Consenso
Este elemento es un complemento de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs] Nota: puede ser de interés la entrada sobre el Consenso Político.
Consenso Traslapado en la Teoría del Derecho
También de interés para Consenso:- Derecho penal internacional
- Derecho medioambiental internacional
- Derecho Constitucional
- Derecho de los medios de comunicación
- Derecho Internacional de los Derechos Humanos
- Derecho y Política de Familia
- Derecho y ética médica
- Derecho del Espacio
- Derecho, teoría y política de la migración
- Derecho Islámico
- Derecho de Sociedades
- Derecho de la Aviación Pública
- Consenso
- Derecho de la discapacidad y derechos humanos
- Derecho Penal Internacional
- Teoría jurídica feminista
- Traducción jurídica
- Derecho de los conflictos armados
Consenso en el Derecho Legislativo y Político
Examen de la materia ofrecido por el Diccionario universal de términos parlamentarios, de la Secretaría de Servicios Parlamentarios de la Cámara de Diputados de México:
Origen de la Expresión
De acuerdo con María Moliner, consenso 1. “(culto; -con-: con el consenso, de todos; -de- de mutuo (común) consenso). *Consentimiento. 2. Conformidad de una persona con una cosa o *acuerdo de varías personas; entre sí”.
Desarrollo de Consenso en este Contexto
La literatura sociológica y política de las últimas dos décadas ha privilegiado el tema del consenso para oponerlo dialécticamente al del conflicto y así dar cuenta de la existencia de sociedades normalmente consensuales, frente a las sociedades conflictivas típicas de los siglos XIX y XX, centurias de las revoluciones, las guerras civiles y las conflagraciones mundiales. Hay que reconocer que no todo conflicto se resuelve necesariamente mediante un consenso; basta con que existan reglas comúnmente aceptadas de solución, para encontrarnos frente al consenso básico que requiere la convivencia humana. Tampoco puede desconocerse que en ocasiones los conflictos son resueltos mediante actos y hechos de imposición, en los que la eficacia “conciliadora” debe atribuirse a la fuerza física y a la amenaza de su uso.Entre las Líneas En este último caso sin embargo, debemos distinguir entre la aplicación inconsulta o unilateral de la coacción, y el uso legítimo de la fuerza, “no legal de la coacción”, aceptada como ultima ratio por el derecho y por el acuerdo social que siempre precede a éste. Sartori, por su parte, niega que el “conflicto” sea el término adecuado para oponerlo a consenso; contundentemente, sostiene: “¿Por qué recurrir a un vocablo inevitablemente confuso, cuando «disenso» y «discrepancia» nos proporciona el enfoque apropiado y son realmente los complementos adecuados de consenso?”
En consecuencia, consenso se identifica con el agreement on fundamentals, tan bien desarrollado por Carl J. Friedrich en su obra La democracia como forma política y como forma de vida y, en buena medida, con el pacto originario o el contrato social de Juan Jacobo Rousseau. Esto significa igualmente que consenso, constitución y soberanía tienen vínculos aceptados muy estrechos que los identifican como elementos legitimadores del poder y la política, de lo que puede confirmarse que sin soberanía (en este caso popular), sin constitución (en este caso como acuerdo en lo fundamental) y sin consenso, no es posible la legitimación de origen del pueblo. Sólo porque el consenso es indispensable para la convivencia, es por lo que teóricamente no es posible sostener la existencia de una categoría para de sociedad efectiva, como tipo ideal.Si, Pero: Pero si en este caso “el conflicto” no significa necesariamente conflagración o guerra, ni aquella sociedad es necesariamente un agregado humano envuelto en la violencia, conflicto y consenso pueden ser considerados un binomio dialéctico ineludible en la sociedad humana.
Un cierto orden social o político
El consenso, igualmente, puede explicarse como el arreglo necesario para el establecimiento de un cierto orden social o político. Así, el pacto político de Hobbes o el contrato social de Rousseau pueden ser conciliados como manifestaciones de un consenso indispensable para salir del estado de naturaleza, aunque en el caso del filósofo inglés constituye la fórmula para evitar el conflicto permanente o el peligro de permanecer en él, mientras que en el ginebrino el consenso implica la aceptación de la única enajenación legítima, aquella por la cual el hombre pacta su libertad, pero sigue siendo tan libre como antes, o bien, la manera en que el individuo, al obedecer a la ley, se obedece así mismo.
