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Aspectos Clave del Poceso de Diligencia Debida en las Adquisiciones de Empresas

Este texto se ocupa de los Aspectos Clave del Poceso de Diligencia Debida en las Adquisiciones de Empresas, y en especial de los elementos clave del proceso de diligencia debida en las fusiones y adquisiciones. Cualquier operación de fusión y adquisición, independientemente de su tamaño o estructura, puede tener un impacto significativo en la empresa adquirente. Desarrollar y aplicar un sólido proceso de diligencia debida puede conducir a una evaluación mucho mejor de los riesgos y beneficios potenciales de una transacción, permitir la renegociación del precio y otros términos clave, y allanar el camino hacia una integración más eficaz. Dados los riesgos potenciales inherentes a cualquier adquisición, los consejos de administración y los equipos directivos deben trabajar juntos para garantizar que el proceso de diligencia debida se lleve a cabo con éxito. Hacerlo así probablemente protegerá a ambos y puede conducir a mejores resultados para todos.

Diligencia

Obligación a la que está sujeto el trabajador en el desempeño de su actividad. La norma se aplica a la relación laboral y se refiere, más concretamente, a la diligencia exigida por la naturaleza del servicio debido y el interés de la empresa. De ello se deduce que es la diligencia media, objetivamente entendida, la que presupone la capacidad de realizar el servicio proporcionalmente a las tareas realizadas.

Diligencia Debida

Diligencia Debida puede aplicarse al lavado de dinero, en que se aplican las correspondientes leyes anti blanqueo y financiación del terrorismo, reglamentos, directrices y otros requisitos, y los sistemas de los sujetos obligados. Por otro lado, es una fase de la compra-venta de empresas, en que se practica una intensa labor de fiscalización de la sociedad en venta o sus activos (v.gr; due diligence inmobiliaria). El texto pretende ofrecer, también, un examen del contenido, alcance y función de la diligencia debida en el derecho internacional e inferir, a partir de la variedad de áreas pertinentes del derecho internacional, las implicaciones estructurales del posible aumento del concepto de diligencia debida para el estado general del sistema jurídico internacional. En este contexto, las preguntas de investigación comprenden, entre otras, las siguientes cuestiones: ¿Existe un entendimiento común emergente de una norma de diligencia debida en varias áreas del derecho internacional? En caso afirmativo, ¿qué implica esta norma? ¿Podemos distinguir grupos de obligaciones, por ejemplo, las obligaciones relativas a la capacidad institucional de un Estado en contraposición a las obligaciones de procedimiento específicas de notificar, consultar o realizar evaluaciones de riesgos?. ¿Es la diligencia debida una norma sustantiva de conducta en sí misma o solo un instrumento conceptual para determinar el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en otras partes? ¿El surgimiento o la falta de un entendimiento común dice algo sobre el papel de los Estados en la regulación de los actores no estatales en el ordenamiento jurídico internacional o sobre la fragmentación del derecho internacional?

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