▷ Sabiduría semanal que puedes leer en pocos minutos. Añade nuestra revista gratuita a tu bandeja de entrada. Lee gratis nuestras revistas de Derecho empresarial, Emprender, Carreras, Liderazgo, Dinero, Startups, Políticas, Ecología, Ciencias sociales, Humanidades, Marketing digital, Ensayos, y Sectores e industrias.

Legítima Defensa Preventiva en Derecho Internacional

▷ Lee Gratis Nuestras Revistas

La Legítima Defensa Preventiva en el Derecho Internacional

Este elemento es una ampliación de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs] Nota: Puede interesar asimismo la información acerca de la Guerra en el Derecho Internacional.

El artículo 51 de la Carta de las Naciones Unidas (firmada en San Francisco, 26 de junio de 1945) establece que nada de lo dispuesto en la Carta menoscabará el derecho inmanente de legítima defensa colectiva o individual en caso de ataque armado contra un miembro de las Naciones Unidas, hasta que el Consejo de Seguridad haya adoptado las medidas necesarias para mantener la paz y la seguridad internacionales. Las medidas adoptadas por los miembros en ejercicio de este derecho de legítima defensa serán comunicadas inmediatamente al Consejo de Seguridad y no afectarán en modo alguno a la autoridad y responsabilidad del Consejo de Seguridad en virtud de la presente Carta de adoptar en cualquier momento las medidas que considere necesarias para mantener o restablecer la paz y la seguridad internacionales.

Caso Caroline

La destrucción del caso Caroline y el caso McLeod que resultó de él han confirmado la existencia de un derecho a la autodefensa preventiva en el derecho internacional en el siglo XIX. El criterio establecido en el intercambio de cartas entre el Secretario de Estado norteamericano Webster y el Ministro Especial británico, Lord Ashburton, que condujo al Tratado Webster-Ashburton, ha establecido claramente el uso de ese derecho y los límites muy estrictos y estrechos dentro de los cuales se puede invocar.

Este derecho ha sido invocado al final de la Segunda Guerra Mundial como defensa y rechazado por el peso de las pruebas que demuestran su inaplicabilidad en los casos de las invasiones de Noruega y Dinamarca. También ha sido discutido en el tiempo transcurrido desde la Carta de las Naciones Unidas (firmada en San Francisco, 26 de junio de 1945) sin ninguna medida de éxito. De hecho, no parece haber ningún ejemplo claro que cumpla los requisitos expresados en el asunto de la Caroline desde la aprobación de la Carta de las Naciones Unidas (firmada en San Francisco, 26 de junio de 1945). Los casos presentados como ejemplos para su aplicación son discutibles en el mejor de los casos, y en algunos casos son falsas declaraciones falsas.

Falta de Pruebas

El argumento de que ha habido un cambio sustancial en las circunstancias desde 1837 no ha sido probado ni siquiera remotamente establecido. Ningún caso ha demostrado la necesidad de necesidad, proporcionalidad, inmediatez y agotamiento de todos los recursos para justificar su uso. Ni siquiera la invasión estadounidense de Afganistán, aunque sancionada por las Naciones Unidas, representa un caso de autodefensa preventiva. Se trata, sin duda, de un caso de legítima defensa, pero de una defensa permanente después de haber sido víctimas de un atentado terrorista, en relación con el artículo 51 de la Carta de las Naciones Unidas (firmada en San Francisco, 26 de junio de 1945) y respaldado por las resoluciones de las Naciones Unidas.

En cuanto a la invasión de Iraq, no tiene nada que ver con la autodefensa preventiva, sino que es el resultado de una doctrina de autodefensa preventiva, que no tiene base ni apoyo en el derecho internacional.

No hay indicios de la extinción del concepto de legítima defensa preventiva en el derecho internacional.

Puntualización

Sin embargo, es para engañar sobre la base de una concepción errónea del derecho internacional afirmar que tal concepto apoya una doctrina de autodefensa preventiva y autoriza a invadir un país. Para ello, un gobierno puede invocar otra razón, pero la autodefensa preventiva no es un concepto amplio que permita tal interpretación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto).

