Este texto se ocupa de los accidentes laborales. La remisión a la comisión de recursos amistosos del organismo de la seguridad social debe producirse, bajo pena de exclusión, en el plazo de dos meses a partir de la notificación de la resolución impugnada. Esta decisión se notifica al empresario si se reconoce el carácter laboral del accidente del trabajador. Cuando el empresario no ha impugnado el carácter profesional de un accidente de trabajo, la decisión del organismo puede pasar a ser definitiva para el empresario. Y si el trabajador interpone una demanda ante un tribunal de la Seguridad Social para que se reconozca la culpa inexcusable del empresario, la ejecutabilidad frente al empresario de la decisión de asumir la responsabilidad del accidente no priva, sin embargo, al empresario, cuya culpa inexcusable se pretende, del derecho a impugnar el carácter laboral del accidente. Asimismo, en caso de reservas motivadas por parte del empresario, cuando, antes de tomar una decisión, la Caja envía al empresario y a la víctima de un accidente de trabajo o de una enfermedad profesional un cuestionario sobre las circunstancias o la causa del accidente o de la enfermedad, o si realiza una investigación o considera necesario adoptar una medida de investigación, pero no envía este cuestionario al empresario, la decisión de cubrir el accidente en cuestión no puede ser ejecutada contra este último. Se regula exclusivamente el procedimiento aplicable a la asunción de responsabilidad por un accidente de trabajo, una enfermedad profesional o una recaída en el marco de la legislación laboral. En consecuencia, si el empresario puede alegar, en defensa de la acción de reconocimiento de la culpa inexcusable interpuesta por la víctima o sus herederos, que el accidente, la enfermedad o la recaída no son de origen laboral, no tiene derecho a impugnar la decisión de cubrir el accidente, la enfermedad o la recaída por parte de la caja de enfermedad primaria en virtud de la legislación sobre riesgos laborales.