controlar la delincuencia sin que la tercera parte tenga acceso a una palanca legal preexistente. En la actuación policial de terceros, la adición de una palanca legal estructura, legitima y prioriza la asociación entre la policía y terceros. Diversas investigaciones demuestran cómo las asociaciones entre organismos tienen más probabilidades de ser eficaces cuando existe una estructura clara de la asociación, incluida la articulación de funciones, responsabilidades y procesos (por ejemplo, véase Berry et al., 2011; Foster-Fishman et al., 2001; Meyer & Mazerolle, 2013; Rosenbaum & Schuck, 2012; Roussos & Fawcett, 2000; Zakocs & Edwards, 2006). Proponemos que las palancas legales proporcionan un marco para estructurar las asociaciones porque preestablecen las funciones y responsabilidades y los aspectos procedimentales de una intervención. Además, dado que las palancas legales establecen las responsabilidades legales de terceros, una asociación con la policía para controlar o prevenir un problema delictivo mediante la activación, la intensificación o la reorientación de las palancas legales está legitimada y es más probable que los terceros le den prioridad.
¿Por qué las palancas legales por sí solas no bastan? Si las palancas legales ya están posicionadas dentro de las pirámides reguladoras, ya deberían estar controlando o previniendo los problemas de delincuencia y desorden al promover el cumplimiento voluntario de la forma hipotetizada por la teoría de la regulación receptiva. Sin embargo, sugerimos que las palancas legales no son sistemáticamente activadas (escaladas o redirigidas) por terceros de un modo que las haga eficaces para controlar o prevenir los problemas de delincuencia y desorden. De hecho, las palancas legales se crean la mayoría de las veces sin referencia a su potencial como herramienta para la prevención o el control de la delincuencia. La literatura sobre los burócratas a pie de calle pone de relieve cómo los que se encuentran en la “primera línea” de la aplicación de políticas, normativas y leyes (es decir, los terceros) pueden desconocer las disposiciones legales a su disposición, e incluso si las conocen, diversos factores influyen en el modo en que los burócratas a pie de calle utilizan su discreción para aplicar las disposiciones legales (Gofen, 2013; Lipsky, 2010; Tummers, 2011) . Los terceros pueden saber poco sobre los procedimientos de activación delineados por los resortes legales, activar los resortes legales de forma incoherente o carecer de la capacidad para hacerlo (por ejemplo, véase Baldwin & Black, 2008; Weber, 2013) . Como resultado, el mosaico de actitudes individuales, niveles de conocimiento y creencias entre los terceros influye en la forma en que activan las palancas legales en la práctica diaria y, a su vez, en el potencial de las palancas legales para regular los factores que subyacen a los problemas de delincuencia y desorden. En la actuación policial de terceros, nuestra hipótesis es que la formación de una asociación entre la policía y terceros influye en la forma en que éstos perciben las palancas legales y en su capacidad para activarlas de forma coherente.
El proceso hipotetizado por el que las asociaciones policiales de terceros y las palancas legales pueden funcionar para incidir en los problemas de delincuencia y desorden. En primer lugar, la presencia de una palanca legal prioriza, legitima y estructura la asociación entre la policía y terceros. En segundo lugar, la formación de asociaciones policiales de terceras partes aumenta la capacidad de las palancas legales para reducir la delincuencia y el desorden al (a) influir en la capacidad de las terceras partes para activar de forma coherente y fiable sus palancas legales, y (b) alterar la percepción que tienen las terceras partes de sus palancas legales. Es decir, la asociación policial de terceros aumenta las posibilidades de que éstos activen toda la gama de sus palancas legales en la forma prevista por la pirámide normativa de Braithwaite (desde la educación y la persuasión hasta el enjuiciamiento). En tercer lugar, la activación coherente y fiable de los resortes legales aumenta la probabilidad de que el amplio abanico de complejas motivaciones que subyacen al cumplimiento de la ley, y los factores criminógenos que subyacen a los problemas de delincuencia, sean regulados eficazmente, lo que repercute en última instancia en los niveles de delincuencia y desorden.
Por qué es importante hacer la revisión
En una revisión ajena a la Colaboración Campbell, Mazerolle y Ransley (2005) utilizaron técnicas de revisión sistemática para localizar, valorar y describir la bibliografía existente sobre la evaluación de la actuación policial de terceros. Los autores identificaron un amplio conjunto de estudios que variaban en cuanto al rigor metodológico, el tipo de tercero, el tipo de palanca legal y el tipo de problema delictivo al que se dirigía la intervención. Basándose en los tamaños de los efectos, en su mayoría positivos, de los distintos estudios, Mazerolle y Ransley llegaron a la conclusión de que la actuación policial de terceros parecía ser una estrategia policial eficaz para reducir una amplia gama de problemas de delincuencia y desorden.
Han pasado casi diez años desde la revisión de Mazerolle y Ransley (2005). En el momento de su revisión, la terminología de la actuación policial a través de terceros apenas empezaba a aparecer en la bibliografía y aún no formaba parte del léxico policial general. Aunque la actuación policial de terceros se ha identificado desde entonces como una de las ocho innovaciones policiales clave del siglo XXI, el enfoque no está exento de críticas (por ejemplo, véase Desmond & Valdez, 2013; Meares, 2006) . Por lo tanto, sostenemos que es necesaria una revisión sistemática actualizada y más amplia de la eficacia de la actuación policial de terceros para reducir la delincuencia y el desorden. La revisión que proponemos mejorará el trabajo anterior de Mazerolle y Ransley al incluir una búsqueda más amplia de bibliografía publicada y no publicada y, siempre que se disponga de datos suficientes, incluirá un metaanálisis para determinar la eficacia de la actuación policial de terceros para reducir la delincuencia y el desorden. Como señalamos anteriormente, el enfoque de la actuación policial de terceros se alinea estrechamente con la tendencia hacia las asociaciones en la actuación policial y la focalización de las tácticas policiales en las personas, los lugares y las situaciones. Los resultados de nuestra revisión ayudarán a los responsables políticos y a los profesionales a tomar decisiones informadas sobre cómo puede utilizarse la actuación policial de terceros para concentrar sus recursos, utilizar sus resortes legales existentes y crear asociaciones para hacer frente a la delincuencia y el desorden.
