Partición de los Derechos de la Propiedad
Partición de los Derechos de la Propiedad Este elemento es una expansión del contenido de los cursos y guías de … Leer más
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Este texto se ocupa del «Derecho Notarial». Además de algunas consideraciones generales, trata de definir y explicar qué es el derecho notarial. El derecho notarial es una referencia a las áreas del derecho en las que el notario es activo. Se trata principalmente del derecho de las personas y de la familia, del derecho de la propiedad y del derecho de sociedades, en relación, entre otras cosas, con los aspectos fiscales e internacionales de los mismos. El hecho de que el notario actúe precisamente en estos ámbitos del derecho está estrechamente vinculado a la facultad exclusiva que le confiere la ley para realizar un documento público en determinados casos. Los principales ejemplos de documentos públicos son los acuerdos prenupciales, la transmisión de bienes inmuebles y la constitución de personas jurídicas. El derecho notarial es el conjunto o grupo de normas jurídicas que regulan la actividad notarial. Las principales, en el caso del sistema jurídico español, son la Ley del Notariado y su Reglamento. La notarización es el acto de notarizar (un documento) o un registro del mismo; la certificación llevada a cabo por un notario.
Definición de los Derechos de Propiedad Privada en Economía Política Los derechos básicos de las personas (y las organizaciones o asociaciones de personas que funcionan como un solo conglomerado “persona jurídica”, tales como corporaciones, asociaciones, iglesias, fundaciones sin ánimo de […]
El que trae aparejada ejecución contra lo obligado, de una forma directa, y sin necesidad de mediar declaración judicial previa. El acta notarial, aunque constituye un título ejecutivo, no tiene los atributos de una sentencia y que ninguna disposición legal impide que un acreedor tenga dos títulos ejecutivos por el mismo crédito. Tal es el caso de las escrituras públicas, letras de cambio, etc. En el procedimiento civil, acto jurídico que constituye la condición necesaria y suficiente para el inicio de un procedimiento de ejecución forzosa; se recoge en un documento en papel, en el que se describe el derecho por el que se actúa, el titular del derecho y el deudor de la prestación objeto del mismo.
El protesto es una constancia escrita, documental, y sellada por un notario (escribano público) sobre un instrumento negociable (pagaré, letra) indicando que fue presentado para su cobro o su aceptación, y que no fue honrado. Documento auténtico, redactado por un notario o agente judicial, por el que se constata el impago de una letra de cambio o cheque bancario o la no aceptación de la letra de cambio. Los protestos, en Italia, se publican en los boletines oficiales; para disminuir el descrédito en las relaciones comerciales que produce la publicación contra quien la ha sufrido, la ley prevé que el deudor protestado, una vez cumplida la obligación por la que se ha recaudado el protesto, después de un año sin haber sufrido ningún otro protesto, tiene derecho a un decreto de rehabilitación.