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Accidente Laboral

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Accidente Laboral

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Visualización Jerárquica de Accidente laboral

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Asuntos Sociales > Demografía y población > Demografía > Mortalidad > Mortalidad profesional
Asuntos Sociales > Sanidad > Política sanitaria > Organización sanitaria > Prevención de accidentes
Asuntos Sociales > Protección social > Seguridad social > Prestación social > Seguro de accidentes de trabajo

Accidente laboral

A continuación se examinará el significado.

¿Cómo se define? Concepto de Accidente laboral

Véase la definición de Accidente laboral en el diccionario.

Noción de Accidente de Trabajo / Accidente Laboral en el Contexto del Mercado de Trabajo

En relación a las relaciones laborales españolas, accidente de trabajo / accidente laboral ha sido definido [1] de la siguiente forma: 1. Se entiende por accidente de trabajo toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena.

Noción Alternativa

2. Tendrán la consideración de accidentes de trabajo:

a) Los que sufra el trabajador al ir o al volver del lugar de trabajo.

b) Los que sufra el trabajador con ocasión o como consecuencia del desempeño de cargos electivos de carácter sindical, así como los ocurridos al ir o al volver del lugar en que se ejerciten las funciones propias de dichos cargos.

c) Los ocurridos con ocasión o por consecuencia de las tareas que, aun siendo distintas a las de su categoría profesional, ejecute el trabajador en cumplimiento de las órdenes del empresario o espontáneamente en interés del buen funcionamiento de la empresa.

d) Los acaecidos en actos de salvamento y en otros de naturaleza análoga, cuando unos y otros tengan conexión con el trabajo.

Significado Alternativo

e) Las enfermedades, no incluidas en el artículo siguiente, que contraiga el trabajador con motivo de la realización de su trabajo, siempre que se pruebe que la enfermedad tuvo por causa exclusiva la ejecución del mismo.

▷ En este Día de 25 Abril (1809): Firma del Tratado de Amritsar
Charles T. Metcalfe, representante de la Compañía Británica de las Indias Orientales, y Ranjit Singh, jefe del reino sij del Punjab, firmaron el Tratado de Amritsar, que zanjó las relaciones indo-sijas durante una generación. Véase un análisis sobre las características del Sijismo o Sikhismo y sus Creencias, una religión profesada por 14 millones de indios, que viven principalmente en el Punjab. Los sijs creen en un único Dios (monoteísmo) que es el creador inmortal del universo (véase más) y que nunca se ha encarnado en ninguna forma, y en la igualdad de todos los seres humanos; el sijismo se opone firmemente a las divisiones de casta. Exatamente 17 años antes, la primera guillotina se erigió en la plaza de Grève de París para ejecutar a un salteador de caminos.

f) Las enfermedades o defectos, padecidos con anterioridad por el trabajador, que se agraven como consecuencia de la lesión constitutiva del accidente.

g) Las consecuencias del accidente que resulten modificadas en su naturaleza, duración, gravedad o terminación, por enfermedades intercurrentes, que constituyan complicaciones derivadas del proceso patológico determinado por el accidente mismo o tengan su origen en afecciones adquiridas en el nuevo medio en que se haya situado el paciente para su curación.

Concepto Complementario

3. Se presumirá, salvo prueba en contrario, que son constitutivas de accidente de trabajo las lesiones que sufra el trabajador durante el tiempo y en el lugar del trabajo.

4. No obstante lo establecido en los apartados anteriores, no tendrán la consideración de accidente de trabajo:

a) Los que sean debidos a fuerza mayor extraña al trabajo, entendiéndose por ésta la que sea de tal naturaleza que ninguna relación guarde con el trabajo que se ejecutaba al ocurrir el accidente.

En ningún caso se considerará fuerza mayor extraña al trabajo la insolación, el rayo y otros fenómenos análogos de la naturaleza.

b) Los que sean debidos a dolo o a imprudencia temeraria del trabajador accidentado. 5. No impedirán la calificación de un accidente como de trabajo:

a) La imprudencia profesional que es consecuencia del ejercicio habitual de un trabajo y se deriva de la confianza que éste inspira.

b) La concurrencia de culpabilidad civil o criminal del empresario, de un compañero de trabajo del accidentado o de un tercero, salvo que no guarde relación alguna con el trabajo.