La Enciclopedia Internacional de las Ciencias Sociales considera conceptualmente al consenso como la situación que guarda un sistema en un momento dado. La Enciclopedia de las Instituciones Políticas, por su parte, al reconocer “que el consenso está inextricablemente ligado al conflicto”, le atribuye “la mayor importancia como requisito previo para la dirección pacífica y ordenada de los asuntos socio-políticos; sin unas normas y unos valores generalmente aceptados -afirma-, ni la sociedad ni la comunidad política son posibles”. La idea del contrato social es útil para explicar el establecimiento de un régimen político, o el paso de un tipo de régimen a otro. De igual manera, el fenómeno de la transición política, o el plazo (véase más en esta plataforma general) de un tipo de régimen a otro. De igual manera, el fenómeno de la transición política ha de entenderse dentro de este contexto, lo cual distingue a la transición de la revolución. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto).Entre las Líneas En efecto, mientras que el consenso es el resultado o la conclusión de un proceso revolucionario, en el caso de la transición en su fuerza motriz o factor desencadenante.
Esto significa que sin consenso no es posible la transición en tanto cambio político, pacífico y pactado; pero también hay que aclarar que el pacto consensual no puede ser en ningún caso como la imposición o el producto de la rendición de un grupo en favor de otro. Desde la perspectiva anterior, el consenso es la fuerza o el poder constituyente de un nuevo régimen; pero éste, si es producto de un gran acuerdo en el que se establecen las bases sólidas del poder, su transmisión y su ejercicio, tiene que ser necesariamente un régimen democrático. La transición política, en consecuencia, o en transición a la democracia, o no en transición sino imposición, pues el consenso requiere en esta hipótesis el acuerdo entre fuerzas que se reconocen entre sí como esencialmente igualitarias. A este respecto Max Kaase (Enciclopedia de las Instituciones Políticas, p. 169), aclara: Aunque es concebible en los regímenes autoritarios y totalitarios, el consenso tiene una importancia especial en las comunidades políticas democráticas, donde surge de la libre voluntad de los ciudadanos y se establece como la única fuente de legitimación de los objetivos, procedimientos y resultados del proceso político.
Consenso Relativo
Si en una primera aproximación el consenso en el acuerdo social cerca de a) principios, valores y normas, y de b) ciertos objetivos y medios para lograrlo, es indudable que el consenso, (o la falta del mismo) nunca es absoluto, sino que lo objetivo es hablar siempre de cierto grado de consenso en una sociedad o en una parte importante de ella.Entre las Líneas En política puede hablarse del consenso relativo a los asuntos básicos del régimen, lo que en una teoría constitucional se llama las decisiones políticas fundamentales, y el consenso sobre los aspectos instrumentales. Así el federalismo, la democracia representativa, y la división de los poderes caerán en aquella categoría, mientras que los asuntos electorales o las cuestiones económicas formarán parte del último.
Puntualización
Sin embargo, puede darse el caso, como ocurre en el México contemporáneo, en el que la materia electoral y la política económica afectan las partes substanciales del sistema y constituyen por ello el tema primordial del consenso básico.
En las sociedades democráticas, es frecuente que más que el consenso, se valora la diversidad y el pluralismo y por ende la tolerancia.
Puntualización
Sin embargo, muchos de los valores, normas y aún objetivos y mecanismos institucionales para alcanzarlos cumplen funciones latentes, mientras que lo manifiesto está constituido por los conflictos y desacuerdos. Así, el consenso latente y el discurso manifiesto, con expresiones de las sociedades de masas contemporáneas y del manejo de la opinión pública por los medios de comunicación social. ¿Cuáles son, en consecuencia, los factores más importantes que influyen sobre el grado y extensión del consenso? Giacomo Sani, en el Diccionario de Política, identifica cinco elementos de orden general que influyen en la formación y mantenimiento del consenso en las sociedades pluralistas: el primero, en el grado de homogeneidad sociocultural de la sociedad, puesto que las “islas culturales” formadas por grupos étnicos, lingüísticos y religiosos generan por lo regular obstáculos al consenso. El segundo momento en la sucesión de un país dado de regímenes políticos sustancialmente distintos en cuanto a las reglas fundamentales de funcionamiento del sistema, como sucede cuando se pasa de un sistema autoritario a uno de tipo pluralista.
