Poder de representación, acto y documento en el que éste se hace constar, por el cual una persona faculta a otra para que actúe en su lugar y proceda como su representante. Se aplica el concepto en varios sentidos, incluyendo como acto jurídico a través del cual el representado (o poderdante) concede a otra persona autoridad de representación. us normas sobre la poder de representación se han modificado en algunos aspectos en comparación con la Edición preliminar. En los sistemas jurídicos nacionales, el poder del mandatario se aborda, a diferencia del efecto de representación, sin grandes divergencias. El poder puede otorgarse de forma expresa o implícita, de modo que se infiera de las circunstancias. Dicha inferencia puede extraerse principalmente cuando un mandante nombra a otra persona para un cargo que generalmente implica la conclusión de transacciones en nombre del mandante. Muchos sistemas jurídicos (por ejemplo, Austria, Alemania, Italia, los países nórdicos y Suiza) cuentan con disposiciones legales específicas sobre este tipo de poder de representación. No siempre es fácil para los terceros verificar si la persona con la que tratan está autorizada en absoluto y actúa dentro del ámbito de su poder de representación. Puede resultar especialmente difícil cuando la poder de representación no es abstracta del contrato subyacente, y toda limitación en la relación interna restringe también los poderes del agente frente a terceros. Por lo tanto, un tercero puede, en todas partes, confiar razonablemente en la apariencia de poder de representación bajo ciertas condiciones.