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Derecho Romano

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Derecho romano, conjunto formado por las disposiciones jurídicas y el sistema legal desarrollado en Roma desde la primera compilación de leyes, conocida como la Ley de las Doce Tablas, en el año 450 a.C., hasta la muerte de Justiniano I, soberano del Imperio bizantino, en el año 565 d.C. De […]

Orden de Sucesión Hereditaria

Europa

Esta entrada ofrece información sobre el orden de sucesión hereditaria. El derecho de sucesiones es algo más que la ley que asigna el patrimonio de una persona a sus sucesores. Todo régimen sucesorio regula también el orden de sucesión. La posición del primer heredero se corresponde con la expectativa del heredero posterior de obtener la herencia cuando se produzca el momento o acontecimiento que desencadene la sucesión posterior. Una vez que esto ha sucedido, el interés futuro del heredero posterior se consolida; el heredero posterior se convierte en heredero ipso iure del testador y obtiene la herencia.

Derecho de Sucesión en Europa

Europa

Esta entrada ofrece información sobre el derecho de sucesión para los europeos y para los extranjeros residentes y sus familias con bienes dentro y fuera de Europa. También se examinarán las estructuras reglamentarias en Europa, las funciones e historia de la parte obligatoria, las tendencias en el desarrollo de la ley y su evolución social. En los sistemas jurídicos europeos, la indignidad para heredar constituye un motivo de exclusión de la sucesión. Pero las consecuencias jurídicas difieren. Una persona indigna de heredar puede ser excluida tanto de la sucesión testamentaria como de la intestada, pasando la herencia al siguiente beneficiario en la línea sucesoria (Alemania). O la indignidad para heredar puede ser un caso de incapacidad relativa para heredar, como en Inglaterra, Austria, España, Suiza y Portugal.

Sucesión Intestada

Social

Cuando una persona fallece intestada, la ley del estado en el que el difunto tenía su domicilio rige la disposición de sus bienes. Normalmente, el cónyuge superviviente y los hijos reciben la totalidad del patrimonio. Si no hay cónyuge superviviente ni hijos, otros parientes (incluidos padres, nietos y hermanos) se incluyen entonces en el reparto. La finalidad de un fideicomiso es permitir que una persona controle la disposición de sus bienes tras su fallecimiento haciendo que los tenga una parte, el fideicomisario, en beneficio de otra, el beneficiario. Los dos tipos de fideicomisos son el fideicomiso testamentario, que se crea mediante un testamento, y el fideicomiso activo, que se establece mientras el fideicomitente aún vive. El fideicomisario tiene el deber fiduciario de administrar los bienes según los deseos del fideicomitente, de acuerdo con la legislación mercantil de Estados Unidos. Los poderes suelen incluir la capacidad de vender, intercambiar o alquilar la propiedad; tomar prestados fondos; contratar con otros en asuntos relacionados con el fideicomiso; y distribuir los ingresos a los beneficiarios. Los deberes incluyen mantener registros de la propiedad, proporcionar una contabilidad completa de la propiedad fiduciaria y utilizar el buen juicio. Sucesión intestada es la falta de testamento se abre la sucesión legal o intestada. Ésta es, por regla general, una sucesión universal: en ella la ley nombra herederos. En los ordenamientos antiguos la sucesión legal tuvo un papel importante.

Derecho Romano-Neerlandés

Europa

El derecho romano-neerlandés fue una de las manifestaciones del florecimiento intelectual y cultural de los Países Bajos unidos durante el siglo XVII. Una de las razones más importantes del dominio del derecho neerlandés en el conjunto de los Países Bajos fue el prestigio y la autoridad particular de sus tribunales. Esta concentración de talento jurídico, así como de práctica judicial y de opiniones jurídicas eruditas en la provincia de Holanda, condujo naturalmente a que el derecho de Holanda se convirtiera en un foco central de las actividades eruditas. La aparición del “Inleiding tot de Hollandsche Rechtsgeleertheyd” de Hugo Grotius (1583-1645) en 1631 es particularmente importante a este respecto. El “Inleiding” fue la primera obra que trató el derecho, tal y como se practicaba en la República de Holanda, de forma sistemática (libros de texto institucionales). Se redactó en neerlandés y no en latín, y tuvo éxito entre otras cosas porque ofrecía una exposición original, clara y concisa, lo que supuso un bienvenido contraste con las habituales y prolijas discusiones sobre las antigüedades jurídicas romanas. El “Inleiding” fue un éxito inmediato y rotundo, alcanzando cinco ediciones en el mismo año de su publicación. Convirtió a Hugo Grocio, en cierto sentido, en el padre intelectual del derecho romano-neerlandés y, por tanto, más en general, del “usus modernus” del derecho romano en los Países Bajos.

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