Activos No Contractuales
Este texto se ocupa de los Activos no Contractuales en el ámbito de la contabilidad, el derecho financiero y otros afines, como activos sin un valor fijo de canitula, tal como los bienes raíces o los valores. El Reglamento Roma II se aplica, en las situaciones que implican un conflicto de leyes, a las obligaciones extracontractuales en materia civil y mercantil. La línea divisoria entre las obligaciones contractuales y extracontractuales se traza mediante una caracterización autónoma. Si una obligación extracontractual derivada de un enriquecimiento injusto se refiere a una relación existente entre las partes (por ejemplo, un contrato o un delito) que está estrechamente vinculada a este enriquecimiento injusto, la obligación se regirá por una conexión accesoria.