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Afianzar

dinero y derechos incluido el monopolio

Afianzar es dar fianza por alguna persona para seguridad o resguardo de intereses o caudales. También, obligarse a pagar la obligación de otro para el caso de que éste no cumpla. La fianza constituye uno de los diversos tipos de garantías colaterales o reales. Al igual que la fianza independiente (garantía, independiente) se trata de una garantía personal; en ambos casos una persona responde con todos sus bienes si otra persona, el deudor, no cumple una obligación determinada, la obligación garantizada, frente al acreedor. En toda fianza hay que distinguir tres contratos y las obligaciones resultantes, como se examina en este texto.

Compraventa

dinero y cambio

Una compraventa es un contrato recíproco por el cual el vendedor se compromete a transferir al comprador el pleno derecho sobre el bien vendido y -al menos en el caso de los bienes tangibles- a ponerle en posesión efectiva del objeto en cuestión. A cambio, el comprador se compromete a pagar un precio de compra consistente en dinero (así como a aceptar la entrega del objeto cuando proceda). Dependiendo del sistema jurídico de que se trate, el cumplimiento se produce automáticamente en el momento de la contratación (por ejemplo, la transmisión de la propiedad en el sistema consensual causal francés) o requiere acciones posteriores. El contrato de compraventa se caracteriza por la relación sinalagmática (do-ut-des) entre, por un lado, el objeto de la venta (originalmente casi invariablemente bienes) y, por otro, el dinero. Pero los contratos de compraventa no se limitan a los objetos (muebles o inmuebles) en el sentido de cosas corpóreas. También pueden comprarse y venderse derechos (créditos personales, derechos de propiedad intelectual, participaciones sociales o acciones en una empresa), así como otros “objetos” que no constituyen ni cosas tangibles ni derechos (por ejemplo, el fondo de comercio).

Representación en Derecho Internacional Privado

Tratado y política

La Representación en Derecho Internacional Privado (DIPr) Este elemento es un complemento de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre la representación en Derecho internacional privado (DIPr). Representación en Derecho Internacional Privado 1. Objeto El Derecho internacional privado (DIPr) de la representación determina en virtud de qué legislación nacional deben … Leer más

Excedencia

Personas

Este texto está dedicado a las excedencias, una institución que el ordenamiento jurídico no define de forma general, sino que está regulada en sus manifestaciones particulares por la ley y por la negociación colectiva. Estas manifestaciones particulares están unidas, en su mayoría, por dos elementos: la suspensión del trabajo con derecho a la conservación del empleo durante un largo periodo de tiempo (normalmente más de un año) y el impago del salario o de una indemnización equivalente. En esta contribución se examinan los casos de excedencia previstos por la ley (por ejemplo, la excedencia para el desempeño de cargos públicos electivos o sindicales en virtud de la normativa laboral, la excedencia por motivos familiares graves, la excedencia para seguir programas de rehabilitación de drogodependencias) y los casos más significativos previstos en los convenios colectivos (como la excedencia por enfermedad o accidente).

Medidas Provisionales

Cielo y clima

Entre las formas de procedimientos acelerados, las medidas provisionales pueden distinguirse por ser “provisionales” de varias maneras. Las medidas provisionales son provisionales desde una perspectiva procesal, ya que preservan una decisión definitiva y concluyente para el procedimiento sobre el fondo, haciendo al solicitante responsable de cualquier daño causado por medidas provisionales que posteriormente sean revocadas o caduquen debido a cualquier acto u omisión del solicitante o que se consideren injustificadas por una decisión posterior sobre el fondo. Las medidas provisionales son provisionales desde una perspectiva reparadora ya que, en principio (a excepción de las medidas anticipatorias (véase la clasificación, más adelante)), no prejuzgarán ni se adelantarán a la decisión sobre el fondo del asunto, sino que únicamente preservarán la eficacia de la reparación mediante sentencia firme al conceder una protección provisional adecuada que, en principio, no alcanza a las reparaciones que podrían obtenerse como resultado de una decisión sobre el fondo. Por último, las medidas provisionales pueden ser provisionales desde el punto de vista probatorio, ya que la necesidad de dictar una resolución rápida puede obligar al tribunal a decidir únicamente sobre la base de las pruebas fácilmente disponibles, dejando la evaluación completa del caso para el procedimiento sobre el fondo. La finalidad de las medidas provisionales es preservar la eficacia de la reparación mediante sentencia firme y, por tanto, la eficacia del derecho sustantivo subyacente.

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