La revelación del pecado por parte de Dios es en beneficio de la vida según la Alianza, en la concepción cristiana del pecado. Por tanto, esta revelación es en sí misma un acto de salvación por parte de Dios, cuyo objetivo no es aprisionar al hombre en el pecado que denunciaría y condenarlo a morir a la vida de la Alianza, sino, por el contrario, permitirle salir del pecado, por una parte, revelándole su existencia, en segundo lugar, invitándole a responder de nuevo al deseo de Dios de hacerle vivir y, por último, revelándole que este deseo es tal que Dios se preocupa ante todo de hacer vivir de nuevo al hombre pecador perdonándole su pecado. Por eso, en el Antiguo y en el Nuevo Testamento, nunca hay una revelación del pecado separada de una revelación de la salvación. Y si se invita al hombre a arrepentirse de su pecado en la medida en que se le revela que el designio de amor de Dios ha sido dañado por él, se le invita sobre todo a reconocer y confesar que Dios está tan comprometido, por sí mismo y por el hombre, en el éxito de este designio, que es mucho más importante para Él poder revivir al hombre que ratificar las infracciones y los fallos de los que el hombre ha sido culpable o hacerle pagar por ellos absolviéndose a sí mismo. Si Dios es el juez del pecado, y si juzga al hombre y al mundo en materia de pecado, se revela no como un juez que tiene que hacer cumplir una ley exterior a él, sino como un Dios vivo que quiere que el hombre viva de su propia vida.