Objetivos
El objetivo principal de esta revisión es evaluar sistemáticamente el impacto de las intervenciones policiales de terceros sobre la delincuencia y/o el desorden. Lo conseguiremos sintetizando los resultados de las investigaciones empíricas publicadas y no publicadas sobre las intervenciones policiales de terceros y abordando las siguientes preguntas de investigación:
¿Qué impacto tiene la actuación policial de terceros sobre la delincuencia y/o el desorden?
¿Varía el impacto de la actuación policial de terceros según el tipo de asociación policial de terceros?
¿Varía el impacto de la actuación policial de terceros según el tipo de palanca legal o tercero utilizado?
¿Varía el impacto de la actuación policial por parte de terceros según el tipo de delito o desorden al que se dirija?
¿Varía el impacto de la actuación policial de terceros en función del objetivo de la intervención policial de terceros (por ejemplo, los delincuentes frente a los lugares de la delincuencia)?
Metodología
CRITERIOS PARA INCLUIR ESTUDIOS EN LA REVISIÓN
Tipos de diseños de estudio
Nuestra revisión tendrá en cuenta las investigaciones cuantitativas que utilicen diseños de evaluación experimental aleatoria (por ejemplo, ECA) o cuasiexperimental “fuerte” con un grupo de comparación válido que no reciba la intervención. En la mayoría de los casos, esperamos que el grupo de control o la condición de comparación sea “el de siempre”. Por ejemplo, se comparan distritos policiales que funcionan de forma habitual con distritos policiales experimentales que aplicaron una intervención policial específica de terceros. Sin embargo, también aceptaremos diseños en los que el grupo de comparación no reciba ninguna intervención o una intervención alternativa (diseños de tratamiento-tratamiento).
Aunque no son tan sólidos como los diseños experimentales aleatorios, los cuasi-experimentos sólidos pueden utilizarse para proporcionar una inferencia causal cuando la naturaleza del diseño intenta minimizar las amenazas a la validez interna. Esto puede lograrse de varias maneras, como: controlando la asignación de casos a los grupos de tratamiento y control (discontinuidad de regresión), igualando las características de los grupos de tratamiento y control (control emparejado), contabilizando estadísticamente las diferencias entre los grupos de tratamiento y control (diseños que utilizan análisis de regresión múltiple), o proporcionando un análisis de diferencia en diferencia (cohortes paralelas con medidas pre-test y post-test).
Incluiremos los siguientes diseños cuasi experimentales en nuestra síntesis de la eficacia de la actuación policial de terceros:
Diseños de discontinuidad de regresión
Diseños que utilizan controles multivariantes (por ejemplo, modelos multivariantes que controlan los factores de confusión a la vez que examinan los efectos de la pertenencia al grupo)
Diseños de grupos de control emparejados con o sin medidas de referencia previas a la intervención (emparejados por propensión o estadísticamente)
Diseños de grupos de control no emparejados con medidas previas a la intervención (análisis de diferencias en diferencias)
Diseños de series temporales interrumpidas cortas con grupo de control (menos de 25 observaciones previas y 25 posteriores a la intervención (Glass, 1997))3
Diseños de series temporales interrumpidas largas con o sin grupo de control (≥25 observaciones previas y posteriores a la intervención (Glass, 1997))
Para abordar el sesgo potencial debido al diseño de la investigación, realizaremos un análisis de subgrupos utilizando el diseño de la investigación como variable de predicción. Además, los diseños de series temporales se sintetizarán por separado porque el tamaño del efecto tiene un significado diferente que los tamaños de los efectos numéricamente equivalentes para otros diseños cuasiexperimentales.
Para ser incluidas en el metaanálisis, las evaluaciones también deben haber informado de un tamaño del efecto, o de detalles suficientes que permitan calcular un tamaño del efecto. Cuando no haya detalles suficientes para calcular el tamaño del efecto y el error estándar en un estudio por lo demás elegible, intentaremos ponernos en contacto con el autor correspondiente para obtener la información requerida.
Tipos de intervenciones
Para poder ser incluida en la revisión, cada investigación debe satisfacer los criterios que definen una intervención policial de terceros (véase la sección Antecedentes más arriba):
La presencia de al menos una tercera parte con una palanca legal; Y
La presencia de una asociación policial con un tercero que aborde un problema delictivo mediante el uso de palanca(s) legal(es) accesible(s) al tercero.
Una tercera parte se define como una entidad externa a la policía y puede ser un individuo (por ejemplo, un miembro del personal de un bar, el propietario de un local), una organización (por ejemplo, el Gremio de Farmacias), un negocio (por ejemplo, un bar), una autoridad reguladora (por ejemplo, la autoridad encargada de conceder licencias de bebidas alcohólicas, un ayuntamiento, una escuela), un departamento gubernamental (por ejemplo, el departamento de educación) o una red de organismos colaboradores (por ejemplo, véase Green, 1996). Para ser considerada una tercera parte en este examen, la entidad debe poseer una palanca legal. Una palanca legal se define como el poder o poderes legales que una entidad es responsable de aplicar o hacer cumplir para regular actividades sociales, económicas o funcionales en una jurisdicción determinada (por ejemplo, salud y seguridad, concesión de licencias, transporte, educación). Algunos ejemplos de palancas legales son la concesión de licencias de conducta (por ejemplo, alcohol, armas de fuego), la notificación obligatoria (por ejemplo, venta de productos químicos, abuso infantil), las órdenes para controlar el comportamiento (por ejemplo, mandamientos judiciales por violencia doméstica o de bandas, normas sobre absentismo escolar), las órdenes en virtud de códigos normativos (por ejemplo, códigos de construcción, incendios, salud y seguridad, ruido) y los controles de la propiedad (por ejemplo, reducción de molestias por drogas). Una intervención policial de terceras partes elegible contendrá una asociación entre la policía y una o más terceras partes mediante la cual se utilicen palancas legales para controlar o prevenir el problema de la delincuencia. No habrá exclusiones sobre el tipo de tercera parte o palancas legales consideradas para la revisión, sin embargo, una entidad externa sólo se clasificará como tercera parte si posee una palanca legal.
