Bonos Garantizados
Este texto se ocupa de los bonos garantizados. Un bono garantizado (o cubierto) es una obligación bancaria senior cuyos pagos de intereses y capital están respaldados por un derecho preferente sobre un conjunto dinámico de activos. La naturaleza dinámica del pool se deriva de la obligación continua del emisor de sustituir los activos que vencen e incumplen dentro del pool. Los activos suelen permanecer en el balance del emisor o en las cuentas del grupo consolidado. En la mayoría de los casos, las principales características, como los requisitos de elegibilidad, el derecho preferente de los tenedores de bonos, los requisitos de correspondencia y los procedimientos posteriores a la quiebra, están sujetos a una ley específica de bonos garantizados. La ley de bonos garantizados también puede contener limitaciones relativas a las actividades comerciales de los emisores de bonos garantizados (principio bancario especial). En el período 2000-2010, el número de países europeos que cuentan con leyes específicas de bonos garantizados ha aumentado considerablemente. Varios países, en los que los bancos habían comenzado a emitir bonos garantizados a pesar de la ausencia de un marco legal dedicado (los llamados “bonos garantizados estructurados”) han introducido dicho marco en una fase posterior. Las Obligaciones o Bonos Garantizados, en Europa, se regula por la Directiva 2019/2162 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de noviembre de 2019 sobre la emisión y la supervisión publica de bonos garantizados, como títulos de deuda emitido por una entidad de crédito de conformidad con las disposiciones de la norma aplicable (nacional) y garantizado por activos de cobertura a los que los inversores pueden recurrir directamente en su calidad de acreedores preferentes.