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Judíos en Egipto

La helenización de los judíos de la diáspora no sólo se aprecia en su literatura, sino sobre todo en los papiros y objetos de arte que se han estudiado recientemente con detenimiento. Ya en el año 290 a.C., Hecataeus de Abdera, un griego no judío que vivía en Egipto, observó que bajo los persas y los macedonios los judíos habían modificado mucho las tradiciones de sus padres. El hecho de que -a juzgar por otros papiros- al menos tres cuartas partes de los judíos egipcios tenían nombres personales de origen griego, y no hebreo, es significativo. El hecho de que las únicas escuelas que se mencionan sean las escuelas sabáticas destinadas a los adultos y que, por el contrario, los judíos estuvieran extremadamente ansiosos por conseguir la admisión de sus hijos en los gimnasios griegos -donde obviamente tendrían que hacer concesiones con su judaísmo- indica su escala de valores. Una vez más, hay una serie de violaciones de las normas de la Halakha (que excluían el cobro de intereses por un préstamo), sobre todo en el hecho de que de los 11 documentos de préstamo conocidos sólo dos no tienen intereses. A menudo existen sorprendentes similitudes entre los documentos de venta, matrimonio y divorcio de los judíos y de los griegos en Egipto, aunque parte de ello, como ocurre con los documentos de la comunidad judía de Elefantina, puede deberse a un origen común en la ley cuneiforme de la antigua Mesopotamia.

Juicio Estético

comunicación, contabilidad,

Se ofrece una visión global de los aspectos neuronales, psicológicos y cognitivos del juicio moral y la toma de decisiones. Revisando la literatura, se sintetiza los hallazgos de estudios de neuroimagen, casos clínicos e investigaciones psicológicas para ofrecer una comprensión polifacética del “cerebro moral” y de los intrincados procesos implicados en la cognición y el comportamiento morales. Se contestan a cuestiones clave como: ¿Cuáles son algunos de los debates históricos de la psicología moral y cómo han evolucionado con el tiempo? ¿Cómo interactúan las emociones y el razonamiento en el ámbito moral, según los autores? ¿Cuáles son algunas de las implicaciones de estos hallazgos para nuestra comprensión de la toma de decisiones y el comportamiento morales? ¿Qué es el modelo intuicionista social y cómo explica el juicio moral? ¿Cómo contribuyen los hallazgos de la neurociencia cognitiva a nuestra comprensión de la neuroanatomía funcional del juicio moral? ¿Cuál es el papel de la cognición social en el juicio moral y cómo se relaciona con las emociones y el razonamiento? ¿Cómo influyen las fuerzas culturales en nuestras intuiciones afectivas y juicios morales? ¿Cuáles son algunas de las limitaciones de la investigación actual sobre psicología moral, y cuáles son algunas direcciones para la investigación futura en este campo? ¿Cómo influyen las emociones morales, como la culpa y la compasión, en la toma de decisiones y el comportamiento morales? ¿Cómo se relacionan las diferencias individuales en el juicio moral con los rasgos de personalidad y otros factores psicológicos? ¿Cuáles son algunas de las implicaciones éticas de los hallazgos analizados en este artículo y cómo pueden aplicarse en contextos del mundo real? ¿En qué difieren los juicios morales entre culturas y cuáles son algunos de los factores que contribuyen a estas diferencias? ¿Cómo evolucionan los juicios morales a lo largo del desarrollo, y cuáles son algunos de los factores que influyen en este proceso?

Jurista

Tratado y política

Jurista es la persona que se dedica profesionalmente a la teoría o a la práctica del derecho. La persona que tiene juro o derecho a una cosa. Ya en el siglo XIV, entre los juristas profesionales de parte de Europa había diplomáticos, magistrados y políticos, eruditos y profesores, funcionarios, jueces, árbitros, notarios, secretarios judiciales y abogados. En la Edad Media, el estudio del Derecho en Bolonia, Pavía y otras ciudades universitarias italianas estaba reservado principalmente a los eclesiásticos, que se convertían en canónigos de los capítulos catedralicios o colegiales; Sin embargo, también acudían a Italia representantes del patriciado urbano y de la clase mercantil en busca de una formación jurídica que les permitiera, tras estudiar el Corpus Iuris de Justiniano, comentado e interpretado por los jurisconsultos boloñeses (Irnerius, Accurse, Bartolo y Baldo), ocupar cargos públicos y administrativos en su patria (220 estudiantes en Bolonia antes de 1330).

Justicia Climática

camino, naturaleza y ambiente

Las emisiones humanas de gases de efecto invernadero causarán (y ya han causado) daños a otros seres humanos. Es un compromiso estándar de las sociedades democráticas liberales que es inmoral e injusto que una persona perjudique a otra. Por tanto, el cambio climático global debe entenderse como un problema moral o de justicia. En una sección de este texto, secdefenderá esta afirmación. En particular, se argumenta que los enfoques económicos convencionales del cambio climático son inadecuados porque no toman en serio la justicia. Si el cambio climático es un problema de justicia, sólo podremos resolverlo desarrollando y aplicando principios de “justicia climática” (véase más detalles). En otra sección, se considera el papel de los principios de justicia climática en el principal acuerdo internacional sobre el cambio climático. Se identifica el principio de “responsabilidades comunes pero diferenciadas” (CBDR) como el principio clave para asignar las obligaciones relacionadas con el clima en la política climática internacional. Por último, se reitera el principio propuesto y se identifica los trabajos que deben realizarse para desarrollar una concepción más completa de la justicia climática que pueda ponerse en práctica.

Justicia Internacional

Occidente

Los conceptos de justicia civil y penal asumen la identidad nacional dentro de una sociedad. ¿Cómo se aplican estos ideales a las personas ajenas a esa sociedad? ¿Cuáles son las obligaciones de distribución y retribución de las Naciones hacia otras naciones, o hacia personas ajenas a la sociedad norteamericana? La justicia exige que los Estados tomen la responsabilidad de evitar el daño que razonablemente se pueda prever, por ejemplo, por regiones estabilizadoras como la ex Yugoslavia o Ruanda, que, dejada sola, se convertirá en un caos. Al mismo tiempo, la justicia internacional exige que las leyes y prácticas que determinan las condiciones en otras naciones protejan las estructuras fundamentales de la existencia humana en lugar de explotar los sistemas de justicia débiles en esos países solo con fines lucrativos. Así, los acuerdos comerciales, las prácticas laborales internacionales y los fenómenos medioambientales que impactan a múltiples naciones pueden ser considerados como asuntos de justicia internacional.

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