Las condiciones precedentes son aquellas que deben cumplirse antes de que se transmita la titularidad. Las condiciones subsiguientes son aquellas que deben cumplirse después de la transmisión del título. Una persona sin un buen título sobre los bienes no puede transferir el título, excepto en los casos de transferencia de título por impedimento. Alguien que encuentra bienes perdidos tiene título sobre ellos frente a cualquiera excepto el verdadero propietario. Un ladrón no tiene título sobre los bienes que ha robado y, en consecuencia, no puede transmitir el título, ni siquiera a compradores inocentes. La titularidad de los bienes fungibles se transmite cuando los bienes son claramente identificables. En los casos en que se pida una cantidad específica de una masa específica, la titularidad se transmite de inmediato, incluso antes de que se separe la porción pedida.