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Parlamento Europeo

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Parlamento Europeo

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Visualización Jerárquica de Parlamento Europeo

  • Unión Europea > Instituciones de la Unión Europea y función pública europea > Institución comunitaria
  • Vida Política > Procedimiento electoral y sistema de votación > Elecciones > Elecciones europeas
  • Vida Política > Marco político > Poder político > Poder consultivo
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  • Unión Europea > Derecho de la Unión Europea > Derecho de la UE > Elaboración del Derecho de la UE > Propuesta (UE)
  • Vida Política > Marco político > Poder político > Poder de control
  • Asuntos Financieros > Presupuesto > Procedimiento presupuestario > Poder presupuestario
  • Vida Política > Procedimiento electoral y sistema de votación > Sistema electoral > Sufragio universal
  • Unión Europea > Derecho de la Unión Europea > Derecho de la UE > Elaboración del Derecho de la UE > Procedimiento consultivo
  • Unión Europea > Derecho de la Unión Europea > Derecho de la UE > Elaboración del Derecho de la UE > Procedimiento de concertación
  • A continuación se examinará el significado.

    ¿Cómo se define? Concepto de Parlamento Europeo

    Véase la definición de Parlamento Europeo en el diccionario.

    El parlamento europeo

    La prueba de la necesidad de parlamentos viene dada por el hecho de que aunque la Unión Europea no es aún un Estado, ya tiene un Parlamento. Desde 1979 los miembros del Parlamento Europeo han sido elegidos directamente por los ciudadanos de la Unión cada cuatro años. El número de sus escaños se reparte entre los países miembros teniendo en cuenta su población. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). El Parlamento Europeo cuenta actualmente con 624 escaños. El país más pequeño, Luxemburgo, tiene seis y el más grande, Alemania, 99. Francia, Italia y Gran Bretaña cuentan cada uno con 87 escaños.

    Parlamento Europeo en el Derecho Legislativo y Político

    Examen de la materia ofrecido por el Diccionario universal de términos parlamentarios, de la Secretaría de Servicios Parlamentarios de la Cámara de Diputados de México:

    Origen de la Expresión

    Parlamento (Véase también, en relación a este tema, la siguiente entrada en la presente plataforma: parlamento centroamericano). El término europeo deriva del latín Europaeus, adjetivo que se da a un natural de Europa, es decir, al que pertenece a esa parte del mundo. Las dos voces unidas, parlamento europeo, hacen referencia a la institución representativa integrada por parlamentarios (eurodiputados) de cada uno de los países miembros de la Comunidad Europea o Unión Europea. La palabra parlamento se escribe en inglés, parliament, en francés, parlement, en alemán, parlament y en italiano, parlamento. Mientras que europeo se escribe european, européen, europäer y europeo, respectivamente.

    Desarrollo de Parlamento Europeo en este Contexto

    El 18 de abril de 1951 se creó la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA), y el 27 de mayo de 1952, este organismo instituyó su Asamblea Común con el propósito de partir de comunidades europeas, pasar a una Unión Europea y, llegar en un futuro, finalmente a un Estado federal. Más adelante surge la Comunidad Europea de Energía Atómica (EURATOM) y la Comunidad Económica Europea (CEE), la última se instituyó en 1957.Entre las Líneas En este año, cada una de las comunidades contaba con un Consejo, una Comisión, un Tribunal de Justicia y una Asamblea, respecto a la última ésta cambió su denominación por la de Parlamento en 1962. Fue hasta 1967 cuando se fusionan estos órganos, es decir, un único Consejo de Ministros, una Comisión, un Parlamento y un Tribunal de Justicia, para las comunidades. El 1o. de julio de 1987 se puso en vigor el Acta Única Europea y el 7 de febrero de 1992 se firmó el Tratado de la Unión Europea, antes abordado. El parlamento europeo es la institución representativa de la actual Comunidad Europea, antes Comunidad Económica Europea, conforme a lo establecido en el artículo G, artículo 4.1, así como en el 137 y 138 del Tratado de la Unión Europea de 7 de febrero de 1992, que entró en vigor el 1o. de noviembre de 1993, una vez que fue ratificado por los estados miembros de la Unión, conocido también como el “Tratado de Maastricht”. Los países miembros de dicha Comunidad son: Bélgica, Dinamarca, Alemania, Grecia, España, Francia, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Países Bajos, Portugal y Reino Unido, aunque recientemente pretende ingresar otras naciones. A grandes rasgos, las finalidades u objetivos de la Unión son: progreso económico y social; espacio sin fronteras; unión económica y monetaria (moneda única); política exterior y de seguridad común (defensa común), una ciudadanía de la Unión y un mercado común, entre otros (art. B y G.2 del Tratado). Para la realización de los anteriores, así como de sus funciones en general, la Comunidad cuenta con cuatro instituciones: parlamento europeo, Consejo, Comisión, Tribunal de Justicia y un Tribunal de Cuentas (art. 4.1 del Tratado).

