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Genocidio de Ruanda

Las raíces del genocidio de 1994 en Ruanda se remontan a las luchas políticas entre hutus y tutsis que surgieron al final del período colonial belga en el decenio de 1950. Antes de la colonización europea, los hutus y los tutsis parecen haberse considerado más afines a las castas o clases que a los grupos étnicos. La invasión simultánea del Frente Patriótico Ruandés y la agitación interna desencadenaron una crisis política y militar en Ruanda que finalmente condujo al genocidio de 1994. La escasez de documentos internos de los grupos extremistas que organizaron el genocidio significa que no puede haber una respuesta definitiva a por qué los extremistas se decidieron por esta sangrienta solución. Sin embargo, a pesar de estas limitaciones, se puede construir una explicación ampliamente deductiva pero convincente que sea coherente con lo que se conoce sobre la progresión de los acontecimientos de 1990 a 1994 y con las limitadas pruebas disponibles de los propios extremistas. Esta explicación sugiere que los extremistas hutus llegaron a la decisión de iniciar un genocidio sistemático sólo después de haber llegado a la conclusión de que las opciones menos violentas para hacer frente a la amenaza tutsi habían fracasado y que otras posibles soluciones serían poco prácticas o insuficientes. Aquí se describen los factores pueden haber contribuido a esta percepción entre los grupos extremistas.

Cronología de las Deportaciones de Armenios

1915; 5-18 de julio, Sıvas: Cinco mil ochocientas cincuenta familias armenias de Sıvas son deportadas en catorce convoyes, uno de los cuales parte diariamente, entre el lunes 5 y el domingo 18 de julio, con una media de 400 familias por caravana. Las deportaciones siguen la ruta de Sıvas a través de Tecirhan, Magara, Kangal, Alacahan, Kötühan, Hasançelebi, Hekimhan, Hasanbadriğ, Aruzi Yazı, el puente de Kırk Göz, Fırıncılar, Zeydağ, y Gergerdağ (las montañas de Kanlı Dere, donde los jefes kurdos, Zeynal Bey y Haci Badri Ağa, de la tribu Reşvan), antes de dirigirse a Adıyaman, Samsat, para luego cruzar el río Éufrates en Gözen, y seguir la ruta por Suruç, Urfa, Viranşehir, Ras ul-Ayn, y pasar por Mosul o Bab y Mumbuc para llegar a Alepo.
1915; noviembre, Kırkağaç (provincia de Aydın): Mil armenios de esta región son deportados a Konya.

1915; de noviembre a abril de 1916, campo de concentración de Dipsi: Treinta mil deportados mueren en seis meses.
1916; Principios de diciembre, Estambul: Cuatro mil armenios de la capital son deportados a Siria.

1915; De diciembre a marzo de 1916, campos de concentración en Lale y Tefrice (provincia de Alepo): Varios miles de deportados mueren durante los cuatro meses de actividad del campo.
Todo esto son solo ejemplos de la larga lista de deportaciones que tuvieron lugar en 1915 y 1916.

Cronología del Genocidio Armenio

Sólo en 1919 se constituye definitivamente un tribunal militar extraordinario por decreto del Sultán, destinado a juzgar las siguientes categorías criminales 1) Los instigadores centrales de los crímenes contra los armenios; 2) Los que trabajaron bajo los auspicios de los principales responsables, como los miembros influyentes del Comité Central del CUP; 3) Los miembros de las organizaciones clandestinas, como la Organización Especial, junto con los militares de alto rango y los criminales liberados de la cárcel; 4) los diputados que no protestaron y que consintieron los crímenes cometidos; 5) los publicistas que aplaudieron y alentaron estos crímenes, e incitaron a la opinión pública con sus artículos llenos de falsedades y provocaciones; 6) los que se enriquecieron o sacaron provecho de estos crímenes; y 7) los pashas y beys que participaron en los crímenes.

Expulsión Étnica

Este texto se ocupa de la expulsión étnica, como la política destinada a remover de un área a grupos culturalmente diferentes. En las últimas décadas esta operación se ha denominado “limpieza étnica”. Las deportaciones masivas llevadas a cabo en los Balcanes no eran nuevas en este siglo de ingeniería étnica (siglo XX). Los griegos de Turquía; los turcos de Grecia; los serbios de la Croacia fascista de 1941-1945; los judíos de la Europa de Hitler; los alemanes étnicos de la Checoslovaquia de posguerra; los palestinos de los territorios ocupados. Las oleadas de desalojos forzosos de grupos étnicos y religiosos han sido repetitivas, y a menudo han combinado la expulsión física con una violencia devastadora o, como en el caso de los judíos, con el genocidio. La limpieza étnica es un término general, y no hay ningún delito específico con ese nombre, pero la práctica abarca una serie de delitos. La Comisión de Expertos de las Naciones Unidas, en un informe de enero de 1993 dirigido al Consejo de Seguridad, definió la “limpieza étnica” como “hacer que una zona sea étnicamente homogénea mediante el uso de la fuerza o la intimidación para expulsar a personas de determinados grupos de la zona”. Dijo que la limpieza étnica se llevó a cabo en la antigua Yugoslavia mediante asesinatos, torturas, arrestos y detenciones arbitrarias, ejecuciones extrajudiciales, y muchos otros delitos contra la humanidad, o delitos de guerra. La decisión de participar en la limpieza étnica no siempre es una decisión de perpetrar un asesinato colectivo. La limpieza étnica y los asesinatos en masa suelen mezclarse en el lenguaje popular, pero no son sinónimos. La depuración étnica se refiere a la eliminación de ciertos grupos de un territorio determinado, proceso que puede o no entrañar un asesinato colectivo.

Características de la Limpieza Étnica

A pesar de su carácter eufemístico y de su origen en el lenguaje de los ejecutores o perpetradores del delito, “limpieza étnica” es ahora el término académico ampliamente aceptado para describir la eliminación sistemática y violenta de grupos étnicos no deseados de un territorio determinado. Ni la intención, como cuestión de política, de hacer que una zona sea “étnicamente homogénea”, ni las operaciones que puedan llevarse a cabo para aplicar esa política, pueden calificarse como genocidio: la intención que caracteriza al genocidio es “destruir, total o parcialmente” a un grupo determinado, y la deportación o el desplazamiento de los miembros de un grupo, aunque se efectúe por la fuerza, no equivale necesariamente a la destrucción de ese grupo, ni esa destrucción es una consecuencia automática del desplazamiento. Esto no quiere decir que los actos descritos como “limpieza étnica” no puedan constituir nunca un genocidio, si se caracterizan, por ejemplo, por “infligir deliberadamente al grupo condiciones de vida que hayan de acarrear su destrucción física total o parcial”, en contra de lo dispuesto en el Convenio sobre el Genocidio, siempre que dicha acción se lleve a cabo con la necesaria intención específica (dolus specialis), es decir, con vistas a la destrucción del grupo, a diferencia de su expulsión de la región.

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