Partes en los Recursos
El término “recursos” se refiere a todos los procedimientos destinados a permitir un nuevo examen del caso. El recurso se interpone ante un tribunal jerárquicamente superior al que dictó la resolución que se impugna, bien porque el procedimiento se ha seguido de forma irregular, bien porque el tribunal no ha tenido en cuenta un elemento de hecho presentado por la parte, bien porque la sentencia no ha sido motivada o lo ha sido de forma insuficiente, o bien porque contiene un error de derecho. El recurso se presenta ante un tribunal jerárquicamente superior al que dictó la resolución que se impugna. Si la revocación se basa en un motivo de derecho y la sentencia de primera instancia no es susceptible de recurso, o si la violación de la ley es un reproche contra la sentencia de un tribunal de apelación, la competencia para sancionar la sentencia o el fallo corresponde al tribunal superior (Tribunal Supremo en España, Tribunal de Casación en Francia, etc).