Promesas Unilaterales
Las promesas unilaterales suelen calificarse como negocios jurídicos con estructura unilateral. Las promesas unilaterales se analizan en primer lugar desde un punto de vista estructural, para pasar después al examen de los casos particulares regulados por el legislador, como son, en particular, las promesas al público, las promesas de pago, el reconocimiento de deuda y las fianzas, también a la luz del tradicional principio de tipicidad que se deduce de la legislación civil (por ejemplo, de la letra del art. 1987 del Código Civil italiano), que ha sido criticado y revisado por la doctrina y la jurisprudencia.