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Caso Plataforma Continental del Mar Egeo

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Caso Plataforma Continental del Mar Egeo

Este elemento es una ampliación de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema.

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Nota: Aunque la traducción de continental shelf es plataforma continental, en algunas ocasiones se deja el nombre inglés por razones históricas.

Mar Egeo Continental Shelf, Grecia contra Turquía, Jurisdicción

El Caso de la Plataforma Continental del Mar Egeo de 1978 fue objeto de Rep. de la Corte Internacional de Justicia 3. Mediante una solicitud fechada el 10 de agosto de 1976, especificando como base de la jurisdicción el Acta General de Ginebra de 26 de septiembre de 1928 (93 Serie de Tratados de la Sociedad de Naciones (1920-1946) 343) junto con el llamado Comunicado de Bruselas de 31 de mayo de 1973, el Gobierno de Grecia pidió a la Corte Internacional de Justicia que determinara el límite de la plataforma continental con Turquía y los derechos de las partes dentro de sus respectivas esferas, solicitando simultáneamente la indicación de medidas provisionales de protección que prohibieran tanto las actividades de exploración dentro de las zonas en disputa como otras medidas militares que pudieran poner en peligro las relaciones pacíficas. Por su orden del 11 de septiembre de 1976, la Corte consideró (12 a 1) que las circunstancias no eran tales como para requerir medidas provisionales, ya que la acción unilateral de Turquía consistía simplemente en la exploración sísmica y no era creadora de nuevos derechos ni implicaba la apropiación de recursos naturales, y era imposible presumir que alguna de las partes dejara de atender sus obligaciones de arreglo pacífico o las recomendaciones del Consejo de Seguridad en la materia: 1976 Rep. de la Corte Internacional de Justicia 3. En su sentencia de 19 de diciembre de 1978, la Corte declaró (12 a 2) que carecía de competencia para conocer del fondo, ya que el Comunicado de Bruselas, una comunicación no firmada a la prensa por los primeros ministros de las partes, no constituía un compromiso incondicional de someter el litigio a la Corte.

▷ En este Día de 26 Abril (1937): Bombardeo de Guernica
Durante la guerra civil española, la Legión Cóndor de la fuerza aérea alemana, que apoyaba a los “nacionalistas” sublevados, bombardeó la ciudad vasca de Guernica, un acontecimiento conmemorado en el cuadro “Guernica” de Pablo Picasso, en varias películas y en numerosos libros y estudios. Véase más acerca de los efectos y consecuencias de esa guerra. Y hace 38 años se produjo el accidente nuclear de Chernóbil. En la madrugada del 26 de abril de 1986 se produjo una devastadora catástrofe medioambiental cuando una explosión y un incendio en la central nuclear de Chernóbil (Ucrania) liberaron grandes cantidades de material radiactivo a la atmósfera. Los efectos se notaron incluso en Alemania.

Sentencia, [1978] CIJ Rep 3, ICGJ 128 (CIJ 1978), 19 de diciembre de 1978, Corte Internacional de Justicia

Detalles:

