Glosario de Tratados internacionales
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Nota: Consulte también el glosario de términos sobre gobernanza y fuga de capitales, el “Glosario de Fiscalidad Internacional“, el glosario de términos sobre instituciones financieras y bancos, el glosario de tratados tributarios, el glosario de términos sobre riesgos, el glosario de términos sobre corrupción y el glosario de paraísos fiscales y evasión fiscal.
El Tratado internacional “es un acuerdo internacional (ver su concepto, así como tratado internacional, acuerdo internacional administrativo, acuerdo internacional medioambiental, acuerdo internacional no normativo, y acuerdo internacional sobre el transporte de mercancías perecederas o acuerdo ATP) celebrado por escrito entre Estados y regido por el Derecho Internacional, ya conste en un instrumento único o en dos o más instrumentos conexos y cualquiera que sea su denominación particular. (Art. 2 primer párrafo de la Convención de Viena).
Véase acerca de los tratados internacionales más importantes después de la Segunda Guerra Mundial.
Denominaciones de los Tratados Internacionales
La Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados respeta expresamente los usos de los Estados partes en lo que se refiere a la terminología acerca de los tratados, que es la siguiente:
Acta y actas finales
Nota: Descripción de acta final como denominación de tratado en esta Enciclopedia Jurídica.
Documento escrito en el que se hace constar –por quien en calidad de secretario deba extenderla- la relación de lo acontecido, o acordado en una asamblea, junta, congreso, sesión, o cualquier tipo de reunión (final o de rectificación).
Acta
Nota: Descripción de acta como denominación de tratado en esta Enciclopedia Jurídica. Documento que recoge las intervenciones de los delegados a una conferencia y que obra como constancia de los debates y deliberaciones que en ellas se desarrollan.
En sentido propio es el documento que da fe de un hecho determinado.
Acuerdo
Nota: Descripción de acuerdo como denominación de tratado en esta Enciclopedia Jurídica.
Resolución adoptada por un órgano colegiado, administrativo, o tribunal.
Punto de coincidencia en relación con un asunto particular.
Voluntad respecto a la conclusión de un determinado acto jurídico-administrativo, económico o internacional.
Convención entre Estados destinado a crear, desarrollar o modificar determinadas normas del Derecho Internacional.
Se utiliza para designar tanto acuerdos formales como sin formalidades ya sean bilaterales o multilaterales. También se emplea como término genérico para designar toda clase de tratados. Cabe aclarar que en ocasiones se le emplea con una connotación de menos solemnidad que el término convenio para referirse a tratados en forma simplificada.
Acuerdo interinstitucional
Nota: Descripción de acuerdos como denominación de tratado en esta Enciclopedia Jurídica.
Es el nombre que la Ley sobre la celebración de Tratados (de México) da a los tratados en forma simplificada o acuerdos administrativos.
Es el que aplica una dependencia administrativa (mexicana) en la esfera de sus atribuciones.
Armisticio
Nota: Descripción de armisticio como denominación de tratado en esta Enciclopedia Jurídica. Acuerdo entre los Estados beligerantes para cesar de forma convenida y provisional, las hostilidades (operaciones de guerra) sin poner fin al estado jurídico de guerra.
Acuerdo que precede generalmente al fin de la guerra.
Arreglo
Nota: Descripción de arreglo como denominación de tratado en esta Enciclopedia Jurídica.
Indica una modalidad de entendimiento casi siempre bilateral sobre asuntos de exclusivo interés mutuo, como régimen fronterizo, o cuestiones comerciales o financieras.
Canje de notas
Nota: Descripción de canje de notas como denominación de tratado en esta Enciclopedia Jurídica.
Es una forma de asumir compromisos en materia de importancia relativa que, en todo caso, no se juzga necesiten de la formalidad del tratado.
Carta
Nota: Descripción de carta como denominación de tratado en esta Enciclopedia Jurídica.
Acta, escritura (su redacción) en la que son registrados ciertos títulos, derechos, etc.
Documento epistolar dirigido por un jefe de Estado a otro. Algunos convenios o tratados internacionales que constituyen el instrumento constitutivo de una organización internacional.
Carta o memorándum de intención
Nota: Descripción de carta de intención como denominación de tratado en esta Enciclopedia Jurídica.
Acuerdo sin formalidad en el que las partes expresan su deseo de realizar alguna actividad.
Código
Nota: Descripción de código como denominación de tratado en esta Enciclopedia Jurídica.
Conjunto de reglas sobre una materia. Se utiliza rara vez para designar algunos tratados
multilaterales y también se utiliza la expresión ‘código de conducta’.
Compromiso
Nota: Descripción de compromiso como denominación de tratado en esta Enciclopedia Jurídica.
Acuerdos que celebran los Estados por los que se comprometen a someter una controversia al arbitraje. En este acuerdo generalmente se señalan la jurisdicción, el derecho y el procedimiento aplicable a litigio.
Concordato
Nota: Descripción de concordato como denominación de tratado en esta Enciclopedia Jurídica.
Acuerdo celebrado en forma de tratado internacional entre un Estado y la Santa Sede sobre materias religioso-administrativas y para reglamentar la condición de la Iglesia católica dentro de dicho Estado.
Convención
Nota: Descripción de convención como denominación de tratado en esta Enciclopedia Jurídica.
Acuerdo internacional cuyo objetivo es enunciar ciertas reglas de Derecho Internacional.
Acuerdo que tiene un carácter normativo de índole general aplicable a un número elevado de Estados.
Esta expresión se reserva para instrumentos solemnes bilaterales y multilaterales.
Convenio
Nota: Descripción de convenio como denominación de tratado en esta Enciclopedia Jurídica.
