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Consecuencias de la Violencia Sexual en el Conflicto Armado

Este texto se ocupa de las consecuencias de la violencia sexual en el conflicto armado. El estatuto por el que se establece una Corte Penal Internacional permanente, adoptado por la conferencia diplomática de las Naciones Unidas en Roma el 17 de julio de 1998, otorga jurisdicción para perseguir la violación, la prostitución forzada, la esclavitud sexual, el embarazo forzado, la esterilización forzada y otras formas de violencia sexual de gravedad comparable. (Los tribunales de Yugoslavia y Ruanda han señalado que otras formas de violencia sexual incluyen el matrimonio forzado, el aborto forzado, la mutilación sexual y la humillación con estos fines, etc). Los crímenes pueden ser perseguidos tanto durante la guerra como durante la paz, si son de naturaleza generalizada o sistemática. El Estatuto de la CPI también reconoce la persecución relacionada con el género y la trata de mujeres y niños. Así, desde que se creó el tribunal para Yugoslavia en 1993, los avances en materia de crímenes relacionados con el género no han tenido precedentes. El Tribunal de Ruanda sostuvo que la violación de mujeres tutsis “fue sistemática y se perpetró contra todas las mujeres tutsis y únicamente contra ellas”. La sala de primera instancia concluyó que, si se realizan con la intención de destruir a un grupo protegido en su totalidad o en parte, “la violación y la violencia sexual constituyen un genocidio de la misma manera que cualquier otro acto”.

Intención Criminal

Este texto se ocupa de la intención criminal. Los términos deliberado y gratuito incluyen los actos intencionados o deliberantes y también los casos de imprudencia. La responsabilidad penal no se limita a los actos positivos. Puede surgir en caso de omisión de un acto cuando existe el deber de hacerlo y la omisión se produce con la intención de que se produzcan las consecuencias o se debe a la imprudencia sobre dichas consecuencias. En el Comentario del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) sobre los Protocolos Adicionales, el dolo se explica así: el acusado debe haber actuado conscientemente y con intención, es decir, con la mente puesta en el acto y sus consecuencias y queriéndolas… : esto abarca los conceptos de “dolo” o “imprudencia”, a saber, la actitud de un agente que, sin estar seguro de un resultado concreto, acepta la posibilidad de que se produzca; en cambio, no se incluye la negligencia ordinaria o la falta de previsión, es decir, cuando un hombre actúa sin tener su mente en el acto o sus consecuencias. Sin embargo, la negligencia puede ser suficiente para la adopción de medidas disciplinarias con arreglo a la legislación nacional. El estatuto de la Corte Penal Internacional especifica que un acusado sólo puede ser condenado si su delito fue cometido “con intención y conocimiento”. Un acusado tiene intención si, en relación con la conducta, “tiene la intención de realizarla” y, en relación con una consecuencia, “tiene la intención de causar esa consecuencia o es consciente”.

Espionaje de los Rosenberg

La administración de Truman, supuestamente liberal, incluyó en su lista a cualquier grupo sospechoso de deslealtad. La pareja estadounidense Julius (1918-53) y Ethel Rosenberg (1915-53) fueron condenados por entregar secretos de la bomba atómica a los rusos, a pesar de que los testigos no eran fiables, y fueron ejecutados ante la protesta mundial. El Comité de Actividades Antiamericanas de la Cámara de Representantes interrogó a los estadounidenses sobre sus simpatías. El presidente del Tribunal Supremo repitió la doctrina del “peligro claro y presente” utilizada para perseguir a los disidentes en la Primera Guerra Mundial. Como civiles, fueron acusados de espionaje de armas para la Unión Soviética. Declaraciones posteriores y documentos desclasificados de los archivos de la Unión Soviética y del FBI indican que las acusaciones de espionaje armamentístico contra Julius Rosenberg estaban justificadas, pero que sus actividades no podían contribuir en absoluto al desarrollo de la bomba atómica soviética. Ethel Rosenberg era la compañera de vida de Julius y una simple confidente ideológicamente leal. Su hermano David Greenglass la incriminó con una declaración falsa para desviar la atención de él mismo y de su esposa por sus propias actividades de espionaje para el proyecto de la bomba atómica soviética antes de que se le impusieran penas más duras. A pesar de las enérgicas protestas nacionales e internacionales, incluidas las del Papa Pío XII, Jean-Paul Sartre, Albert Einstein, Pablo Picasso, Fritz Lang, Bertolt Brecht y Frida Kahlo, ambos fueron condenados a muerte el 5 de abril de 1951 y ejecutados en la silla eléctrica el 19 de junio de 1953 en la prisión estatal de Sing Sing, en Nueva York. No fue hasta décadas más tarde cuando salieron a la luz informaciones y declaraciones de funcionarios estadounidenses de la época que señalaban la violación de importantes principios del Estado de Derecho en el proceso judicial.

Tribunales de Crímenes de Guerra

El movimiento para construir instituciones y regímenes que permitan el enjuiciamiento internacional de aquellos individuos que han cometido genocidio, crímenes de guerra (la Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad fue adoptada en Nueva York, el 26 de noviembre de 1968 por la Asamblea General en su resolución 2391 (XXIII) y entró en vigor el 11 de noviembre de 1970, de conformidad con el artículo VIII; véase también la información sobre los delitos o crímenes de lesa humanidad y acerca de los crímenes contra la humanidad) y otros crímenes contra la humanidad se ha convertido en una fuerza destacada en la política internacional contemporánea. Es de suponer que las modernas leyes de la guerra impedirían que Alejandro Magno castigara a los ciudadanos de Tiro por su resistencia (crucificó a 2.000 jóvenes, colocándolos a lo largo de la carretera principal a lo largo de la costa libanesa) o la “solución final” romana a la percepción de la amenaza que presentaba Cartago (“Cartago delenda est”, o “Cartago debe ser destruida”). Tal vez los primeros juicios modernos fueron los de individuos (bonapartistas acusados de traición) que ayudaron a Napoleón a escapar del exilio en Elba y luego se unieron en los Cien Días en los que intentó recuperar el poder. Como señaló un comentarista reciente, en cambio, en el siglo XX, los tribunales internacionales de crímenes de guerra (la Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad fue adoptada en Nueva York, el 26 de noviembre de 1968 por la Asamblea General en su resolución 2391 (XXIII) y entró en vigor el 11 de noviembre de 1970, de conformidad con el artículo VIII; véase también la información sobre los delitos o crímenes de lesa humanidad y acerca de los crímenes contra la humanidad) se han convertido en “un fenómeno moderno recurrente con patrones discernibles”. 1 Nuremberg es el modelo, pero Leipzig y Constantinopla después de la Primera Guerra Mundial; los menos conocidos juicios de Tokio después de la Segunda Guerra Mundial; los tribunales ad hoc para Ruanda, Sierra Leona y la antigua Yugoslavia; y la Corte Penal Internacional (CPI) permanente también necesitan ser examinados.

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