Tipos de medidas de resultado
La delincuencia y el desorden es el principal resultado de interés para esta revisión. Para ser incluida en la revisión, cada evaluación policial de terceros debe informar de al menos un resultado de delincuencia y/o desorden. Debido a la variación en la forma de medir los resultados en la bibliografía (por ejemplo, véase Addington, 2009), el alcance de los resultados considerados para la revisión será relativamente amplio. Tenemos previsto realizar metanálisis por separado para resultados conceptualmente diferentes (por ejemplo, analizaremos por separado los efectos de la intervención sobre los delitos violentos y los delitos contra la propiedad) y realizaremos análisis moderadores para determinar si los diferentes métodos de medición (por ejemplo, datos de encuestas frente a datos oficiales frente a observaciones) dan lugar a una estimación diferente del efecto. Codificaremos y analizaremos todos los tipos de delitos (por ejemplo, contra la propiedad, violentos, de drogas) y/o desórdenes que utilicen los siguientes métodos de medición:
Medidas oficiales de la delincuencia (por ejemplo, datos de detenciones, índices de delincuencia, datos de llamadas por servicio).
Medidas no oficiales de la delincuencia (por ejemplo, delitos denunciados por los ciudadanos a través de entrevistas o encuestas)
Todo tipo de desplazamiento de la delincuencia y/o el desorden (véase Guerette & Bowers, 2009)
Difusión de los beneficios del control de la delincuencia
Observaciones sistemáticas del desorden social (por ejemplo, intoxicación pública, merodeo, prostitución, exceso de ruido, tráfico de drogas)
Observaciones sistemáticas de desorden físico (por ejemplo, propiedades ruinosas o abandonadas, basura, pintadas)
Observaciones de desorden social o físico comunicadas por ciudadanos o profesionales
Tipos de participantes
Dado que estamos interesados en el impacto de la actuación policial de terceros sobre la delincuencia y/o el desorden en general, incluiremos, codificaremos y analizaremos investigaciones con cualquier tipo de participante o unidad de análisis. Por ejemplo, los niveles de análisis individual o de lugar serán susceptibles de inclusión. Sin embargo, sintetizaremos los estudios con diferentes niveles de análisis por separado.
Entornos, plazos e idioma
Tendremos en cuenta las intervenciones realizadas en cualquier país o región y no aplicaremos restricciones en cuanto al idioma. Nuestra búsqueda se realizará utilizando el idioma inglés; sin embargo, no excluiremos las investigaciones escritas en un idioma distinto al inglés. Dado que la aparición de la actuación policial de terceros está intrínsecamente ligada a la transformación de la gobernanza hacia finales del siglo XX (véase Mazerolle y Ransley, 2005), nuestra revisión se centrará en las intervenciones policiales de terceros realizadas a partir de 1980.
Criterios de exclusión
Se excluirán de la revisión los diseños de investigación cualitativos y cualquier estudio que no se ajuste a los criterios de inclusión expuestos anteriormente.
ESTRATEGIA DE BÚSQUEDA PARA LA IDENTIFICACIÓN DE ESTUDIOS
El corpus de literatura para esta revisión se extraerá de una base de datos de intervenciones policiales a gran escala: Global Policing Database (GPD, http://www.gpd.uq.edu.au). La GPD se ha creado al margen de esta revisión y es una colaboración entre investigadores australianos de la Universidad de Queensland, la Universidad Tecnológica de Queensland, la Oficina del Alcalde de Londres para la Vigilancia y la Delincuencia (MOPAC) y el College of Policing del Reino Unido. La base de datos está diseñada para recoger todas las evaluaciones experimentales y cuasiexperimentales publicadas y no publicadas sobre intervenciones policiales desde 1950, sin restricciones en cuanto a las medidas de resultado, el idioma de la investigación o el tipo de intervención policial.
La GPD se está recopilando mediante técnicas de búsqueda y selección sistemáticas, incluida una amplia búsqueda sistemática de fuentes bibliográficas publicadas y no publicadas. Todos los registros únicos se someten a un cribado de relevancia para la actuación policial basado en el título y el resumen y, si son relevantes, se procede a un proceso de cribado de elegibilidad de texto completo por etapas para verificar la presencia de una evaluación de impacto cuantitativa de una intervención policial. El protocolo completo puede consultarse en el sitio web de la GPD; no obstante, en el apéndice A se resume el proceso de recopilación de la GPD y el punto en el que se extraerán los estudios de terceras partes sobre actuación policial, y en el apéndice B se proporciona la metodología de búsqueda sistemática y cribado de la GPD. Utilizaremos la GPD como lugar de búsqueda principal para la búsqueda sobre actuación policial de terceros, ya que, por definición, la bibliografía que evalúa las intervenciones policiales de terceros es un subconjunto del corpus de la GPD. Este enfoque también mejorará la puntualidad y la rentabilidad de la revisión sistemática.
También realizaremos búsquedas manuales en los números más recientes de revistas específicas aún no indexadas (véase la Tabla 1). Además, realizaremos búsquedas de referencias citadas utilizando todos los estudios elegibles y las publicaciones policiales seminales de terceros (véase la Tabla 1).