Acuerdo entre dos o más personas destinado a crear, transferir, modificar o extinguir una obligación.
Acuerdo a que se llegan los sujetos del Derecho Internacional Público en una conferencia, congreso o negociación internacional.
Acto jurídico que surge por el consentimiento de las partes.
Se utiliza para designar tanto acuerdos formales como sin formalidades ya sean bilaterales o multilaterales.
También se emplea como término genérico para designar toda clase de tratados.
Declaración
Nota: Descripción de declaración como denominación de tratado en esta Enciclopedia Jurídica.
Es el documento en el cual dos o más Estados determinan su posición común ante determinado asunto de interés general.
Se utiliza este término como expresión de conducta que se piensa seguir por uno o varios Estados.
Estatuto y estatutos
Nota: Descripción de estatuto como una denominación de tratado en esta Enciclopedia Jurídica.
Se utiliza para instrumentos internacionales en los que se establecen normatividades relativas a una materia jurídica internacional.
Instrumento internacional que contiene el régimen jurídico al que se encuentra sujeto un territorio determinado o un organismo internacional.
Término con que se denomina habitualmente a aquellos instrumentos que consagran reglas operativas para la ejecución de determinadas actividades o para el ejercicio de determinadas competencias.
Memorándum de entendimiento
Nota: Descripción de memorándum de entendimiento como denominación de tratado en esta Enciclopedia Jurídica.
Se utiliza para designar acuerdos sin formalidades.
También se utiliza para designar compromisos sin valor jurídico.
Término con que se denomina a los instrumentos que registran compromisos que se agotan con su ejecución directa e inmediata.
Modus vivendi
Nota: Descripción de modus vivendi como denominación de tratado en esta Enciclopedia Jurídica.
Expresión que designa los arreglos de carácter temporal o provisional cuyo objeto es prorrogar anualmente un determinado acuerdo.
Acuerdo temporal entre dos o más Estados, establecido casi siempre por canje de notas, y habitualmente destinado a experimentar un modo de actuar en determinadas materias de interés mutuo, ante de comprometerse definitivamente en un tratado formal.
Notas reversales
Nota: Descripción de notas como denominación de tratado en esta Enciclopedia Jurídica.
Se designa a un acuerdo por el que se comprometen los Estados a no contravenir un uso establecido en asuntos de ceremonial o a admitir que una concesión especial se haga pero sin prejuzgar sobre los derechos y prerrogativas adquiridos con anterioridad o bien un acuerdo por el cual un Estado hace una concesión a cambio o que va más allá del uso establecido.
También se utiliza para designar ciertos acuerdos por los que los países miembros se hacen concesiones.
Pacto
Nota: Descripción de pacto como denominación de tratado en esta Enciclopedia Jurídica.
Acuerdo de voluntades entre dos o más Estados mediante el cual se constituye entre ellos una relación jurídica de la que se derivan obligaciones que pueden ser unilaterales o bilaterales, obligándose a su observancia. Se utiliza principalmente en tratados multilaterales.
Instrumento destinado a traducir una determinación de las partes hacia el mantenimiento de la paz.
Pacto de Caballeros
Nota: Descripción de pacto de caballeros como denominación de tratado en esta Enciclopedia Jurídica.
En la práctica anglosajona tiene el sentido de compromiso moral o de honor desprovisto de efectos jurídicos obligatorios.
Protocolo
Nota: Descripción de protocolo como denominación de tratado en esta Enciclopedia Jurídica.
Se utiliza generalmente para designar un instrumento que modifica o complementa un tratado, ya sea éste multilateral o bilateral, pero también se ha utilizado para designar un tratado autónomo.
Término con que se denomina tanto al instrumento independiente que registra derechos y obligaciones específicas, como al instrumento accesorio que regula la aplicación concreta de los derechos y obligaciones basadas en un tratado preexistente.
Tratado
Nota: Descripción de tratado en esta Enciclopedia Jurídica.
Acuerdo celebrado entre dos o más sujetos de Derecho Internacional Público, con objeto de crear, transferir, modificar o extinguir una relación jurídica entre ellos, estableciendo derechos y obligaciones por escrito en un instrumento único o más documentos relacionados entre
sí, sin importar su denominación.
Acuerdo internacional celebrado por escrito entre Estados y regido por el Derecho Internacional, ya conste en un instrumento único o en dos o más instrumentos conexos y cualquiera que sea su denominación particular. (CVDT)
Este nombre se ha utilizado para nombrar los instrumentos más solemnes bilaterales y multilaterales.
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Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
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Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Véase También
Tratado
Tratado Sobre El Espacio Exterior
Tratado General De Renuncia A La Guerra
Tratado General De Integración Económica Centroamericana
Tratado Clayton-Bulwer
Tratado Hay-Pauncefote
Tratados de Locarno
Tribunal Internacional De Justicia De Naciones Unidas
Tribunal Permanente De Justicia Internacional
Tribunal Europeo de Derechos Humanos
Tratados Internacionales De Montevideo
Bibliografía
- CABALEIRO, E.: Los tratados internacionales. Madrid, 1962.
- Elías, T. O.: The Modern Law of Treaties. Leyden, 1974.
- GUARDIA, E. DE LA y DELPECH, M.: El Derecho de los Tratados y la Convención de Viena de 1869 (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma online de ciencias sociales y humanidades). Buenos Aires, 1970.
Méndez Silva, Ricardo, “Los principios del derecho de los tratados”, Boletín Mexicano de Derecho Comparado, México, año III, número 7, enero-abril de 1970; Székely, Alberto, Instrumentos fundamentales de derecho internacional público, México, UNAM, 1981, tomo I.
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