El tercer factor es el grado de congruencia o de discontinuidad o incongruencia de los mecanismos de socialización con los que se transmiten a las nuevas generaciones las orientaciones y valores. Es de advertirse, no obstante, que la socialización política, por la propia naturaleza de ésta, que encierra en sí misma la lucha y competencia por el poder, transmite no solo el bagaje del consenso, sino también el disenso que promueve el cambio. Por último el quinto elemento o factor del grado de consenso en la “dinámica de la interacción entre las distintas fuerzas políticas”, cuyo trabajo en esencia consiente en lograr la adhesión de grandes masas, buscando en unos casos que se adopte el disenso respecto de una fuerza o ideología gobernante, o promoviendo la aceptación y continuidad del grupo gobernante y del consenso que representa.
Funciones
La existencia de valores ampliamente compartidos se coloca, por lo tanto, -dice Giacomo Sani- como un elemento fundamental de solidaridad; constituye, por así decir, un aspecto importante del tejido conectivo de una sociedad. Una segunda función del consenso es la de contener o reducir el recurso a la violencia como mecanismo de resolución de las controversias. Por fin, el consenso puede ser visto -afirma-, como factor de cooperación, como elemento que refuerza al sistema político y ayuda a una sociedad a superar momentos de dificultades como, por ejemplo, en el caso de guerras o de crisis económicas. Cuando Rousseau afirmaba que nadie tiene derecho a gobernar a otro a menos que éste manifieste su aceptación para que así sea, no solo enaltecía el principio de la igualdad naturalracional de todos los individuos, ni únicamente sustentaba las bases del sufragio (el derecho al voto) universal, sino que ponía los cimientos teóricos de lo que implica el gobierno por consentimiento, o sea, aquel que resuelve que el derecho a gobernar de unos, tenga como contrapartida el deber de obediencia de todos. A ese respecto, Sartori (1991) explica:.. aquellos gobiernos que han sido elegidos, que reflejan las opiniones del electorado y que son, además, considerados responsables (a través de la repetición de elecciones libres) ante sus electorados, pueden denominarse -sin forzar excesivamente el significado- gobiernos a los que se ha otorgado consentimiento. La última condición de Sartori al respecto es la siguiente: Si la democracia concede como lo hace el derecho de decidir su destino a todo el pueblo, las opiniones que indican un consenso general o, a la inversa, un disenso general respecto al gobierno son las expresadas por los votantes en general en las elecciones, y solamente vía elecciones (pp. 120-121).
En el marco de las sociedades democráticas y dentro de éstas en el ámbito de la política, las elecciones son la expresión suprema del consenso, momento en que se manifiesta y se ejerce la Soberanía popular. Esto quiere decir que ningún acuerdo o convención, por más representativo que parezca, puede superar las elecciones en materia de consenso que logran las elecciones y las votaciones. Por ello, cuando los partidos políticos, por conducto de sus élites dirigentes, formulan y adoptan acuerdos sin la sanción del electorado en una votación que exprese la opinión de éste al respecto, lo que hacen es formar un consenso parcial, coyuntural, imperfecto, que necesita la sanción fiscal del sufragio (el derecho al voto). No implica necesariamente el ejercicio del referéndum o el plebiscito, sino de una elección que suponga que el electorado discierne los mejores medios para alcanzar objetivos y realizar valores. Aclaremos, sin embargo, que el consenso puede identificar valores y objetivos que no requieren de una decisión electoral, puesto que provocan la unanimidad de las voluntades políticas expresadas por los partidos.Entre las Líneas En este caso, el consenso debe de expresarse en leyes y convertirse en el acuerdo de los grupos parlamentarios que actúan en los poderes legislativos.
Objetos
Conviene por lo anterior, repetir las precisiones con las que Sartori define el consensus-aceptación, que implica compartir cuando menos tres posibles objetos:
- Valores fundamentales (tales como la libertad y la igualdad), que estructuran el sistema de creencias;
- reglas del juego, o procedimientos;
- gobiernos y políticas gubernamentales específicas.
Estos objetos de consenso y de disenso agrega pueden convertirse respectivamente, siguiendo a Easton, en tres niveles de consenso:
- Consenso a nivel de comunidad, o consenso básico;
- consenso a nivel de régimen, o consenso procedimental;
- consenso a nivel de acción política, o “consenso político” (Teoría de la democracia, 1991, pp. 121-126).
1o. El consenso básico implica que una sociedad política determinada comparte en su totalidad los mismos valores y fines valorativos, o sea, posee una “cultura política homogénea” (ALMOND, 1970), sin la cual “funcionará como una democracia frágil y con dificultades”.
