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Tierras de Uso Común

externo y agricultura

Este texto introducirá y discutirá las dinámicas cambiantes de tierras de uso común, con el objetivo de examinar su desarrollo actual y su historia, además de la cuestión de las tierras abiertas. Se examina su historia del Neolítico a la época romana, de la Edad Media al siglo XVII, y también los siglos XVIII al XX.

Sociedades Rurales

paz e historia

El concepto de sociedad rural se utiliza para designar el tejido social del campo que, incluso después de la industrialización, estaba formado por grupos de población cuya actividad principal, aunque no exclusiva, era la agricultura: campesinos, jornaleros y empleados domésticos. Este concepto es más amplio que el de sociedad agraria, ya que se define no en términos de una actividad (la agricultura), sino de un espacio (el campo frente a la ciudad). Por tanto, incluía a personas que no se dedicaban a la agricultura, como los artesanos y los trabajadores a domicilio (protoindustrialización). A principios de la Edad Media surgió una red de señoríos laicos y eclesiásticos, la mayoría de los cuales se componían de dos elementos: la corte domanial (Régime domanial), explotada en forma de corvées por campesinos que no eran libres, y las mansiones, habitadas y explotadas por esos mismos campesinos. La sociedad rural experimentó profundos cambios entre la Edad Clásica y la Alta Edad Media. A partir de entonces, el punto de referencia principal ya no fue el dominio señorial.

Libertad de Asociación

Social

La libertad de asociación describe el derecho de todos los individuos a reunirse con otros individuos en cualquier momento. Cuando se utiliza en el contexto de los derechos laborales y la negociación colectiva, el término adquiere un significado más restringido y específico, ya que aquí engloba un determinado propósito de la asociación subyacente. La legislación de los Estados miembros garantiza como mínimo la libertad de los trabajadores y Empleadores de formar y pertenecer a asociaciones, ya sean sindicatos o asociaciones de Empleadores, con el fin de promover y defender sus intereses. Aparte de ese derecho individual positivo, la protección legal también cubre a veces la libertad de no afiliarse a ningún sindicato, o a uno en particular (aspecto negativo). Dado que en algunos ordenamientos jurídicos la existencia de la asociación y sus actividades específicas están aseguradas, la libertad de asociación también presenta un aspecto colectivo. El derecho a celebrar convenios colectivos de trabajo puede considerarse el elemento esencial de esta faceta colectiva.

Libertad de Contratación

Social

Este texto se ocupa de la “Libertad de contratos”, y se presenta una teoría del derecho contractual que abarca el campo en su conjunto, incluyendo los contratos matrimoniales, laborales y de consumo, y no sólo las ventas de widgets en condiciones de libre competencia. La teoría del derecho contractual presentada en el archivo PDF tiene dos componentes: (1) la libertad de negociar los términos dentro de un contrato y (2) la libertad de elegir entre distintos tipos de contrato. Las teorías construidas sobre la primera libertad, según algunos autores, han llegado a un callejón sin salida, mientras que la atención a la segunda apunta hacia un objetivo largamente esquivo, una teoría liberal y general del derecho contractual.

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