  • Jurisdicción: Corte Internacional de Justicia [CIJ]
  • Fecha: 19 de diciembre de 1978
  • Citación: Sentencia, [1978] CIJ Rep 3, ICGJ 128 (CIJ 1978), 19 de diciembre de 1978, Corte Internacional de Justicia [CIJ]
  • Tipo de Contenido: Decisiones judiciales internacionales
  • Materia: Jefes de Estado – otros altos funcionarios – Jurisdicción de Tribunales Internacionales – Jurisdicción de Tribunales – Plataforma continental – Delimitación – Mar territorial – Interpretación de Tratados – Tratados – reservas – declaraciones – Límites
  • Tópico: Tribunales internacionales de jurisdicción general
  • Detalle en Inglés: Aegean Sea Continental Shelf, Greece v Turkey, Jurisdiction
  • Citación en Inglés: Judgment, [1978] ICJ Rep 3, ICGJ 128 (ICJ 1978), 19th December 1978, International Court of Justice [ICJ]
  • Resumen: Si el Tribunal tuvo que examinar de oficio la cuestión de su propia competencia, a la luz del hecho de que Turquía no compareció ni presentó sus argumentos contra la competencia. – Si la Corte tiene jurisdicción en virtud del artículo 17 de la Ley general para la solución pacífica de controversias internacionales (“la Ley”), léase con el artículo 36, párrafo 1, y el artículo 37 del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia, considerando que el y los instrumentos de adhesión turcos a la Ley estaban acompañados de reservas que podían excluir la competencia de la Corte con respecto a la diferencia. – Si la Corte tenía jurisdicción en virtud del Comunicado conjunto emitido en Bruselas el 31 de mayo de 1975, teniendo en cuenta que el Comunicado no era pretendía y no constituía un compromiso de los Primeros Ministros griego y turco, en nombre de sus respectivos gobiernos, de aceptar incondicionalmente la presentación unilateral por parte de Grecia de la presente diferencia a la Corte con respecto a la delimitación de la plataforma continental entre estos dos estados.

Revisor de hechos: Mix

Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características y el futuro de esta cuestión):

Para más conceptos e información de contexto, puede consultarse, en la plataforma digital general, sobre el derecho internacional en general, el derecho internacional humanitario y sus principios, el derecho internacional privado y sus fuentes, el derecho internacional público (su fundamento y ramas), los convenios y tratados internacionales, la Comisión de Derecho Internacional de las Naciones Unidas, las fuentes del derecho internacional (público y privado), la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados (incluyendo su interpretación), el derecho internacional de los derechos humanos con sus principios, y el derecho internacional consuetudinario y sus normas.

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Mar Egeo Continental Shelf, Grecia v Turquía

Provisional Protection, Order, [1976] CIJ Rep 3, ICGJ 127 (CIJ 1976), 11 de septiembre de 1976, Corte Internacional de Justicia

Detalles:

  • Jurisdicción: Corte Internacional de Justicia [CIJ]
  • Fecha: 11 de septiembre de 1976
  • Citación: Provisional Protection, Order, [1976] CIJ Rep 3, ICGJ 127 (CIJ 1976), 11 de septiembre de 1976, Corte Internacional de Justicia [CIJ]
  • Tipo de Contenido: Decisiones judiciales internacionales
  • Materia: Procedimiento de Tribunales Internacionales – Procedimiento de Tribunales – Estados ribereños – Plataforma continental – Delimitación – Mar territorial – Medidas provisionales – Límites
  • Tópico: Tribunales internacionales de jurisdicción general
  • Detalle en Inglés: Aegean Sea Continental Shelf, Greece v Turkey
  • Citación en Inglés: Interim Protection, Order, [1976] ICJ Rep 3, ICGJ 127 (ICJ 1976), 11th September 1976, International Court of Justice [ICJ]
  • Resumen: Si se acepta o no la solicitud de medidas provisionales de protección por parte de Grecia en forma de una orden de que tanto Grecia como Turquía se abstengan de realizar actividades de exploración, investigación científica o actividad militar en la zona disputada de la plataforma continental. – Si la falta de tal medida provisional perjudicaría irremediablemente los derechos de Grecia en cuestión de manera tal que podría requerir el ejercicio de la facultad de indicar medidas provisionales de protección en virtud del artículo 41 del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia.

Autor: Williams

Recursos

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Véase También

  • Procedimiento de Tribunales Internacionales
  • Procedimiento de Tribunales
  • Estados ribereños
  • Plataforma continental
  • Delimitación
  • Mar territorial
  • Medidas provisionales
  • Límites
  • Jefes de Estado
  • otros altos funcionarios
  • Jurisdicción de Tribunales Internacionales
  • Jurisdicción de Tribunales
  • Plataforma continental
  • Delimitación
  • Mar territorial
  • Interpretación de Tratados
  • Tratados
  • reservas
  • declaraciones
  • Límites
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