    Más Detalles

    En cuanto al parlamento europeo, figura que comentamos, principalmente el Tratado de Maastricht lo regula en su Quinta Parte “Instituciones de la Comunidad”, Título Primero “Disposiciones institucionales”, Capítulo Primero “Instituciones”, Sección Primera “El Parlamento Europeo”, artículo 137 al 144. Éste se encuentra integrado por 567 eurodiputados electos, por sufragio (el derecho al voto) universal directo y conforme a un procedimiento uniforme en todos los estados miembros, para un periodo de cinco años con posibilidad de renovación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). La última elección se realizó en 1994, para integrar la IV Legislatura. Éste celebra, cada año, un periodo de sesiones que inicia el segundo martes del mes de marzo, pero podrá sesionar de manera extraordinaria en cualquier momento (a petición de la mayoría de sus miembros, del Consejo o de la Comisión). Cuenta con un presidente y una Mesa.

    [En el pasado estuvieron en él] los siguientes grupos parlamentarios: el Socialista Europeo (PSE); el Popular Europeo (PPE); de Liberales y Demócratas (ELDR); de la Izquierda Europea (GUE); Forza Europea (FE); Agrupación Demócratas Europeo (RDE); el de los Verdes (V); Alianza Radical Europea (ARE) y Europa de las Naciones (EDN). La función del parlamento europeo en un principio fue esencialmente consultiva (emitiendo dictámenes conformes o consultivos), posteriormente de cooperación y, en la actualidad, participa en la elaboración de la legislación europea (Derecho Comunitario). Asimismo, realiza una función de control sobre el Ejecutivo (Consejo y Comisión); por ejemplo, a través de la moción de censura; las preguntas orales; las preguntas escritas; las interpelaciones; las mociones; la modificación, enmienda, rechazo o aprobación del Presupuesto de la Comunidad; aprueba o no los tratados internacionales importantes; y la creación de comisiones temporales de investigación, entre otros. Asimismo, tiene como facultad nombrar al Defensor del Pueblo y solicitar, al Tribunal de Justicia, la destitución de éste.Entre las Líneas En el Reglamento interno del Parlamento Europeo de 1981, entre otros procedimientos, fija el quórum y la forma en que se publicarán sus documentos.Entre las Líneas En el ámbito parlamentario de otros países, en América Latina se han creado el Parlamento Centroamericano y el Parlamento Latinoamericano, ambos también considerados como organismos de carácter regional.

    Parlamento Europeo en el Tratado de Lisboa

    El Tratado de Lisboa dispuso que se simplificara el procedimiento de la codecisión, en el cual el Parlamento tiene competencias similares a las del Consejo, cambia su nombre por el de “procedimiento legislativo ordinario”, y se ve por regla general clarificado (art. 14.1, frase 1 TUE versión Lisboa; art. 289.1 TFUE). Se suprime el procedimiento de cooperación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Los procedimientos de audiencia y de aprobación se subsumen bajo el concepto “procedimiento legislativo especial” y solo encuentran aplicación todavía en determinados casos previstos en el Tratado (art. 289.2 TFUE). El papel más determinante del Parlamento Europeo en el proceso legislativo repercute también a la hora de la conclusión de los Tratados internacionales por parte de la Unión Europea.

    Sólo le está permitido al Consejo adoptar la Decisión de celebrar un Tratado internacional previa aprobación del Parlamento Europeo cuando dicho Tratado se refiere a ámbitos a los que se aplique el procedimiento legislativo ordinario o, si se requiere la aprobación del Parlamento Europeo, el procedimiento legislativo especial (art. 218.6 (2), letra a, número V TFUE).