Tabla 1. Fuentes para las búsquedas manuales y las búsquedas de referencias citadas
Fuentes para las búsquedas manuales Fuentes adicionales para las búsquedas de referencias citadas
Revista Británica de Criminología
Crimen y Delincuencia
Criminología
Criminología y política pública
Revista de Justicia Penal
Revista de Derecho Penal y Criminología
Revista de Criminología Experimental
Revista de Criminología Cuantitativa
Revista de Investigación sobre Delincuencia y Crimen
Trimestral de Justicia
Práctica e investigación policial
Police Quarterly
La policía
Vigilancia y sociedad
Vigilancia de lugares con problemas de drogas (Green, 1995, 1996)
Vigilancia por terceros: Análisis teórico de una tendencia emergente (Buerger & Mazerolle, 1998)
Recursos civiles y prevención de la delincuencia (Green-Mazerolle & Roehl, 1998)
La actuación policial de terceros (Mazerolle & Ransley, 2005)
Argumentos a favor de la actuación policial por cuenta ajena (Mazerolle & Ransley, 2006)
DESCRIPCIÓN DE LOS MÉTODOS UTILIZADOS EN LA INVESTIGACIÓN PRIMARIA
En esta fase de la revisión, no hemos identificado el corpus completo de investigaciones que podrán incluirse. Sin embargo, nuestro examen preliminar de la literatura sobre la evaluación de la actuación policial de terceros encontró una mezcla de metodologías de investigación experimentales y cuasi experimentales (por ejemplo, Baker y Wolfer, 2003; Higgins y Coldren, 2000; Mazerolle, Kadleck y Roehl, 1998; Mazerolle, Price y Roehl, 2000; Weisburd y Green, 1995). Por ejemplo, Eck y Wartell (1998) evaluaron la intervención DART mediante un diseño de ensayo controlado aleatorio en el que las viviendas se asignaron aleatoriamente a un grupo de control (n = 42) o a uno de dos grupos de tratamiento (n = 42 y n = 37). La principal medida de resultado utilizada fueron 30 meses de datos oficiales sobre delincuencia posteriores a la intervención, que se agregaron en cinco intervalos de seis meses para cada lugar.
Otros autores han evaluado las estrategias policiales de terceros utilizando técnicas cuasi experimentales. Por ejemplo, Green (1995, 1996) utilizó un diseño de grupo de control no emparejado pre-post para examinar el impacto de la intervención del Equipo Especializado de Respuesta Multiagencia (SMART) sobre una serie de resultados de delincuencia y desorden en Oakland, California. Green utilizó una serie de medidas de resultados, como las llamadas de servicio, las detenciones por narcóticos, los datos de contactos sobre el terreno y la observación sistemática de desórdenes físicos, y comparó los resultados de los lugares de intervención (n = 321) con el conjunto de la ciudad antes, durante y después de la intervención SMART.
FUENTES DE LITERATURA GRIS Y SITIOS WEB
Institutos americanos de investigación
Instituto Australiano de Criminología
Brå Brottsforebyggande radet (Consejo Nacional Sueco para la Prevención de la Delincuencia)
Oficina de Investigación y Desarrollo Policial (India)
Bibliografía de Criminología Nórdica
Sociedad Canadiense de Evaluación
Centro Canadiense de Investigación Policial
Redes canadienses de investigación política
Centro de Política Criminal Basada en Pruebas
Centro para una actuación policial orientada a la resolución de problemas
Centro para la Prevención de la Delincuencia en Lituania (CCPL)
Centro de Criminología (China)
Centro para la Excelencia Policial y la Seguridad (CEPS, Australia)
Centro de Criminología (Sudáfrica)
College of Policing (incluida POLKA, Reino Unido)
Centro de Investigación sobre la Delincuencia y la Justicia (Nueva Zelanda)
CrimPrev.dk (danés)
Crime Research Centre (Australia Occidental)
Informes actuales de investigación en ciencias sociales (CSSRR)
Consejo de Investigación Económica y Social (EBSRC)
Red Europea de Prevención de la Delincuencia
Instituto Europeo de Prevención y Control de la Delincuencia
Escuela Europea de Policía (CEPOL)
Centro de Información y Coordinación de Pruebas para Políticas y Prácticas (EPPI-Centre)
Base de datos de literatura gris (Biblioteca de Justicia Penal Don M. Gottfredson)
GreySource
Biblioteca Digital de Seguridad Interior (HSDL)
Ministerio del Interior (Reino Unido)
Instituto de Estudios de Seguridad (Sudáfrica)
Instituto de Investigación de Política Criminal (Reino Unido)
Instituto de Criminología y Prevención Social (República Checa)
Instituto Jill Dando de Ciencias Penales (JDI)
Key Centre for Ethics, Law, Justice and Governance (Universidad Griffith, Australia)
Kriminologisches Forschunginstitut Niedersachsen (Instituto de Investigación Criminológica, Alemania)
Kriminologische Zentralstelle (Centro Alemán de Criminología)
Kriminologiska Institutionen DiVA (Archivo Científico Digital del Departamento de Criminología de la Universidad de Estocolmo)
Centro Nacional de Intercambio de Información sobre Ciencia, Tecnología y Derecho
Consejo Nacional de Prevención de la Delincuencia de Singapur
Base de datos Policy Research Watch del Instituto Nacional para el Avance de la Investigación
Instituto Nacional de Criminología (Hungría)
Instituto Nacional de Justicia (NIJ, EE.UU.)
Registro Nacional de Programas y Prácticas Basados en Pruebas (NREPP)
Instituto Nacional de Investigación de Ciencias Policiales (japonés)
Servicio Nacional de Información Técnica (NTIS)
Oficina de Estadísticas e Investigación sobre la Delincuencia de Nueva Gales del Sur (BOSCAR)
OAlster
Oficina de Servicios Policiales Orientados a la Comunidad (COPS)
Oficina de Justicia Juvenil y Prevención de la Delincuencia (EE.UU.)
