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Combatientes

Violencia y conflicto

Un combatiente es alguien a quien se le reconoce el derecho a luchar. Estos actores de la guerra pueden ser regulares o irregulares, ya que a los civiles que toman las armas en caso de invasión -soldados irregulares y miembros de la resistencia- se les reconoció el derecho a la fuerza armada: ante la diversificación de los conflictos durante el siglo XX, el derecho de la guerra (jus in bello) aceptó la legalidad de las tropas irregulares. Los combatientes son, en consecuencia, los que “hacen la guerra”. Todas las guerras -ya sean guerras mundiales, guerras civiles, guerras de descolonización o guerras de coalición- se reducen en última instancia a individuos que matan o son matados, ya que los humanos son los que “componen la realidad” en el combate, como señaló el coronel del Segundo Imperio Ardant du Picq, en la segunda mitad del siglo XIX. Ser combatiente implica, pues, enfrentarse a la violencia y al miedo, así como a la sociabilidad y al tiempo de permiso. La historiografía al respecto se centró en un primer momento en la convicción de la implicación, explorando la cuestión del consentimiento/limitación, y después se centró en la vida cotidiana y material de los soldados. El Derecho Internacional ha establecido tradicionalmente una distinción entre: a) combatientes, a quienes el Derecho Internacional faculta para tomar parte en la lucha y realizar actos de hostilidad; se encuentran protegidos por las leyes de la guerra y tienen derecho al trato de prisioneros de guerra si caen en poder del enemigo, y b) población civil, que debe abstenerse de todo acto de hostilidad contra el enemigo, pero que, por el hecho de no participar en la lucha, ha de ser respetada por el enemigo, sin perjuicio de la represión penal a que haya lugar si hubiera cometido actos de beligerancia, estando sujeta al castigo que el beligerante (véase qué es, su concepto jurídico; y también su definición como “belligerent” en el derecho anglosajón, en inglés) perjudicado decida en contra suya.

Principios Básicos del Derecho Internacional Humanitario

Social

La protección de los derechos humanos fundamentales por el derecho internacional es uno de los grandes logros jurídicos del siglo XX. (Para una visión general, véase en esta plataforma digital) Antes de 1945, la idea de los derechos humanos universales sólo encontró una expresión embrionaria en los tratados internacionales y en el derecho internacional consuetudinario. Estas expresiones se basaban en concepciones anteriores de la dignidad humana que aparecían en textos religiosos venerados.

Legalidad de la Guerra de Irak

Todas las pruebas disponibles apuntan invariablemente a la falta, en cualquier resolución adoptada por el Consejo de Seguridad de la ONU, de autorización para usar la fuerza contra Irak en marzo de 2003. Más específicamente, la resolución 678(1990) no autorizó el uso de la fuerza contra Irak más allá de la reversión de su agresión contra Kuwait; las resoluciones 686(1991) y 687(1991) hablaban del fin definitivo de las hostilidades y, por lo tanto, reconocían que la base jurídica del uso de la fuerza contra Iraq en 1990-1991 había caducado; la Resolución 1441(2002) no pudo revivir una autorización inexistente del uso de la fuerza; su texto no revela tal intención; y la opinión abrumadora de los miembros del Consejo de Seguridad ha sido que nunca se ha adoptado tal decisión. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Los argumentos se detallan en esta entrada. El razonamiento que se expone en la entrada, sin embargo, no puede proporcionar un análisis exhaustivo de las cuestiones jurídicas planteadas por la invasión de Iraq liderada por Estados Unidos en 2003, y se centrará únicamente en las cuestiones más importantes. No se mencionarán algunos hechos y cuestiones de fondo que son obvios e indiscutibles. Se desarrolla en especial el fundamento jurídico de la acción militar del Reino Unido contra Iraq. La guerra de 2003 en Irak, quizá más que ningún otro acontecimiento desde la Segunda Guerra Mundial, tocó las cuestiones centrales históricas del derecho internacional público, así como los avances del siglo XX en materia de derechos humanos internacionales.

Derecho de los Conflictos Armados

Ramas y disciplinas del derecho, economía, psicología, sociología y otras.

Derecho de los Conflictos Armados en Derecho Militar Conjunto de normas del derecho internacional de origen convencional o consuetudinario, específicamente destinadas a regular problemas acaecidos en período de conflictos armados internacionales o no internacionales. La violencia armada, tanto en situaciones de conflicto como de no conflicto, se cobra un grave tributo humano. El uso de diferentes tecnologías de la violencia – armas de fuego, bombas, minas, cohetes o proyectiles incendiarios, por mencionar sólo algunas – se asocia a distintos patrones de daño. Para aliviar el sufrimiento de las víctimas de la guerra y proteger a los civiles de los daños, algunas armas han sido prohibidas. El uso de algunas otras armas ha sido restringido por tratados internacionales. Sin embargo, la mayoría de las armas utilizadas habitualmente por las fuerzas policiales o militares no están reguladas de forma específica. A falta de un tratado sobre armas, no hay consenso suficiente sobre qué armas violan las normas consuetudinarias del derecho internacional humanitario que prohíben el uso de armas indiscriminadas o de armas cuya naturaleza pueda causar daños superfluos.

Derecho Internacional de los Derechos Humanos

Este texto es una introducción al derecho internacional contemporáneo de los derechos humanos y a las habilidades de los abogados que son críticas para la articulación y aplicación de este cuerpo de derecho internacional. Como tal, uno de los objetivos principales de la entrada es introducir a los usuarios en la filosofía, la doctrina y la historia del derecho internacional de los derechos humanos. Además, los usuarios adquirirán conocimientos sobre los diversos medios para hacer cumplir las normas internacionales de derechos humanos a través de las organizaciones internacionales, los tribunales penales internacionales, los órganos regionales y los sistemas jurídicos nacionales. El objetivo general de este estudio es que se observe tanto los triunfos como las limitaciones del movimiento de derechos humanos hasta ahora, nacido de las tragedias de la Segunda Guerra Mundial y el subsiguiente clamor por el respeto y la protección de la dignidad humana en todo el mundo. A través de este estudio, se pretende que los lectores comprendan que a pesar de que las fragilidades de los derechos humanos como ideal o ideología como práctica estatal son evidentes, ese ideal se ha convertido en una parte de la conciencia moderna, una lente a través de la cual se puede ver el mundo, un discurso universal, una aspiración potente. Esto se ha logrado a través de la rápida evolución del derecho internacional de los derechos humanos a través de los tratados, el derecho internacional consuetudinario y el derecho indicativo (“soft law” en inglés), a pesar de las dificultades inherentes a la hora de lograr y hacer cumplir las normas universales de derechos humanos que acortan las diferencias entre las culturas, los pueblos y los idiomas complejos de todo el planeta.

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