    Además, el Parlamento Europeo decide conjuntamente con el Consejo sobre el proyecto de Presupuestos (art. 14. 1, frase 1 TUE versión Lisboa; art. 314 TFUE) y dispone de derechos de control político. Elige al Presidente de la Comisión según la propuesta del Consejo Europeo por la mayoría de sus miembros (art. 14.1, frase 3, art. 17.7 TUE- Lisboa). La propuesta debe tener en cuenta el resultado de las elecciones al Parlamento Europeo (art. 17.7 (1), frase 1 TUE versión Lisboa). Si el candidato propuesto no recibe la mayoría necesaria, el Consejo Europeo debe proponer en el plazo (véase más en esta plataforma general) de un mes un nuevo candidato al Parlamento Europeo (art. 17.7 (1), frase 3 TUE versión Lisboa). El Parlamento Europeo continúa controlando – de igual modo que los parlamentos nacionales – las actividades de la Europol y participa en la evaluación de la actividad del Eurojust (art. 88.2 (2), art. 85.1 (2) TFUE).

    El Tratado de Lisboa modifica la composición del Parlamento Europeo, que es elegido “por sufragio (el derecho al voto) universal directo, libre y secreto” (art. 14.3 TUE versión Lisboa). Ya no está formado por representantes “de los pueblos de los Estados miembros de la Comunidad” (art. 189.1 TCE), sino de los “ciudadanos y ciudadanas de la Unión” (art. 14.2(1), frase 1 TUE versión Lisboa). Junto a ello, deberá fijarse por primera vez mediante derecho derivado el reparto de escaños por Estados en el Parlamento Europeo (art. 14.2 (2) TUE versión Lisboa). Según el procedimiento establecido, el Consejo Europeo adoptará por unanimidad, a iniciativa del Parlamento Europeo y con su aprobación, una decisión por la que se fije la composición del Parlamento Europeo. Ésta debe ser conforme con los principios contenidos en el art. 14.2 (1), frases 2 a 4 TUE versión Lisboa, esto es, no exceder el número total de diputados de 750, “más el Presidente”, es decir 751, a cuyo efecto la representación de los ciudadanos será decrecientemente proporcional, con un mínimo de seis diputados por Estado miembro, y a ningún Estado miembro pueden corresponder más de noventa y seis escaños.

    Consideraciones Generales

    Hace referencia la expresión “parlamento europeo”, en esta plataforma global, fundamentalmente al organismo legislativo representativo de la Unión Europea.Entre las Líneas En esta plataforma, los conceptos y temas relacionados con parlamento europeo incluyen los siguientes: Presupuesto, Elecciones, Política y gobierno, Comunidad Económica Europea, Organizaciónes internacionales, Planificación regional, Integración económica. Para más información sobre parlamento europeo en un contexto más anglosajón, puede verse, en inglés, European Parliament (parlamento europeo).

    Características de Parlamento Europeo

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    Recursos

    Traducción de Parlamento Europeo

    Inglés: European Parliament
    Francés: Parlement européen
    Alemán: Europäisches Parlament
    Italiano: Parlamento europeo
    Portugués: Parlamento Europeu
    Polaco: Parlament Europejski

    Tesauro de Parlamento Europeo

    Unión Europea > Instituciones de la Unión Europea y función pública europea > Institución comunitaria > Parlamento Europeo
    Vida Política > Procedimiento electoral y sistema de votación > Elecciones > Elecciones europeas > Parlamento Europeo
    Vida Política > Marco político > Poder político > Poder consultivo > Parlamento Europeo
    Vida Política > Parlamento > Parlamento > Parlamento Europeo
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    Unión Europea > Derecho de la Unión Europea > Derecho de la UE > Elaboración del Derecho de la UE > Propuesta (UE) > Parlamento Europeo
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    Unión Europea > Derecho de la Unión Europea > Derecho de la UE > Elaboración del Derecho de la UE > Procedimiento de concertación > Parlamento Europeo

    Véase También

    Bibliografía

    ATTINA, Fluvio, Introducción al sistema político de la Comunidad Europea, Centro de Estudios Constitucionales, Madrid, 1992.

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    BURBAN, Jean-Louis, Le Parlement Européen, Presses Universitaires de France, París, 1991.

    CHITI-BATELLI, Andrea, Aspectos políticos de las elecciones directas. El Parlamento Europeo, Ariel, Barcelona, 1984.

    FONTAINE, Pascal y Henri Malosse, Las instituciones europeas, Ediciones RIALP. Madrid, 1992.