Sistema abierto de información sobre literatura gris en Europa (OpenGrey)
Biblioteca de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE)
Foro de Investigación de Ejecutivos Policiales (US)
Fundación de la Policía (US)
Sistema de información policial en línea (POLIS, Europa)
ProjectCork.org
Servicios de Investigación de la Corporación RAND
Red Rusa de Seguridad Euroasiática (RES)
Consejo Escandinavo de Investigación Criminológica
Centro Escocés de Criminología
Instituto Escocés de Investigación Policial
Red de Investigación en Ciencias Sociales
Oficina de Estadísticas e Investigación sobre la Delincuencia de Australia Meridional (OSCAR)
Instituto de Estudios sobre el Cumplimiento de la Ley de Tasmania (TILES)
Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESDOC)
Instituto Interregional de las Naciones Unidas para Investigaciones sobre la Delincuencia y la Justicia (Centro de Documentación e Información, UNICRI)
Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (ONUDD)
Guía de fuentes en Internet de la ONUDD
Banco Mundial
Red Mundial de Bibliotecas de Justicia Penal ‘Criminal Justice Links Annotated’ (se buscarán todas las categorías de fuentes en todos los países que figuran en el sitio web; n = 102 países e ‘Internacional’)5
BÚSQUEDAS MANUALES DE REVISIONES Y BIBLIOGRAFÍAS ANTERIORES
Bartholomew et al. (2009)
Beckman et al. (2003, 2005)
Braga et al. (2014)
Braga & Weisburd (2007)
Farrington (1983)
Farrington & Welsh (2005, 2006)
Gibbs et al. (2006)
Mason & Bucke (2002)
Mazeika et al. (2010)
Mazerolle & Ransley (2005)
Universidad Estatal de Michigan
Sherman (1992, 2002, 2013)
Sherman et al. (1997, 2006)
Skogan & Frydl (2004)
Telep (2009)
Telep et al. (2008)
Telep & Weisburd (2012)
Varriale et al. (2007)
Weisburd & Eck (2004)
Bibliografías de la Red Mundial de Bibliotecas de Justicia Penal en la categoría ‘Policía y cumplimiento de la ley’ (http://andromeda.rutgers.edu/~wcjlen/WCJ/mainpages/bibliogs.htm)
Nuestra estrategia de búsqueda incluye los siguientes idiomas
Africano
Árabe
Chino
Inglés
Francés
Alemán
Hindi
Japonés
Coreano
Portugués
Ruso
Español
Los lugares de búsqueda serán lo más exhaustivos posible; sin embargo, observamos que existe un solapamiento sustancial de la cobertura de contenidos entre muchas de las bases de datos. Por lo tanto, utilizaremos el programa informático Optimal Searching of Indexing Databases (OSID) (Neville & Higginson, 2014) para analizar el cruce de contenidos de todas las bases de datos que tengan listas de cobertura de contenidos accesibles. OSID analizará y creará una solución de localización de búsquedas que proporcione la cobertura más completa a través del menor número de bases de datos. Por ejemplo, si se importara el contenido del conjunto de bases de datos que se ve en la figura 1, OSID proporcionaría una solución que implicaría buscar sólo en las bases de datos 3 y 4 porque el contenido cubierto por las bases de datos 1 y 2 está cubierto por la base de datos 4.
Encontrará más detalles en el pie de foto que sigue a la imagen
Figura 1
Abrir en visor de figuras
PowerPoint
Ejemplo de cruce de contenidos de bases de datos analizados por OSID
Nos pondremos en contacto con expertos policiales y con los autores de los estudios elegibles una vez que se haya comprobado la elegibilidad de todos los documentos, para identificar cualquier estudio elegible no captado en nuestra búsqueda. Nuestro grupo de expertos en actuación policial procede en gran medida de la nueva División de Actuación Policial de la Sociedad Americana de Criminología. Todos los estudios añadidos manualmente se someterán al mismo proceso de cribado y codificación que los recuperados de la búsqueda sistemática (véase el Apéndice A).
Términos de la búsqueda
Para garantizar una sensibilidad y especificidad óptimas, nuestra estrategia de búsqueda utilizará una combinación de términos de búsqueda de texto libre y de vocabulario controlado. Dado que los vocabularios controlados y las capacidades de búsqueda varían de una base de datos a otra, será necesario adaptar la combinación exacta de términos de búsqueda y códigos de campo a cada base de datos única. Consultaremos estrechamente con nuestro Grupo Asesor sobre Métodos a la hora de diseñar las estrategias de búsqueda para cada lugar. Las estrategias de búsqueda para cada lugar de búsqueda se comunicarán en la revisión final de la tercera parte policial según las directrices proporcionadas en la guía de recuperación de información de Campbell Collaboration (Hammerstrøm, Wade, & Jørgensen, 2010).
Los términos de búsqueda de texto libre que utilizaremos para la GPD se proporcionan en la Tabla 2 y están agrupados por intervención (es decir, alguna forma de actuación policial) y terminología de evaluación. Aunque la estrategia de búsqueda en todos los lugares de búsqueda será única, seguiremos una serie de normas generales:
Los términos de búsqueda se combinarán en cadenas de búsqueda utilizando los operadores booleanos “Y” y “O”. En concreto, los términos dentro de cada categoría se combinarán con “OR” y las categorías se combinarán con “AND”. Por ejemplo: (police OR policing OR “law#enforcement”) AND (analy* OR ANCOVA OR ANOVA* OR …).
Los términos compuestos (por ejemplo, aplicación de la ley) se considerarán términos únicos en las cadenas de búsqueda mediante el uso de comillas (es decir, “aplicación de la ley*”) para garantizar que la base de datos busca el término completo en lugar de palabras separadas.
