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Bien Mueble

Este texto se ocupa del bien mueble, como aquellos que pueden trasladarse de una parte a otra. El término “mobiliario” o “mueble” es tanto un adjetivo como un sustantivo. De hecho, cuando decimos que un objeto es un “mueble” estamos utilizando un atajo para decir “propiedad movible”, es decir, que puede ser trasladado de un lugar a otro sin ser modificado o destruido. En el lenguaje de la técnica jurídica, los muebles que amueblan las viviendas o las oficinas de las empresas (mesas, estanterías, camas, cortinas, etc.) se denominan “mobiliario” y no “bienes muebles”.

Estado Posesorio

Este texto se ocupa del estado posesorio. La palabra “posesión de estado” se refiere a una presunción legal que permite establecer la filiación de una persona sobre la base de determinados hechos comprobados por su familia y por su entorno relativos a la relación que existía entre ella y la persona de la que dice ser hijo o hija. La posesión del estatus se establece mediante un acto de notoriedad que registra la posesión del estatus.

Derecho de Prenda

Este texto se ocupa del Derecho de Prenda y de la constitución del derecho real de prenda. La prenda es un contrato por el que una persona entrega a su acreedor un objeto mueble o un valor para garantizar la ejecución de sus compromisos, por ejemplo, el reembolso de un préstamo de dinero. El contrato se forma con la entrega del objeto al que se refiere la prenda. Con independencia de que la declaración de prenda no haya sido notificada a la sociedad emisoraa , la pignoración de una cuenta de instrumentos financieros se efectúa, tanto entre las partes como respecto a la persona jurídica emisora y a terceros, mediante la sola declaración de prenda firmada por el titular de la cuenta. Este texto introducirá y discutirá las dinámicas cambiantes de derecho de prenda, con el objetivo de examinar su desarrollo actual.

Copropiedad

Introducción: Copropiedad Concepto de Copropiedad en el ámbito del comercio exterior y otros afines: Cuando una cosa o un derecho pertenecen pro-indiviso a varias personas. Definición de COPROPIEDAD en Derecho español Condominio. Comunidad. Existe cuando una cosa pertenece en común a varias […]

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