La importancia de la decisión del Tribunal Europeo (Dictamen 1/17 sobre Eslovenia) va obviamente más allá del SCI de CETA. Se trata de la definición de un modelo coherente con los principios estructurales del ordenamiento jurídico de la UE y que, al mismo tiempo, puede aplicarse a todos los acuerdos comerciales entre la Unión Europea y terceros Estados. El Tribunal también previó la creación de un “Tribunal multilateral de inversiones a más largo plazo” (§ 108).
Por lo tanto, esta opinión será acogida con gran satisfacción por la Dirección General de Comercio y por la comunidad de arbitraje en materia de inversiones, que se ha visto sacudida por la decisión del Tribunal en Achmea. Una comparación del enfoque adoptado por el Tribunal en estas dos sentencias iría más allá del ámbito de este primer informe, pero es probable que haga que fluya mucha tinta….