    Gran Enciclopedia del Mundo, Editorial Marín, España, 1970.

    MEDINA, Manuel, La Comunidad Europea y sus principios constitucionales, Tecnos, Madrid, 1974.

    PEDROZA DE LA LLAVE, Susana Thalía, “El Parlamento de la Unión Europea y sus competencias de control”, en Boletín

    Mexicano de Derecho Comparado, núm. 82, UNAM, México, enero-abril de 1995.

    Real Academia Española, Diccionario de la Lengua Española, Espasa-Calpe, Madrid, 1992, 21a. ed.

    SUBIRATS, Joan y Pere Vilanova (eds.), El Parlamento Europeo, Ariel, Barcelona, 1984.

    Tratado de la Unión Europea, Civitas, Madrid, 1992, 2a. ed.

    VILç, Blanca (ape), Reglamento interior de 1981, El Parlamento Europeo, Ariel, Barcelona, 1984.

    Recursos

    [rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]

    Véase También

    Bibliografía

    ATTINA, Fluvio, Introducción al sistema político de la Comunidad Europea, Centro de Estudios Constitucionales, Madrid, 1992.

    BURBAN, Jean-Louis, Le Parlement Européen, Presses Universitaires de France, París, 1991.

    CHITI-BATELLI, Andrea, Aspectos políticos de las elecciones directas. El Parlamento Europeo, Ariel, Barcelona, 1984.

    FONTAINE, Pascal y Henri Malosse, Las instituciones europeas, Ediciones RIALP. Madrid, 1992.

    Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):

    Gran Enciclopedia del Mundo, Editorial Marín, España, 1970.

    MEDINA, Manuel, La Comunidad Europea y sus principios constitucionales, Tecnos, Madrid, 1974.

    PEDROZA DE LA LLAVE, Susana Thalía, “El Parlamento de la Unión Europea y sus competencias de control”, en Boletín Mexicano de Derecho Comparado, núm. 82, UNAM, México, enero-abril de 1995.

    Real Academia Española, Diccionario de la Lengua Española, Espasa-Calpe, Madrid, 1992, 21a. ed.

    SUBIRATS, Joan y Pere Vilanova (eds.), El Parlamento Europeo, Ariel, Barcelona, 1984.

    Tratado de la Unión Europea, Civitas, Madrid, 1992, 2a. ed.

    VILÁ, Blanca (ape), Reglamento interior de 1981, El Parlamento Europeo, Ariel, Barcelona, 1984.

    Recursos

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    Notas y Referencias

    1. Información sobre Parlamento Europeo en la Enciclopedia Online Encarta

    Véase También

    Guía sobre Parlamento Europeo

    Significado de Parlamento Europeo en el Derecho de la Unión Europea

    Recursos

    [rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]

    Bibliografía

      OTTO HINTZE: Historia de las formas políticas.

    • GARRORENA, A. edit.: El Parlamento y sus transformaciones actuales. Madrid, 1990.

    Parlamento Europeo en el Derecho europeo

    Definición de Parlamento Europeo del Diccionario de Términos de Seguros, Reaseguros y Financieros: Es la institución comunitaria que representa a los pueblos de los Estados miembros de la Unión Europea y constituye su fundamento democrático. Está compuesto por 785 diputados que son elegidos por el sistema de elección directa en cada uno de sus respectivos países. Entre otras funciones desempeña un papel activo en la preparación de la legislación que afecta a la vida diaria de los ciudadanos; por ejemplo, en materia de protección del medio ambiente, derechos de los consumidores, igualdad de oportunidades, transportes y libre circulación de trabajadores, capitales, bienes y servicios. El Parlamento también comparte poderes con el Consejo en lo relativo al presupuesto anual de la Unión Europea. Nota: Consulte más información sobre Parlamento Europeo (en inglés, sin traducción) en el Derecho anglosajón.