Revisor: Lawrence

Política Americana

Como estrategia militar, la anticipación puede justificarse como un elemento disuasorio, pero afirmar que la anticipación es un principio de derecho que se aplica universalmente a todos los Estados -amigos y enemigos por igual- es, en el mejor de los casos, una propuesta dudosa y peligrosa. Casi tan pronto como se publicó en el documento de Estrategia de Seguridad Nacional 2002 (NSS-2002), su párrafo sobre el derecho preferente fue criticado por ir más allá de la Carta de las Naciones Unidas (firmada en San Francisco, 26 de junio de 1945). El Reino Unido, que suele estar tan cerca de los Estados Unidos en materia de seguridad y es uno de los pocos países que apoya activamente la intervención militar de los Estados Unidos en el Iraq y se une a ella, incluso se sintió obligado a distanciarse de la NSS-2002. Peter Goldsmith, el Fiscal General, dijo al Parlamento: “El derecho internacional permite el uso de la fuerza en legítima defensa contra un ataque inminente, pero no autoriza el uso de la fuerza para montar un ataque preventivo contra una amenaza que es más remota”.

El Informe del Grupo de Alto Nivel sobre las Amenazas, los Desafíos y el Cambio del Secretario General de las Naciones Unidas también advirtió: “en un mundo lleno de amenazas potenciales percibidas, el riesgo para el orden mundial (o global) y la norma de no intervención en la que sigue basándose es simplemente demasiado grande para que se acepte la legalidad de la acción preventiva unilateral, a diferencia de la acción respaldada colectivamente. Permitir que uno actúe así es permitir que todos”. De hecho, casi tan pronto como se publicó la NSS-2002, India, Irán (véase su perfil, la Economía de Irán, la Historia Iraní, el Presidencialismo Iraní, las Sanciones contra Irán, la Bioética en Irán, los Problemas de Irán con Estados Unidos, el Derecho Ambiental en Irán, el Derecho Civil Iraní, el Nacionalismo Iraní, los Activos Iraníes, la Diplomacia Iraní, el Imperio Sasánida, los medos, los persas y el Imperio Selyúcida) y Rusia anunciaron nuevas doctrinas de autodefensa preventiva. No es de extrañar que el Grupo de Alto Nivel concluyera que “no están a favor de la reescritura o reinterpretación del Artículo 51”. Asimismo, el Documento Final de la Cumbre Mundial de las Naciones Unidas (2005) reafirmó “que las disposiciones pertinentes de la Carta son suficientes para hacer frente a toda la gama de amenazas a la paz y la seguridad internacionales”.

Puntualización

Sin embargo, a pesar de estas preocupaciones, los Estados Unidos (y, más recientemente, Australia y el Reino Unido) siguen adoptando una amplia doctrina de autodefensa preventiva con miras a persuadir a otros Estados de que deroguen el lenguaje utilizado en el Artículo 51 de la Carta de las Naciones Unidas (firmada en San Francisco, 26 de junio de 1945).

Shultz articuló un amplio reclamo de autodefensa preventiva cuando era Secretario de Estado de los Estados Unidos en la administración Reagan después de los ataques a los Marines en el Líbano, que se expresaron en el NSDD-138. Al argumentar a favor de la autodefensa preventiva, Shultz encontró el apoyo de Rumsfeld, que también había sido influenciado por sus experiencias personales en Oriente Medio. El país con el que ambos se identifican y que influye directamente en sus opiniones es Israel, que ya cuenta con una amplia estrategia preventiva de lucha contra el terrorismo.

Puntualización

Sin embargo, solo durante la incursión de Israel en Osirak en 1981 se presentó un argumento jurídico basado en la legítima defensa preventiva, aunque el Consejo de Seguridad rechazó el argumento. Netanyahu se embarcó entonces en una búsqueda para convencer a los políticos estadounidenses de la legitimidad de una estrategia preventiva para disuadir los actos de terrorismo contra Estados Unidos, con la esperanza de que otros estados siguieran el ejemplo de Estados Unidos y lo emularan.

Después de los ataques del 11 de septiembre, la prevención llegó a la NSS-2002 en el verano de 2002 después de los repetidos llamados de Shultz, que había ayudado a avanzar en las carreras de Rice, Rumsfeld y Wolfowitz, presionando para conseguir sus posiciones en la administración Bush. Cinco días antes de la publicación de NSS-2002, Netanyahu hizo un llamamiento a Estados Unidos para que eliminara la amenaza que representaba Iraq mediante un cambio de régimen preventivo en una audiencia ante el Congreso de Estados Unidos.
Entre las Líneas
En el otoño de 2002, la administración Bush comenzó a abogar por una invasión de Irak por la falsa afirmación de que el régimen de Saddam Hussein era una amenaza para Estados Unidos. El vínculo entre el terrorismo y las armas de destrucción masiva comenzó a articularse en medio de las afirmaciones que circulaban en la prensa estadounidense de que el régimen de Saddam tenía conexiones con los secuestradores del 11 de septiembre y otras organizaciones terroristas internacionales.
Entre las Líneas
En agosto de 2002, William Haynes, Asesor General del Departamento de Defensa, preparó una opinión legal para Rumsfeld argumentando que el concepto de inminencia tenía que ser redefinido con el advenimiento de las armas nucleares y otras armas sofisticadas y el potencial de los terroristas para obtener tales armas.

