▷ Sabiduría semanal que puedes leer en pocos minutos. Añade nuestra revista gratuita a tu bandeja de entrada. Lee gratis nuestras revistas de Derecho empresarial, Emprender, Carreras, Liderazgo, Dinero, Startups, Políticas, Ecología, Ciencias sociales, Humanidades, Marketing digital, Ensayos, y Sectores e industrias.

Arbitraje entre Inversor y Estado

Este texto introductorio comienza con una breve discusión sobre el crecimiento de la inversión internacional y el surgimiento de un nuevo campo del derecho internacional que define las obligaciones de los Estados anfitriones hacia los inversionistas extranjeros y crea procedimientos para resolver disputas relacionadas con esas obligaciones. Se discute la importancia de los flujos de inversión para los importadores y exportadores de capital, y el propósito de la protección de las inversiones. A continuación se examinan los remedios tradicionales para los inversores extranjeros, algunos regímenes de protección temprana de las inversiones y las limitaciones de los procesos históricos de solución de controversias. Este texto analiza el surgimiento del sistema moderno de arbitraje inversionista-Estado. Y también describe el curso de un arbitraje de inversión e intenta identificar algunas de estas similitudes y diferencias.

Historia de la Cláusula de la Nación Más Favorecida

El derecho internacional de inversiones contemporáneo se caracteriza por la fragmentación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). El derecho aplicable en una controversia suele figurar en un acuerdo bilateral, aplicable solo entre los dos Estados vinculados a la controversia, y no en un tratado multilateral o en el derecho internacional consuetudinario. Las versiones embrionarias de la cláusula de nación más favorecida se remontan a la Edad Media. [rtbs name=”historia-medieval”] En esa época, los comerciantes de las ciudades comerciales italianas, francesas y españolas utilizaban cláusulas unilaterales de nación más favorecida para asegurarse el monopolio de la explotación de los mercados extranjeros. Cuando, con el desarrollo del comercio, sus esfuerzos por excluir a sus competidores de estos mercados fracasaron, trataron de asegurar oportunidades comerciales al menos iguales a las de sus rivales. Las versiones recíprocas de la cláusula no aparecieron antes del siglo XV y, coincidiendo con el crecimiento gradual del comercio mundial, solo se hicieron comunes en el siglo XVII cuando se descubrió la cláusula como una forma conveniente de incorporar como referencia las ventajas previamente concedidas en otros tratados (Reciprocidad).

Consentimiento en el Arbitraje Internacional

El consentimiento se considera la piedra angular del arbitraje internacional. Sin embargo, en los últimos años ha habido una creciente incomodidad con este supuesto tan arraigado, con una discusión emergente. Los estudiosos han hablado del “dogma del consentimiento” o de su “marginación”. La razón principal de esto es que el arbitraje ha evolucionado y se ha expandido. Las situaciones multipartitas que involucran cuestiones jurisdiccionales complejas son ahora bastante comunes, y el arbitraje de inversiones ha experimentado un crecimiento exponencial en las últimas dos décadas. El texto sugiere que la naturaleza consensual del arbitraje debe ser examinada desde diferentes perspectivas. Estas diferentes perspectivas deberían poner de relieve que la naturaleza consensual del arbitraje internacional es un fenómeno complejo y que la calificación del arbitraje como un mecanismo “consensual” de solución de controversias debe diferenciarse y conciliarse con el aspecto jurisdiccional del arbitraje.

▷ Recibe gratis nuestras revistas de Derecho empresarial, Emprender, Carreras, Dinero, Políticas, Ecología, Liderazgo, Marketing digital, Startups, Ensayos, Ciencias sociales, Derecho global, Humanidades, y Sectores económicos, en Substack. Cancela cuando quieras.