    Recursos

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    Véase También

    • Ley de Contrato de Seguro

    Parlamento Europeo

    Parlamento Europeo en el Derecho de la Unión Europea

    El Diccionario Jurídico Espasa (2001) hace el siguiente tratamiento de este término jurídico: El Parlamento Europeo (arts. 189—201 Tribunal Constitucional) es la institución comunitaria que representa a los pueblos de los Estados miembros reunidos en la Comunidad.Entre las Líneas En un principio, los miembros del Parlamento Europeo eran designados en el seno de los parlamentos nacionales pero, a partir de 1979, sus representantes se eligen por sufragio (el derecho al voto) universal directo. El Parlamento Europeo está formado por 626 miembros que son elegidos para un periodo de cinco años y que se reparten de la siguiente manera: Alemania, 99; Francia, Reino Unido e Italia, 87; españa, 64; Países Bajos, 31; Bélgica, Grecia y Portugal, 25; Suecia, 22; Austria, 21; Dinamarca y Finlandia, 16; Irlanda, 15 y Luxemburgo, 6. El Tratado de Ámsterdam establece que el número de miembros del Parlamento Europeo no podrá exceder de setecientos. Los miembros del Parlamento Europeo no se agrupan por nacionalidades sino por ideologías en grupos políticos —existen ocho grupos políticos—. La organización administrativa y la dirección de las actividades del Parlamento Europeo corre a cargo de la Mesa compuesta por el presidente del Parlamento Europeo, catorce vicepresidentes y cinco cuestores —sin derecho a voto—. La Conferencia de Presidentes —constituida por el Presidente del Parlamento Europeo y los Presidentes de los grupos Parlamentarios— se encarga de la organización de los trabajos parlamentarios, el establecimiento del orden del día y de las relaciones con las demás instituciones. El Parlamento Europeo desarrolla su trabajo a través de comisiones parlamentarias —existen veinte comisiones permanentes, también se pueden crear comisiones temporales, de investigación, mixtas y delegaciones interparlamentarias— que preparan y facilitan los trabajos del Pleno. El Parlamento Europeo cuenta con tres sedes: Estrasburgo para las sesiones plenarias, Bruselas para las reuniones de las comisiones permanentes y Luxemburgo, donde se encuentra la secretaría. Los poderes (y funciones) del Parlamento Europeo han ido aumentando con las sucesivas reformas de los Tratados fundacionales (véase más).

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    Otros Elementos

    Además, se requiere su dictamen conforme para la conclusión de acuerdos internacionales (ver su concepto, así como tratado internacional, acuerdo internacional administrativo, acuerdo internacional medioambiental, acuerdo internacional no normativo, y acuerdo internacional sobre el transporte de mercancías perecederas o acuerdo ATP) y acuerdos de asociación con terceros Estados, para la adhesión de nuevos Estados, para la organización de los Fondos estructurales y el Fondo de Cohesión y para ampliar las competencias del B.C.E. y el ejercicio del derecho de libre circulación y residencia de los ciudadanos de la Unión.

    — El Parlamento Europeo ejerce un control político a través de las interpelaciones que realiza a la Comisión y al Consejo —orales, escritas y en el turno de preguntas—. También tiene competencia para crear comisiones de investigación en casos de infracción o mala administración en la aplicación del Derecho comunitario.Entre las Líneas En relación a la Comisión, ejerce un control político considerable: puede solicitarle que presente las propuestas oportunas sobre cualquier asunto que a juicio del Parlamento requiera la elaboración de un acto comunitario, aprueba la designación del presidente de la Comisión Europea, toda la Comisión en pleno debe someterse al voto de aprobación del Parlamento Europeo, puede presentar una moción de censura contra la Comisión que, en caso de prosperar, tendría que dimitir en bloque.

    Otros Elementos

    Además, la Comisión debe remitirle anualmente un informe general y un informe sobre la aplicación del Derecho comunitario. — Por último, el Parlamento Europeo tiene importantes competencias presupuestarias al participar junto al Consejo en la elaboración del presupuesto —tiene la última palabra en relación a los gastos no obligatorios y puede rechazar en bloque el presupuesto— y aprobar la gestión de la Comisión en la ejecución del presupuesto.

    En el ámbito de la ciudadanía europea, el Parlamento Europeo elige al defensor del pueblo y conoce de cualquier petición o queja realizada por un ciudadano de la Unión o cualquier persona física o jurídica que resida o tenga su domicilio social en un Estado miembro sobre temas que sean competencia de la Comunidad (derecho de petición) [V. dictamen (dictamen conforme y dictamen consultivo); Consejo Europeo; comisión europea de derechos del hombre; moción de censura; ciudadanía de la Unión; defensor del pueblo; derecho de petición; adhesión de estados; fondos estructurales; fondo de cohesión; Banco Central Europeo (B.C.E.); presupuesto]. [E.M.S.]

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    3 comentarios en «Parlamento Europeo»

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