2o. El consenso procedimental establece las llamadas reglas del juego, acerca de la adquisición y ejercicio del poder y de “cómo deben de resolverse los conflictos”. Sartori enuncia un principio que es fundamental: “Realmente afirma, las guerras civiles y las resoluciones terminan cuando el ganador establece qué regla (aunque sea solamente qué gobernante) solventará pacíficamente los conflictos.Entre las Líneas En una democracia concluye, esta regla es la de la mayoría”. El propio Sartori agrega: “Si no se acepta el principio de mayoría, o al menos se le presta conformidad, lo que se acepta es la democracia como régimen” (op. cit., p. 124).
3o. El consenso sobre la acción política y los gobiernos implica la aceptación de que en la democracia lo esencial es el “gobierno mediante la discusión”, o como afirma Sartori: “Este es el contexto en el que la discrepancia, el disenso y la oposición surgen como elementos caracterizadores de la democracia.” el ejercicio del consenso, fuera de las sociedades democráticas y estables, o sea, más allá de las democracias paradigmáticas, es el factor carnal de las mutaciones políticas de este fin de siglo. Esto tiene que ver con las llamadas transiciones (Véase también, en relación a este tema, la siguiente entrada en la presente plataforma: transición política) a la democracia, procedimientos pacíficos mediante los cuales se han producido cambios de los regímenes políticos de numerosas sociedades, entre las que sobresale el caso de España. Este fenómeno de intensa y acelerada democratización fue popularizado por Samuel P. Huntington con el nombre de la tercera ola de la democracia: “La ola que inundó el mundo entre 1974 y los finales de la década de los ochenta, y condujo a la democratización de unos 30 países”. (Giuseppe di Palma, Las transiciones a la democracia, 1993, quien agrega: “La tercera ola se inició en Europa meridional, donde la democratización demostró ser más fácil, y se trasladó a América del Sur, y de allí a las casas más difíciles de América Central y Europa del este”). Aunque estos procesos de democratización no estuvieron exentos del todo de manifestaciones violentas, en todos ellos operó el consenso como instrumento eficiente de construcción de nuevos regímenes políticos, o como expresión de la ingeniería democrática que desarrolla J. Francisco Ruiz Massieu (op. cit., pp. 271-280).
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
El significado de “consenso” en la toma de decisiones internacionales y los Tratados
Los antiguos romanos tenían un dicho: qui tacet consentire videtur. No significa que en todos los casos no decir nada signifique consentimiento, pero sí dice que en algunos casos se puede interpretar de esa manera. A la inversa, si alguien se opone explícitamente a una decisión, entonces claramente -según algunas interpretaciones- no hay consenso.
El 28 de marzo de 2013, los negociadores en la Conferencia Diplomática Final de la ONU sobre el Tratado de Comercio de Armas no adoptaron el Tratado de Comercio de Armas por consenso. Unos días más tarde, el Tratado de Comercio de Armas fue adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas (por una votación de 154 votos a favor, tres en contra y 23 abstenciones; para una descripción realmente útil de las negociaciones, consulte el Blog Legal del Tratado de Comercio de Armas).Entre las Líneas En la Conferencia Diplomática, las reglas de procedimiento requerían que el tratado fuera adoptado por “consenso”.
Puntualización
Sin embargo, al final de esa conferencia, Siria, Irán (véase su perfil, la Economía de Irán, la Historia Iraní, el Presidencialismo Iraní, las Sanciones contra Irán, la Bioética en Irán, los Problemas de Irán con Estados Unidos, el Derecho Ambiental en Irán, el Derecho Civil Iraní, el Nacionalismo Iraní, los Activos Iraníes, la Diplomacia Iraní, el Imperio Sasánida, los medos, los persas y el Imperio Selyúcida) y Corea del Norte objetaron el texto. Luego hubo una discusión sobre si la objeción de estos tres Estados podría obstaculizar la adopción del tratado por consenso, y algunos Estados opinaron que la aceptación del texto por la mayoría abrumadora de Estados era suficiente para establecer un consenso a pesar de La oposición expresada de tres estados.
Puntualización
Sin embargo, el Presidente de la Conferencia dictaminó que no había consenso y que el tratado no podía ser adoptado.