Una Conclusión

Por consiguiente, Haynes explicó que las amenazas a los EE.UU. no tienen por qué ser tan inminentes para permitirle atacar a otro estado en defensa propia.

En julio de 2002, Zelikow objetó el lenguaje del derecho preferente en el proyecto de Estrategia de Seguridad Nacional y lo eliminó de los proyectos subsiguientes.
Si, Pero:
Pero Rice volvió a insertar el derecho preferente en la Estrategia de Seguridad Nacional en agosto de 2002, después de que la sección hubiera sido editada por el personal del NSC (incluido Bellinger), cuando Estados Unidos se había comprometido a cambiar el régimen en Irak. Tras la publicación de NSS-2002 el 17 de septiembre de 2002, Rice pronunció una conferencia en el Hotel Waldorf Astoria el 1 de octubre en la que explicó que las nuevas tecnologías requerían una nueva forma de pensar sobre cuándo una amenaza se vuelve inminente y que, por razones de sentido común, los Estados Unidos tenían que estar preparados para tomar medidas, cuando fuera necesario, antes de que las amenazas se materializaran plenamente. Dos semanas más tarde, Rumsfeld se jactó ante Wolfowitz y Feith de que uno de sus logros importantes en la NSS-2002 fue la vinculación de las redes terroristas con las armas de destrucción masiva y que la autodefensa contra el terrorismo requería prevención.

Revisor: Lawrence

Evolución de los Asesinatos Selectivos

Nota: Puede interesar también una Cronología de los Asesinatos Selectivos de Terroristas.

En otro lugar se sostiene que actualmente estamos asistiendo a una transformación de los asesinatos selectivos. El número de Estados que ejercen este tipo de violencia está aumentando, al igual que el número total de misiones de asesinatos selectivos. Además, el desarrollo y la proliferación de la tecnología de los aviones no tripulados constituyen una revolución tecnológica en los asesinatos selectivos. Por último, los Estados están empezando a abandonar el manto de secretismo y negación y a participar (con dudas) en la legitimación pública de sus operaciones de asesinatos selectivos. Aunque esta transformación ha suscitado un considerable interés en muchas dimensiones de los asesinatos selectivos, son pocos los estudiosos que abordan la cuestión de si su transformación actual está transformando al mismo tiempo las ideas, normas y reglas que constituyen el orden internacional global, y cómo lo hace. Un compromiso sistemático y sostenido con esta cuestión es muy relevante no sólo para el estudio académico del orden internacional y el derecho internacional, sino también para la elaboración de políticas. Dado que un número cada vez mayor de Estados está considerando o tratando de adquirir aviones no tripulados armados y, por tanto, tendría a su alcance la infraestructura tecnológica para los asesinatos selectivos, los responsables políticos y militares necesitan un debate exhaustivo y equilibrado sobre el impacto más amplio del empleo de los asesinatos selectivos.

▷ Lo último (en 2026)
▷ Si te gustó este texto o correo, considera compartirlo con tus amigos. Si te lo reenviaron por correo, considera suscribirte a nuestras publicaciones por email de Derecho empresarialEmprenderDineroMarketing digital y SEO, Ensayos, PolíticasEcologíaCarrerasLiderazgoInversiones y startups, Ciencias socialesDerecho globalHumanidades, Startups, y Sectores económicos, para recibir ediciones futuras.

Este texto pretende fomentar este debate y proporcionar una base conceptual para las posteriores contribuciones de la literatura sobre la evolución y transformación de los asesinatos selectivos en el marco internacional. Para lograr estos objetivos, introducimos un concepto de orden internacional y un marco teórico que concibe la transformación y el mantenimiento de un orden como una interacción dinámica entre la violencia y los procesos discursivos como la dimensión conductual de un orden internacional y las ideas, reglas y normas que conforman su dimensión institucional. En un siguiente paso, defendimos la distinción entre un concepto de asesinato selectivo como forma de violencia y los juicios sobre su legitimidad legal y moral. En consonancia con esta distinción, primero ofrecimos una definición conscientemente amplia del asesinato selectivo y luego introdujimos una cuádruple tipología de actos de asesinato selectivo en función de su legitimidad jurídica y moral.

Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):

Datos verificados por: Dewey

[rtbs name=”delitos”] [rtbs name=”seguridad-nacional”] [rtbs name=”crimenes-de-guerra”] [rtbs name=”derecho-humanitario”] [rtbs name=”terrorismo”] [rtbs name=”historia-militar”]

Ejemplos de Disuasión en Derecho Internacional

La Doctrina Bush

En su Estrategia de Seguridad Nacional del 20 de septiembre de 2002, el presidente George W (ver más detalles sobre estas cuestiones de derecho internacional) (examine más sobre todos estos aspectos en la presente plataforma online de ciencias sociales y humanidades). Bush, citando la ineficacia de la disuasión (véase qué es, su definición, o concepto jurídico, y su significado como “deterrence” en el derecho anglosajón, en inglés) tradicional contra los Estados “delincuentes” y los terroristas y el uso de armas de destrucción masiva como “armas de elección”, redefinió las circunstancias que justifican el ejercicio del derecho de legítima defensa (para más antecedentes sobre estos aspectos, véase la plataforma digital general). Afirmó: “Durante siglos, el derecho internacional ha reconocido que las naciones no necesitan sufrir un ataque para poder actuar legalmente para defenderse de las fuerzas que presentan un peligro inminente de ataque. … Debemos adaptar el concepto de amenaza inminente a las capacidades y objetivos de los adversarios actuales. … Para anticiparse o prevenir … los actos hostiles de nuestros adversarios, Estados Unidos actuará, si es necesario, de forma preventiva”. Sin embargo, dijo que Estados Unidos no utilizaría la fuerza en todos los casos para adelantarse a las amenazas emergentes y que los Estados no deberían utilizar el derecho de preferencia como pretexto para la agresión. Véase Buckley y S ingh, The Bush Doctrine and the War on Terrorism (2006); Kaufman, In Defense of the Bush Doctrine (2008).

📬Si este tipo de historias es justo lo que buscas, y quieres recibir actualizaciones y mucho contenido que no creemos encuentres en otro lugar, suscríbete a este substack. Es gratis, y puedes cancelar tu suscripción cuando quieras:

Qué piensas de este contenido? Estamos muy interesados en conocer tu opinión sobre este texto, para mejorar nuestras publicaciones. Por favor, comparte tus sugerencias en los comentarios. Revisaremos cada uno, y los tendremos en cuenta para ofrecer una mejor experiencia.

Revisor de hechos: N Perri

Para más conceptos e información internacional de contexto, puede consultarse, en la plataforma digital general, sobre el derecho internacional en general, la prevención, la legítima defensa, el derecho internacional público (su fundamento y ramas), el derecho internacional privado y sus fuentes, y la política exterior.

[rtbs name=”derecho-internacional-publico”] [rtbs name=”derecho-militar”] [rtbs name=”tratados-internacionales”] [rtbs name=”seguridad-nacional”] [rtbs name=”geopolitica”] [rtbs name=”guerra”]

Recursos

[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]

Véase También

Derecho de legítima defensa individual
Derecho de legítima defensa colectiva
Amenaza de fuerza (derecho internacional público)
Leyes de guerra
Uso de la fuerza por los Estados
Seguridad colectiva
Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas (firmada en San Francisco, 26 de junio de 1945)
Teoría de la Guerra Justa
Jus ad bellum
Casus belli
Guerra religiosa
Asesinato selectivo

Cuestiones de derecho interno relacionadas con la legítima defensa

Doctrina del Castillo en los Estados Unidos
Deber de retirada
Lesiones corporales y lesiones corporales graves
Peligro claro y presente
Acción inminente sin ley

▷ Esperamos que haya sido de utilidad. Si conoces a alguien que pueda estar interesado en este tema, por favor comparte con él/ella este contenido. Es la mejor forma de ayudar al Proyecto Lawi.
▷ Lee Gratis Nuestras Publicaciones
,Si este contenido te interesa, considera recibir gratis nuestras publicaciones por email de Derecho empresarial, Emprender, Dinero, Políticas, Ecología, Carreras, Liderazgo, Ciencias sociales, Derecho global, Marketing digital y SEO, Inversiones y startups, Ensayos, Humanidades, y Sectores económicos, en Substack.

Contenidos Relacionados:

Los de arriba son los elementos relacionados con este contenido de la presente plataforma digital de ciencias sociales.

Foro de la Comunidad: ¿Estás satisfecho con tu experiencia? Por favor, sugiere ideas para ampliar o mejorar el contenido, o cómo ha sido tu experiencia:

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

▷ Recibe gratis nuestras revistas de Derecho empresarial, Emprender, Carreras, Dinero, Políticas, Ecología, Liderazgo, Marketing digital, Startups, Ensayos, Ciencias sociales, Derecho global, Humanidades, y Sectores económicos, en Substack. Cancela cuando quieras.
Index

Descubre más desde Plataforma de Derecho y Ciencias Sociales

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo