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Caso Plataforma Continental del Mar Egeo

Dentro de la disputa por el Mar Egeo, este texto se ocupa del caso plataforma continental del Mar Egeo ( Continental Shelf, Grecia v Turquía, Jurisdicción Sentencia, [1978] CIJ Rep 3, ICGJ 128 (CIJ 1978), 19 de diciembre de 1978, Corte Internacional de Justicia Detalles: Jurisdicción: Corte Internacional de Justicia [CIJ] Fecha: 19 de diciembre de 1978 Citación: Sentencia, [1978] CIJ Rep). El Caso de la Plataforma Continental del Mar Egeo de 1978 fue objeto de Rep. de la Corte Internacional de Justicia 3. Mediante una solicitud fechada el 10 de agosto de 1976, especificando como base de la jurisdicción el Acta General de Ginebra de 26 de septiembre de 1928 (93 Serie de Tratados de la Sociedad de Naciones (1920-1946) 343) junto con el llamado Comunicado de Bruselas de 31 de mayo de 1973, el Gobierno de Grecia pidió a la Corte Internacional de Justicia que determinara el límite de la plataforma continental con Turquía y los derechos de las partes dentro de sus respectivas esferas, solicitando simultáneamente la indicación de medidas provisionales de protección que prohibieran tanto las actividades de exploración dentro de las zonas en disputa como otras medidas militares que pudieran poner en peligro las relaciones pacíficas. Por su orden del 11 de septiembre de 1976, la Corte consideró (12 a 1) que las circunstancias no eran tales como para requerir medidas provisionales, ya que la acción unilateral de Turquía consistía simplemente en la exploración sísmica y no era creadora de nuevos derechos ni implicaba la apropiación de recursos naturales, y era imposible presumir que alguna de las partes dejara de atender sus obligaciones de arreglo pacífico o las recomendaciones del Consejo de Seguridad en la materia.

Genocidios en la Historia

El intento deliberado de erradicar un pueblo (a menudo un grupo nacional, étnico o religioso). Sólo tres genocidios se han producido en África, según un amplio consenso. En “El genocidio en la era del Estado-nación, vol. 2: el ascenso de Occidente y la llegada del genocidio” (2005), Levene sostiene que este enfoque no comprende sus verdaderos orígenes. El genocidio se desarrolló a partir de la modernidad y la lucha por el Estado-nación, ambas experiencias esencialmente occidentales. Fue la expansión europea en todos los hemisferios entre los siglos XV y XIX la que proporcionó el principal estímulo a sus manifestaciones anteriores a 1914. Un resultado crítico, en la cúspide de la modernidad, fue la destrucción revolucionaria francesa de la Vendée. Levene concluye este volumen en la línea divisoria de 1914 con los efectos desestabilizadores del “ascenso de Occidente” en los antiguos imperios otomano, chino, ruso y austriaco.

Aplicación Temporal de la Ley Penal

Este texto se ocupa de la aplicación temporal de la ley penal. En especial, se estudia la irretroactividad de las leyes intermedias y temporales en el derecho penal y el principio de irretroactividad de la ley penal. Este informa examina el principio de no aplicación retroactiva de la ley, que prohíbe la aplicación de la ley a hechos que tuvieron lugar antes de su introducción. La aplicación de este principio se ha vuelto especialmente controvertida a medida que los Estados adoptan regulaciones más estrictas para hacer frente al cambio climático con efecto retroactivo, y los inversores impugnan dichas regulaciones ante las cortes y tribunales internacionales. Aparte de la cuestión temporal, la mayoría de las jurisdicciones nacionales, si no todas, reconocen explícitamente el principio de irretroactividad en el contexto del derecho penal. La prohibición de retroactividad en el derecho penal significa que las sanciones penales no pueden aplicarse a los actos que tuvieron lugar antes de la entrada en vigor de la norma correspondiente. Algunos Estados no tienen constituciones escritas o tienen constituciones que no contienen una disposición explícita que prohíba la aplicación retroactiva de la ley penal. Sin embargo, las normas que tienen un efecto similar pueden encontrarse a menudo en la jurisprudencia o en las leyes nacionales.

Principio de Irretroactividad

Este texto muestra que, aunque el principio de irretroactividad está ampliamente aceptado en el derecho penal, no recibe el mismo reconocimiento en otros ámbitos del derecho interno. A pesar de los pronunciamientos de algunas cortes y tribunales internacionales, tampoco parece existir una norma consuetudinaria de derecho internacional universalmente reconocida o un principio general contra la retroactividad.

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