Las disputas sobre el significado de “consenso” tienen una importancia amplia para la toma de decisiones con respecto a los tratados y en otras conferencias internacionales. Desde la década de 1970, en muchas conferencias diplomáticas importantes se ha convertido en una práctica habitual que las decisiones se toman, en la medida de lo posible, por consenso. Si bien este dispositivo de procedimiento es ubicuo, además de ser importante para la forma en que se hace el derecho internacional, los argumentos en la conferencia de ATT ponen de manifiesto la ambigüedad que se encuentra en el corazón de este concepto. No hay consenso sobre el significado de “consenso”. El procedimiento de consenso es un dispositivo importante para lograr un acuerdo amplio sobre tratados internacionales.
📬Si este tipo de historias es justo lo que buscas, y quieres recibir actualizaciones y mucho contenido que no creemos encuentres en otro lugar, suscríbete a este substack. Es gratis, y puedes cancelar tu suscripción cuando quieras: Qué piensas de este contenido? Estamos muy interesados en conocer tu opinión sobre este texto, para mejorar nuestras publicaciones. Por favor, comparte tus sugerencias en los comentarios. Revisaremos cada uno, y los tendremos en cuenta para ofrecer una mejor experiencia.Una Conclusión
Por lo tanto, es importante tener algo de claridad sobre lo que significa.
México dijo que la gran mayoría de los Estados estaban en condiciones de adoptar el texto del tratado. México sugirió proceder a la adopción del texto ya que no existe una definición establecida del término “consenso” en las Naciones Unidas. Nigeria apoyó a México. Japón también apoyó a México. Costa Rica luego apoyó la declaración de México. Chile luego apoyó la declaración de México. Colombia apoyó “resueltamente” a México.
Autor: Black
Consenso en el Derecho Parlamentario
[rtbs name=”parlamentarismo”] Nota: Un análisis sobre este tema, referido a México, está contenido en la plataforma digital mexicana.Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Véase También
- Teoría del Derecho Natural
- Teoría del Derecho Divino
Bibliografía
BOBBIO, Norberto y Nicola Mateucci, Diccionario de Política, Siglo XXI, México, 1987.
Enciclopedia de las Instituciones Políticas, Alianza Editorial, Madrid, 1991.
Enciclopedia Internacional de las Ciencias Sociales, Ricardo Méndez Silva (comp.), Tendencias del cambio democrático, UNAM, Coordinación de Humanidades, México, 1994.
GIOVANNI, Sartori, Teoría de la Democracia 1. El debate contemporáneo, Alianza Editorial, Madrid, 1988, Patria, México, 1991.
Las transiciones a la democracia, Cambio XXI, Fundación Mexicana, Miguel çngel Porrúa, México, 1993.
MOLINER, María, Diccionario de Uso del Español, Gredos, Madrid, 1990.
▷ Esperamos que haya sido de utilidad. Si conoces a alguien que pueda estar interesado en este tema, por favor comparte con él/ella este contenido. Es la mejor forma de ayudar al Proyecto Lawi.
Esta contribución señala acertadamente una diferencia importante entre el consenso y la votación en el segundo párrafo anterior. Esta diferencia se refiere a su impacto distintivo en el equilibrio entre estados poderosos e impotentes.
Votar da a los estados sin poder, por lo demás, una herramienta importante para ir contra los deseos de los estados poderosos. Esto es particularmente cierto cuando la votación se realiza a través de una votación secreta, como es la práctica de muchas decisiones en la Conferencia de las Partes en la CITES. Si bien esto puede detener el ‘progreso’, también asegura que SI se toma una decisión, es realmente respaldada por una gran mayoría, no solo aceptada. Al mismo tiempo, un mero puñado de estados no puede prohibir un acuerdo, como ocurre con el consenso.
El consenso, por otro lado, permite a los estados poderosos impulsar sus agendas en las salas de espera, lo que lleva a un único texto de “tómalo o déjalo”, mientras que ellos mismos siempre pueden detener el acuerdo, como muestra el ejemplo de Rusia y el TCA. .
Schachter ya señaló en 1984 que la toma de decisiones por consenso conduciría a los acuerdos de mínimo común denominador: Schachter, Oscar, “La naturaleza y el proceso de desarrollo legal en la sociedad internacional” en DM; MacDonald, R. St.J .; Johnston (ed), The Structure and Process of International Law (Martinus Nijhoff Publishers 1983), 745.
Prefería no tener ningún acuerdo legal en absoluto, hasta que se negociara algo que representara obligaciones reales, en lugar de la simple apariencia de un acuerdo.
Para cuestiones ambientales, el teórico del juego Scott Barrett ha observado que cuando hay 29 contaminadores, solo 16 partidos de los tratados que se comprometen a “reducir” la contaminación son necesarios para lograr un mejor resultado promedio para todos. Es mejor tener una verdadera cooperación que realmente conduzca al cumplimiento por un número mínimo de estados necesarios, que una cooperación vacía por parte de todos los estados.