TRABAJO Y RIESGO, LOS ACCIDENTES DE TRABAJO Y SUS CAUSAS

El peligro para la salud. [rtbs name=”derecho-a-la-salud”] la integridad corporal y la vida aparece como una nota característica del trabajo del hombre de nuestro tiempo y. particularmente. del trabajador industrial. Sin embargo. hasta el momento histórico de la industrialización no puede decirse que el trabajo haya sido una fuente generalizada de riesgo. sino solamente en alguna de sus plasmaciones concretas. v. gr.. la mineria y la construcción. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). La introducción de la máquina en la vida laboral -que se ha llevado <1 cabo no solamente en el campo de la actividad típicamente industrial sino también en otros alejados de ésta como. por ejemplo. la agricultura- ha alterado profundamente el orden social de protección anteriormente vigente. convirtiendo al trabajo parn el hombre moderno en su fuente de riesgo cualitativa y cuantitativamente más importante [Cfr. FERNANDEZ MARCOS. Aspectos legales y jurídicos de la prevención de los riesgos profesionales, en “VIII Congreso de medicina. higiene y seguridad del trabajo” (Zaragoza). Ministerio de Trabajo. Madrid 1977. p. 303: Vid. también JESCHECK. Verhütung von straftaten gegen das Leben und ·die K6rperintegritlit begangen durch Fahrllissigkeit, en “Msch. Krim” 1956 p. 38 y ss.: TUNC y LEAUTE. Les frontieres de la represión en matiére d’imprudence, en “Les frontieres de la répresion”. vol. l (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma digital de ciencias sociales y humanidades). Bruxelas 1974. p. 39 n. 2.] Sólo con la generalización de la automoción. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). que se produce tras la última guerra mundial. otra fuente concreta de riesgos alcanza a hacer la competencia a la actividad laboral: el tráfico automovilístico (Sobre el problema de la relación entre progreso técnico y aumento de las fuentes y grados de peligro para los hombres vid. OFTINGER. Konfrontation der Technik mit dem Recht, en “Technik im technischer Zeitálter” de FREYER y otros. Duseldorf 1965. p. 247 ss. y. particularmente. contra la conversión de la “necesidad o el progreso técnico” en un “passepartouf’ jurídico. p. 265 ss).

Se ha dicho que los accidentes de trabajo y los de tráfico son las plagas de nuestra época. Es preciso hacer a ésto una precisión más. pues si ante la Parca que a..:echa en las carreteras somos todos iguales. la que atiende a los centros laborales está necesariamente obligada a cernirse sobre un determinado grupo social. el de los trabajadores en sentido tradicio11al. Este matiz de orden profesional -pero que en definitiva es de clase- hace obligado calificar a los accidentes de trabajo además como una amarga lacra social.

El concepto de accidentes de trabajo que emplea la Administración laboral es un concepto legal. A tenor del art. 84.1. de la Ley de Seguridad Social, accidente de trabajo es “toda lesión corporal (y enfermedad) que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecuta por cuenta ajena”.
Entre las Líneas
En base a los fines específicos de la Seguridad Social, la legislación laboral y la jurisprudencia que la interpreta han ampliado el concepto más allá de lo que podríamos considerar propio accidente laboral: las lesiones corporales y enfermedades que sufre el trabajador y que son derivadas de los riesgos específicos de las condiciones en que presta su trabajo. Por encima de este · significado, en Derecho Laboral se consideran también como accidentes de trabajo los producidos, por ejemplo, al ir o volver del centro de trabajo (accidentes “in itinere”).

La falta de conexión material de estos supuestos con las concretas condiciones de trabajo y, en consecuencia, su desinterés desde una óptica prevencionista, nos obligan a precisar algo más lo que hemos denominado concepto propio de accidente de· trabajo, a lo cual puede servir la definición que designa como tal la alteración, no querida y no esperada, del normal desarrollo del proceso de trabajo, conectada directamente a la organización de la empresa y provocada generalmente por la coeficiencia de factores causales, externos o internos, de naturaleza técnica, fisica, psíquica o social que conduce a la producción de daños corporales.
Entre las Líneas
En las páginas anteriores analiza ampliamente las definiciones que se ofrecen en otros países.).

▷ Lo último (abril 2024)

Pero la problemática que nos ocupa, la del derecho sancionador y, particular- mente, el derecho penal, exige aún una reducción del concepto material, pues, si la sanción es reproche a un sujeto por la lesión de bienes jurídicos de terceros que se ha derivado de su conducta, es obvio que del conjunto de accidentes hemos de separar aqvéllos que se deben exclusivamente al azar o a la propia víctima, y seleccionar solo aquéllos que sean imputables a persona distinia dé quien lo sufre.

Ahora bien, determinar que porción de esos 932.523 de accidentes de 1976 son los relevantes a efectos de ser reprochados a quienes no han sido precisamente la víctima, requiere el disponer de un análisis “ad hoc” de las causas de los accidentes, del que se carece por completo, lo cual nos obliga a un breve excurso sobre el problema de las causas de los accidentes de trabajo.

Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características y el futuro de esta cuestión):

En los estudios que sobre el tema se realizan por las instituciones correspondien- tes, tanto el concepto de causa, como la propia dirección de la investigación, son ajenos a toda idea de responsabilidad que no sea la de la propia víctima. Tradicionalmente se vienen distinguiendo dos grandes grupos de factores causales, los “fallos técnicos” y los “errores humanos”. Entre los primeros se cuentan, por ejemplo, los aparatos defectuosos, el deterioro de los mismos, la ausencia o ineficacia de los dispositivos de protección, el desvío de su normal desarrollo de los procesos fisicos o químicos; también se atiende a las meras condiciones objetivas productoras del resultado, p. ej., accidentes producidos por caída de pesos, por energíaeléctrica, por explosión, etc. (En este sentido los informes sobre siniestralidad laboral del Ministerio de Trabajo citados, en los que se limitan a considerar las formas de producción del accidente, agentes materiales del mismo. partes del cuerpo lesionadas y naturaleza de las lesiones). Con los términos “error humano” se hace referencia a la fatiga, la inexperiencia, el desconocimiento de riesgo, ineptitud, inadaptación al puesto de trabajo, actitud personal de desprecio al riesgo, faltas de atención, etc. (Cfr. SOLE MORERA. La dirección del personal y la seguridad, en “Jornadas técnicas de seguridad en el trabajo”, en Cuadernos de “La Fraternidad”, Madrid, s.f., p. 18 ss.; vid. también LEPLAT y otros, Accidents et securité du travail, Paris 1972. passim.). Sobre estas bases, se llega a la conclusión de que aproximadamente un 8 % de los accidentes de trabajo se deben al factor humano (KONSTANY, en KASISKE y otros. Gesundheit am Arbeitsplatz, Reinbeck en Hamburgo 1976, p. 67).

Este sistema de análisis de las causas de los accidentes de trabajo está siendo· ampliamente contestado por algunos especialistas, quienes consideran que en ellos se toman en consideración exclusivamente las causas más próximas del accidente, causas que unas veces no son más que simples modalidades de plasmación del efecto causal y que, en otras ocasiones, solo sirven para ocultar la existencia de una “causa detrás de la causa” (En este sentido AZALINI. quien añade respecto del factor “caída de peso”, que no es éste la verdadera causa del accidente, sino las circunstancias o factores que han provocado la caída, pudiendo llegar a decirse que la causa del accidente ha sido el mal estado de mantenimiento de la obra. no siendo el ladrillo otra cosa que el mero agente del mismo. cit. en PETTOELLO,lANTOVANI. La tutela penale della attivita lavorativa, Milan 1964. p. 148-149).

Efectivamente, un repaso cuidadoso del cuadro de factores que es utilizado en el tipo de análisis tradicional permite llegar a resultados bien distintos. Por una parte. las que son consideradas meras causas técnicas resultan en su mayor parte factores técnicos teñidos por la conducta humana. pues en definitiva los resultados se llegan a producir por una falta de previsión. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). de cuidado o de vigilancia sobre el desarrollo del proceso técnico (Vid. NEULOH. Der Arbeitsunfall und seine Ursachen, cit. p. 119).

