Censuras
Varias constituciones pueden proclamar la prohibición de la censura, pero al mismo tiempo establecen amplias restricciones a la libertad de expresión o atribuyen poderes excesivos a sus Juntas de Censura o Juntas de Clasificación nacionales y otros organismos públicos encargados de examinar las expresiones artísticas y culturales antes de su publicación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). La existencia de esos organismos se considera generalmente legítima, aunque en algunos casos esas facultades de clasificación incluyen incluso el examen de los productos culturales importados. En el contexto europeo, el TEDH ha contribuido a aclarar que la censura no consiste únicamente en restricciones previas (censura stricto sensu), sino también en restricciones excesivas, incluidas las leyes penales sobre difamación y las multas y castigos desproporcionados. Sin embargo, los casos de interés público, como la protección de la infancia y la obligación de castigar la incitación al odio, pueden privar del derecho a la libertad de expresión e incluso imponer responsabilidad a los particulares, incluidos los proveedores de servicios en línea (Delfi; Google España). En los Estados Unidos, en cambio, la protección de la libertad de expresión es singularmente sólida, ya que prohíbe las restricciones neutras en cuanto al contenido, aunque la restricción previa puede ser igualmente legítima en circunstancias excepcionales.