Se utilizarán comodines y códigos de truncamiento para los términos de búsqueda con múltiples iteraciones a partir de una palabra raíz (por ejemplo, evaluación, evaluar) o variaciones ortográficas (por ejemplo, evaluat* o randomi#e).
Si una base de datos tiene un término de vocabulario controlado equivalente a “POLICÍA”, combinaremos el término en una cadena de búsqueda que incluya los términos de búsqueda de texto libre policía y evaluación. Este enfoque garantizará que recuperemos documentos que no utilicen términos policiales en el título/resumen pero que hayan sido indexados como relacionados con la vigilancia en la base de datos. Un ejemplo de este enfoque es la siguiente cadena de búsqueda: (((SU: “POLICE”) OR (TI,AB,KW: police OR policing OR “law*enforcement”)) AND (TI,AB,KW: intervention* OR evaluat* OR compar* OR …)).
Para los lugares de búsqueda con una funcionalidad de búsqueda limitada, implementaremos una búsqueda amplia que utilice únicamente los términos de texto libre policing.
Las búsquedas en bases de datos multidisciplinares se limitarán a las disciplinas pertinentes (por ejemplo, se incluirán las ciencias sociales pero se excluirán las ciencias físicas).
Los resultados de la búsqueda se refinarán para excluir tipos específicos de documentos que no son adecuados para las revisiones sistemáticas (por ejemplo, periódicos, portada/contraportada, reseñas de libros).
Tabla 2. Términos de búsqueda de texto libre para la búsqueda sistemática de GPD
Términos de búsqueda sobre policía Términos de búsqueda sobre evaluación
análisis policial* “variable explicativa*” pretest
policía ANCOVA hipótesis* “puntuación de propensión*”
“law*enforcement” ANOVA impacto* cuantitativo
constab* “diseño ABAB” “variable independiente*” “cuasi#experimento*”
detective* “diseño AB” intervent* cuestionario
sheriff* entrevista de base* aleatoria*
causa* longitudinal ECA
“chi#cuadrado*” MANCOVA regresión*
“condición de comparación*” resultado MANOVA*
“grupo de comparación*” “matched group” “risk#ratio*”
“condición de control*” measure* sampl*
“grupo de control*” “metaanálisis” “desviación estándar*”
correlat* “metaanálisis” statistic*
covariat* “odds#ratio*” estudios
“cross#section*” “outcome variable*” estudio
datos resultado* estudio*
“variable dependiente*” paramet* “revisión sistemática*”
efecto* “posttest” “t#test*”
eficacia postprueba “series#temporales”
eval* predecir* tratamiento*
experimento* “pre-test” varianza
CRITERIOS DE INCLUSIÓN DE ESTUDIOS EN LA BASE DE DATOS
Cada documento debe satisfacer todos los criterios de inclusión para ser incluido en la GPD: marco temporal, intervención y diseño de la investigación. No se aplicarán restricciones a los tipos de resultados, participantes, entornos o idiomas que se consideren aptos para su inclusión en la GPD.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Marco temporal de la investigación
Dado que la era de la “reforma” de la actuación policial comenzó en la década de 1960 (véase Kelling y Moore, 1988; Ransley y Mazerolle, 2009), prevemos que la investigación sobre la actuación policial comenzará en torno a este periodo y aumentará con el tiempo hasta la actualidad. Hemos errado por el lado de la cautela e incluiremos las investigaciones realizadas después del 1 de enero de 1950.
Tipos de intervenciones
Cada documento debe contener una evaluación del impacto de una intervención policial. Definimos una intervención policial como algún tipo de estrategia, técnica, enfoque, actividad, campaña, formación, directiva o financiación / cambio organizativo que implique a la policía de algún modo (pueden participar otras agencias u organizaciones). La implicación de la policía se define en términos generales como
Iniciación, desarrollo o liderazgo policial
La policía es destinataria de la intervención o la intervención está relacionada, centrada o dirigida a las prácticas policiales
Ejecución o aplicación de la intervención por parte de la policía
Entre los posibles ejemplos se incluyen: actuación policial en puntos conflictivos, actuación policial de terceros, actuación policial orientada a la resolución de problemas, intervenciones policiales para la legitimación, técnicas de investigación policial, programas de formación para reclutas policiales, intervenciones para reformar las organizaciones policiales, intervenciones para la gestión de los recursos humanos en la actuación policial.
Tipos de diseño de los estudios
El GPD incluirá investigaciones cuantitativas que utilicen diseños de evaluación experimentales aleatorios (por ejemplo, ECA) y cuasi experimentales con un grupo de comparación válido que no reciba la intervención. Aceptaremos diseños en los que el grupo de comparación reciba una actuación policial “sin cambios”, ninguna intervención o una intervención alternativa (diseños tratamiento-tratamiento).
Aunque no son tan sólidos como los diseños experimentales aleatorios, los cuasiexperimentos “fuertes” pueden utilizarse para proporcionar una inferencia causal cuando la naturaleza del diseño intenta minimizar las amenazas a la validez interna (véase Farrington, 2003; Shadish, Cook y Campbell, 2002). Esto puede lograrse de varias formas, como: controlando la asignación de los casos a los grupos de tratamiento y control (discontinuidad de regresión), igualando las características de los grupos de tratamiento y control (control emparejado), contabilizando estadísticamente las diferencias entre los grupos de tratamiento y control (diseños que utilizan análisis de regresión múltiple) o proporcionando un análisis de diferencias en diferencias (cohortes paralelas con medidas anteriores y posteriores a la prueba). Por lo tanto, incluiremos los siguientes diseños cuasiexperimentales “fuertes” en la GPD:
Diseños de discontinuidad de regresión
Diseños que utilizan controles multivariantes (por ejemplo, regresión múltiple)
Diseños de grupos de control emparejados con o sin medidas de referencia previas a la intervención (emparejados por propensión o estadísticamente)
Diseños de grupos de control no emparejados con medidas previas a la intervención (análisis de diferencias en diferencias)
Diseños de series temporales interrumpidas cortas con grupo de control (menos de 25 observaciones previas y 25 posteriores a la intervención (Glass, 1997))
Diseños de series temporales interrumpidas largas con o sin grupo de control (≥25 observaciones previas y posteriores a la intervención (Glass, 1997))
Un tercer grupo de diseños de investigación, los “cuasi-experimentos débiles”, se incluirá en la GPD. Aunque no son tan fiables como los experimentos o los cuasiexperimentos fuertes para demostrar la causalidad, los cuasiexperimentos “débiles” pueden utilizarse para demostrar la magnitud de la relación entre una intervención y un resultado. Por lo tanto, incluiremos los siguientes diseños cuasiexperimentales “débiles” en el DGP:
Diseños de grupos de control no emparejados con medidas pre-post intervención que permiten el análisis de diferencias en diferencias.