Algunos ejemplos ilustrarán esta tesis: En la Francia de principios de siglo. el saturnismo causaba estragos entre los pintores industriales. al estar sometidos éstos a los efectos del albayalde (carbonato de plomo para usos industriales). empleado en la elaboración de su material de trabajo. Cuando Clemenceau denunciaba enérgicamente este hecho en la prensa. se sabia ya con seguridad que la dañosa sustancia podía ser satisfactoriamente sustituida por el inofensivo blanco de zinc. Es más. el gobierno no prohibía expresamente el empleo del albayalde por la escandalosa y pública oposición de sus fabricantes.
Entre las Líneas
En el sistema tradicional de factores causales. el saturnismo sería considerado como debido a factores técnicos. Si ésto no puede negarse desde el punto de vista fáctico. no cabe la menor duda que desde el plano valorativo habría de ser imputado a la conducta de quienes se negaban a la sustitución requerida. es decir. lo relevante no era el factor técnico. sino el “error” humano que determinaba un inadecuado sistema de trabajo (Vid. en BOISSELTER. Seguridad individual, colectiva e integrada, en “Jornadas de seguridad en el trabajo”. Cuadernos de.. La Fraternidad” Madrid 1973. p.5. donde hace referencia también a otros supuestos). Supuestos de este tipo no son ajenos a nuestros días: es sabido que un elevado porcentaje de los trabajadores expuesto al cloruro de vinilo. a pesar del empleo de todos los medios de seguridad de que se dispone. están inexorablemente destinados a sufrir gravísimas deformaciones en manos y brazos que les conduce a la incapacidad laboral permanente (Cfr. ANDRESEN. en KASISKE. Gesundheit am Arbeitsplatz, cit.. p. 130-131).

La ausencia o deterioro de dispositivos de protección. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). considerada causa técnica. se revela también de inmediato como factor humano. en la medida en que quien es responsable de la máquina afectada por ello no instala o no repara el dispositivo de seguridad. p. ej.. carcasas de motores. barandillas de los andamios. etc.

Los estudios de RUHE sobre los factores considerados como causas técnicas revelan que solo son en realidad exclusivamente técnicas en un 25 % de los casos y, dentro de éstos, un 50 96 de los accidentes que se produjeron hubieran podido ser evitados a través de una mayor colaboración entre el constructor de la máquina y los ingenieros de seguridad [Vid. RYHE. Techniche Ursachen, en NEULOH. ob. cit. p. 119 y 137. JESCHECK pone también de manifiesto como incluso respecto de los accidentes de tráfico. que a menudo se consideran como el inevitable precio de la motorización. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). se ha demostrado que de un 80 a un 90% son debidos a fallos humanos. a conductas incorrectas. cfr. Aufbau und Behandlung der Fahrlllssigkeit im modernen Strafrecht, Friburgo de Brisgovia 1965. p. 6].

Esta conexión tan estrecha entre factor técnico y factor humano ha sido tenida en cuenta por REHNAN. y sobre esa base declara. que los accidentes de trabajo son la consecuencia de presupuestos de peligro. que tienen que ser considerados como componentes de la organización del trabajo. de los cuales unos son presupuestos objetivos de peligro derivados de máquinas. herramientas. materiales y procedimientos técnicos. y otros. presupuestos subjetivos de peligro conectados a las personas que participan en la producción. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Sólo alli donde se superponen temporal y espacialmente los presupuestos objetivos y subjetivos se crea una fuente de peligro. una causa potencial de accidente (KONSTANTY. ob. cit.. p. 67.)

Fuente: Luis Arroyo Zapatero, “La protección penal de la Seguridad en el Trabajo,” Servicio Social de Higiene y Seguridad del Trabajo, 1981, España

Accidente de Trabajo / Accidente Laboral en relación a las Relaciones Laborales

En este contexto, accidente de trabajo / accidente laboral ha sido referido de la siguiente forma: Algunas enfermedades que contraiga el trabajador con motivo de la realización de su trabajo, siempre que se pruebe que la enfermedad tuvo por causa exclusiva la ejecución del mismo.
f) Las enfermedades o defectos, padecidos con anterioridad por el trabajador, que se agraven como consecuencia de la lesión constitutiva del accidente.
g) Las consecuencias del accidente que resulten modificadas en su naturaleza, duración, gravedad o terminación, por enfermedades intercurrentes, que constituyan complicaciones derivadas del proceso patológico determinado por el accidente mismo o tengan su origen en afecciones adquiridas en el nuevo medio en que se haya situado el paciente para su curación.

Características de Accidente laboral

[rtbs name=”trabajo-y-empleo”] [rtbs name=”asuntos-sociales”]

Recursos

[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]

Notas y Referencias

  1. Normativa española: Art. 115 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 junio 1994 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Normativa española: Ley General de la Seguridad Social (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma digital de ciencias sociales y humanidades). BOE 29 junio 1994, núm. 154/1994 [pág. 20658].

Traducción de Accidente laboral

Inglés: Occupational accident
Francés: Accident du travail
Alemán: Arbeitsunfall
Italiano: Infortunio sul lavoro
Portugués: Acidente de trabalho
Polaco: Wypadek przy pracy

Tesauro de Accidente laboral

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Véase También

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