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Margen de Apreciación en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos

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El “margen de apreciación” (MA) es un medio principal a través del cual el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) a veces se somete a los procesos democráticos y judiciales nacionales de los Estados miembros. La doctrina refleja la precaria posición política de un tribunal constitucional supranacional encargado de aplicar los “derechos humanos” que se enmarcan en el Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH) (también denominada “Convención”) en términos generales y universales a las diferentes formas institucionales y concepciones culturales de la democracia en los Estados signatarios. Al reconocer un MA apropiado sobre cómo se entienden estos derechos en los diferentes países, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos lucha esencialmente por equilibrar el papel legítimo del autogobierno democrático en los Estados miembros con las demandas legítimas de los derechos humanos y el Convenio Europeo de Derechos Humanos. Dicho de otro modo, el margen de apreciación refleja la opinión del tribunal de que no todos los derechos humanos reconocidos en el CEDH deben entenderse como universales, al menos en su aplicación. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha identificado una variedad de factores específicos que influyen en la forma en que aplica el margen de apreciación, que se describen aquí.

Doctrina Jurídica

Conjunto de pensamientos y trabajos que explican e interpretan el contenido de las normas jurídicas. El término doctrina (denominado jurisprudencia en países como Estados Unidos y Canadá) significa literal y tradicionalmente práctica sobre el derecho. La entrada esboza la historia de la literatura académica jurídica y la relación del derecho con otras disciplinas académicas. En primer lugar, se revisa la jurisprudencia y los estudios doctrinales entre 1900 y 1970, comenzando por el formalismo jurídico, pasando por sus principales críticas, el realismo jurídico y el positivismo jurídico, y concluyendo con la rehabilitación del derecho como un cuerpo doctrinal coherente. Entre 1970 y 1985, el Movimiento de Derecho y Economía y el Movimiento de Estudios Jurídicos Críticos atacaron aún más el concepto de derecho. Entre los acontecimientos de finales del siglo XX y principios del XXI se incluyen la economía posterior a la Escuela de Chicago, la “erudición externa” (por ejemplo, la teoría feminista y de la raza crítica), una forma revisada de la literatura académica jurídica “estándar” y el aumento de los estudios jurídicos sociojurídicos y empíricos.

Investigación Jurídica usando Enciclopedias

Los países de Common-Law comparten una tradición de publicar grandes enciclopedias de investigación legal que se convirtieron, y permanecen hoy, como las obras de referencia autorizadas e imprescindibles donde se practica el derecho inglés”. Éstos incluyen enciclopedias de (forms and precedents) formas y precedentes, y las enciclopedias basadas en el modelo de Halsburys Laws of England y el English and Empire Digest. Más recientemente, la lista tradicional de enciclopedias se ha ampliado para incluir citaciones del caso (case citations), citaciones de las leyes (statute citations) y palabras y frases (words and phrases).

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