El consenso y la votación, ambas palabras, si se toman, en general, denotan dos procedimientos diferentes. Se utiliza el “consenso” cuando existe un acuerdo generalizado. Si todos y cada uno de los presentes en una reunión están de acuerdo con un asunto, se dice que tienen un consenso. la votación por otra parte es un procedimiento a través del cual las partes dan su consentimiento mediante la emisión de votos y el asunto se decide de acuerdo con el número de votos.
En la ley, el significado de una palabra depende de su interpretación. Una palabra puede interpretarse en un sentido más estrecho y en un sentido más amplio, pero no se le debe dar un significado para cambiar su naturaleza por completo.
Entonces, en gran medida, el significado de una palabra depende de la intención del legislador. Si seguimos la misma regla en el escenario actual en el que el reglamento de la Conferencia Diplomática requiere que el tratado se adopte por consenso, el Presidente de la conferencia dictaminó acertadamente que el tratado no podía ser adoptado porque no había consenso.
El consenso no es algo artificial. Incluso una sola objeción expresa puede destruir todo. No debemos engañarnos a nosotros mismos. El consenso puede no estar bien definido, pero se puede sentir absolutamente. Además, creo que el consenso tiene poco valor en sí mismo porque hay un buen sistema de votación que es más transparente que el consenso. Sin embargo, es una buena señal de establecer la opinio juris necesaria para la creación del derecho internacional consuetudinario y, por ello, es valiosa.
Y es que es bastante interesante que México no permitiera temporalmente la adopción, por consenso, del informe de la Conferencia porque una delegación (México) no estuvo de acuerdo con algunas enmiendas de Irán.
El desacuerdo fue obviamente político, nunca ha habido un significado explícito, escrito y acordado sobre el consenso dentro de las Naciones Unidas, aunque sí en los Organismos Especializados, como lo citó el Embajador de Siria.
Pero el consenso, al menos en inglés, significa sin objeción.
El consenso es, de hecho, algo diferente del acuerdo unánime. Permítanme citar la opinión de Kooijman sobre la diferencia: un acuerdo unánime es cuando todos están a favor, existe un consenso cuando todos pueden vivir con los resultados. Esto se puede hacer operativo al permitir que el presidente formule la decisión y tome nota (sinceramente) de que nadie ha pedido ser escuchado.
Que haya casos en que esto no se haya aplicado no hace que este enfoque sea menos práctico. De lo contrario, se abre una lata de gusanos (¿qué es una mayoría abrumadora? ¿Se presumen excepciones para los miembros del consejo de seguridad? ¿O para los estados especialmente afectados?)
Cuando un pequeño número de estados impide el consenso, ese no es el fin del mundo. Simplemente significa que el consenso no es el mejor procedimiento para ser utilizado en tal caso. Adoptar un tratado por consenso al menos abre la esperanza de que todos los presentes lo ratifiquen. Cuando el Presidente, en el caso del TCA, declaró su consenso mientras estaba claro que no había ninguno, casi no puedo pensar que esto hubiera inducido a Siria a ratificarlo. Solo significaría que el consenso había perdido su significado y que habría que inventar un nuevo término.
El derecho de los tratados americanos tiene sus diferencias con el derecho internacional general. El derecho internacional general se ha trasladado a la posición estadounidense sobre reservas, debido a la Opinión Consultiva sobre Reservas a la Convención sobre el Genocidio. Pero para el concepto de consenso por mayoría, en mi opinión aún no es el caso, y quizás sea mi edad, pero prefiero la situación actual.
El artículo IX: 1 y 1 del Acuerdo sobre la OMC define el consenso a los efectos de las decisiones de la OMC. Establece que “Se considerará que el órgano en cuestión ha decidido por consenso sobre un asunto sometido a su consideración, si no hay un Miembro presente en la reunión cuando se toma la decisión, se opone formalmente a la decisión propuesta”.
Quizás menos conocido, el significado de ‘consenso’ en el Tratado de la Comunidad del África Oriental se consideró judicialmente en la Opinión Consultiva 1/2008 de la Corte de Justicia de África Oriental. El Tribunal decidió que el “consenso” no implicaba unanimidad, ni en general ni en el contexto del Tratado AEC. El Tribunal basó este entendimiento en una variedad de fuentes que incluyen, en particular, Wikipedia.