Diseños de grupos de control no emparejados sin medidas previas a la intervención en los que el grupo de control tiene validez aparente
Diseños correlacionales no ajustados en los que la variación en el nivel de la intervención se compara con la variación en el nivel del resultado
Diseños tratamiento-tratamiento6
Excluiremos los diseños de grupo único con medidas previas y posteriores a la intervención, ya que estos diseños están muy sujetos a sesgos y amenazas para la validez interna.
ETAPAS DE SELECCIÓN Y CODIFICACIÓN
Cribado de títulos y resúmenes
Exportaremos los resultados completos de la búsqueda desde EndNote (eliminados los duplicados) a SysReview, una base de datos de Microsoft Access para el cribado y la codificación de la investigación que se puede personalizar según los requisitos de cada revisión (véanse las capturas de pantalla en el Apéndice C). El título y el resumen de cada documento serán cribados por personal investigador formado, utilizando el compañero de cribado del Apéndice D, para identificar las investigaciones potencialmente elegibles que cumplan los siguientes criterios:
El documento está fechado entre 1950 y la actualidad
El documento es único
El documento está relacionado con la actividad policial
El documento es una evaluación de impacto
Los documentos se excluirán si la respuesta a alguno de los criterios es inequívocamente “No”, y se clasificarán como potencialmente elegibles en caso contrario. Pecaremos de inclusividad y sólo excluiremos los estudios en los que esté claro que no se cumplen estos criterios. Los documentos clasificados como potencialmente elegibles pasarán a la fase de cribado de la elegibilidad del texto completo.
Cribado de la elegibilidad del texto completo
Siempre que sea posible, se importará a SysReview una versión electrónica a texto completo de los registros elegibles. En el caso de los registros que no dispongan de una versión electrónica, se localizará una copia impresa del registro para permitir el cribado de elegibilidad a texto completo. El texto completo de cada documento se cribará en dos etapas, utilizando el compañero de cribado del Apéndice E, para identificar los estudios que cumplan los siguientes criterios:
El documento está fechado entre 1950 y la actualidad
El documento es único
El documento informa sobre una evaluación policial
El documento informa sobre una evaluación de impacto cuantitativa
La evaluación utiliza un diseño de investigación elegible
Los documentos que no se excluyan en ninguna de las dos fases de cribado pasarán a la fase de codificación en profundidad. Para garantizar la coherencia en las decisiones de selección, cada codificador de documentos examinará 30 documentos para determinar su elegibilidad y se calculará el acuerdo entre codificadores (porcentaje de acuerdo entre codificadores en que el documento es elegible). Aceptaremos un acuerdo entre codificadores del 95 por ciento o superior. Si el acuerdo es inferior al 95 por ciento, impartiremos formación adicional y volveremos a cribar el grupo de documentos en los que el acuerdo haya caído por debajo del umbral del 95 por ciento. Los desacuerdos sobre la elegibilidad de los documentos con y sin formación se resolverán mediante una discusión entre los codificadores y el responsable de la revisión.
Una vez finalizada la fase de cribado de la elegibilidad, se distribuirá a los expertos policiales una lista de los documentos elegibles y los criterios de inclusión para que los examinen y se aseguren de que no se han omitido de la revisión estudios elegibles. Se evaluará la elegibilidad de cualquier estudio adicional del mismo modo que los estudios recuperados de la búsqueda sistemática.
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Un equipo de asistentes de investigación formados codificará los documentos utilizando el compañero de codificación del Apéndice F. Los documentos se leerán en detalle y se codificarán según:
Fecha de publicación del documento
Idioma del documento
Ubicación de la intervención
Tipo de problema al que se dirige la intervención
Tipo de medida(s) de resultados utilizada(s) para evaluar la intervención
Tipo de participantes utilizados para evaluar la intervención
Tipo de intervención policial evaluada
Cada documento puede (a) informar de múltiples resultados para una misma intervención o (b) contener múltiples estudios con múltiples resultados. SysReview permite esta situación de datos anidados al permitir a los codificadores añadir múltiples resultados para cada estudio único, y añadir múltiples estudios dentro del registro de un documento. Los resultados de las fases de cribado de elegibilidad y codificación se presentarán en la revisión final en forma de diagrama de flujo PRISMA (Moher et al., 2009).
Evaluaremos la comprensión de la estructura de codificación por parte de los codificadores y la coherencia de las decisiones de codificación aplicando el mismo proceso de control de calidad utilizado para la fase de cribado de la elegibilidad. Si faltan datos para campos de codificación clave en el documento original, intentaremos mantener correspondencia con el autor o los autores del documento para obtener la información necesaria.
Apéndice C: Texto completo del acompañante de la comprobación de la elegibilidad para la revisión policial por terceros
Utilice este documento junto con el protocolo de revisión como ayuda para completar el cribado de elegibilidad.
