Los grandes señoríos nobiliarios de la Baja Edad Media se situaban en la cúspide de la pirámide señorial. Al igual que las seigneuries banales, se basaban en la posesión de un feudo o un alleu. Los cargos judiciales superiores estaban en manos de la nobleza, en algunos casos con el título de landgrave. El landgrave era un juez encargado de perseguir de oficio los delitos que ponían en peligro la paz pública. A partir del siglo XIV, también se ocupaba en su tribunal de los asuntos de sangre. Su cargo le permitía beneficiarse de derechos regios muy lucrativos (derecho a los bienes confiscados de los criminales desterrados o ejecutados, a la herencia de las personas ilegítimas y de los extranjeros, a los bienes no reclamados, derechos sobre el bosque, la caza, la pesca, los peajes, los conductos, las minas y las salinas).