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Convenio de Aarhus

La Convención de Aarhus es el convenio internacional sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente, firmado en Aarhus el 25 de junio de 1998.

Acuerdo OTAN-Rusia de 1997

Acuerdo OTAN-Rusia de1997 Este elemento es una expansión del contenido de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs] Acta Fundacional OTAN-Rusia de 1997 En 1997 la OTAN y Rusia negociaron y firmaron un acta fundacional diseñada para guiar las relaciones mediante la creación de una mayor confianza, … Leer más

Instrumentos Internacionales

Los instrumentos internacionales pueden tratar cuestiones de fondo o de procedimiento. En los instrumentos de derecho penal, las disposiciones sustantivas tratan casi siempre de la definición de determinados delitos. Las disposiciones de procedimiento pueden tratar sobre el ejercicio de la jurisdicción, es decir, sobre qué Estado tiene el derecho o el deber de juzgar a los delincuentes. Las disposiciones procesales también pueden tratar sobre el derecho o el deber de los Estados signatarios de extraditar a los delincuentes sospechosos o condenados a otro Estado para que sean juzgados, o sobre la asistencia jurídica mutua (como la audiencia de testigos o la notificación de citaciones) que puede o debe prestarse entre los signatarios. Más raramente, los instrumentos internacionales pueden tratar cuestiones como la transferencia de procedimientos, el reconocimiento de sentencias extranjeras, la cooperación en la ejecución y el traslado de personas condenadas. Los instrumentos internacionales son vinculantes para los Estados firmantes y están sujetos al derecho internacional. En algunos casos excepcionales, los instrumentos internacionales ampliamente ratificados que definen determinados crímenes pueden contribuir a la evolución del derecho internacional consuetudinario, tal como se define en el artículo 38 del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia.

Tratado del Espacio Exterior

Tratado del Espacio Exterior Este elemento es una expansión del contenido de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs] Nota: sobre su éxito, puede ver su análisis aquí. Asimismo, véase en relación al Régimen Jurídico del Espacio Ultraterrestre y respecto a la Comisión de las Naciones Unidas … Leer más

Tratados sobre el Espacio Exterior

Al tratarse de un ámbito intrínsecamente internacional, gran parte del derecho espacial se ha desarrollado en el contexto de las Naciones Unidas, donde el lanzamiento del Sputnik en 1957 dio lugar rápidamente a la creación de una Comisión de las Naciones Unidas sobre la Utilización del Espacio Ultraterrestre con Fines Pacíficos (COPUOS), que incluía una Subcomisión Jurídica que debatía las cuestiones legales pertinentes. El Tratado sobre el Espacio Exterior de 1967, también apodado el Tratado de Principios o incluso la Carta Magna del espacio exterior, estableció el marco jurídico fundamental de todas las actividades espaciales, el Acuerdo de Salvamento de 1968 (que desarrollaba algunas disposiciones del Tratado sobre el Espacio Exterior relativas al rescate y la devolución de astronautas en peligro y de objetos espaciales), el Convenio de Responsabilidad de 1972 (que detallaba el régimen de responsabilidad por los daños causados por los objetos espaciales, tal y como establecía sumariamente el artículo VII del Tratado sobre el Espacio Ultraterrestre), y el Convenio de Registro de 1975 (que detallaba el régimen de registro de los objetos espaciales, tal y como indicaba sumariamente el artículo VIII [y en menor medida el artículo XI] del Tratado sobre el Espacio Ultraterrestre). Este corpus de derecho internacional del espacio, cada vez más amplio, se aplica también, en su caso, a las comunicaciones por satélite, la teledetección por satélite y la navegación por satélite. Así, las actividades realizadas en esos sectores deben cumplir las normas de derecho sustantivo impuestas por el Tratado sobre el Espacio Ultraterrestre; los satélites utilizados para los distintos fines en cuestión pueden ser reclamados en virtud del Acuerdo sobre Salvamento y, a la inversa, pueden dar lugar a responsabilidad en virtud del Convenio sobre Responsabilidad, además de estar sujetos a los requisitos de registro en virtud del Convenio sobre Registro.

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