Antes de la selección
Abra la base de datos Access ‘Revisión TPP’.
Haga clic en ‘Eligibility screening’ en la lista de la parte izquierda de la pantalla.
Seleccione su nombre en el menú desplegable ‘Usuario’ y, a continuación, haga clic en el botón ‘Ir al primer título no cribado’.
El formulario que aparecerá está dividido en dos partes.
La parte superior contiene la siguiente información sobre el documento:
TitleID. Es el número de identificación único de este documento.
Cita completa. Debe aparecer una referencia completa en formato APA (6ª edición).
Documento adjunto. Si el documento se ha adjuntado electrónicamente, habrá un icono de documento PDF o Microsoft Word. Haga doble clic en el icono y, a continuación, haga doble clic en el documento adjunto en el cuadro de diálogo para abrir el documento.
La parte inferior del formulario contiene los criterios de inclusión/exclusión que se utilizan para determinar la elegibilidad del documento para la revisión. Los documentos elegibles pasarán a la fase de codificación más exhaustiva. Si un documento es elegible, el texto sobre el botón “Completar selección” en la parte inferior del formulario dirá “El título es elegible”. Si un documento no es elegible para su inclusión en la revisión, se leerá ‘Título NO elegible’.
Cuando haya terminado de examinar el documento, pulse el botón “Completar examen” en la parte inferior del formulario. Su nombre y la fecha de hoy deberían aparecer junto a ‘Revisado por’. Para pasar al siguiente documento, pulse el botón “Ir al primer título no examinado” en la parte superior del formulario.
Criterios de selección
Por favor, lea el documento con suficiente detalle para poder abordar con certeza los criterios de inclusión y exclusión. Si no está seguro en algún momento, consulte con el responsable de la revisión para asegurarse de que toma la decisión de selección más acertada. Si es necesario excluir un documento, deberá hacer clic en el criterio correspondiente. A continuación, los criterios quedarán resaltados y no tendrá que seguir examinando el documento.
Información sobre los criterios
El documento no está fechado entre 1980-2013 Si el documento está fechado antes de 1980 o contiene investigaciones realizadas antes de 1980, seleccione este criterio y no tendrá que seguir cribando el documento.
La intervención no implica a una o más terceras partes Si el documento no hace referencia a una o más terceras partes y su implicación en una intervención, seleccione este criterio. Un tercero debe ser una entidad, un individuo o una red de organismos colaboradores externos a la policía. Por ejemplo: el propietario de un inmueble, el dueño de un negocio, una autoridad reguladora (por ejemplo, la concesión de licencias de bebidas alcohólicas, el consejo local), un departamento gubernamental (por ejemplo, el departamento de educación).
La intervención no implica una o más palancas legales Si el documento no hace referencia a una o más palancas legales, seleccione este criterio. Las palancas legales son los poderes legales que poseen terceras partes. Para obtener información más detallada, consulte su material de formación, el protocolo o la tabla 4.2 de Mazerolle y Ransley (2005).
Los componentes no se combinan para formar una intervención policial de terceros Seleccione este criterio si la policía, los terceros y la(s) palanca(s) legal(es) no se combinan para formar una intervención policial de terceros. En una intervención policial de terceros, la policía trabaja en asociación con uno o más terceros para acceder y utilizar la(s) palanca(s) legal(es) de los terceros para controlar o prevenir un problema de delincuencia.
El documento no informa sobre un resultado en materia de delincuencia o desórdenes
Si el documento no informa sobre al menos un resultado en materia de delincuencia o desórdenes, seleccione este criterio.
Todos los tipos de medidas de delincuencia o desorden son elegibles para esta revisión.Nota: el miedo a la delincuencia no es una medida de delincuencia o desorden.
Las fuentes de datos para las variables de resultado de delincuencia y/o desorden incluyen:
Medidas oficiales de la delincuencia (por ejemplo, índices de delincuencia, llamadas por servicio, datos de resultados judiciales)
Medidas no oficiales de la delincuencia (por ejemplo, percepciones ciudadanas, policiales o de terceros recogidas mediante métodos de entrevista o encuesta)
Difusión de los beneficios del control de la delincuencia
Desplazamiento de la delincuencia y/o el desorden
Observación sistemática del desorden físico (por ejemplo, pintadas, vandalismo, edificios abandonados, edificios ruinosos, basura, etc.)
Observación sistemática del desorden social (merodeo, solicitación, conducta ebria/desordenada en lugares públicos, exceso de ruido, etc.)
Datos verificados por: Brian
[rtbs name=”delitos”] [rtbs name=”seguridad-publica”]
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Véase También
Jefe de policía
Agente de policía
Citación penal
Justicia penal
Orden Fraternal de la Policía
Patrulla de carretera
Agencia policial
Las fuerzas del orden y la sociedad
Aplicación de la ley por países
Militsiya
Academia de policía
Brutalidad policial
Coche de policía
Certificado de policía
Fundación policial
Ciencia policial
Estado policial
Policía de formación
Policía privada
Administración pública
Seguridad pública
Policía antidisturbios
Alguacil
Policía estatal
Vigilante
Militar
Mujeres en las fuerzas del orden
Prevención de la delincuencia, Aplicación de la ley, Profesiones jurídicas, Seguridad nacional, Seguridad pública, Vigilancia
Criminología, Cumplimiento de la Ley, Delincuencia, Derecho Penal, Disuasión, Enjuiciamiento, Guía de Criminología, Justicia Penal, Libertad Condicional, Libertad Vigilada, Muy Popular, Po, Política Pública, Policía, Prevención, Prevención de Atrocidades, Prevención del Crimen, Prisiones, Protección Procesal de los Derechos Humanos, Sistema de Justicia Juvenil, Sistema de Justicia Penal, Teoría Criminológica, Teoría del Delito, Teorías Criminológicas, Tribunales
Bibliografía
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